Sesiones de comisiones
Conoce las discusiones que se han dado en las cuatro subcomisiones desde que se inició el proceso.
Comisión de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales
24 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tiene por objeto analizar las enmiendas presentadas al capítulo XIII del anteproyecto relativo a protección del medio ambiente, sostenibilidad y desarrollo, disposiciones transitorias y nuevos artículos e iniciativas populares de norma.
Destaca el debate entre el oficialismo y republicanos sobre protección al medioambiente, sostenibilidad y desarrollo, pero también la posibilidad de trabajo conjunto en esta materia. Los principales reparos de estas bancadas fueron enfocadas en las enmiendas presentadas por los consejeros UDI, con quienes no se pudo debatir en profundidad por ausentarse en casi la totalidad de la sesión.
Desarrollo de la sesión
La consejera Pilar Cuevas (RN) explica el artículo transitorio presentado por la bancada RN EVÓPOLI que pretende que de aprobarse el texto constitucional, el Presidente deberá enviar un proyecto de ley o formular indicaciones a proyectos en trámite sobre la misma materia para implementar el plan básico de salud establecido en el Artículo 16 N°21.
En cuanto a la enmienda a la disposición transitoria novena presentada por la bancada UDI, relativa a la entrada en vigencia del proyecto constitucional y los derechos de aprovechamiento de aguas, la consejera Karen Araya (PC) manifestó su desacuerdo, pues estima que la discusión dada en el congreso sobre esta materia duró 11 años para lograr acuerdos y que la propuesta realizada por la UDI vuelve a cero esta discusión; a su juicio, debería subsumirse la regulación del código de aguas en esta materia.
1) Capítulo XIII: protección del medioambiente, sostenibilidad y desarrollo.
La bancada republicana presentó una enmienda que pretende modificar el título del capítulo XIII, eliminar la palabra “protección” y el reemplazo de la expresión “sostenibilidad” por “sustentabilidad”. Claudia Mac-Lean (P.Rep) señala que presentaron estas modificaciones por estimar que es necesario dar coherencia al texto y no habría otro capítulo en el anteproyecto que contenga en su título un verbo rector. Además, hicieron mención a que el concepto de sustentabilidad es utilizado en la ley sobre bases generales de medio ambiente N°19.300, de manera que nos estaríamos refiriendo a un término conocido por nuestra legislación. La tensión se centró en las dudas del oficialismo sobre la solicitud de eliminar el término “protección” del encabezado, pues argumentan que su incorporación facilita la interpretación a futuro y contribuye al compromiso que se debe asumir en la materia.
En cuanto al artículo 201 y la solicitud de enmienda de la bancada republicana, las consejeras Nancy Márquez (CS) y Karen Araya (PC) manifestaron su preocupación por la redacción de la moción. Araya señaló que la propuesta republicana tiene dos elementos que hay que distinguir, el primero de ellos es sobre la diferencia entre las palabras sustentabilidad y sostenibilidad, y entendiendo el extenso debate sobre el asunto, podrían llegar a un acuerdo. El segundo elemento, suscita preocupación en la consejera debido a la eliminación del literal “desarrollo”, pues se considera que la única forma de avanzar en un crecimiento prolongado en el tiempo es protegiendo el medioambiente; así, el concepto de desarrollo sostenible es un concepto altamente reconocido y adoptado a nivel internacional, por lo que no sería prudente o necesario de modificar.
El artículo 202 del anteproyecto tuvo dos grandes discusiones, una de ellas referida a la enmienda republicana que solicita la modificación global del numeral, a su juicio es necesario reorganizar los artículos de este título. Las otras dos enmiendas son oficialistas, proponen la adopción de una administración ecológicamente responsable y la incorporación del deber del Estado a promover la educación ambiental. El debate se centró en qué considerará el texto por “ecológicamente responsable” y cuales son las diferencias con “ambientalmente responsable”. Ante ello, las consejeras oficialistas expresaron que con esta enmienda se pretende que la administración tenga por objetivo que todas las políticas públicas se implementen con miras a una protección del medioambiente.
El artículo 203 fue objeto de variadas enmiendas, los consejeros republicanos y oficialistas criticaron las enmiendas de la bancada UDI por considerar que eliminar la participación ciudadana en materia medioambiental sería un error. Por su parte, las consejeras Karen Araya (PC) y Claudia Mac-Lean (P.Rep) manifestaron que las enmiendas propuestas por ambas bancadas apuntan en la misma dirección y podrían trabajar en un acuerdo.
La discusión de las enmiendas realizadas al artículo 204 se centraron en la propuesta de los consejeros UDI y la contradicción aparente entre desarrollo económico y el cuidado al medioambiente. Bancadas oficialistas y republicanas concordaron en que esta aparente disputa es un asunto ya superado a nivel internacional y por tanto podrían lograr una redacción conjunta en la materia.
En cuanto a los artículos 205 (deber del Estado en promover las energías renovables) y 206 (Estado deberá implementar medidas oportunas y justas para hacer frente al cambio climático) recibieron propuestas por parte del bloque UDI tendientes a incorporar energías no renovables al artículo. Esta situación generó críticas y su total rechazo por parte de los consejeros presentes en sala. Ante la propuesta republicana de incorporar educación ambiental, se avanzó en considerar que la inclusión de este inciso podría llegar a buen puerto pero no en los términos que se propone, no sería posible la sustitución total del artículo 205 como se menciona en la enmienda. Situación parecida tuvo el tratamiento a las enmiendas del artículo 206 presentadas por republicanos, se consideraron positivas y con posibilidades de acuerdo.
Finalmente el artículo 207 recibió propuestas de modificación por parte del bloque republicano y UDI. Claudia Mac-Lean (P.Rep) expuso que con estas correcciones se pretende que las decisiones y pronunciamientos de los órganos administrativos no tengan únicamente un carácter técnico, sino que deben ser fundadas, efectivas y oportunas. Respecto de los procedimientos ambientales se busca incluir requisitos para asegurar la rapidez, gratuidad, imparcialidad de ellos. El comisionado Flavio Quezada sostuvo que es importante mencionar que se estaría dotando a órganos de la administración del estado principios propios de entes judiciales que tienen una regulación distinta y podría ser un peligro; además consideró que proponer el vocablo autonomía, como se menciona en las enmiendas, es complicado pues es una expresión que tiene un significado propio en la teoría constitucional.
2) Disposiciones transitorias y enmiendas relativas a nuevos artículos.
El debate sobre nuevos artículos se centró en la enmienda 23/13 presentada por el oficialismo que propone una política minera que considere un impulso a esta actividad desde un punto de vista distinto del extractivismo. Consejeros RN y republicanos expresaron que es una buena intención pero no tiene el potencial de ser materializado; Carlos Recondo (UDI) mencionó que no estimaba pertinente dar un mandato constitucional en este sentido porque la práctica comercial minera indica una dirección contraria a la que se propone y podría ser contraproducente este tipo de consagración.
También, destaca la discusión a propósito de la disposición transitoria 15/DT del bloque UDI, en que se propone agregar a continuación de la disposición transitoria cuadragésima séptima un artículo que, en palabras del comisionado Jaime Arancibia, subsane la incertidumbre jurídica presente en los procedimientos de impacto ambiental. Carlos Recondo (UDI) sostiene que es necesario un órgano autónomo que esté a cargo de evaluación ambiental y reemplace el SEIA, por considerarlo dotado de criterios dispares y contradictorios; de lo no aprobarse esta disposición, el consejero propone buscar compromisos que permitan que se pueda hacer una revisión urgente del actual sistema.
3) Iniciativa Popular de Norma
Cerrado el debate, los consejeros dieron cuenta de cuales IPN fueron consideradas por ellos al momento de presentar sus enmiendas y propuestas, destacando aquellas relativas a salud, educación y cuidados.
23 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto tratar materias relativas a actividad económica, no diferenciación arbitraria, adquisición del dominio y derecho de propiedad, derecho de autor sobre sus obras, protección de consumidores y libre competencia.
Las principales discusiones se centraron en la actividad económica del Estado y el tratamiento que se ha otorgado en el anteproyecto, la libertad económica y posibilidad de competencia del Estado con privados en igualdad de condiciones. Se analizó en extenso el derecho de propiedad y cada uno de sus literales, llegando a consenso en varios de ellos pero teniendo en cuenta que, para el oficialismo, se le da un tratamiento excesivo y no consistente con los demás derechos establecidos en el artículo 16.
Desarrollo de la sesión
1) Derecho a desarrollar actividades económicas
Se inicia el debate con la explicación de las enmiendas 238/2, 240/2 241/2, 242/2 y 243/2 relativas al artículo 16 N°31 del anteproyecto, precisamente al rol del Estado empresario y la participación de éste en la actividad económica. Convencionales de oposición señalaron que las enmiendas planteadas tienen por objeto mantener la regulación vigente y no innovar en materias que podrían llevar a desvirtuar instituciones que cuentan con seguridad jurídica en nuestro ordenamiento. En este contexto Carlos Recondo (UDI) plantea que la preocupación de su bancada es que el Estado utilice el poder que posee, a través de las empresas públicas, en desmedro de los privados. Añade que es importante que exista una responsabilidad por parte de la institucionalidad en generar una libre competencia en igualdad de condiciones.
Karen Araya (PC) señala que con este tipo de normas se evita que el debate del rol empresarial del Estado se pueda dar en el congreso y califica como un retroceso la presentación de estas enmiendas por cuanto señala se establecerán aún más restricciones a las contenidas en la constitución vigente en esta materia. En este sentido, el comisionado Flavio Quezada crítica las enmiendas presentadas por considerar que intentan zanjar discusiones que se están dando a nivel nacional e internacional, y sería un error atar al Estado y al legislador a que se den estas discusiones en un futuro.
La discusión avanza y se profundiza en relación a la expresión “en conformidad a la ley” y la enmienda presentada por consejeros UDI que solicitan su reemplazo por la frase “respetando las normas legales que la regulen”. Ante ello, comisionado Jaime Arancibia expresa que técnicamente la regulación consiste en la potestad del Estado de establecer obligaciones de dar, hacer o no hacer para la satisfacción de necesidades públicas y que la fuente de dichas obligaciones deben tener su origen en la ley (reserva legal), por ello es que es necesario este cambio.
Por su parte los consejeros Aldo Valle (PS) y Nancy Márquez (CS) sostienen que no se debería dar tratamiento en la misma categoría a los órganos administrativos, empresas y sociedades del Estado debido a que podría generar efectos no queridos por quienes proponen la enmienda, pues realizan actividades completamente distintas desde el punto de vista jurídico. Junto a ello, señalan que en cuanto a la enmienda 240/2 presentada por la bancada RN EVÓPOLI podría tener efectos perversos y estaríamos declarando en interdicción a la administración.
Jorge Ossandón (PRep) menciona que los órganos administrativos, en la medida que desarrollen actividades empresariales se convierten en actores de mercado. Por ello, no pueden tener facultades que lo pongan en nivel superior con quienes compite.
2) No diferenciación arbitraria en materia económica
En relación a las enmiendas presentadas al artículo 16 N° 32 del anteproyecto se plantean enmiendas por parte de la bancada RN EVÓPOLI, Partido republicano y UDI, junto a la solicitud de votación separada por parte del oficialismo.
En cuanto a las enmiendas presentadas relativas al cambio de término de “diferenciación” contenido en la norma por “discriminación”, Pilar Cuevas (RN) señala que se busca utilizar términos adecuados pues es la discriminación arbitraria lo que constituye un error y no la diferenciación, más aún en todo el anteproyecto se ocupa la palabra discriminación. En respuesta a ello, el comisionado Flavio Quezada señaló que al momento de la redacción en la Comisión Experta se optó por “diferenciación” para hacer consistente este precepto a estándares internacionales de DDHH.
3) Adquisición de dominio
En relación al artículo 16 N° 33 se presentan dos enmiendas idénticas que pretenden eliminar la expresión “prohibición” de la redacción de este numeral en cuanto señala que “una ley de quórum calificado, cuando así lo exija el interés nacional, podrá establecer prohibiciones, limitaciones o requisitos para la adquisición del dominio de algunos bienes”. Las bancadas UDI y Republicana consideran que utilizar este término podría llevar a múltiples interpretaciones. Así, la comisionada Bettina Horst sostiene que en un inicio la redacción se encontraba sin este vocablo pero fue en una última etapa y sin el debate adecuado que se incorporó.
Ante esta intervención los comisionados Flavio Quezada y Alexis Cortés distan de la explicación de la comisionada Horst en cuanto sostienen que se redactó de esta forma y se acordó así por considerar que sería un requisito suficiente el establecimiento de una ley de quórum calificado para el establecimiento de prohibiciones; comentan que, en su momento, se dió como ejemplo la adquisición de armamento para evitar prohibiciones poco razonables.
La consejera Pilar Cuevas (RN) añade que es importante recordar que la norma apunta a la adquisición de bienes y que en ningún caso constituye una limitación al dominio que ya se ostenta. Comenta que como bancada están de acuerdo en la forma en que está redactado el artículo.
4) Derecho de propiedad
Para esta discusión se fue desmembrando el artículo 16 N° 34 en sus diferentes literales. En primer lugar, se analizaron las enmiendas presentadas por republicanos y UDI a la letra A) del artículo para modificar la redacción final del mismo relativo al “ patrimonio ambiental y el desarrollo sostenible”. Jorge Ossandon (P.Rep) señala que es necesario emplear la expresión “sustentabilidad” debido a que esa es la terminología que es utilizada en la ley de medioambiente. Por su parte, Arturo Phillips (UDI) considera que el concepto de desarrollo sostenible es ambiguo, indeterminado y puede tener una interpretación demasiado extensiva concatenando limitaciones excesivas; concluye que es importante para el desarrollo de nuestro país la seguridad jurídica.
El comisionado Quezada sostuvo que se incorporó este concepto en la búsqueda de innovar en las funciones ecológicas de la propiedad. También, el comisionado Cortés declaró que estamos ante un derecho inusualmente extenso, pero en la Comisión Experta se consideró adecuado incorporar estos términos por la función social de la propiedad. Esto se corresponde con los desafíos que tenemos como civilización, y la intención de dotar al texto de un carácter intergeneracional.
En segundo lugar, en cuanto a las enmiendas presentadas a los literales B y D del artículo, el debate se centró en la privación indirecta de la propiedad, en virtud de la enmienda presentada por consejeros republicanos. Se señaló por el oficialismo que insistir en robustecer el derecho de propiedad, en los términos planteados en las enmiendas (expropiación indirecta), es contraproducente por cuanto introduce categorías desconocidas para nuestra legislación y atentan a la seguridad jurídica que se pretende.
En tercer lugar, y avanzando en el análisis de las enmiendas, se exponen aquellas presentadas al literal E del artículo. Pilar Cuevas (RN) explica que la enmienda tiene por objeto poner fin a la distinción a los hidrocarburos líquidos o gaseosos respecto de los demás minerales señalados en la norma, distinción estimada no tiene justificación alguna.
Por su parte Nancy Márquez (CS) analizando las enmiendas presentadas expresa que las concesiones mineras no pueden ser entregadas por tiempo indefinido y considera graves las propuestas en este sentido. Ante ello, el consejero Jorge Ossandon (P.Rep) argumenta que las inversiones tienen un costo demasiado alto y por tanto es necesario otorgar certeza a los inversionistas a través del tiempo
En cuarto lugar, no se presentaron enmiendas a las letras F y G del artículo 16 N° 34, y respecto al literal H se propone enmienda que obliga al Estado a que si se vuelve necesario que la actividad planteada en el literal (explotación o beneficio de yacimientos no susceptibles de concesión) sea realizada por un tercero distinto de éste, la actividad de ello sea debidamente licitada para así, asegurar la igualdad de oportunidades.
Finalmente, el debate de las enmiendas presentadas al literal I y J se centraron principalmente en los efectos que podría tener la inclusión de concesionar el agua de mar, pues es una discusión que aún no se plantea a nivel legislativo. Quienes presentaron dichas alegaciones expusieron que valoran la intención de innovación en la materia pero su inclusión en el texto constitucional podría significar cometer el error de no seguir los conductos regulares de análisis de impacto ambiental necesarios.
5) El derecho de autor sobre sus obras
Posteriormente, se analizaron las enmiendas presentadas al artículo 16 N° 35 del anteproyecto. El consejero Miguel Littin (PS) sostuvo que el epígrafe del numeral refiere únicamente a los derechos de una persona sobre sus obras literarias, audiovisuales y todas aquellas que provengan de la creatividad e imaginación, por ello es que no concuerda con las enmiendas presentadas tendientes a la inclusión de la expresión “propiedad intelectual e industrial” pues para él son materias diferentes y deben tener un tratamiento separado.
German Becker (RN) y Ninoska Payauna (P.Rep) explican que se propuso esta enmienda debido a la relación género especie que ha tenido, en nuestra legislación, la propiedad intelectual y el derecho de autor. En este sentido Aldo Valle (PS) sostiene que efectivamente hay dificultad con el epígrafe del numeral 35, pues refiere solo el derecho de autor sobre sus obras y luego, cuando se desarrolla el contenido, hay dos literales (c y d) que desarrollan otras materias. A su juicio, las enmiendas que se proponen solucionarían las dificultades que pudieran suscitarse. En cuanto a la letra b) de este numeral y la inclusión solicitada por la bancada de RN EVÓPOLI, relativa a las “nuevas obtenciones vegetales” existe consenso en lo beneficioso de la inclusión de en ella.
6) Consumidores y libre competencia
En cuanto a las enmiendas presentadas al numeral 36 del artículo 16, se acuerda la posibilidad de trasladar dicha enmienda al numeral 31 del mismo artículo.
7) Enmiendas permanentes
En cuanto a la enmienda 270/2 relativa a la inclusión de un numeral al artículo 16 que establezca el derecho a “la alimentación adecuada para sí y su familia”, se llegó a consenso en la importancia de erradicar el hambre y la malnutrición, y estar a la altura de los estándares internacionales de DDHH. Se planteó la preocupación sobre el alcance del aseguramiento del Estado en la producción agrícola mencionada en la propuesta; frente a ello, los consejeros plantearon que implica únicamente el incentivo a los privados y jamás una limitación a ellos en esta materia.
22 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto la discusión de los derechos laborales en el texto constitucional. Respecto al concepto de trabajo decente, se mostró desacuerdo entre el oficialismo y la oposición, ya que los últimos buscan mantener la regulación actual por considerar que el concepto “trabajo decente” es muy dinámico y atenta contra la seguridad jurídica, mientras que el oficialismo defendió su inclusión por ir en línea con los tratados internacionales y la jurisprudencia de la Corte Suprema. Existió acuerdo en que exista un mandato en virtud del cual se busque compatibilizar la vida personal y laboral, privilegiando la primera.
En los derechos asociados a la libertad sindical, los puntos de conflicto fueron la circunscripción de la huelga a la negociación colectiva y la posibilidad de consagrar la huelga para los funcionarios públicos, sin lograr acuerdo en ninguna de las materias. Finalmente, en el ámbito de la seguridad social, tampoco existe acuerdo para incorporar principios como la solidaridad y universalidad (propuestos por el oficialismo), como tampoco la libertad de elección del administrador de los fondos de pensiones.
Desarrollo de la sesión
1) Discusión sobre el derecho al trabajo decente
a) Encabezado y literal a):
-Jorge Ossandón (Rep) menciona que el concepto de trabajo decente es indeterminado para la legislación en Chile, por tanto, buscan mantener la redacción actual sobre el derecho a la libertad del trabajo y su protección, lo que tiene como base argumental la seguridad jurídica (enmienda n°183).
-Karen Araya (PC) considera que la enmienda anteriormente comentada no representa ningún avance respecto de la regulación constitucional actual. Esto porque el impacto de la modificación desconoce la existencia de relaciones complejas de poder en el ámbito del trabajo. En su mirada, la enmienda elimina el derecho al trabajo.
-El comisionado Alexis Cortés (PC) menciona que el concepto de trabajo decente concitó un amplio acuerdo en el trabajo de la Comisión Experta, particularmente porque significa un horizonte hacia el cual se debe avanzar. Es una elaboración en la cual particularmente un chileno ha sido precursor (Juan Somavía), lo que dialoga fuertemente con los objetivos del milenio. A su vez, nuestra propia jurisprudencia lo ha incorporado paulatinamente en sus sentencias, por lo que eliminarlo sería un error.
-El comisionado Flavio Quezada (PS) menciona que si bien es cierto el concepto de trabajo decente es una innovación, la califica como poco novedosa, toda vez que está contemplada en los cuerpos normativos internacionales. A su vez, permite reincorporarnos a nuestra tradición constitucional, que tiene como verdadera innovación la redacción actual. Finalmente, el mundo del trabajo está viviendo intensas transformaciones que han traído consigo precariedad laboral, por lo que el texto constitucional debe entregar herramientas para enfrentarlas.
-Carlos Recondo (UDI) menciona que concuerda con lo dicho por el consejero Ossandón, particularmente en lo relacionado con la indeterminación del concepto (enmienda n°186). Por ello pareciera inconveniente de constitucionalizar como concepto, por lo que la enmienda de su bancada lo define para evitar equívocos. Luego, sobre el cambio del concepto “remuneración” por “retribución” para no encerrar los beneficios que se entregan al trabajador solamente en dinero, que se asocia más al primer término (enmienda n°186). Se muestra abierto a discutir las enmiendas presentadas por el oficialismo.
-Claudia Mac-lean (Rep) menciona que bajo la libertad de trabajo se engloba a otros derechos (como la libertad de contratación y a la libre elección del trabajo), como también pone énfasis al elemento de la libertad ligada al trabajo, lo que se vincula con el descanso, la desconexión digital y la consideración del trabajo como un medio de realización personal.
-Nancy Márquez (CS) menciona que el empleo productivo y el trabajo decente son elementos trascendentales para el desarrollo del país. Cree que existe un argumento al que se le ha dado un excesivo uso a la seguridad jurídica, considerado como valor absoluto, sobrepasando la posibilidad de innovar en nuestra regulación constitucional.
-La comisionada Alejandra Krauss (DC) menciona que no es de extrañar, atendida la evolución del derecho del trabajo, del derecho internacional, de la jurisprudencia y lo que los propios trabajadores han avanzado en sus relaciones internas con la empresa, es importante que el texto constitucional avance en ese sentido, por lo que es importante incorporar el concepto de “trabajo decente”, en miras a la consagración del Estado social y democrático de derecho. Luego, sobre el concepto “retribución”, le parece que es un mal concepto si lo que se busca es dar certeza jurídica, ya que lo que recibe el trabajador es una remuneración, y es así como lo define el Código del Trabajo.
b) Literal b): Discriminación en materia laboral
-Arturo Phillips (UDI) menciona que la igualdad entre hombres y mujeres es un principio universal, por lo que su bancada quiere avanzar hacia la igualdad en materia laboral, centrándose particularmente en la prohibición de la discriminación. Por otro lado, agregan que en aquellos casos en que desempeñen igual funciones en la misma empresa deberían contemplar igual remuneración. Esto es más específico y claro que la cláusula general.
-En el mismo sentido, el consejero Jorge Ossandón (Rep) menciona que no le parece correcta la forma de abordar la desigualdad salarial en el anteproyecto, el cual contempla el concepto de “igualdad salarial”, por lo que buscan incorporar en su reemplazo la prohibición de la discriminación arbitraria en materia laboral, particularmente en materia de remuneraciones.
-Alexis Cortés (PC) menciona que la no discriminación, particularmente entre hombres y mujeres, es un elemento central del derecho al trabajo decente. A su vez, este fue un acuerdo unánime de la Comisión Experta, por lo que cree que sería relevante intentar mantener ese nivel de apoyo. A su vez, señala que cuando se habla de trabajo de igual valor, más que un sentido prescriptivo, permite la habilitación u orienta a quien decide políticas públicas a pensarlas de manera más general, y no solo en el “caso a caso”.
-Sebastián Figueroa (Rep) cree que la intervención del comisionado Cortés matiza la redacción del anteproyecto, el cual “garantiza la igualdad salarial”. Pone como ejemplo el caso de una empresa que quiera remunerar por sobre lo establecido en la ley, una redacción como esa no le permitiría hacerlo. Esto atentaría contra la libertad de emprender.
c) Discusión sobre el literal c): Prohibición de tipos de trabajos
-Sobre la enmienda n°192 de la bancada republicana, la consejera Karen Araya (PC) menciona que le parece correcto que exista una búsqueda de conciliación entre la vida laboral y la vida personal y familiar, lo que podría aportar a la productividad y en la promoción de la igualdad de género, en la medida que permite que hombres y mujeres puedan aportar con las labores de cuidado y domésticas. Sin embargo, cree que esto no solo debe ser una obligación estatal. Jorge Ossandón (Rep) y Germán Becker (RN) mencionan que es importante avanzar en puntos de acuerdo como este.
-Sobre el punto marcado al final de la intervención, el consejero Sebastián Figueroa (Rep) afirma que el espíritu de la enmienda es avanzar hacia mejoras en el ámbito laboral en general, y no solo en contextos en donde el Estado es empleador.
-En el mismo sentido se pronuncian Nancy Márquez (CS) y Alexis Cortés (PC). Mientras la consejera hace énfasis en que es una medida que favorece a las mujeres por la desigualdad estructural que viven, el comisionado mencionó que la enmienda se condice con la reducción progresiva de la jornada laboral que se ha iniciado en Chile con la ley de 40 horas.
2) Discusión sobre libertad sindical
a) Encabezado
-Sobre las enmiendas que buscan eliminar el derecho a huelga de la libertad sindical (bancada UDI, n°194 y la bancada republicana, n°193, esta última la circunscribe a la negociación colectiva), el consejero Miguel Littin (PS) señala que la huelga es un derecho esencial de los trabajadores, separado de la negociación colectiva.
-Sobre el punto, el consejero Carlos Recondo (UDI) menciona que para su sector la huelga es un derecho, pero no se imagina que tenga un propósito distinto o muy ajeno a la necesidad de alcanzar una negociación. Por tanto, creen que para que en las empresas exista un ambiente de mayor diálogo y entendimiento, el establecimiento de una huelga que no tenga interés en alcanzar una negociación, puede ser excesivo y generar conflictos permanentes.
-Karen Araya (PC) valora la norma del anteproyecto, la cual constitucionaliza el reconocimiento internacional de la libertad sindical con los tres derechos clásicos: sindicalización, huelga y negociación colectiva. Sobre las enmiendas mencionadas, considera un retroceso limitar la huelga al proceso de negociación colectiva, mencionando que incluso ni siquiera la actual constitución tiene una visión tan restrictiva de la misma. Es un derecho establecido en múltiples instrumentos internacionales (menciona varios), como también la OIT se ha mostrado contraria a encauzar la huelga únicamente a procesos de negociación colectiva.
-Cecilia Medina (Rep) dice que los sindicatos son organizaciones que intermedian entre los empresarios y trabajadores, por lo que le parece relevante en ese contexto establecer el derecho a la negociación colectiva, y solo después de aquello contemplar el derecho a huelga (en caso de no llegar a acuerdo en un proceso previo).
-Al respecto, el comisionado Alexis Cortés (PC) menciona que el anteproyecto es claro en circunscribir el ejercicio de la huelga a los intereses de los trabajadores. A su vez, dice que la actual regulación laboral, a pesar de ser una de las más restrictivas a nivel comparado, no ha logrado disminuir la conflictividad laboral, al contrario, ha incentivado la existencia de huelgas por fuera del marco legal.
-Aldo Valle (PS) cree que nadie está de acuerdo ni promoviendo la existencia de una huelga libre. Esto porque el anteproyecto es específico al señalar que este derecho tendrá limitaciones fijadas por una ley de quórum calificado (o institucional, en el vocabulario del anteproyecto). A su vez, cree que no reconocer el derecho a huelga es un retroceso democrático, y tampoco debe ser observado solo desde el punto de vista del derecho, sino también desde un punto de vista sociológico, en la necesidad de institucionalizar el conflicto y no dejarlo a su suerte.
-Arturo Phillips (UDI) plantea que su bancada lo que propone es una fórmula intermedia, entre la huelga libre (que reconoce el anteproyecto) y una huelga circunscrita a la negociación colectiva, manteniendo en cierta medida la redacción de la Constitución actual. Luego, dice que se abrirán a negociar solo en la medida que la huelga se circunscriba a la negociación colectiva. Finalmente, menciona que así fue en el proyecto de reforma laboral de la presidenta Bachelet y también en el primer proyecto constitucional firmado por los comisionados expertos del oficialismo (sobre el cual se discutieron posteriormente enmiendas de unidad de propósito).
-Flavio Quezada (PS) responde que en el informe de la Secretaría General del proceso constan las discusiones, posturas y el por qué se llegó a la redacción del anteproyecto. Luego, dice que existe un debate que le preocupa particularmente: lo que está en juego es el prestigio internacional de nuestro Estado, como uno respetuoso de los DDHH y la democracia. La actual regulación ha sido reprochada en reiteradas ocasiones por organismos internacionales, sobre todo por restringir la huelga a la negociación colectiva (lo que ha sido superado en la práctica por la jurisprudencia de la Corte Suprema).
-Alejandra Krauss (DC) afirma que, sobre las enmiendas propuestas por la oposición, se debe precisar que el trabajo no es una mercancía, y es esa dimensión la que permitió consagrar las normas que se contemplan en el anteproyecto. Un Estado comprometido a elevar el estándar de vida de sus ciudadanos, debe entregar herramientas a los trabajadores por medio de sus organizaciones. Esto requiere un equilibrio entre el fortalecimiento de la libertad sindical y sus derechos asociados, así como la protección y actualización en virtud de los organismos internacionales, equilibrio que a su juicio cumple el anteproyecto, y que ninguna de las enmiendas de la oposición logran generar. Le impresiona el nivel de desconfianza hacia los sindicatos y las limitaciones a la huelga, sobre todo considerando la regulación comparada de la huelga.
b) Literal a): Sindicalización
-Karen Araya (PC) cree que no se debe retroceder en derechos ya conquistados por los trabajadores. En ese sentido, consulta por qué se pretende constitucionalizar un deber de transparencia respecto de los sindicatos, pero no así respecto de cualquier otra institución privada. Agrega que el Código del Trabajo no contiene obligaciones en ese sentido, y que ya existen deberes de fiscalización para la Dirección del Trabajo.
-Alejandra Krauss (DC) sobre la enmienda n°198, que entrega obligaciones a dirigentes sindicales en materia de transparencia, cree que no es una norma propia de la Constitución, yendo en la misma dirección de las enmiendas anteriores, con una marcada desconfianza hacia los trabajadores y sus organizaciones (menciona que es una carga que no se contempla, por ejemplo, para dirigentes gremiales de los empresarios).
-Cecilia Medina (Rep), sobre la enmienda citada por la comisionada Krauss, dice que la idea es que los trabajadores cuenten con dirigentes que no instrumentalizan las organizaciones sindicales, mejorando las confianzas internas al interior de dichas organizaciones. En el mismo sentido, Sebastián Figueroa (Rep) dice que ha vivido en carne propia los problemas de la politización, que apareja el desincentivo a participar de este tipo de organizaciones, por lo que es necesario acotarla.
-Aldo Valle (PS) cree que no es adecuado solicitar ese nivel de comportamiento solo a los representantes sindicales, lo que tiene un sesgo y una carga ideológica inaceptable. Por tanto, llama a que si se quiere discutir e incorporar mayores criterios de transparencia, se debe hacer respecto de todas las organizaciones de la sociedad civil. En el mismo sentido se pronuncian el comisionado Cortés (PC) y la consejera Márquez (CS), quien emplaza a las bancadas de oposición a decir si están abiertos a negociar en este punto.
c) Literal b): Negociación colectiva
-Alexis Cortés (PC) cree que es importante, más allá de las posiciones específicas que se tengan sobre la negociación ramal o interempresa, que las limitaciones se deriven al legislador democrático, para así generar un marco en el cual todos los sectores puedan defender sus ideas.
d) Literal c): Derecho a huelga
-Cecilia Medina (Rep), sobre la enmienda n°202, menciona que tiene por objetivo resguardar la seguridad nacional, la continuidad de servicios y el abastecimiento. Menciona particularmente el caso de Gendarmería, por su función en el resguardo de las personas privadas de libertad, cuya labor es irreemplazable, ya que se podrían generar situaciones como motines.
-Flavio Quezada (PS) menciona que la enmienda n°202 busca volver a incorporar el concepto de seguridad nacional al texto constitucional. Le recuerda a la comisión que la Constitución de 1980 no solo es criticada por su origen, sino también por su contenido, por lo que llama a ser cuidadoso con las discusiones que se llevan a cabo en esta instancia.
-Karen Araya (PC) menciona que la enmienda anteriormente señalada es mantener la forma prohibitiva de regulación del derecho a huelga. Esto significa un retroceso o, al menos, un ánimo de no avanzar en un texto distinto al que actualmente nos rige.
-Ninoska Payauna (Rep) menciona que la huelga es un instrumento de última instancia. Al respecto, en el caso de las instituciones educativas, cree que el derecho a la educación debe estar por sobre otros derechos. La comisionada Krauss (DC) menciona que una medida como esa constituye reemplazo en huelga, lo que está fuertemente sancionado en nuestra actual legislación. Al respecto, la consejera Payauna (Rep) insiste en su punto de vista.
e) Literal d), e) y f): Libertad sindical en funcionarios públicos, FFAA y de Orden y autonomía sindical
-Karen Araya (PC) cree que eliminar el reconocimiento de la libertad sindical y sus derechos asociados de los funcionarios públicos es un retroceso. A su vez, menciona su preocupación por la visión por parte de la oposición de la huelga como un fin en sí mismo, cuando es una herramienta( la única con la que cuentan los trabajadores) para hacer valer sus intereses. En el mismo sentido, agregando que le parece discriminatorio no contemplar a los funcionarios públicos como titulares de la libertad sindical, el comisionado Cortés (PC).
-Paloma Zúñiga (RD) cree que es positivo el objetivo de la enmienda que busca limitar la paralización de actividades que podrían generar el desabastecimiento en el país.
-Cecilia Medina (Rep) afirma que, por las experiencias del paro del Registro Civil del año 2015, como también los sucesivos paros del sector de salud, la interrupción de los servicios es un perjuicio para las personas, cuando el foco de la regulación constitucional debería estar puesto en ellas. Al respecto, Nancy Márquez (CS) afirma que la OIT entrega como parámetros para limitar la libertad sindical en el sector público que detenten el uso de las armas (FFAA y de Orden) o ser un servicio esencial, los cuales no se cumplen a cabalidad en este caso.
-Aldo Valle (PS) cree que es evidente que en Chile se producen movilizaciones en el sector público, y que la respuesta del derecho no puede ser simplemente la prohibición. Lo que hace el anteproyecto es dejar que el legislador regule dicha conflictividad. Prohibir los conflictos sólo hace menos democrático nuestro sistema jurídico, sin capacidad de encauzar los conflictos.
-El comisionado Jaime Arancibia (RN) menciona que una diferencia relevante de los funcionarios públicos es que, en muchos casos, sus remuneraciones y beneficios están fijados por ley, por lo que se estaría sometiendo al Estado a una obligación de resultados cuando, en la mayoría de los casos, las modificaciones dependen de cambios legales. Sería relevante explorar la alternativa del derecho a huelga en casos en los cuales se pueda realizar una modificación por vía administrativa. Finalmente, cree que es más conveniente la regulación de la huelga de forma positiva, reconociéndola y sin mantener la regulación en clave de prohibición del actual texto constitucional.
3) Discusión sobre seguridad social
-Sobre la enmienda que busca cambiar el término “desempleo” por “cesantía” de la bancada RN-Evópoli (enmienda n°212), la comisionada Alejandra Krauss (DC) menciona que el término desempleo es más omnicomprensivo, lo que también se asocia a otro tipo de prestaciones distintas al seguro de cesantía. Al respecto, Carlos Recondo (UDI) menciona que con dicha explicación, le parece aún más pertinente el concepto de cesantía, ya que el de desempleo implica a personas que buscan un trabajo por primera vez, mientras que la cesantía se aplica a personas que ya teniendo trabajo lo han perdido.
-Luego, sobre la enmienda del oficialismo que busca incorporar principios al sistema de seguridad social, el comisionado Jaime Arancibia (RN) se muestra contrario a la inclusión de principios, pero ya que es posible su incorporación, consulta si es posible incorporar el principio de subsidiariedad. Al respecto, la consejera Karen Araya (PC) dice que lo que se requiere es poder tener la posibilidad de discutir un sistema de pensiones democráticamente, sin establecer cerrojos.
a) Derecho a elegir la entidad aseguradora de los fondos de pensiones
-La consejera Paloma Zúñiga (RD) menciona que no tiene problema con establecer redacciones de ese tipo, sin embargo, cree que se debe seguir la fórmula de las bases (entre instituciones públicas y privadas), sin cerrar tampoco la regulación constitucional a la pura idea de propiedad. Al respecto, la consejera Pilar Cuevas (RN) dice que lo relevante es proteger el derecho de la libertad de elección, por lo que si se busca agregar una AFP Estatal, dice que bienvenido sea.
-La comisionada Krauss (DC) llama a la comisión a no solo pensar en pensiones cuando se habla de seguridad social, ya que por ejemplo las enmiendas de la bancada republicana y chile vamos afectan el seguro de cesantía (porque dicho seguro es administrado por una entidad que se licita). También recuerda que la libertad de elección de AFP para los nuevos trabajadores tampoco es tal, sino que se licita la AFP. Esto es porque el legislador ha buscado hacer más eficiente las políticas públicas, corrigiendo los errores del pasado. En el mismo sentido se pronunció la consejera Karen Araya (PC).
-El consejero Jorge Ossandón (Rep) afirma que lo que buscan las enmiendas no es constitucionalizar las AFP, sino que resguardar la garantía de sus ciudadanos de los fondos individuales de los ciudadanos. Respecto a la argumentación de la comisionada Krauss (DC), menciona ejemplos de modalidades de propiedad diferentes. En el mismo sentido, el consejero Phillips (UDI).
-La consejera Claudia Mac-lean (Rep) dice que están de acuerdo con que se debe incorporar solidaridad en el sistema de seguridad social, pero la diferencia fundamental es que eso no debe hacerse con los ahorros de los trabajadores, sino que por medio de la política pública (particularmente, pone como ejemplo la PGU).
21 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto la discusión de la comisión sobre las enmiendas relativas al derecho a la cultura, derecho a la vivienda adecuada, derecho al agua y al saneamiento y la igualdad de los tributos en las normas constitucionales.
En donde existieron mayores divergencias fue en la regulación de los derechos de aprovechamiento de las aguas, en donde la oposición defendió la necesidad de seguridad jurídica en la materia, mientras que el oficialismo cree que la propiedad sobre dichos derechos es una privatización encubierta. A su vez, los sectores mostraron desacuerdo en la exención de contribuciones propuesta por la bancada del Partido Republicano, sin llegar en ninguno de los derechos objeto de la sesión a conclusiones comunes.
Desarrollo de la sesión
1) Discusión sobre el derecho a la cultura
-El consejero Miguel Littin (PS) menciona que a través de toda la historia de Chile, siempre ha estado presente el concepto cultura. Hace un repaso histórico desde los años 1800, con esfuerzos desde el Estado para dar carácter y hacer robusta la vida cultural del país. Ahora bien, dicha preocupación nunca ha tenido suficiente fuerza en los textos constitucionales, y en el actual hace falta determinar con qué elementos se sustenta su desarrollo.
-La consejera Ninoska Payauna (Rep) menciona que la enmienda propuesta por su bancada (cambiar el concepto “asegura” por “facilita”), ya que lo primero supone una obligación y podría implicar gasto público permanente.
-Luego, el presidente de la comisión, Germán Becker (RN) menciona que su bancada presentó una enmienda que facilita la difusión de actividades culturales. En el mismo sentido, la consejera Nancy Márquez (CS) presentó la propuesta de su bancada sobre la difusión cultural.
-La consejera Karen Araya (PC) presenta su preocupación por la enmienda n°182 presentada por la bancada republicana, en donde se deja como obligación del Estado el “facilitar” por sobre “asegurar”, lo que le parece un retroceso respecto al anteproyecto. Sobre la misma enmienda, la consejera Paloma Zúñiga (RD) le parece complejo que la enmienda menciona un concepto ambigüo como “contrario a la moral”.
-Luego, Carlos Recondo (UDI) ve como algo positivo que el derecho a la cultura esté incorporado en el texto constitucional, lo que se condice con organismos internacionales en la materia (Consejo de DDHH, Asamblea de la ONU). Sin embargo, cree que las enmiendas presentadas por su sector tienen como objeto mejoras de técnica legislativa, más que cambios de fondo. Esto busca evitar reiteraciones innecesarias para un texto constitucional. Le parece importante la precisión, sobre todo en un numeral susceptible del recurso de protección.
-Aldo Valle (PS) hace presente que las enmiendas presentadas por la UDI y Republicanos buscan limitar al Estado o inhibir de una acción positiva en el desarrollo de la cultura, lo que en su visión obsta a un Estado Social y Democrático de Derecho. No cree que esto pueda arriesgar un activismo judicial, y en cualquier caso la acción de protección está limitada a que la prestación está contemplada por ley. Tampoco cree que sea bueno limitar al Estado en su propósito de coordinar a la sociedad civil en las diversas manifestaciones de la cultura. Finalmente, tampoco cree razonable que, en el ámbito de la cultura, se establezcan limitaciones con conceptos ambiguos y amplios.
-El comisionado Alexis Cortés (PC) considera que es una razón viable y legítima la búsqueda de redacciones mínimas, pero que en este caso no parece algo acertado, ya que además de restar importancia al derecho en cuestión, no es una búsqueda de minimalismo a lo largo del texto (pone el ejemplo de propiedad y tributos). Celebra el nivel de acuerdo entre la bancada oficialista y la de RN-Evópoli, y le parece un retroceso inhibir al Estado de sus labores en materia cultural.
-El consejero Sebastián Figueroa (Rep) se refiere a la enmienda que busca modificar el concepto “asegura” por “facilitar”, diciendo que es necesario que el país llegue a un determinado nivel y estado de desarrollo que permita, en virtud del principio de responsabilidad fiscal, ir asegurando de forma paulatina los elementos esenciales del derecho a la cultura.
-Sobre el mismo punto, la consejera Ninoska Payauna (Rep) defiende la inclusión de la defensa de la cultura desde los tratados internacionales de DDHH, como también por ejemplos específicos, como el caso de lo ocurrido en el show de “las indetectables” en la campaña del apruebo con la bandera chilena.
2) Discusión sobre el derecho a la vivienda adecuada
-Paloma Zúñiga (RD) menciona la necesidad de avanzar en el derecho a la vivienda a nivel constitucional. Al año 2022, existen más de 1091 campamentos, lo que implica 71.000 hogares que buscan el sueño de la casa propia. Uno de los factores principales es la falta de planificación urbana, la desigualdad territorial y la ausencia de Estado. En ese sentido, el oficialismo presentó una enmienda que busca determinar mandatos específicos para el Estado en la materia, donde el centro está en la planificación.
-Al respecto, Carlos Recondo (UDI) menciona como una necesidad imperiosa avanzar en la consagración del derecho a la vivienda. Para precisar su enmienda (n°217), dice que lo público es algo mucho más amplio que lo meramente estatal, por lo que se remiten a lo que es el art.154 de la actual Constitución, el cual establece las bases institucionales del proceso, el cual se refiere a instituciones estatales y no públicas. Luego, sobre el concepto “adecuada”, cree que el concepto no se condice con la legislación actual, por lo que habrá trabajo para el legislador en ese sentido. Finalmente, valora la enmienda n°218 del oficialismo, ya que recoge la necesidad de administrar y planificar territorios.
-La comisionada Alejandra Krauss (DC) señala la relevancia de la consagración de este derecho, no solo por su carencia, sino también por la relevancia para las personas. Ese es el sentido de la consagración de derechos sociales y la debida implementación del Estado social y democrático de derecho.
-Jorge Ossandón (Rep) se refiere a la enmienda n°219 presentada por su bancada, la que busca la exención de las contribuciones a la vivienda principal. En ese sentido, si la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, le parece un sinsentido que el Estado pueda perturbar ese derecho por el no pago de un impuesto.
-La comisionada Alejandra Krauss (DC) dice entender la argumentación de la enmienda, pero se pregunta si es efectivamente un tema a tratar en el órgano constituyente o si se trata de un tema de política pública que requiere ser revisado por el legislador. Luego, menciona en base a datos disponibles, que el mayor riesgo de perder la vivienda no se da por el no pago de contribuciones, sino que por el no pago de créditos hipotecarios. Por tanto, le preocupa que esta sea una medida que termine beneficiando a los más ricos de la sociedad.
-Sobre la misma enmienda, la consejera Karen Araya (PC) cree que tiene un efecto engañoso, ya que el 70% de las viviendas no pagan contribuciones, por lo que además de ser una medida regresiva, será una forma de desfinanciar al Estado, ya que en buena medida estos fondos van a los municipios con menos recursos. A su vez, cree que es contrario al principio de responsabilidad fiscal que no exista una propuesta para la restitución de dichos fondos. En el mismo sentido el comisionado Alexis Cortés (PC).
-Sebastián Figueroa (Rep) menciona que no le parece un buen argumento que un 70% está exento del pago de contribuciones, ya que sigue existiendo un 30%, en donde existe una clase media pujante y que llega difícilmente a fin de mes que se vería beneficiada por esta medida.
3) Discusión sobre el derecho al agua y al saneamiento
-El consejero Germán Becker (RN) menciona que su bancada presentó una enmienda que busca especificar que el derecho no es al agua, sino que al acceso. Esto implica la creación y mantención de infraestructura, como también obligaciones específicas para el Estado.
-Karen Araya (PC) cree que no tiene sentido la limitación de este derecho acotando su regulación al acceso, lo que no se hace con el resto de los derechos consagrados en el anteproyecto.
-Sebastián Figueroa (Rep) menciona que era importante hacer la distinción en el acceso, ya que es lo más correcto desde el punto de vista jurídico. Luego, le pareció razonable incorporar el concepto de “seguridad hídrica” que ya se encuentra en la ley marco del cambio climático. Cree que las bancadas tienen alto nivel de acuerdo en este tema, lo que fue aseverado en igual sentido por el consejero Miguel Littin (PS).
-Carlos Recondo (UDI) señala que la enmienda de su bancada (sobre acceso al agua) le parece consistente con la legislación recientemente modificada. Luego, menciona que el derecho de propiedad no recae sobre el recurso, sino que sobre el derecho de aprovechamiento, por lo que cuando se afirma que existe un “mercado del agua” o una privatización, es una afirmación sesgada. Si existió una propuesta radical y que desconocía nuestra historia constitucional, fue la de la convención, la cual creaba nuevas categorías y definiciones inéditas.
-Miguel Littin (PS) menciona que la propiedad sobre los derechos de agua ha significado una forma encubierta de propiedad del recurso, mencionando ejemplos específicos de los efectos jurídicos. En ese sentido, si bien es cierto manifestó que existían amplios acuerdos al respecto, cree que la intervención del consejero Recondo (UDI) deja en claro que existen diferencias profundas.
-Paloma Zúñiga (RD) cree que la intervención del consejero Recondo (UDI) es equívoca, ya que si el argumento de mantener la propiedad sobre los derechos de aprovechamiento de aguas es la seguridad jurídica, le parece extraño que otros países desarrollados funcionen correctamente, sobre todo en materias agrícolas, sin tener un derecho consagrado de la misma manera que en Chile. Por lo anterior, cree que la seguridad jurídica no es el argumento principal.
-La consejera Nancy Márquez (CS) cree que incluso si el principal argumento es la seguridad jurídica, ésta no puede estar por sobre de la justicia social, ya que en esto nos estamos jugando la vida. A su vez, Chile es el único país del mundo en donde existe un mercado del agua, donde se arrienda, se hipoteca, etc.
-El comisionado Jaime Arancibia (RN) cree que no se debe confundir la naturaleza de bien nacional de uso público del agua con las concesiones que puede establecer el Estado, que puede revestir el carácter de derecho real y, por tanto, susceptible de propiedad. Por tanto, cuando se garantiza el acceso, lo que se hace es garantizar el uso del recurso, lo que ya realizan otras constituciones (Uruguay) y el mismo Código de Aguas. Por tanto, este tipo de concesiones no se opone a la naturaleza de bien nacional de uso público, lo que no obsta a la revisión de los requisitos para acceder a dichas concesiones.
4) Discusión sobre igualdad frente a los tributos
-Jorge Ossandón (Rep) se refiere a las enmiendas n°226 y 229, diciendo que la igualdad no se refiere a tratar a todos de la misma forma, sino de tratar igual a personas que se encuentran en situaciones equivalentes. Esto implica situar a la persona del contribuyente dentro del contexto tributario. A su vez, si bien es cierto la prohibición del alcance confiscatorio de los tributos se encuentra implícita en la regulación existente, es importante dejarlo de forma explícita en el texto constitucional como principio.
-Arturo Phillips (UDI) cree que es importante innovar en esta materia para darle eficacia a estos principios constitucionales, existiendo pocos casos de inaplicabilidad por parte del TC, pero no así de revisiones preventivas de proyectos de ley, por lo que tiene poca aplicabilidad en la actualidad.
-Karen Araya (PC) cree que las normas del anteproyecto van en el sentido correcto, pero le parece insuficiente con los datos actualmente existentes, como la baja carga tributaria en relación con cualquier país de la OCDE, teniendo recaudaciones promedio incluso menores a los países de América Latina. Cree importante avanzar hacia un sistema más progresivo, en donde los que tienen más contribuyan lo que corresponda para poder hacerse cargo de las urgencias sociales.
-Pilar Cuevas (RN) cree que la progresión y no regresión no es patrimonio de los derechos sociales, sino que también de los derechos civiles. Por tanto, si el Consejo busca innovar en nuestro ordenamiento constitucional, incorporar este tipo de principios es relevante para cumplir con dicho propósito.
-Sobre lo mencionado anteriormente, el consejero Ossandón (Rep) cree que sus enmiendas van en la línea de consagrar el Estado social y democrático de derecho, ya que esto busca cuidar el motor económico para la materialización de los derechos sociales.
-Alexis Cortés (PC) cree que existen dos formas de hacer inviable el Estado social y democrático de derecho: una es presentar redacciones que permitan declarar inconstitucionales medidas que han tomado otros países con la misma forma de Estado; otra es limitar al Estado para que no cuente con los fondos para llevar a cabo su mandato constitucional. Cree que es importante precisar, si se busca limitar la posibilidad de recaudar del Estado, que se piensen mecanismos alternativos para poder incorporar mayores recursos. Sobre esta intervención, Arturo Phillips (UDI) cree que es importante avanzar en una lógica sistémica, lo que no es un problema para él y su bancada.
-La comisionada Bettina Horst (UDI) cree que la pregunta correcta que se deben hacer los consejeros es, teniendo claro el sistema tributario que quiero, cuáles son las normas constitucionales que hoy no permite aplicarlo, para así tomar decisiones correctas. Luego, dice que la política que mejor ha funcionado para consagrar derechos es el crecimiento, por lo que lo importante es dar garantías para que ello ocurra.
-Carlos Recondo (UDI) cree que existen algunas coincidencias entre las distintas bancadas, como por ejemplo, que quien tenga más, pague más. Menciona que es necesario también que se avance en que una mayor cantidad de personas pague impuestos, ya que lo que ocurre en los países de la OCDE es lo inverso a lo que ocurre en Chile: la exención de impuestos es una excepción. A su vez, menciona que la principal amenaza al Estado social es la falta de crecimiento, para lo cual cita a Vittorio Corbo.
-El presidente de la comisión, Germán Becker (RN), menciona sobre la enmienda n°230 del Partido Republicano (que busca establecer beneficios o exenciones para la familia, emprendedores y adultos mayores) son mecanismos que ya existen actualmente en la legislación, por lo que no ve el sentido de incorporarlo a nivel constitucional. Al respecto, la consejera Karen Araya (PC) enumera algunos de esos beneficios.
-Al respecto, Alexis Cortés (PC) menciona que no existe nada en el texto actualmente vigente que no permita las exenciones. Sobre las enmiendas, cree que transmiten una idea equívoca al decir suponer que los impuestos suponen una rareza para las libres fuerzas del mercado, ya que éstos sirven para que podamos tener una vida en común civilizada. Está de acuerdo con que deba existir crecimiento económico para poder repartir riqueza y no pobreza, pero cree necesario no descuidar los deberes de los contribuyentes.
16 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto reanudar el debate de las enmiendas realizadas al inciso 21 correspondiente al derecho de la salud, y dar inicio al debate de las enmiendas realizadas el inciso 22 del derecho a la educación. También, se plantea la necesidad de una sesión extraordinaria para poder discutir las Iniciativas Populares de Norma (IPN).
Desarrollo de la sesión
Inciso 21
Se abre el debate con la intervención de la consejera Zuñiga (RD) pidiendo mayores explicaciones sobre el Plan Universal Solidario propuesto por la bancada de la UDI y republicanos. El presidente Becker (RN) explica que contiene las ideas de universalidad, que sea uniforme, es decir, solo un plan, y la no discriminacion, se abre el espacio para negociar sobre la existencia de algunas entidades sin fines de lucro que se puede añadir en otra indicación. La consejera Cuevas (RN) y la comisionada Horst profundizan en que se busca que sea un acceso más oportuno e inmediato, la persona mediante el plan pueda optar por el prestador y gestionar su patología.
El consejero Viveros (PC) recalca la figura del gasto, y que la salud pública debería fortalecerse a través de una red pública fuerte y que las aseguradoras o prestadoras privadas sean un complemento eficiente, no como ocurre con las Isapres hoy en día. El presidente Becker (RN) afirma que él no está de acuerdo con las Isapres y que lo que se está proponiendo es algo muy distinto.
Inciso 22
Se abre el debate con la enmienda planteada por la consejera Payauna (PR) de suprimir la palabra democracia debido a la contextualización innecesaria, ya que se establece en los artículos del anteproyecto que Chile es un país democratico. Existen variadas objeciones al respecto, como la planteada por el comisionado Quezada, el consejero Valle (Independiente - PS) y la consejera Araya (PC) de la necesidad de dar contenido a la frase y de seguir con los estándares internacionales.
Se discute sobre la enmienda de la UDI para suprimir ciertos principios como el de inclusión o el de equidad. El consejero Recondo (UDI) afirma que la constitución actual no los contiene y le preguntamos porque los quieren añadir, añade que en la ley en general de educación se consagran 12 principios, por lo que puede llevar a mayor confusión de disputas legales y les parece más conveniente que estén definidos en la ley. La consejera Payauna (PR) apoya lo expresado por Recondo y afirma que le parece peligroso elevar principios jurídicos que pueden ser problemáticos en el futuro.
Se cierra el debate con la enmienda propuesta por la bancada republicana, la consejera Payauna (PR) expone que el estado debe asegurar el derecho de educación de calidad desde la sala cuna, la educación inicial tiene mayor impacto.
La consejera Cuevas (RN) dice que esto va incluido en el derecho laboral de incorporación de las mujeres, y expresa que están en la mejor de las disposiciones de sacarlo del derecho laboral e incluirlo en los derechos educativos, ya que reconocen la importancia de la educación parvularia y sala cuna como primera etapa de conocimiento.
Los consejeros finalmente concuerdan que buscarán la mejor forma para mejorar la redacción y fortalecer la educación desde la sala cuna menor.
14 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto continuar el debate de normas y enmiendas del Capítulo II, a partir del literal c) del inciso 21 del artículo 16 del anteproyecto de Constitución. La sesión constó de dos partes, en la primera se discutió el artículo 16 inciso 20 con respecto al derecho a vivir en un medio ambiente sano, sostenible y libre de contaminación, la segunda parte se discutió el inciso 21 correspondiente al derecho de protección a la salud.
Desarrollo de la sesión
Por un lado, se presentaron un total de 6 enmiendas con respecto al derecho a vivir en un medio ambiente sano, sostenible y libre de contaminación que permita la existencia y el desarrollo de la vida en sus múltiples manifestaciones. Se tuvieron en cuenta 3 temas controvertidos. El primero en torno a la elección de preservación o protección. El segundo, sobre la elección de sostenibilidad vs sustentabilidad. Y el tercero, referente a si solo la ley podrá o la ley podrá. También, se discutió sobre el concepto de sano, sin embargo, se llegó a un acuerdo con rapidez de incorporarla.
Con respecto al primer punto, el argumento del consejero Recondo (UDI) con el cambio de la palabra preservación, gira en torno a que el término es excesivamente restrictivo, no nos permitía hacer una interpretación de un equilibrio entre el respeto y protección del medio ambiente, y la posibilidades de desarrollo económico
El segundo punto se resumen con la intervención del consejero Philips (Independiente- UDI) que expone que la razón de la enmienda que respecta a suprimir la palabra sostenible es debido a un error conceptual, debido a que el derecho al medio ambiente no puede ser sostenible, sino que el desarrollo del país si. Esto luego se aclara, con la aclaración del comisionado Cortés quien expone que en la resolución del consejo de los derechos humanos de la ONU se habló del derecho al medio ambiente sano, sostenible y limpio, en específico de del derecho humano de la sostenibilidad del medio ambiente, por lo que no parece ser un error conceptual.
Por último, la enmienda estuvo apoyada por la bancada de la derecha, y fue criticada mayormente por el comisionado Cortés, quien aclara que la discusión sobre solo la ley o de acuerdo a la ley conlleva un elemento problemático, se impediría que reglamentos, políticas o planes de descontaminación puedan tener efecto prescriptivo para regular el derecho
Por el otro lado, se presentaron 7 enmiendas con respecto al derecho de protección a la salud. La mayoría de las enmiendas presentadas son de cambios conceptuales y la discusión tuvo como primer punto primer central el suprimir la dimensión social por parte de la bancada republicana, sin embargo, se la discusión se centró en los argumentos de que no se podía dejar fuera, debido a que el acceso de la salud en el contexto país se da de manera desigual.
Un segundo tema es la enmienda del oficialismo, en el que se añade la frase “hacia el goce del grado máximo de salud”, al consejero Recondo (UDI) no le parece apropiada, argumentado que da mucha incertidumbre a la interpretación a las garantías que el estado debe prestar. También, se expresa la consejera Mac- Lean (PR) quien afirma que parece complejo y puede generar expectativas en la población, y si no se garantiza ¿la persona podrá demandar al estado por falta de servicio?. Respondiendo a esto, la consejera Zúñiga (RD), el consejero Valle (Independiente - PS) y el comisionado Cortés exponen que se habla de una progresividad y capacidad, con respecto a la preocupación por la posibilidad de demanda, solo sería en el caso de la ilegalidad, es decir, en caso de que no se garantice el derecho
El tercer tema, trata sobre la enmienda sobre acceso de medicamentos, cuidados paliativos e insumos médicos propuesto por la consejera Cuevas (RD). El comisionado Quezada expone que se debe explicitar que no se dará cuestionamiento ante los recursos que ya existen para el acceso de medicamentos de alto costo de las jurisprudencias de la Corte Suprema, como la ley Ricarte Soto para que no se vuelvan inconstitucionales. A lo que el presidente Becker (RN) asegura que no se busca terminar con estos medicamentos de alto costo, y podría hacer una enmienda ahí para asegurarnos de que quede claro, ya que solo se busca dar certeza a la ciudadanía con el acceso de medicamentos.
Por último, se discutió la enmienda sobre el Plan Universal Solidario Uniforme, en contra de esta enmienda se presentó firme la comisionada Araya (PC) aludiendo de que el sector de la derecha con esto buscaba constitucionalizar las isapres. Se termina con la aclaración del presidente Becker (RN) de que la enmienda no busca constitucionalizar las isapres, su argumentación hace un contraste, ya que dice que la universalidad no es característica de las isapres, no es uniforme, sino que hay muchos planes, y son altamente discriminatorias. Lo único que tienen de parecido es que lo pueden dar instituciones privadas.
8 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La comisión tuvo por objeto iniciar las discusiones en general de las enmiendas presentadas por las bancadas. Al inicio de la sesión, el ambiente fue tenso por las palabras solicitadas por consejeros y comisionados del oficialismo, quienes creen que el tiempo de debate y votación acordado por la mesa de delegados de bancada es insuficiente y no permite un análisis en profundidad de cada una de las materias.
Luego, la sesión tuvo la exposición del consejero Jorge Ossandón (Partido Republicano) sobre las enmiendas propuestas en materia tributaria, las cuales buscan consagrar como principios precisar la igualdad de los tributos por medio de la equivalencia, prohibir el alcance confiscatorio, que se defina de acuerdo a la capacidad contributiva (teniendo en el centro a la familia) y la simplicidad del sistema. Al respecto, la discusión se centró principalmente en la exención de contribuciones de viviendas, lo que tuvo reparos y palabras en contra por parte del oficialismo y la oposición (particularmente de la consejera Pilar Cuevas, por su impacto en el presupuesto de municipios de bajos recursos).
Finalmente, los consejeros Carlos Recondo y Arturo Phillips (UDI) expusieron sobre las enmiendas relativas al capítulo de protección del medio ambiente, derecho a la protección de la salud y educación. Al respecto, el oficialismo se mostró reticente a la sustitución de la protección de un “medio ambiente sano”, lo que fue defendido incluso por Jaime Guzmán en la Comisión Ortúzar (citado por el comisionado Flavio Quezada). Asimismo, la discusión se centró en la reserva legal de cualquier restricción a derechos en relación al medio ambiente, lo que la consejera Nancy Márquez (CS) señaló que sería complejo, ya que generaría que instrumentos que se aplican en la actualidad, con carácter reglamentario, serían inconstitucionales.
Desarrollo de la sesión
-Al inicio de la sesión, el secretario de la comisión menciona que en la cuenta existe un documento por el cual los comisionados Quezada (PS), Cortés (PC) y la comisionada Krauss (DC) manifiestan su preocupación por el poco tiempo que existirá para el estudio, debate y votación de las enmiendas presentadas. Dichas palabras son secundadas por el consejero Miguel Littin (PS), quien dice que existe gran confusión por no cumplirse los cronogramas acordados previamente. Al respecto, el presidente Germán Becker (RN) afirma que no pueden modificar un cronograma de trabajo que proviene de un acuerdo de los delegados de bancadas.
-La consejera Karen Araya (PC) dice que le parece insuficiente el tiempo considerado por cada enmienda (11 minutos aproximadamente). Le parece una irresponsabilidad por parte del consejo que no exista una discusión seria y sustantiva. Afirma que muchas de las enmiendas de la derecha desdibujan el anteproyecto, lo que se contrapone a los resultados del proceso de participación ciudadana que muestra una actitud positiva de la ciudadanía sobre el anteproyecto, por lo que le parece necesario discutir con mayor profundidad. Es secundada por Miguel Littin (PS), quien dice que el acuerdo le parece “espurio”.
-La consejera Pilar Cuevas (RN) menciona que los delegados y sus decisiones están contempladas en el reglamento, por lo que no acepta epítetos como “acuerdo espurio o poco serio”. Dice que la existencia de la mesa negociadora es para llegar a grandes acuerdos y no cerrar el debate.
-Sebastián Figueroa (Rep) dice que también le parece poco el tiempo de debate, pero que rescata el espíritu del acuerdo, el que busca llegar a un gran pacto constitucional que le permita estar a todos los sectores representados.
-Al respecto, el vicepresidente del Consejo, Aldo Valle (PS), menciona que si bien es cierto existían diferencias en torno al cronograma, se concurrió a un acuerdo por las vías institucionales del reglamento. Con todo, cree que es importante acordar una metodología en la comisión para la discusión específica.
-Arturo Phillips (UDI) menciona que existe un acuerdo a pesar de haber podido imponer un cronograma por medio de la mayoría existente en el consejo. Se pregunta si la preocupación es real o si es simplemente una queja con fines comunicacionales.
1) Exposición del consejero Jorge Ossandón (Partido Republicano)
-Se debe recordar que, el paso anterior a la provisión de derechos y prestaciones sociales es la recaudación de recursos por medio de los impuestos. ¿Cuál es el sentido de los tributos bajo la fórmula del Estado Social y Democrático de Derecho?
-Esta fórmula es un mandato para el cual el Estado debe entregar prestaciones básicas para el bienestar de las personas. Tomando como referencia la Constitución española, en su génesis ya se discutía la necesidad de equilibrar y dar coherencia al gasto público y la recaudación. Por tanto, la función de los tributos también obliga a la Administración a la distribución responsable y equitativa de los recursos a través del gasto.
-Es indudable que para un país que se organiza como Estado social, se deben evitar desequilibrios por las deficiencias en la recaudación y el exceso del gasto público. En ese sentido, se deben observar los siguientes elementos:
a) Se debe tener una economía sana, con colaboración público-privada y responder con recursos suficientes a la materialización progresiva de derechos económicos, sociales y culturales.
b) Buena administración, para no acrecentar la desconfianza en el Estado. Esto lleva consigo la responsabilidad fiscal.
-Los principios tributarios constitucionales deben propiciar certezas y seguridad, inspirar criterios básicos para organizar e interpretar la normativa sectorial, como también un límite jurídico a las potestades tributarias de la administración (por su asimetría con los contribuyentes). ¿Cuáles son los principios? Legalidad de los tributos, igualdad tributaria, proporcionalidad y justicia tributaria.
-Al respecto, el anteproyecto avanza en algunos puntos y extiende la garantía de legalidad y proporcionalidad a las cargas públicas, lo que a su parecer es positivo. Sin embargo, se requiere también avanzar en otras garantías tributarias constitucionales que complementen a las ya mencionadas:
a) Precisar la igualdad de los tributos con un criterio de equivalencia. No necesariamente dos personas que tienen el mismo ingreso son “iguales” (por ejemplo, por el número de hijos).
b) Los tributos no deben tener alcance confiscatorio. Este principio se ve reforzado con la prohibición de que un tributo afecte la esencia de un derecho en su ejercicio.
c) Capacidad contributiva. Apunta a que las personas deben ser gravadas de acuerdo a sus medios económicos, lo que no se encuentra consagrado ni en la Constitución actual ni en el anteproyecto. Si bien es cierto se ha entendido como una aplicación de la igualdad tributaria, es indudable que las personas incurren en gastos necesarios e inevitables por el solo hecho de vivir en sociedad, incluyendo estos criterios para el legislador.
d) Racionalidad y simplicidad del sistema tributario. Esto aporta a la certeza jurídica, como también a la eficacia y eficiencia del sistema tributario, rebajando los costos sociales en el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes.
-En conclusión, la política del gasto social requiere ser financiada por medio de los impuestos. Por tanto, se requiere que la Constitución entregue certezas y seguridad, para que el legislador entregue políticas responsables.
2) Discusión de la comisión
-La consejera Pilar Cuevas (RN) consulta respecto a la exención del pago de contribuciones a la vivienda principal propuesta por el Partido Republicano. Dice que le preocupa particularmente el fondo común municipal, que es la fuente de ingresos de la mayoría de los municipios con bajos recursos.
-Karen Araya (PC) menciona que Chile tiene un problema grave de desigualdad, con alto nivel de deuda. A su vez, Chile recauda poco (la carga tributaria de Chile al año 2019 fue de un 20,7%, comparada con el 33,8% de la OCDE). Chile recauda de manera injusta: la mayoría de la carga tributaria es por medio de un impuesto regresivo, el IVA. Ningún país ha alcanzado el desarrollo con ingresos tan bajos como Chile, y tampoco es posible garantizar derechos sociales. En su visión, las enmiendas del Partido Republicana se basan en los derechos de los contribuyentes, mientras que en países como España e Italia la regulación constitucional se basa en el deber de contribuir. Finalmente, consulta si existe alguna constitución en el mundo que consagra una exención de contribuciones como la propuesta actualmente.
-Respuesta del consejero Ossandón (Rep). Cree que hay ciertos derechos que es importante proteger, pero se debe decidir la pertinencia de incluirlos o no en la Constitución. Con todo, cree que elementos como la familia y el libre emprendimiento son elementos que deben ser considerados; la familia en el anteproyecto es el núcleo fundamental de la sociedad.
-Sobre el fondo común municipal y la exención de contribuciones de la vivienda principal, considera que el anteproyecto postula en su art.3 que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, por lo que no se puede desentender la vivienda de dicha afirmación. La pregunta que nace es cómo garantizar la efectividad de dicho derecho. Cree que las contribuciones son un impuesto que en su esencia son confiscatorios, particularmente porque el no pago puede generar el remate de la vivienda.
-A su vez, cree que no es dable que se ponga en cuestión un derecho (derecho a la vivienda) por un impuesto de recaudación municipal, los cuales tienen también otras formas de financiamiento. Así, cree que un artículo transitorio debe generar un buen tránsito hacia la exención, siendo el legislador quien determine la mejor forma de hacerlo.
-La comisionada Bettina Horst (UDI) dice que Chile no es un país extremadamente desigual, que se encuentra en la media de Latinoamérica. A su vez, menciona que la última Casen demuestra que la desigualdad baja porque existen menores ingresos en los tramos más altos, es decir, por nivelar “hacia abajo” (quitando los patines). Luego, menciona que la carga tributaria de Chile no es baja, ya que al mismo nivel de desarrollo en su momento los otros países tenían ingresos similares. Lo distinto, a juicio de la comisionada, es que los impuestos empresariales son mucho más altos que los de la OCDE, lo que se suma a la exención del pago de impuestos del 75% de las personas. Finalmente, dice que lo que sí es cierto es que ningún país con políticas comunistas ha llegado al desarrollo.
-Nancy Márquez (CS) menciona que la desigualdad en Chile no es solo económica, sino también territorial. Cree que las enmiendas del Partido Republicano no aportan a una recaudación justa y que permita que los derechos que consagre el texto no sean “derechos de mentira” que no puedan cumplirse.
-Aldo Valle (PS) menciona que hay que tener cuidado con lo que se afirma en la discusión. Dice que es verdad que tenemos una economía muy concentrada en un bajo porcentaje de la población, y que la orientación de las enmiendas del Partido Republicano en materias tributarias tienden al Estado mínimo, por lo que se debe evitar la tentación populista.
-Flavio Quezada (PS) cree que las enmiendas presentadas por el Partido Republicano no son principios, sino reglas para el legislador. A su vez, menciona que se ha afirmado en el debate académico que lo propuesto en materia tributaria es regresivo. Finalmente, solicita que explique de mejor manera por qué afirma que las contribuciones son confiscatorias, ya que le parece una afirmación grave.
-La comisionada Alejandra Krauss (DC) destaca que es importante ver los resultados del panel de la Universidad Católica a propósito de la exención del pago de contribuciones. Cabe mencionar que actualmente un 77% de los inmuebles en el país están exentos, por lo que lo que se busca regular es beneficiar a los más ricos, quienes ya ocupan mecanismos para evitar el pago de contribuciones. Basta ver la situación de viviendas en balnearios que se mantienen como predios agrícolas para evitar el pago de contribuciones.
-Respuestas del consejero Ossandón (Rep). Le responde al comisionado Quezada (PS) que pruebe dejando de pagar dos meses sus contribuciones, para que certifique si tesorería no va a embargar su inmueble. Si el embargo no es una confiscación, no sabe qué más podría ser. Luego, sobre los impuestos al patrimonio, dice que no son algo novedoso, ya que en los años 90’ varios países lo consagraron, derogando estos impuestos con el paso de los años. Esto no solo por la eficiencia y eficacia de la recaudación, sino también por sus efectos económicos: generan fuga de capitales, siendo un caso emblemático el de Francia.
3) Exposición de los consejeros Arturo Phillips (UDI) y Carlos Recondo (UDI)
-Derecho a vivir en un medio ambiente sano. La bancada de la UDI propone sustituir el encabezado del artículo por un “medio ambiente equilibrado y compatible con el desarrollo”. Lo que se busca es mantener un equilibrio entre la explotación de recursos y el cuidado del medio ambiente, prefiriendo por sobre el concepto “sano” por las infinitas posibilidades de interpretación de este último, sin existir un conocimiento preciso de qué significa en el contexto actual. Por lo mismo, creen que es riesgoso y poco cierto que se acuerde un concepto de esa naturaleza como derecho y que sea reclamable judicialmente.
-En los acuerdos internacionales, la convención de Estocolmo (1972) si bien es cierto no lo menciona explícitamente, se subentiende de las conclusiones específicas a las que arribaron los países. Tampoco lo define específicamente el Acuerdo de Escazú, como tampoco una resolución aprobada en el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas de 2021. Lo que sí se menciona es la idea de un medio ambiente equilibrado, limpio y sostenible.
-A su vez, la bancada busca suprimir la palabra “sostenible”, ya que el cuidado del medio ambiente no puede ser en sí mismo algo que pueda definirse como sostenible, sino que es el desarrollo del país. Luego, se busca cambiar el concepto de preservación por el de protección, ya que el primero es un concepto mucho más intenso y restrictivo, ya que busca mantener un medio ambiente inamovible o impoluto.
-Derecho a la salud. La bancada también propone que las acciones de salud comprenden el acceso a medicamentos, cuidados paliativos e insumos médicos en los casos que establezca la ley. Esto porque les parece importante constitucionalizar la problemática de los medicamentos y la importancia del acceso a la población. Se pretende establecer una salvaguarda para evitar el activismo judicial relativo a los medicamentos de alto costo.
-Respecto a la provisión mixta, lo que se busca es mantener la armonía en el texto (se establece en el capítulo I) como también con las bases. También existe un tema de fondo, a saber, evitar que exista una desproporción o sustitución en desmedro del sistema privado de salud, evitando una prioridad de un sistema sobre otro.
-Sobre el derecho a la educación, mencionan la enmienda que busca entregar el deber y derecho de los padres y/o tutores a elegir la educación de sus hijos. Si bien el elemento fue recogido por el anteproyecto, la bancada consideró que era insuficiente e incompleta. También en concordancia con el art.154 n°9, se establece que los padres son los que determinan el interés superior del niño.
4) Discusión de la Comisión
-Paloma Zúñiga (RD) afirma que tiene una confusión porque, en las fuentes internacionales citadas, la preservación también aparece como un mandato rector. A su vez, pregunta su opinión sobre la propuesta del Partido Republicano de eliminar del título del capítulo de medio ambiente la palabra “protección”. Luego, consulta en el ámbito del derecho a la salud, si cuando habla de la preocupación de la protección de los privados se refiere a las isapres o solo al prestador.
-Miguel Littin (PS) consulta por qué en la Constitución nada se dice de uno de los grandes problemas que sufren los países de América Latina, que es la explotación de nuestros recursos naturales por parte de las potencias extranjeras. Recomienda a la comisión leer “Las venas abiertas de Latinoamérica” de Eduardo Galeano.
-El comisionado Flavio Quezada (PS) menciona que en la Comisión Ortúzar, al discutirse la protección constitucional del medio ambiente, se planteó que “es preferible referirse a un medio ambiente sano” por parte de Jaime Guzmán. Esto se suma a que varias Constituciones en el mundo, el protocolo de San Salvador y toda la jurisprudencia de la Corte Interamericana de DDHH se han abocado a la definición y contornos de dicho concepto.
-El comisionado Alexis Cortés (PC) plantea preocupaciones con la libertad de elección en materia de salud. Esto porque, según la argumentación del consejero Recondo (UDI), cada peso que se invierta en el sistema público debería tener un espejo en el sistema privado, como también incentivar a los privados a fortalecer el sistema privado.
-La consejera Nancy Márquez (CS) menciona que la modificación, que establece que toda limitación debe ser exclusivamente legal en lo referido al medio ambiente, excluye herramientas como planes de descontaminación, planes de prevención, monitoreo de emisiones, etc. De manera que la enmienda propuesta ignora que varias de las restricciones actualmente existentes son de rango reglamentario. Esto implicaría que la legislación actual sería inconstitucional.
-Respuestas de los consejeros Recondo y Phillips (UDI). Sobre la eliminación y sustitución del concepto de medio ambiente sano, insiste en que no está recogido de forma clara en ningún instrumento internacional. Por tanto, al establecer un derecho reclamable ante tribunales, se deben incorporar conceptos que puedan definirse con precisión.
-Sobre el derecho a la salud, cree que la propuesta de su bancada es consistente con las bases institucionales (en lo relativo a la provisión mixta). Esto no significa que se esté protegiendo o impidiendo que el Estado realice inversiones y aporte al sistema público, sino que buscan evitar diferencias arbitrarias (por el solo hecho de ser privada o pública).
-Sobre la pregunta de la consejera Márquez (CS), lo que se busca con las enmiendas de la bancada es entregar certeza jurídica a todas las personas, no solo a un sector específico. Respecto de la indicación de Republicanos de eliminar la palabra “protección” del capítulo de medio ambiente, prefiere no pronunciarse.
26 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tiene por objeto recibir la exposición del experto señor Francisco Selame, y tomar conocimiento del comparado de enmiendas del Capítulo XIII. Además, se recibe la audiencia pendiente del señor Gastón Soublette.
Desarrollo de la sesión
1) Exposición de Francisco Selame, abogado. Expone sobre principios constitucionales tributarios.
-El expositor realiza un análisis comparativo de la Constitución de 1980 con el anteproyecto presentado por la Comisión Experta. Existen garantías constitucionales clásicas como el principio de legalidad, es decir, tributos establecidos por ley. Además, el principio de igualdad, por el cual los tributos se establecen sobre una base de repartición equitativa entre los ciudadanos. Asimismo, se mantiene como garantía el hecho de que los tributos deben ser justos. Estos tres principios clásicos se mantienen en el anteproyecto, solo se incorporan modificaciones como el concepto de igual repartición y proporcionalidad de las demás cargas públicas legales. Sumado a ello, se mantiene el principio de no afectación, es decir, los tributos no pueden tener una destinación específica, salvo por autorizaciones por ley. En definitiva, se mantiene el estatuto de garantías de los contribuyentes de una manera similar, pero se extiende el principio de legalidad a otras prestaciones, el cual era un vacío en la Constitución de 1980.
-Se sugiere que se incorporen las demás cargas públicas legales en el artículo 80.2, para evitar que las garantías del artículo 16.3 se hagan inoperantes.
-En relación al principio de legalidad, se propone reconocer que las leyes tributarias no puedan tener efecto retroactivo. Por otro lado, las declaraciones de renta y obligaciones formales son una carga demasiado excesiva sobre pequeños y medianos contribuyentes. Por lo tanto, se sugiere que esto se regule de la manera más simple y razonable posible. Por último, se propone orientar exenciones o beneficios en relación a principios y derechos fundamentales.
-Sobre el principio de igualdad, la igualdad tributaria no consiste en tratar iguales a los iguales, sino a los equivalentes. De lo contrario, se vacía de contenido este principio. El expositor explica la experiencia del derecho comparado del Tribunal Constitucional Suizo y el Tribunal Constitucional Español.
-Por último, en relación al principio de justicia y proporcionalidad, la no confiscatoriedad requiere de una mirada holística, no individual, y debe proteger el alcance confiscatorio más que la confiscatoriedad, que es el extremo de la injusticia. Además, se sugiere la incorporación de la no afectación tributaria de los derechos en su esencia como regla general del artículo 23. Sumado a ello, el expositor valora los principios de igualdad y solidaridad territorial que se encuentran en el anteproyecto. Finalmente, señala que el impuesto al patrimonio es bastante discutible y debe ser decidido por el legislador.
2) Exposición de Gastón Soublette, filósofo. Expone sobre derechos culturales
-La cultura es lo que le da identidad a la nación. La cultura es un deber del Estado proteger y conservar el patrimonio cultural tangible e intangible de la nación. Asimismo, debe promover las actividades culturales del país aportando los recursos necesarios. Las políticas económicas y sociales no pueden dejar de lado la protección de la cultura. La estética del entorno ejerce una benéfica influencia sobre los que viven y transitan sobre esos lugares, el orden construido es una manera de contribuir al bien común. El ser humano tiene necesidades psicológicas en torno a la vida en comunidad.
-El concepto de desarrollo centrado solo en la economía y tecnología, ha debilitado los valores en que se funda la cultura. El actual modelo económico y tecnológico no puede ir en desmedro de la cultura, esto debe poseer un marco ético. El concepto del desarrollo actual ha ejercido una presión agobiante sobre los pueblos, lo cual ha debilitado los valores en los que se funda la cultura que les ha dado identidad. El modelo actual crea un tipo humano sin identidad cuya existencia se reduce al imperativo inmediato de solucionar diariamente los problemas que generan las formas mecánicas de vida exigidas por el modelo de civilización.
-El ser humano no solo tiene necesidades básicas, sino también necesidades psicológicas y espirituales. Es deber del Estado promover la creación artística, literaria e investigación científica, con lo cual la nación recibe los bienes que enriquecen su patrimonio y elevan su calidad humana. Los saberes de la cultura estimulan el desarrollo psicológico y crea personas con discernimiento. Toda gran nación debe su grandeza a haber sido antes una gran cultura.
-Se percibe que la trama ética de la sociedad se ha debilitado, en tanto la disminución de la sabiduría ha provocado la pérdida de la noción de los límites de nuestros actos y proyectos. El expositor señala que es necesario que los establecimientos educacionales pongan especial acento en el aspecto ético de la conducta y naturaleza humana, y reconsiderar la base cristiana de la cultura occidental con este criterio, al margen de toda connotación confesional.
3) Sr. Mario Rebolledo, secretario de la comisión, expone el comparado de enmiendas al capítulo XIII.
Las enmiendas presentadas relativas a la materia de discusión de la comisión se encuentran disponibles en el siguiente link: https://www.procesoconstitucional.cl/wp-content/uploads/2023/07/BOLETIN-DE-ENMIENDAS-CONSEJO-CONSTITUCIONAL-20.07.pdf
-El capítulo II recibió 169 enmiendas, tres enmiendas para artículos transitorios, una enmienda para votación separada, y un total de 12 IPN. En lo relativo al artículo 16, no hay numerales que no fueran objetos de enmienda.
-El capítulo XIII ha recibido una enmienda en su epígrafe, una enmienda al artículo 201, dos al 202, tres al 203, dos al 204, una al 205, y cinco al 206. Además, se han formulado enmiendas para incorporar siete nuevos artículos y dos enmiendas para incorporar a artículos transitorios.
-El secretario señala que las IPN tienen la misma naturaleza que las enmiendas, y pueden ser materia de unidad de propósito. Las enmiendas de unidad de propósito siempre tendrán preferencia en la votación.
-La metodología de la discusión de las enmiendas se basa en la explicación de las enmiendas por parte de los consejeros que las han presentado. Luego, se dará espacio para presentar opiniones y discutirlas, identificar unidad de propósito y lograr acuerdos.
-La comisionada Bettina Horst recalca la importancia de la coordinación con las demás comisiones para que el texto Constitucional sea coherente y consistente.
-El Sr. Germán Becker, presidente de la comisión, propone comenzar mañana jueves 27 de julio con la discusión de enmiendas del capítulo XIII y el martes 1ro de agosto con el capítulo II.
-Desde el 21 al 25 de agosto se votará.
25 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión recibió las exposiciones de Marcelo Albornoz e Ignacio Schiapacasse. La exposición del primero se centró en la regulación del derecho colectivo del trabajo en el texto constitucional, siendo su principal argumento que, a pesar de un texto constitucional restrictivo en cuanto a los derechos de los trabajadores, la legislación laboral y la integración de criterios de organismos internacionales ha permitido una tasa de sindicalización por sobre el promedio de la OCDE (alrededor del 17%) y que la negociación colectiva, como instrumento, ha permitido que el Estado haya mediado con éxito un 80% de los conflictos laborales. Propone que el texto sea más específico respecto a la regulación de la triada de la libertad sindical, ya que en materia de los derechos de los trabajadores se requiere mayor certidumbre.
Respecto a la exposición de Ignacio Schiapacasse, a partir del análisis de la enmienda n°215, su tesis es que el sistema de AFP no es sostenible por basarse en premisas que no son ciertas, como que el sistema de reparto antiguo estaba en quiebra, además de que los resultados del actual sistema han sido deficientes en el pago de pensiones.
Finalmente, la comisión recibió la exposición de la Secretaría de Participación Ciudadana, organismo que expuso los primeros resultados del proceso de participación ciudadana en el pleno celebrado el viernes 21 de julio.
Desarrollo de la sesión
1) Exposición de Marcelo Albornoz
-En relación a nuestra sindicalización, no está fuera de los márgenes de la OCDE que es nuestro punto de comparación trascendental. Desde el retorno a la democracia, experimentamos una tasa de sindicalización mayor a la desarrollada en el periodo democrático anterior. Así, junto con el importante desarrollo de nuestra legislación (reforma del 2007 a la justicia laboral y el año 2017), hemos tenido una tasa sostenida en el tiempo. *El promedio OCDE al año 2021 es del 15,8%, mientras que en Chile (periodo pre pandemia) estamos dos puntos por encima de dicho promedio*. Lo anterior habla bien de nuestras reformas laborales de las últimas décadas, incluso con un marco constitucional poco amigable, como también de decisiones como incorporar a nuestra legislación el pacto de la OIT.
-Respecto a la negociación colectiva, existe un crecimiento muy exponencial del número de trabajadores involucrados en instrumentos colectivos y acuerdo de grupo negociador. Esto también es demostrativo de los buenos resultados de las reformas laborales desde los inicios del milenio. En Chile, la participación de los grupos negociadores es bajísima o marginal respecto a los instrumentos colectivos.
-Sobre la huelga, uno de los puntos relevantes es la votación previa que se requiere para hacerla efectiva. En la práctica, el periodo intermedio de la aprobación y hacer efectiva la huelga ha sido virtuoso por la aplicación del mecanismo de mediación obligatoria, lo cual se realiza por medio de la Dirección del Trabajo. Esto es importante porque el Estado agota todas las vías existentes para lograr un acuerdo que proteja a los trabajadores.
-Las estadísticas muestran que la cantidad de trabajadores involucrados entre los años 1997 a 2022 ha crecido, pero se ha visto una baja considerable por efecto de la pandemia (donde se han prorrogado algunos procesos). En realidad, para la OIT la huelga no es un fin, es una herramienta para la defensa de los intereses de los trabajadores, por lo que el Estado debe encauzar el conflicto hacia una solución pacífica.
-El expositor afirma que de 10 huelgas que se aprueban en Chile, solo 2 se hacen efectiva. Esto quiere decir que las 8 restantes llegan a acuerdo en la mesa de negociación de la mediación obligatoria de la DT. Así, nuestra realidad muestra que no existe un detrimento o deterioro de los resultados efectivos de las reformas laborales.
-Se debe reconocer que nuestra legislación laboral y convenios internacionales han sido capaces de ir más allá de lo que a primeras luces restringe nuestra Constitución. La negociación colectiva ha crecido significativamente, no estamos en un estado de estancamiento o retroceso y, por último, nuestro sistema se estructura como base en la negociación por empresas, lo que no obsta a la existencia de instancias superiores de negociación.
-Actualmente la huelga es un derecho efectivo, particularmente por la reforma del año 2016 que suprimió el reemplazo en huelga. A su vez, los sindicatos y empresas optan mayoritariamente por el acuerdo antes que la huelga, lo que se demuestra con las cifras anteriormente mencionadas. Así, existe un mito extendido sobre la huelga: No existe una regulación defectuosa, sino que no es prioridad en la práctica laboral.
-Una constitución tiene que jugársela para determinar qué pasa con la huelga, qué pasa con la negociación colectiva como concepto (por lo que no se puede obviar la mención a los mecanismos eficaces, justos y pacíficos) y por cuál es el ámbito de su aplicación. Luego, sobre la libertad de afiliación el texto del anteproyecto se encuentra dentro de los parámetros OIT, pero cree que sería positivo incorporar la libertad negativa (es decir, el derecho a no afiliarse a una organización sindical).
2) Exposición de Ignacio Schiapacasse
-El expositor analiza una de las enmiendas presentadas por los consejeros constitucionales, para luego referirse a ciertas narrativas respecto a las AFP.
a) Enmienda N°215. Busca darle rango constitucional al derecho de los cotizantes a elegir libremente la institución que administre los ahorros previsionales, se garantiza la propiedad sobre los fondos y la heredabilidad. Sobre esto, el expositor mencionó que es problemático lo que se busca (constitucionalizar el sistema de AFP), ya que es una rareza en el mundo tal y como se encuentra en la actualidad. Es problemático porque, además de lo anterior, clausura un debate que es dinámico y cambia constantemente.
-La redacción también es problemática, ya que abre la puerta a un desfonde del sistema de pensiones. Esto porque la libertad de elección y la propiedad, abre la puerta a que los cotizantes puedan sacar sus ahorros e invertirlos en proyectos privados.
-En tercer lugar, le da rango constitucional a aspectos que nada tienen que ver con la conceptualización internacional aceptada sobre la seguridad social. La propiedad sobre los fondos permitió los retiros que hoy tienen a 5 millones de personas sin fondos. Respecto a la heredabilidad, un sistema de seguridad social no tiene como objetivo el aumento del patrimonio de una persona que no necesita seguridad (que está trabajando y está activo), sino que el objetivo de la heredabilidad es apoyar a familiares en caso de que sean sujetos de necesidad (por ejemplo, hijos menores de edad).
b) Narrativas fundantes del sistema de AFP. Lo que fundamentó su idea fue que nuestro antiguo sistema de reparto se encontraba en quiebra. Es importante mencionar que los sistemas de reparto no están en quiebra; el país más longevo del mundo (Japón) tiene un sistema de reparto.
-José Piñera argumentó en 1981 que el sistema de reparto tenía un déficit de 10 mil millones de dólares, lo que fue secundado en el mismo acto por Augusto Pinochet. El expositor muestra un informe secreto de la Dipres en dictadura, el cual hace una evaluación financiera del sistema de reparto.
-En la evaluación financiera, los técnicos asumieron que todos los afiliados se cambiarían automáticamente del sistema de reparto al sistema de AFP. Esto no tenía sustento técnico, y fue lo que permitió argumentar que el sistema de reparto estaba en quiebra (porque solo pagaba pensiones, pero no recibía fondos).
-Luego, menciona un informe de Rodrigo Cerda que busca responder la pregunta sobre qué hubiera ocurrido si no se hubiera realizado la reforma de 1981. Lo que encuentra en sus proyecciones es que los primeros déficits hubieran aparecido recién el año 98, recuperándose para luego hacerse irreversibles hacia el año 2030. Es decir, si no se hubieran creado las AFP, podríamos haber tenido un sistema de reparto viable hasta el día de hoy. Por lo anterior, lo que el expositor sugiere es que los consejeros consideren incorporar elementos de reparto en el sistema de pensiones.
c) El sistema de AFP dispondría de mejores pensiones. En dictadura se afirmó que la tasa de reemplazo del sistema de AFP sería cercano a un 80%, e incluso algunas pensiones podrían ser superiores a los sueldos en algunos casos. Esto se reafirmó el año 2000, en donde se afirmó que la tasa de reemplazo sería del 100%.
-La realidad es que la tasa de reemplazo alcanza un 17%, es decir, la mitad de los chilenos alcanza dicho porcentaje como tasa de reemplazo (fuente Min.Hacienda). Respecto del género, las mujeres tienen una mediana de pensión de 173 mil pesos, mientras que los hombres de 206 mil.
d) El Estado podría alivianarse de la carga de asegurar pensiones, ya que los privados lo harían mejor. A septiembre de 2022, la distribución de gasto previsional era de un 48% por parte del Estado (pensiones del sistema antiguo y subsidios estatales), mientras que las pensiones autofinanciadas alcanzan un 18%. Es decir, el Estado se sigue haciendo cargo del sistema de pensiones.
18 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tiene por objeto iniciar el proceso de exposiciones vinculadas a las Iniciativas Populares de Norma (IPN) de competencia de la Comisión.
Son invitados por la comisión: Sr. Lautaro Fernández Milla (IPN 167, por una salud digna, oportuna y de calidad para todas y todos), Sra. Victoria Beaumont Hewitt (IPN 6707, Salud protegida y libre para todos los chilenos), Sr. David Acuña Millahueique (IPN 9271, Una Constitución para las y los trabajadores de Chile), Sr. Álvaro Ferrer del Valle (IPN 1115, Por el derecho preferente de los padres), y Sra. Sandra López Palma (IPN 10163, educación y cuidado desde la cuna).
Desarrollo de la sesión
1) Expone Sr. Lautaro Fernández Milla (IPN 167, por una salud digna, oportuna y de calidad para todas y todos)
-La crisis de las Isapres es la consecuencia de un sistema de salud segmentado por grupos de ingreso, quedando la salud de las personas afiliadas a merced de una lógica financiera. Dejando de lado el principio de seguridad social y solidaridad.
-Existe una brecha de esperanza de vida entre las comunas más ricas y las más vulnerables. La población de Chile envejece progresivamente y los adultos mayores se atienden mayoritariamente con Fonasa.
-Se propone consagrar el principio contra la discriminación arbitraria. La iniciativa declara que es deber del Estado asegurar las condiciones de vida y el bien común de las personas y población, respetando y promoviendo los derechos sociales como derechos humanos fundamentales y buscando la coherencia entre ellos, permitiendo el goce efectivo del derecho a la salud, garantizado a través de la institucionalidad del Estado.
-La condición de descentralización en términos de facultades y responsabilidades, permitirá focalizar las políticas, acciones, institucionales y financiamiento acorde a la realidad de las comunas y necesidades locales.
2) Expone Sra. Victoria Beaumont Hewitt (IPN 6707, Salud protegida y libre para todos los chilenos)
-Las listas de espera crecen año a año para recibir una atención y operación, considerando también las personas que tienen incumplimiento GES por parte del Estado.
-Los chilenos estiman que el funcionamiento del sistema de salud debe considerar la participación pública-privada con libertad de elección. Los chilenos prefieren un sistema mixto y contributivo individual.
-La propuesta establece que el Estado tiene un rol fundamental en el control y coordinación de todo el sistema de salud, y tiene como objetivo principal proteger el acceso efectivo de los chilenos a los establecimientos de salud tendientes a prevenir, recuperar y rehabilitar. El Estado propende a que las personas puedan tener alternativas de atención efectiva. La ejecución de las acciones de salud serán reguladas mediante la ley, la que garantiza el acceso, la oportunidad, protección financiera y calidad de estas, sean provistas por el sector público o privado, así como también las obligaciones que puedan establecerse para cubrirlas. A través de la ley, se ordenará el modelo de salud que Chile adopte para dar cumplimiento a las garantías. La acción de los órganos estatales es complementaria a la responsabilidad personal e iniciativa privada.
-La iniciativa entiende el sistema de salud como un entorno de cooperación en pos de una meta común, el cual corresponde a otorgar el acceso a las prestaciones de salud.
3) Expone Sr. David Acuña Millahueique, CUT (IPN 9271, Una Constitución para las y los trabajadores de Chile)
-La CUT propone, mediante la IPN, que todas las personas tengan derecho al trabajo decente. Los poderes del Estado contarán con amplias facultades para promover, regular y cautelar la dignidad en las condiciones del empleo. La educación y capacitación serán parte integral de la vida laboral. El legislador deberá regular mecanismos para romper las barreras de la desigualdad social y contará con amplias facultades para promover la inclusión de los grupos desfavorecidos. Asimismo, el derecho a trabajo decente que todo trabajador pueda ejercer su oficio o profesión libremente elegido, en condiciones de integridad, seguridad, higiene, salud y bienestar ocupacional sin discriminación de ningún tipo.
-Asimismo, se sugiere garantizar el reconocimiento y protección de trabajo doméstico y de cuidados no remunerados. También, el derecho al trabajo decente contempla el descanso, vida personal y familiar, y vacaciones remuneradas. La disminución progresiva de la jornada laboral y reparto de las horas de trabajo. Deberá tenerse en cuenta el principio de no regresividad del salario mínimo, igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres, y el principio de transparencia retributiva. Las empresas tendrán la obligación de implementar planes de equidad e igualdad salarial, especialmente con la intervención de las organizaciones sindicales.
-Esta redacción instala el concepto de derecho al trabajo decente en la Constitución y fija como estándar de corrección la dignidad en las condiciones de empleo. De esta manera, se supera la definición establecida en clave neoliberal de la Constitución del 80 que solo regulaba “la libertad de trabajo” (art. 19, n* 16)
4) Expone Sr. Álvaro Ferrer del Valle (IPN 1115, Por el derecho preferente de los padres)
-Los padres tienen la responsabilidad y el deber de entregarles a sus hijos los medios necesarios para que puedan llegar a vivir una vida plenamente humana. Nadie ama tanto a sus hijos como sus padres, por lo tanto, nada puede primar por sobre los padres en su derecho a elegir la educación de sus hijos, conforme a sus convicciones morales y religiosas.
-La redacción del anteproyecto omite al verdadero sujeto titular del derecho a la educación (es decir, los padres, no las familias); sitúa la prelación del derecho por sobre el derecho a educar; y reduce el hecho educativo y libertad de enseñanza a su mera provisión y elección.
-La palabra “familias” es excesivamente equívoca, ya que bajo la legislación actual y tratados internacionales, se refiere a “familia” en manera singular, o “padres” en lo que respecta a la educación. La palabra “familias” propende a la confusión y relativización de los derechos y deberes de sus distintos integrantes. Solo los padres, o en su defecto tutores, son los primeros y principales educadores.
-La propuesta innova al disponer que los requisitos mínimos de los niveles de enseñanza deben siempre respetar la autonomía y diversidad de los proyectos educativos, y que, en su dimensión curricular no podrán exceder la mitad del tiempo lectivo de los establecimientos educacionales. Se incluye la obligación del Estado de reconocer e integrar a las personas que procedan de ámbitos educativos sin reconocimiento estatal, permitiendo a los padres escoger también ese modelo educativo, como la educación en casa.
5) Expone Sra. Sandra López Palma (IPN 10163, educación y cuidado desde la cuna)
-La educación parvularia, desde sala cuna hasta kinder, constituye la más importante etapa formativa de los niños. Según los avances de la neurociencia, es importante el estímulo y desarrollo del niño desde temprana edad. El periodo en el cual existe más desarrollo cerebral y actividad neuronal es entre el primer año hasta los 3 años de edad. El recién nacido y niños no solo requieren de alimentos nutritivos, sino también de apego, juego, cariño y protección, lo que también genera estímulos y nutre su actividad cerebral.
-La propuesta sugiere modificar el artículo 16, 22, e incorporar que el inicio de la educación parvularia sea desde el sala cuna menor, es decir, desde 85 días a 1 año de edad. Uno de los objetivos de esta propuesta es disminuir los establecimientos parvularios informales sin profesionales certificados ni personal especializado, como las guarderías.
12 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto recibir las exposiciones de expertos. Son invitados los Sres. Jorge Acosta, Gastón Soublette y Antonio Walker, y la Sra. Constanza Salgado (ausente).
Los temas abordados fueron: derechos culturales, derecho a la salud y derechos del agua.
Desarrollo de la sesión
Cuenta: Se ha recibido el texto comparado de las iniciativas populares de norma. Se recibieron 31 iniciativas populares de norma, de las cuales 14 fueron dirigidas a la comisión. Se trabajarán en las enmiendas durante la próxima semana.
1) Exposición de Gastón Soublette, filósofo. Expone sobre derechos culturales
- La cultura es un deber del Estado proteger y conservar el patrimonio tangible e intangible de la nación. Asimismo, debe promover las actividades culturales. Las políticas económicas y sociales no pueden dejar de lado la protección de la cultura. La estética del entorno ejerce una benéfica influencia sobre los que viven y transitan sobre esos lugares, el orden construido es una manera de contribuir al bien común. El ser humano tiene necesidades psicológicas en torno a la vida en comunidad.
- El concepto de desarrollo centrado solo en la economía y tecnología, ha debilitado los valores en que se funda la cultura. El actual modelo económico y tecnológico no puede ir en desmedro de la cultura, esto debe poseer un marco ético.
- Fue enviado el documento elaborado por el Sr. Soublette a los integrantes de la comisión, dado que se presentaron problemas de conexión.
2) Exposición de Jorge Acosta, médico cirujano, Director del programa de Salud y Bioética del Instituto RES Pública. Expone sobre el derecho a la protección constitucional de la salud.
- En la actual configuración del sistema de salud existen límites y trabas que impiden el ejercicio de los derechos y libertades de las personas. No deben haber ciudadanos que, por no tener los recursos económicos suficientes, estén condenados a esperar por años una atención de salud, como ocurre en el sistema estatal. Existen Garantías de Oportunidad GES que se encuentran retrasadas, éstas corresponden a tratamientos de cáncer en un 29%. Existe un drama en la eficiencia de la utilización de los recursos ya disponibles para resolver los problemas de las personas.
- Existe una mala utilización de las licencias médicas. Casi la totalidad de las cotizaciones adicionales de las personas en ISAPRE se pagan por licencias médicas. Y aproximadamente la mitad de las cotizaciones de Fonasa se pagan en licencias médicas. El problema de la salud en Chile no corresponde a una falta de recursos, sino en una ineficiencia e ineficacia del uso de estos.
- La participación del Estado surge recién en los últimos 100 años, conviviendo con las iniciativas particulares y agrupaciones de la sociedad civil que ya existían. Es necesario precisar que lo “estatal” no es sinónimo de lo “público”, así como no toda acción de la sociedad civil se enmarca dentro de una esfera netamente privada. Tanto el Estado como los particulares pueden y deben aportar a la solución de los problemas.
- La experiencia chilena en la pandemia del COVID-19 confirmó que es necesario contar con la cooperación del mundo estatal y particular como la mejor forma de dar respuesta a los problemas de salud pública que afectan al país. Ejemplo de aquello han sido la disminución de las listas de espera, enfrentar las campañas de invierno, la búsqueda de prestaciones de alta complejidad, o tantos otros. Las consideraciones ideológicas que buscan privatizar o estatizar de forma absoluta el derecho a la salud generan inequidades e ineficiencias. La mejor opción es un sistema mixto de aseguramiento y provisión de servicios.
- El Instituto RES Pública, en primer lugar, propone un Plan Garantizado de Salud que sea de carácter general para toda la población, obligatorio y con la posibilidad de ser administrado por entidades estatales o particulares, con el objetivo de distribuir el riesgo de enfermedad.
- En segundo lugar, se propone la libertad de elegir (administrados PSG y prestadores). Esta libertad, sumado al PDG, distribuye el riesgo de enfermarse y permite el libre cambio de administrador a todas las personas. Además se ataca directamente la injusta discriminación económica por enfermedades preexistentes, edad, sexo u otra consideración similar. En efecto, se busca reconocer la libertad de acción y no discriminación de las personas en salud.
- En tercer lugar, se propone una red mixta y robusta de prestadores de salud. Esto incluye la posibilidad de que la administración de los establecimientos de salud estatal pueda ser concesionada a la sociedad civil, así como las prestaciones que realice. Los particulares podrán recibir la subvención que las personas perciban del Estado para pagar las atenciones que se les otorguen. De esta manera, se asegura una mejoría en la eficiencia de los recursos.
- Finalmente, existen otros aspectos a considerar como promover el libre e igualitario acceso a las acciones de salud, incluyendo los cuidados paliativos en cualquier etapa de la vida (no abandono, dignidad de las personas hasta el último momento de sus vidas). Además, la facultad del Estado de disponer la integración de la red de salud estatal y los particulares.
3) Exposición Antonio Walker, ex ministro de agricultura, Sociedad Nacional de Agricultura. Expone sobre los derechos del agua
- La agricultura es muy extensiva en materia de mano de obra. El sector agroalimentario de Chile exporta 30 mil millones de dólares. El 99% de los agricultores de Chile son pymes, es un sector muy atomizado. El 76% de las comunas de Chile son rurales. 1 de cada 4 habitantes del país vive en una comuna rural. La agricultura es un recurso renovable y una actividad descentralizadora que se concentra en regiones. Sin embargo, Chile es un país que tiene un menor uso de suelo agrícola respecto a su suelo agrícola total.
- Existen 3 claves para la sostenibilidad agrícola: 1. Solvencia económica; 2. Sustentabilidad ambiental; y 3. Responsabilidad social.
- Se establece la responsabilidad social a través de la participación en gremios, es decir, con capacitaciones de la SNA a la comunidad rural; con una mesa nacional agrícola y diálogos sociales que incluyen a los trabajadores; y con la agricultura familiar campesina. La Sociedad Nacional Agrícola pone énfasis fundamentalmente en la educación de los jóvenes y, mediante Codesser está preocupada de apoyar con capital de trabajo al emprendimiento y talento joven.
- La agricultura tiene una vocación natural al cuidado del medio ambiente. Los agricultores adoptan prácticas agrícolas sostenibles contribuyendo a la conservación de los recursos, la preservación de la biodiversidad y la mitigación al cambio climático.
- La agricultura ocupa el 75% del agua y transforma esta agua en alimentos. Las OUAs autogestionan desde la base donde están los problemas. Se estima que administran alrededor de 300 mil usuarios con DAA constituidos o reconocidos. Existen alrededor de 50 juntas de vigilancia constituidas legalmente que administran canales y cuencas. Existen unas 4000 OUAs (entre asociaciones de canalistas y comunidades de aguas subterráneas), las cuales administran más de 150.000 km lineales de canales, lo cual representa una inversión de MM US $74000 por parte de los privados.
- Todos los gastos de construcción, explotación, limpieza, mantenimiento y mejoras son a costa de los comuneros a prorrata de los derechos que poseen. El costo de mantención de la red de canales bordea los MM US $100 anuales por parte de los privados. Existe una muy buena alianza público-privada.
- Para adaptarnos al cambio climático, es necesaria infraestructura hidráulica de todo tipo, según corresponda, como embalses, desaladoras, soluciones basadas en la naturaleza (recarga de acuíferos), pozos resilientes para las comunidades rurales, tranques pequeños y medianos
- Es fundamental la certeza jurídica para el uso del agua. Para ello, se propuso una iniciativa popular de norma respecto a modificar el artículo 16 inciso 34, letra i), volviendo a la redacción aprobada por el pleno antes de las indicaciones: “Las aguas en cualquiera de sus estados, son bienes nacionales de uso público. Los derechos de aprovechamiento sobre las aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos”. Además de eliminar el artículo transitorio noveno.
- Las bases constitucionales que han permitido el éxito del desarrollo agrícola han sido: el Estado de Derecho, certeza jurídica, resguardo de la propiedad privada, libertad de emprendimiento, y la apertura internacional.
11 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto recibir las exposiciones de Christian Schmitz, quien expuso sobre propiedad intelectual; Cecilia Cifuentes e Ingrid Jones, quienes expusieron sobre el derecho a la seguridad social y; Álvaro Montaña, en representación de la agrupación “Defendamos Chiloé” sobre patrimonio ambiental y cultural.
Desarrollo de la sesión
1) Exposición de Christian Schmitz sobre propiedad intelectual (audiencia pendiente)
-El cambio de modelo chileno es una idea antigua, de por lo menos 20 años atrás. Se busca un modelo económico más sustentable en el tiempo, con mayor respeto al medio ambiente y que no se agote con el término de los recursos no renovables. Esto se diagnosticaba de forma severa el año 2006: si no se avanzaba en innovación y transferencia tecnológica, nuestras ventajas competitivas podrían verse desplazadas.
-Existe la necesidad de avanzar en el desarrollo humano de un país integral, sostenible y equilibrado, lo que es mucho más que enfocarse únicamente en el crecimiento económico.
-Avanzar hacia un modelo basado en ciencia, tecnología, innovación y emprendimiento. Es fundamental porque se requiere avanzar en una sociedad del conocimiento: la ciencia lo crea, la tecnología lo aplica, la innovación genera valor a partir de los dos anteriores y el emprendimiento lo aplica con finalidad productiva.
-La Constitución suiza consagra la innovación de forma interesante en su artículo 64. La importancia radica en la interacción de los actores que generan la innovación en los países: Estado, universidades, sociedad civil, empresarios y medioambiente. Se logra innovación en forma sistémica promoviendo dicha interacción y generando un flujo informativo que es esencial.
-Todo lo anterior debe realizarse de forma descentralizada. La organización actual del sistema científico chileno es reflejo del sistema político y administrativo del país, por lo que los recursos están concentrados en la región metropolitana.
-Finalmente, ¿Qué rol juega la propiedad intelectual? Es históricamente el mecanismo más potente para incentivar el progreso de la humanidad en las ciencias, economía y cultura. A pesar de existir muchas críticas en el sistema, no se ha creado un sistema más potente para avanzar en la dirección correcta y necesaria. El Estado tiene la función de consagrar los derechos de propiedad intelectual, por lo que debería ser contemplada en el texto constitucional, tal y como se encuentra en el anteproyecto de la Comisión Experta.
Con todo, se propone una mejor redacción consagrando de forma más amplia la propiedad intelectual, ya que las disposiciones del anteproyecto se refieren a dos subcategorías: derechos de autor y propiedad industrial. Asimismo, es importante contemplar la función social de la propiedad intelectual por medio del derecho al acceso al conocimiento, tecnología y cultura. Finalmente, siguiendo el modelo suizo, propone consagrar directamente la promoción de la investigación e innovación como vehículos claves para avanzar hacia un modelo de desarrollo humano integral.
2) Exposición de Cecilia Cifuentes: Seguridad Social
-Por la esperanza de vida actual, es muy probable que todos seamos sujetos de las prestaciones de la seguridad social. Esto se vincula a cuestiones de economía conductual, en donde se ha demostrado que las personas no somos precavidos con las eventualidades que pueden hacer concurrir dichas prestaciones.
-El anteproyecto es más explícito en los tipos de prestaciones que requiere un sistema de seguridad social. Una de las cosas que podría ser interesante es incorporar un deber de contribuir al sistema en la medida de lo posible a cada persona, lo que cobra especial relevancia con los cambios que han ocurrido en el mundo del trabajo. Por ejemplo, nuestro país tiene un problema grave de informalidad, lo que se acrecentó a través de la economía digital (sin pago de IVA, renta y contribuciones de seguridad social).
-Otros elementos relevantes es que las leyes que regulen los deberes y derechos de la seguridad social deben ser de iniciativa exclusiva del Presidente de la República y de quórum calificado, lo que en buena hora se mantiene en el anteproyecto. También es importante que la Constitución entregue al Estado un rol de supervigilancia, y que no se refiera a la forma de satisfacer las necesidades de las que se debe hacer cargo el sistema (son temas de política pública y cambiantes en el tiempo).
-Deben existir condiciones de competencia entre las instituciones que garanticen prestaciones de seguridad social. Son grandes montos y debe alejarse a los proveedores de los conflictos de interés. Otro elemento relevante es que el cambio demográfico a nivel mundial hacen que los sistemas de ahorro individual sean más convenientes que los de reparto, ya que los primeros generan un vínculo virtuoso: las contribuciones permiten financiar inversión, la que genera empleo, los que generan mejores salarios que, a su vez, generan mejores pensiones.
-Sobre la heredabilidad de los fondos y la propiedad son mecanismos que funcionan como incentivo para cotizar, ya que sería la mayor fuente de ahorro de las personas. Esto no implica que no existan componentes solidarios, lo que se ha demostrado con la PGU que ha sido una buena política pública.
-Una de las demandas ciudadanas es la libertad de elegir, lo que la expositora cree que el Estado debe proteger y promover con total respeto a la regulación estatal, lo que debe complementarse con normas que mejoren las inversiones y la rentabilidad de los fondos de pensiones.
-Finalmente, cree que una norma del anteproyecto puede prestarse para confusiones, a saber, cuando se plantea cuando los recursos con los que se financia la seguridad social sólo podrán destinarse al financiamiento y administración de sus prestaciones. Cree que sería más razonable que el texto establezca que dichos recursos sólo podrán tener como objetivo el financiamiento de prestaciones de seguridad social, para permitir que los recursos puedan destinarse a financiar proyectos de inversión y mercado de capitales.
3) Exposición de Álvaro Montaña (Defendamos Chiloé): Patrimonio ambiental y cultural
-Chile tiene una realidad tricontinental, considerando el territorio, territorio antártico y la zona marítima (maritorio). Esto es importante porque nuestra seguridad climática y alimentaria dependen del mar y de las aguas interiores. Así, su regulación no puede estar fuera del texto constitucional.
-El bienestar de la sociedad chilena es interdependiente de la costa, no refiriéndose solamente a la pesca. Pensando en algo tan básico como la alimentación de proteínas de calidad y de origen marino, como también la estabilidad climática. Por tanto, es importante dar pie a políticas públicas que se hagan cargo de la insularidad y necesidades básicas, como conectividad, salud, energía, entre otros.
-Uno de los grandes problemas es cómo armonizar los diferentes usos del borde costero. Una de las actividades más relevantes de la Región de Los Lagos y Aysén es la salmonicultura, por lo que un texto constitucional debería reconocer la multiplicidad de intereses existentes sobre el espacio costero (el expositor muestra un mapa de la salmonicultura en Chiloé).
-Si bien es cierto la acuicultura (choritos y salmones) entrega recursos económicos y empleos, esto no ha traído desarrollo humano integral a la realidad del archipiélago. Otros desafíos son la erosión costera por el aumento del nivel del mar o el turismo.
-En virtud de lo anterior, el expositor propone un borrador de artículo:
“El Estado reconoce la importancia de los océanos, las costas y las islas para el bienestar de la sociedad, así como la interdependencia entre las comunidades humanas y los ecosistemas costeros.
Es deber del Estado establecer mecanismos o instrumentos que armonicen la diversidad de usos y actividades humanas en las costas en concordancia y compatibilidad con el valor ambiental, social, cultural, ecológico y económico de los diferentes actores.
Son objetivos de interés oceánico nacional: el resguardo de la soberanía geopolítica y alimentaria, la equidad, justicia y descentralización territorial en las decisiones incumbentes a la zona costera, además de la conservación y restauración de los ecosistemas oceánicos, costeros e insulares”.
-Sobre el anteproyecto actual, el artículo 201 contempla un principio de solidaridad intergeneracional o noción de desarrollo sostenible, lo que es un avance considerable respecto del actual texto constitucional. Sobre el artículo 202, le llama la atención que en el deber de protección del medio ambiente no se menciona a las empresas.
-Esta semana se publicó el Informe País sobre ecosistemas marinos y zonas costeras, en donde se destaca que Chile es el segundo productor mundial de algas marinas. Con todo, también somos uno de los países que más ha depredado sus bosques marinos. Esto se suma a que el 60% de las principales pesquerías del país están sobreexplotadas. Esto implica que todos los recursos marinos de Chile se están agotando, por lo que no basta con conservar.
4) Exposición de Ingrid Jones sobre seguridad social
-Es novedoso que se incluyan a nivel constitucional las contingencias que deben ser resguardadas por el sistema de seguridad social. También es una innovación la limitación de recursos, reconociendo un rol regulador y de supervigilancia al Estado para el ejercicio de este derecho. También le parece importante que el anteproyecto contempla directrices para el Estado, como la progresividad, no discriminación y responsabilidad fiscal.
-El Estado aún tiene una carga fiscal, producto del antiguo sistema de pensiones, de un punto del PIB, siendo su peak más de cuatro puntos. Al 2060, se estima que la carga será de 0,1 puntos del PIB. Por lo anterior, es importante entregar recursos que hagan sostenible el sistema de seguridad social.
-Sobre los prestadores públicos y privados, el texto no reconoce la libertad de elección y evita que se produzca una judicialización con la fórmula escogida en la acción de protección. Sin embargo, el anteproyecto no indica que la discriminación debe ser arbitraria para considerarse ilegítima (para recurrir a la corte), lo que podría traer consigo un espacio de activismo judicial.
-La coexistencia del Estado y el mundo privado es fundamental. Los bajos montos de las pensiones responden a distintos factores del mercado del trabajo (como la informalidad) y a parámetros del sistema actual que no fueron actualizados. Es necesario introducir modificaciones, como aumentar la competencia de la industria y hacer más eficientes algunos procesos.
10 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo como objetivo recibir las exposiciones de los académicos Alfonso Canales, Erick Campos y Francisco del Río sobre el derecho al trabajo decente y la libertad sindical.
Desarrollo de la sesión
1) Exposición del profesor Alfonso Canales
-El trabajo decente es un concepto en desarrollo, por lo que no es suficiente para caracterizar al trabajo en el anteproyecto constitucional. Por su parte, el concepto de trabajo digno se refiere a aquél trabajo que se define en virtud de que quien contrata y quién es contratado es una persona humana, libres e iguales, merecedoras de un trato compatible con su propia naturaleza. Este concepto es utilizado en el anteproyecto, por ejemplo, en el numeral 9 del artículo 16.
-Sobre el numeral a), proponen que diga que el trabajo digno corresponde al acceso a condiciones laborales equitativas, seguridad y salud en el trabajo, así como una justa retribución. Esto porque el concepto de remuneración se refiere a la contraprestación del empleador, la cual no considera otro tipo de ingresos (aportes estatales, gratificaciones, etc).
-Nuestra constitución debería reconocer el rol protector del derecho del trabajo, estableciendo que la ley deberá reconocer las condiciones para el ejercicio de este derecho, agregando que serán irrenunciables durante la vigencia de las relaciones laborales, dando rango constitucional lo establecido en el artículo 5 inciso 2do del Código del Trabajo.
-Cree que incorporar el concepto de “igualdad salarial” podría llevar a equívocos, en particular porque el concepto igualdad podría suponer idéntica remuneración, sin considerar elementos individuales. Por lo anterior, cree que se podría proteger de igual forma el mismo bien jurídico si se garantiza la no discriminación arbitraria en materia de remuneraciones por trabajo de igual valor.
-Sobre la libertad sindical, es importante mencionar que no solo comprende el derecho a la sindicalización y a la negociación colectiva, sino que también a una adecuada protección contra los actos de discriminación antisindical en relación con el empleo. Esta es la forma en que se regula la libertad por la OIT, sin contener necesariamente la huelga.
-Sobre la huelga. Esta es una situación extrema y extraordinaria, que no puede estar desprovista de un fondo o marco que la cobije. Por lo anterior, considera que se debe regular en primer lugar la negociación colectiva, y que la huelga sea una consecuencia del desacuerdo entre las partes (enmarcarla en la negociación colectiva). A su vez, en línea con lo establecido en el texto en otros pasajes, que no ve inconvenientes en que se agregue que la huelga debe ser pacífica, como también el derecho de la sociedad a que no se vean interrumpidos servicios mínimos.
-Sobre la libertad sindical en el sector público, cree que se debe garantizar su derecho a asociación y a petición a la autoridad, particularmente sobre sus remuneraciones. A su vez, cree que no es posible otorgar derecho a huelga por la naturaleza de los servicios que se entregan, ya que podría generar un enorme daño a la economía, al país, al abastecimiento de la población y a la seguridad nacional. La labor del Estado es esencial, por lo que una paralización de los servicios sería gravísimo.
-Una dificultad procedimental que sostiene este argumento es que cuando existe un conflicto en el sector privado, la solución puede ser arbitrada, lo que no es posible en el sector público, ya que la solución está dada por la ley de presupuesto.
2) Exposición de Erick Campos
-Menciona que su exposición es en representación de la CUT, organización que logró promover e ingresar dos iniciativas populares de normas, mientras que la SOFOFA (que en sus palabras intentó ingresar una iniciativa en el sentido totalmente contrario) no logró superar las 100 firmas. Por tanto, la posición de los trabajadores tiene un amplio apoyo ciudadano. En el mismo sentido, hace lectura de las dos iniciativas populares de la CUT mencionadas.
3) Exposición de Francisco del Río
-Comparte lo expuesto por el profesor Canales, en el sentido que el “trabajo decente” es un concepto en evolución y dinámico, lo que puede llevar a un contenido equívoco o inutilizable. Pone como ejemplo lo que podría decir la OIT en casos en los que la tarea sea desempeñada por la Inteligencia Artificial en 15 años más.
-Un segundo aspecto dice relación con la igualdad salarial. Cree que pudo haber tenido una evolución jurisprudencial que no se refiere a una cantidad idéntica, pero lo que más le preocupa es la singularización por “trabajo de igual valor”. Cree que se va a hacer muy inefectivo por diferencias interpretativas.
-Libertad sindical. El texto consagra tres derechos de forma autónoma y como equivalentes a nivel jerárquico. Esto implica que la huelga está concebida en forma libre, no circunscrita a la negociación colectiva. Chile suscribió los convenios 97 y 98 de la OIT, y la huelga es una creación doctrinaria del Comité de Libertad Sindical de la OIT (principal órgano legislativo de la organización). En la OIT, como órgano tripartito, nunca ha existido acuerdo para llevar adelante un convenio autónomo sobre la huelga.
-En Chile existe la huelga. Que exista asociada a la negociación colectiva, implica que la huelga debe ser en defensa de los intereses de los trabajadores, que son mucho más que temas remuneracionales: género, igualdad salarial, permisos, convivencia familiar y laboral, etc. Así, la negociación colectiva es un mecanismo de convivencia dentro de las empresas.
-En el sentido anterior, propone lo mencionado anteriormente con el proyecto constitucional de la presidenta Bachelet de 2018, la cual contempla el derecho a la huelga dentro de la negociación colectiva en conformidad a la ley, como una garantía. Combinando las dos redacciones, la libertad sindical implicaría el derecho a la sindicalización y a la negociación colectiva o, en el mismo sentido, comprende el derecho a huelga dentro de la negociación colectiva en conformidad a la ley.
-El anteproyecto es un avance respecto a la Constitución actual. Por ejemplo, asumir que la participación sindical es parte de una actividad política, terminando con la prohibición o incompatibilidad entre el ejercicio de actividades sindicales y candidaturas a cargos públicos.
-Cree que la mayor debilidad del anteproyecto es que la única alusión a la defensa de los intereses de los trabajadores es en la huelga, pero no en la negociación colectiva, concibiendo a la huelga como un mecanismo negociador y no como una forma de presión.
-No tiene una opinión asentada sobre el derecho a negociación colectiva y a huelga en el sector público. Con todo, Chile ha sido reconvenido por la OIT por no contemplar una ley que garantice negociación colectiva en el sector público, pero que el Estado ha dado forma por medio de las mesas de negociación, siendo la más conocida la del reajuste salarial.
-Finalmente, cree que los últimos 30 años ha funcionado bien la iniciativa exclusiva del Presidente de la República en materia de negociación colectiva, por lo que no considera una buena decisión del anteproyecto que no siga siendo parte de dicho listado.
29 de junio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tiene por objeto recibir las exposiciones de especialistas en medio ambiente. Son invitados a exponer: Sres. Javier Naranjo y Ricardo Irarrázaval, y las Sras. Verónica Delgado y Dominique Hervé.
Se abordaron temas como desarrollo sostenible, sustentabilidad, cambio climático y protección del medio ambiente. Principalmente, se indicaron los problemas conceptuales y de redacción que se presentan en materia de medio ambiente en el anteproyecto, lo cual puede influir en su posterior interpretación.
Desarrollo de la sesión
1) Exposición de Javier Naranjo, abogado
-En primer lugar, el Sr. Javier Naranjo, señala que las constituciones a nivel mundial tiene dos formas para consagrar materias sobre medio ambiente: 1. Parte dogmática de la Constitución que se plasma en el preámbulo o como un derecho y garantía; 2. Se consagra en capítulos especiales la protección o conservación del medio ambiente. A partir de ello, es fundamental que los artículos referidos al medio ambiente estén correctamente escritos para poder abordarlos e interpretarlos en beneficio de este.
-El anteproyecto menciona al medio ambiente en varias ocasiones y artículos, respecto a ello, recalca que es necesaria una correcta comprensión de los conceptos (ej: sostenibilidad), dado que la tecnificación entrega certeza. La sostenibilidad implica tanto la acción pública como privada. Además, a Naranjo le parece un error jurídico plantear los “derechos de la naturaleza” por cuanto los derechos son de aquellos sujetos que pueden ejercerlos, es decir, las personas. Sumado a ello, existe un error conceptual ya que el derecho al medio ambiente no puede ser sostenible, es sostenible el desarrollo de Chile.
-Luego, señala que el artículo 202 recoge expresamente lo que dice el artículo 103 del borrador de constitución rechazado democráticamente, lo cual no debiese ser aceptado.
-En relación de la responsabilidad por daño ambiental consagrado en el artículo 38, Naranjo recalca que la reparación del daño tiene una naturaleza jurídica similar a la responsabilidad civil extracontractual. La redacción del artículo se aleja de la tradición del país sobre cómo se entiende el daño. Por tanto, para la certeza jurídica se debe plasmar que la responsabilidad es de acuerdo a la ley.
Preguntas de la comisión
-En general, las preguntas de los consejeros apuntan a materias de recursos no renovables y renovables, artículo 202, ciclo hídrico, derecho de aprovechamiento de aguas, regulación del uso de la tierra y contaminación.
-Ante ello, Naranjo señala que una institucionalidad plasmada en la Constitución puede ser muy beneficiosa, sin embargo, cabe cuestionar si es necesaria una Constitución extensa. La tradición constitucional chilena no va en ese sentido, sino en establecer obligaciones, garantías y derechos. En la misma línea, indica que existen distinciones entre Constitución, ley y regulación. La Constitución no puede entrar al detalle de todas y cada una de las hipótesis. El concepto madre que debe primar es el desarrollo sostenible del país, en el cual cabe la consideración del medio ambiente. Respecto al artículo 202, Naranjo expresa que este contiene conceptos que jurídicamente son indeterminados. Finalmente, reconoce que es relevante el derecho al agua, sin embargo, el derecho de aprovechamiento de aguas no constituye materia constitucional.
2) Exposición de Dominique Hervé, abogada
-Primeramente, plantea las materias a abordar en la discusión. En este aspecto apunta a las diferencias entre la Constitución vigente y el anteproyecto de la Comisión de Expertos en relación a la protección del medio ambiente. En la misma línea, cuestiona si el anteproyecto supera los problemas detectados en la Constitución vigente y si esto permite avanzar en el contexto de crisis ambiental en el largo plazo.
-Hervé considera adecuada la redacción del anteproyecto, puesto que permite una interpretación más amplia de la reserva legal que contempla la Constitución vigente, la cual ha generado algunos problemas para el efecto de adoptar medidas que requieren más flexibilidad de la autoridad administrativa.
-Hervé aboga por establecer limitaciones respecto al dominio público y propiedad privada cuando estas se ejercen sobre la naturaleza.
3) Exposición de Verónica Delgado, abogada
-La Sra. Delgado comenta el capítulo XIII del anteproyecto. En este aspecto, señala que el lenguaje utilizado debe corregirse dado que cada palabra tiene un significado técnico específico. Indica que el anteproyecto es moderno y se adecua al estándar de los países OCDE. Además, aconseja que se considere el modelo de desarrollo sostenible contenido en las constituciones de Francia y Portugal.
-Delgado sugiere el reconocimiento de principios ambientales, el establecimiento de una institución de custodia pública de la naturaleza, mecanismos de acceso a la justicia ambiental como una defensoría ambiental, y la responsabilidad por daño ambiental como consecuencia jurídica exigible a las personas y al Estado.
-En conclusión, el anteproyecto constituye un avance sustantivo en materia de protección ambiental, en relación con la Constitución vigente. Sin embargo, no logra resolver todos los problemas en materia de protección ambiental derivados de las disposiciones constitucionales actuales. Se presenta la oportunidad de adoptar una constitución que sea pionera para enfrentar los desafíos ambientales que tendremos como país en las próximas décadas.
Preguntas de la comisión
-Las preguntas de los consejeros apuntan a la institucionalidad, estándares internacionales, resguardo del ciclo hídrico y especificidad de los principios medioambientales.
-Delgado menciona que el estándar internacional radica en el derecho “a un ambiente libre de contaminación” o sano, el anteproyecto agrega la palabra “vivir” en un ambiente libre de contaminación. En este aspecto, sugiere eliminar esta palabra para ampliar la interpretación y adecuarse al estándar internacional.
-En cuanto al ciclo hídrico, es fundamental su resguardo mediante gestión integral para evitar consecuencias como poca reserva de agua e inclemencias climáticas, lo cual afecta directamente a las personas.
-Hervé señala que una norma constitucional permite a las autoridades actuar de acuerdo a las circunstancias. La flexibilidad debe ser una característica necesaria al sentar las bases en materia ambiental. La consagración de principios permite desarrollar normativa que se haga cargo de problemas específicos. Los principios fundamentales serían: 1. justicia ambiental; 2. principio preventivo; 3. principio de no regresión; y 4. principio pro ambiente.
4) Exposición de Ricardo Irarrázaval, abogado
-El Sr. Irarrázaval aborda la estructura y efectividad constitucional en materia medio ambiental, la claridad del bien jurídico protegido, y las tensiones entre bienes jurídicos y técnica constitucional en relación al rol del principio de sostenibilidad. Por lo tanto, cada norma constitucional debe tener una justificación. Irarrázaval indica que el anteproyecto es confuso en términos del bien jurídico protegido.
-La exposición apunta principalmente a los problemas conceptuales y de redacción que se presentan en el anteproyecto en materia de garantía constitucional, lo cual puede incurrir en confusiones y errores de interpretación.
-Para el Sr. Irarrázaval es importante que el principio de sostenibilidad esté en los fundamentos del orden constitucional, dado que permea al resto del texto constitucional en lo ambiental, sanitario y económico.
-Irarrázaval aboga por instituciones administrativas y jurisdiccionales en materia ambiental de carácter autónomo, colegiado y técnico que permita un cierto nivel de deliberación y racionalidad para tomar decisiones.
Preguntas de la comisión
-En general, las preguntas de los consejeros apuntan a la sustentabilidad y sostenibilidad, los principios medioambientales que pueden considerarse y la certeza de la inversión.
-Irarrázaval señala que la sustentabilidad requiere de argumentos y que la sostenibilidad se refiere al transcurso en el tiempo. En la misma línea, defiende la articulación de los principios con una redacción adecuada y un correcto uso de los conceptos.
-Respecto a la certeza de la inversión, Irarrázaval indica que es fundamental incorporar el desarrollo sostenible a la función social de la propiedad. En este sentido, es importante establecer normas claras en materia medio ambiental.
28 de junio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto recibir las exposiciones de expertos en materia de derecho a la salud. La doctora Paula Daza centró su exposición en la relación del Estado social y democrático de derecho y la libertad de elección de sistemas de salud; el abogado Jaime González se refirió a la regulación del derecho a la protección de la salud de forma general, vinculándolo con el derecho a la vida y el cuidado de la biodiversidad y, finalmente, el doctor Julio Sarmiento se refirió al desarrollo del sistema de salud en el país y analizó la realidad actual de la libertad de elección consagrada en la constitución vigente.
Desarrollo de la sesión
1) Exposición de la Dra. Paula Daza
-Parte su exposición mencionando el reconocimiento de Chile como un Estado social y democrático de derecho, con apego a los principios de la responsabilidad fiscal en la consagración progresiva de derechos sociales y por medio de instituciones estatales y privadas.
-En un Estado social y democrático, el poder reside en las personas. Por tanto, cobran relevancia la participación ciudadana, la transparencia y la rendición de cuentas en la toma de decisiones en las políticas públicas de salud. Esto se refuerza con la posibilidad de las personas para elegir sus proyectos de vida.
-En virtud de lo anterior, es clave que en materias de salud sea incorporada la libertad de elección. Esto también está en línea con lo determinado por la OMS en cuanto a que los sistemas de salud tienen que estar centrados en las personas, lo que en la práctica implica satisfacer sus necesidades médicas, garantizando sus intereses en la interacción con el sistema de salud.
-En Chile, las encuestas (CADEM) el 76% cree que el sistema debe ser mixto, mientras que en la encuesta del centro de políticas públicas de la UDD publicada el año pasado, un 63% estaba de acuerdo con la posibilidad de elegir en un sistema mixto. De ellos, un 20% respondió que prefiere un sistema privado, mientras que un 17% prefería un sistema público.
-Así, no solo debe quedar explícita en el texto constitucional la libertad de elección respecto de los prestadores, sino que también respecto del financiamiento. Resulta incomprensible el retroceso en esta materia que propone el anteproyecto, sobre todo si el texto se plantea como un Estado social y democrático de derecho.
-Existe un consenso nacional en avanzar a una cobertura universal. Este principio se ha ratificado en distintos espacios (nacionales e internacionales), y la Constitución debe ser un marco habilitante que no nos encierre en un sistema puramente estatal.
2) Exposición de Jaime González, ex abogado asesor del Minsal e investigador de Ideas Republicanas
-Parte su exposición mencionando que el texto resguarda y protege la biodiversidad podría conducir a equívocos, ya que cualquier actividad humana puede modificar la naturaleza. Por ejemplo, alguien podría reclamar que no se puede disponer o consumir ciertos antibióticos porque afectan la biodiversidad bacteriana.
-La salud pública y privada está en crisis, lo que se profundizó con la pandemia que enfrentamos los últimos años. En ese sentido, en términos de cifras un 78% del total de la población es parte de Fonasa (como titular o carga), mientras que el porcentaje restante está asegurada por alguna Isapre o Capredena.
-Llama la atención de estas cifras que las familias se cargan y optan por las isapres abiertas (que tiene que ver con el porcentaje de cargas). Desde 1990 el presupuesto público se ha incrementado de forma sostenida, pero no se percibe una mejora en la atención y cobertura, aumentando incluso la litigiosidad.
-Menciona que más allá de un sistema único, se debe avanzar hacia un plan único. Esto debe ir de la mano con la libertad de elección mencionada por la doctora Daza, particularmente por los atrasos y listas de espera en la entrega de servicios hospitalarios.
-Luego, menciona que en el caso del derecho a la vida, se debe considerar un ciclo de vida que va desde la concepción hasta la tercera edad, debiendo contemplar la protección de la vida del que está por nacer y los cuidados paliativos según corresponda.
3) Exposición del Dr. Julio Sarmiento
-En virtud de los criterios determinados por la OMS respecto al cuidado de la salud, la accesibilidad, disponibilidad, aceptabilidad y la calidad son los elementos interrelacionados del derecho a la salud y en virtud de los cuales se evalúa el mandato y cumplimiento en cada país.
-La Constitución actual presenta elementos a destacar como diferenciadores. Como contexto, existen dos modelos clásicos de sistemas de salud: Bismark (seguro obligatorio que es parte de la seguridad social, filiación obligatoria, contribución de trabajadores y del Estado, entre otras cosas) y Beveridge (sistema de seguros). El texto actual se inclina por un sistema de seguros, y de forma más preponderante la libertad de elección entre sistemas.
-La Constitución actual significó un cambio significativo en el desarrollo del sistema de salud chileno desde la década del 20’ hasta 1973. En ese sentido, la primacía de la focalización del gasto público en sectores precarizados de la población significó un quiebre con el ideal de universalidad que se venía gestando progresivamente en el país.
-Un dato interesante es que, en la actualidad, más de un 90% de los adultos mayores está afiliado a Fonasa. Esto certifica la idea de que la población más vulnerable y riesgosa (y que por consiguiente más requiere al sistema de salud) lo asume el sector público. Así, la libertad de elección es una realidad que dista mucho de lo que ocurre realmente en nuestro país, ya que la enorme mayoría de la población no puede elegir. Esto se intensifica por cuestiones como la integración vertical entre prestadores y aseguradores.
-La libertad de elección que actualmente rige en el sistema constitucional actual no ha generado una efectiva libertad para poder elegir un sistema de salud o prestador, sino que ha producido una brutal segmentación en la población, ya sea desde el riesgo como desde la edad, género, etc. Las personas no eligen a las Isapres, sino que el sistema los elige por medio de las primas.
17 de mayo de 2023 (sesión PM)
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto continuar la votación de las enmiendas presentadas, específicamente al Capítulo II: Derechos y Libertades Fundamentales, Garantías y Deberes Constitucionales. Las principales novedades en materia de derechos sociales son las siguientes:
1. En el derecho a la protección de la salud se eliminó la libertad de elección del régimen de salud.
2. En materia de libertad sindical, la huelga quedó enmarcada dentro de conflictos laborales, pero no en el proceso de negociación colectiva.
3. En seguridad social, la enmienda de unidad de propósito contempla que los recursos con que se financie sólo podrán destinarse al financiamiento y administración de sus prestaciones.
4. Se mantiene la regulación del derecho de propiedad sin modificaciones sustantivas. En el caso de la regulación del agua, se incorporaron las modificaciones del actual Código de Aguas (en torno a los límites de los derechos de aprovechamiento).
5. No se incorporó ningún artículo que enumere o mencione derechos específicos de los pueblos indígenas.
Para conocer las enmiendas rechazadas, puedes revisar el comparado de votación en nuestro sitio web.
Desarrollo de la sesión
Enmiendas de unidad de propósito:
1. Sustituye el art.17 inciso 15. El derecho a vivir en un medio ambiente sano, sostenible y libre de contaminación, que permita la existencia y el desarrollo de la vida en sus múltiples manifestaciones.
a) Es deber del Estado velar porque este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza y su biodiversidad.
b) De acuerdo a la ley, se podrán establecer restricciones específicas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente.
Reemplaza las enmiendas 92 a 99.
2. Reemplaza el literal b) del art.17 inciso 17. b) La educación se rige por los principios de disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad, adaptabilidad, no discriminación y los demás que disponga la ley. El Estado tiene el deber ineludible de fortalecer la educación en todos sus niveles y fomentar su mejoramiento continuo, ejerciendo labores de promoción, regulación y supervigilancia. Los establecimientos educacionales creados o reconocidos por el Estado deberán cumplir estándares básicos y uniformes, de conformidad a la ley.
Reemplaza las enmiendas 119 a 121.
3. Para suprimir el literal c) del inciso decimoséptimo del artículo 17 y sustituir los literales d) y e) por los siguientes, reordenándose en consecuencia los demás.
c) Es deber del Estado promover la educación parvularia, para lo que financiará y coordinará un sistema gratuito a partir del nivel medio menor, destinado a asegurar el acceso a éste y sus niveles superiores. El segundo nivel de transición es obligatorio, siendo requisito para el ingreso a la educación básica.
d) La educación básica y la educación media son obligatorias, debiendo el Estado financiar y coordinar un sistema gratuito con tal objeto, destinado a asegurar el acceso a ellas de toda la población. En el caso de la educación media la obligatoriedad se extenderá hasta cumplir los 21 años de edad.
Reemplaza las enmiendas 123, 124, 127, 128, 131.
4. Para sustituir los literales, g), h) e i) del del inciso decimoséptimo del artículo 17 por los siguientes y a continuación agregar un nuevo literal.
g) La asignación de recursos públicos deberá seguir criterios de razonabilidad.
h) El Estado deberá crear, sostener y coordinar una red nacional de establecimientos educacionales pluralista en todos los niveles de enseñanza.
i) Es deber de la comunidad contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación. Asimismo, corresponderá al Estado asegurar la calidad de la educación en todos sus niveles y fomentar la formación cívica, estimular la investigación científica y tecnológica, la creación artística y la protección e incremento del patrimonio cultural de la Nación.
j) Los profesores son parte esencial del esfuerzo educativo de la Nación. Es deber del Estado y de toda comunidad educativa promover el desarrollo profesional y respeto de los docentes.
Reemplaza las siguientes enmiendas entendiéndose por rechazadas: 130, 135 a 139.
5. Para agregar una nueva disposición transitoria del siguiente tenor:
En virtud de lo dispuesto en el literal c) inciso decimoséptimo del artículo 17 de esta Constitución, la obligatoriedad del segundo nivel de transición y el deber del Estado de financiar un sistema gratuito a partir del nivel medio menor, destinado a asegurar el acceso a este y sus niveles superiores, entrará en vigencia gradualmente, en la forma que disponga la ley.
6. Para sustituir íntegramente el inciso decimoctavo del artículo 17 por el siguiente:
18. El derecho al trabajo decente, a su libre elección y libre contratación.
a) El derecho al trabajo decente comprende el acceso a condiciones laborales equitativas, la seguridad y salud en el trabajo, así como a una remuneración justa, al descanso y la desconexión digital, con pleno respeto de los derechos fundamentales del trabajador en cuanto tal. La ley establecerá las condiciones para el ejercicio de este derecho.
b) Se prohíbe cualquier discriminación que no se base en la capacidad o idoneidad personal, sin perjuicio de que la ley pueda exigir la nacionalidad chilena o límites de edad para determinados casos. Asimismo, se garantiza la igualdad salarial por trabajo de igual valor, especialmente entre hombres y mujeres, de conformidad a la ley.
c) Ninguna clase de trabajo está prohibida, salvo el trabajo infantil y aquellos que una ley declare opuestos a la moral, la seguridad, a la salubridad públicas, o al interés de la Nación.
Ninguna ley o disposición de autoridad pública podrá exigir la afiliación a organización o entidad alguna como requisito para desarrollar una determinada actividad o trabajo, ni la desafiliación para mantenerse en éstos. La ley determinará las profesiones que requieren grado o título universitario y las condiciones que deben cumplirse para ejercerlas.
Reemplaza las siguientes enmiendas entendiéndose por rechazadas: 141 a 143, 145, 146, 148 a 152.
7. Para sustituir íntegramente el inciso decimonoveno del artículo 17 por el siguiente:
19. La libertad sindical. Ésta comprende el derecho a la sindicalización, a la negociación colectiva y a la huelga.
a) El derecho a la sindicalización comprende la facultad de los trabajadores de constituir las organizaciones sindicales y afiliarse a la de su elección, en cualquier nivel, de carácter nacional e internacional y de ejercer en dichas organizaciones la adecuada autonomía para dar cumplimiento a sus fines propios y de conformidad a la ley.
b) Nadie puede ser obligado a afiliarse o a desafiliarse de una organización sindical. Los trabajadores gozarán de una adecuada protección en contra de los actos de discriminación antisindical en relación con su empleo.
c) La Constitución garantiza el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses laborales. Este derecho será ejercido con las limitaciones fijadas por una ley de quórum calificado.
d) Los funcionarios públicos serán titulares de los derechos que comprende la libertad sindical, en conformidad a una ley de quórum calificado.
e) No podrán sindicalizarse, negociar colectivamente ni ejercer el derecho a la huelga quienes integren las Fuerzas de Orden y Seguridad y las Fuerzas Armadas.
f) Las organizaciones sindicales gozarán de personalidad jurídica por el solo hecho de registrar sus estatutos y actas constitutivas, en conformidad a la ley.
Reemplaza las siguientes enmiendas entendiéndose por rechazadas: 153 a 155, 157 a 160, 165 a 170.
8. Para sustituir íntegramente el inciso vigésimo del artículo 17 por los siguientes:
20. El derecho a la seguridad social.
a) El Estado garantiza el acceso a prestaciones básicas y uniformes, establecidas por la ley, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas, resguardando a las personas de las contingencias de vejez, discapacidad, muerte, enfermedad, embarazo, maternidad, paternidad, desempleo, accidentes y enfermedades laborales, sin perjuicio del establecimiento de otras contingencias o circunstancias por ley. El legislador podrá establecer cotizaciones obligatorias.
b) Los recursos con que se financie la seguridad social sólo podrán destinarse al financiamiento y administración de sus prestaciones.
c) El Estado regulará y supervigilará el adecuado ejercicio del derecho a la seguridad social, de conformidad a la ley.
d) Las leyes que regulen el ejercicio de este derecho serán de quórum calificado.
Reemplaza las siguientes enmiendas entendiéndose por rechazadas: 174, 175, 177 a 181.
9. Para sustituir el párrafo segundo del inciso vigésimo segundo del artículo 17:
“Prevalecerá su uso para el consumo humano y para el uso doméstico suficiente.”
10. Para sustituir íntegramente el inciso vigésimo tercero del artículo 17 por el siguiente:
23. La igual repartición de los tributos en proporción a las rentas o en la progresión o forma que fije la ley, y la igual repartición y proporcionalidad de las demás cargas públicas legales.
a) La ley no podrá establecer tributos manifiestamente desproporcionados o injustos.
b) Los tributos que se recauden, cualquiera que sea su naturaleza, ingresarán al patrimonio de la Nación y no podrán estar afectos a un destino determinado.
c) Sin embargo, la ley podrá autorizar que determinados tributos puedan estar afectados a fines propios de la defensa nacional. Asimismo, la ley podrá autorizar que determinados tributos que gravan actividades o bienes que tengan una clara identificación regional o local puedan ser aplicados, dentro de los marcos que la misma ley señale, por las autoridades regionales o comunales para el financiamiento de obras de desarrollo.
Reemplaza las siguientes enmiendas entendiéndose por rechazadas: 191 a 194.
11. Para sustituir íntegramente el inciso vigésimo cuarto del artículo 17 por el siguiente:
24. El derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la salud pública, al orden público, o la seguridad de la Nación, en conformidad a la ley.
Una ley de quórum calificado podrá autorizar al Estado y sus organismos para desarrollar actividades empresariales o participar en ellas. Estas actividades estarán sometidas a la legislación común aplicable a los particulares, sin perjuicio de las excepciones que, por motivos justificados, establezca dicha ley.
Reemplaza las siguientes enmiendas entendiéndose por rechazadas: 197 a 201.
12. Para sustituir íntegramente el inciso vigésimo quinto del artículo 17 por el siguiente:
“25. La no diferenciación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica.
Sólo en virtud de una ley de quorum calificado, y siempre que no signifique tal discriminación, se podrán autorizar determinados beneficios directos o indirectos en favor de algún sector, actividad o zona geográfica, o establecer gravámenes especiales que afecten a uno u otras. En el caso de las franquicias o beneficios indirectos, la estimación del costo de éstos deberá incluirse anualmente en la Ley de Presupuestos.”
Reemplaza las siguientes enmiendas entendiéndose por rechazadas: 204 y 205.
13. Para sustituir íntegramente el inciso vigesimosexto del artículo 17 por el siguiente:
“26. La libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes, excepto aquellos que la naturaleza ha hecho comunes a todas las personas o que deban pertenecer a la Nación toda y la ley lo declare así. Lo anterior es sin perjuicio de lo prescrito en otros preceptos de esta Constitución.
Una ley de quórum calificado, cuando así lo exija el interés nacional, podrá establecer prohibiciones, limitaciones o requisitos para la adquisición del dominio de algunos bienes.”
Reemplaza las siguientes enmiendas entendiéndose por rechazadas: 206 a 208.
14. Para sustituir íntegramente el inciso vigésimo séptimo del artículo 17 por el siguiente:
“27. El derecho de propiedad en sus diversas especies sobre toda clase de bienes corporales o incorporales.
a) Sólo la ley puede establecer el modo de adquirir la propiedad, de usar, gozar y disponer de ella y las limitaciones y obligaciones que deriven de su función social. Esta comprende cuanto exijan los intereses generales y la seguridad de la Nación, la utilidad y la salubridad pública, la conservación del patrimonio ambiental y el desarrollo sostenible.
b) Nadie puede, en caso alguno, ser privado de su propiedad, del bien sobre que recae o de alguno de los atributos o facultades esenciales del dominio, sino en virtud de ley general o especial que autorice la expropiación por causa de utilidad pública o de interés nacional, calificada por el legislador. El expropiado podrá reclamar de la legalidad del acto expropiatorio ante los tribunales ordinarios y tendrá siempre derecho a indemnización por el daño patrimonial efectivamente causado, la que se fijará de común acuerdo o en sentencia dictada conforme a derecho por dichos tribunales. A falta de acuerdo, la indemnización deberá ser pagada en dinero efectivo al contado.
c) La toma de posesión material del bien expropiado tendrá lugar previo pago del total de la indemnización, la que, a falta de acuerdo, será determinada provisionalmente por peritos en la forma que señale la ley. En caso de reclamo acerca de la procedencia de la expropiación, el juez podrá, con el mérito de los antecedentes que se invoquen, decretar la suspensión de la toma de posesión.
d) El Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas, comprendiéndose en éstas las covaderas, las arenas metalíferas, los salares, los depósitos de carbón e hidrocarburos y las demás sustancias fósiles, con excepción de las arcillas superficiales, no obstante la propiedad de las personas naturales o jurídicas sobre los terrenos en cuyas entrañas estuvieren situadas. Los predios superficiales estarán sujetos a las obligaciones y limitaciones que la ley señale para facilitar la exploración, la explotación y el beneficio de dichas minas.
e) Corresponde a la ley determinar qué sustancias de aquellas a que se refiere el literal precedente, exceptuados los hidrocarburos líquidos o gaseosos, pueden ser objeto de concesiones de exploración o de explotación. Dichas concesiones se constituirán siempre por resolución judicial y tendrán la duración, conferirán los derechos e impondrán las obligaciones que la ley exprese, la que deberá ser de quórum calificado. La concesión minera obliga al dueño a desarrollar la actividad necesaria para satisfacer el interés público que justifica su otorgamiento. Su régimen de amparo será establecido por dicha ley, tenderá directa o indirectamente a obtener el cumplimiento de esa obligación y contemplará causales de caducidad para el caso de incumplimiento o de simple extinción del dominio sobre la concesión. En todo caso, dichas causales y sus efectos deben estar establecidos al momento de otorgarse la concesión.
f) Será de competencia exclusiva de los tribunales ordinarios de justicia declarar la extinción de tales concesiones. Las controversias que se produzcan respecto de la caducidad o extinción del dominio sobre la concesión serán resueltas por ellos y, en caso de caducidad, el afectado podrá requerir a la justicia la declaración de subsistencia de su derecho.
g) El dominio del titular sobre su concesión minera está protegido por la garantía constitucional de que trata este inciso.
h) La exploración, la explotación o el beneficio de los yacimientos que contengan sustancias no susceptibles de concesión, podrán ejecutarse directamente por el Estado o por sus empresas, o por medio de concesiones administrativas o de contratos especiales de operación, con los requisitos y bajo las condiciones que el Presidente de la República fije, para cada caso, por decreto supremo. Esta norma se aplicará también a los yacimientos de cualquier especie existentes en las aguas marítimas sometidas a la jurisdicción nacional y a los situados, en todo o en parte, en zonas que, conforme a la ley, se determinen como de importancia para la seguridad del país. El Presidente de la República podrá poner término, en cualquier tiempo, sin expresión de causa y con la indemnización que corresponda, a las concesiones administrativas o a los contratos de operación relativos a explotaciones ubicadas en zonas declaradas de importancia para la seguridad del país.
i) Las aguas, en cualquiera de sus estados, son bienes nacionales de uso público. En consecuencia, su dominio y uso pertenece a todos los habitantes de la nación. En función del interés público se constituirán derechos de aprovechamiento sobre las aguas, los que podrán ser limitados en su ejercicio, de conformidad con la ley. El derecho de aprovechamiento es un derecho real que recae sobre las aguas que confiere a su titular el uso y goce de ellas, de conformidad con las reglas, temporalidad, requisitos y limitaciones que prescribe la ley.”
Reemplaza las siguientes enmiendas entendiéndose por rechazadas: 209 a 211, 213
15. Para agregar una nueva disposición transitoria:
“Los derechos de aprovechamiento de aguas constituidos, reconocidos o regularizados desde la entrada en vigencia de la ley 21.435 se regirán por las normas establecidas en el Código de Aguas. Los derechos de aprovechamiento de aguas constituidos, reconocidos o regularizados con anterioridad a la publicación de dicha ley, se regirán por el artículo primero transitorio de la misma”.
16. Para sustituir íntegramente el inciso vigesimoctavo del artículo 17 por el siguiente:
“28. El derecho a la cultura.
a) El Estado resguarda el derecho a participar en la vida cultural y científica. Protege la libertad creativa y su libre ejercicio, promueve el desarrollo y la divulgación del conocimiento, de las artes, las ciencias, la tecnología, el patrimonio cultural y asegura el acceso a los bienes y servicios culturales.
b) El Estado reconoce la función que este derecho cumple en la realización de la persona y en el desarrollo de la comunidad, promoviéndola a través de la colaboración entre el Estado y la sociedad civil.
c) El Estado promueve, fomenta y garantiza la relación armónica y el respeto de todas las manifestaciones de la cultura bajo los principios de colaboración e interculturalidad.”
Reemplaza las siguientes enmiendas entendiéndose por rechazadas: 214 a 220
17. Para sustituir íntegramente el inciso vigésimo noveno del artículo 17 por el siguiente:
“29. El derecho de autor sobre sus obras.
a) El Estado reconoce el derecho del autor sobre sus creaciones intelectuales, artísticas y científicas, el que comprende la propiedad de las obras y otros derechos, como la paternidad, la edición y la integridad de la obra, todo ello en conformidad y por el tiempo que señale la ley, el que no será inferior al de la vida del titular, y los derechos conexos que la ley asegure.
b) Se garantiza, también la propiedad industrial sobre las patentes de invención, marcas comerciales, modelos industriales, diseños u otras creaciones análogas que determine la ley, por el tiempo que ésta establezca.
c) Será aplicable a la propiedad de las creaciones intelectuales y artísticas y a la propiedad industrial lo prescrito en el inciso 27 precedente sobre el derecho de propiedad.”
Reemplaza las siguientes enmiendas entendiéndose por rechazadas: 221 a 225.
18. Para sustituir los literales a), b), c) y d) del inciso trigésimo primero por los siguientes:
“a) Las personas tienen el derecho de abrir, organizar, mantener y desarrollar establecimientos educacionales, sin otra limitación que las impuestas por el orden público y la seguridad del país.
b) La enseñanza estatal y la reconocida oficialmente no podrán orientarse a propagar tendencia político partidista alguna.
c) Se reconoce el derecho y el deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos o pupilos, atendiendo a su interés superior.
d) El Estado respetará la autonomía de las instituciones de educación superior, de conformidad a la ley.”
Reemplaza las siguientes enmiendas entendiéndose por rechazadas: 229, 233, 235.
19. Para sustituir el encabezado y la letra a) del inciso decimosexto del artículo 17 por el siguiente y agregar un nuevo literal b) a continuación, reordenando en consecuencia los siguientes:
“16. El derecho a la protección de la salud en sus dimensiones física, mental y social.
a) El Estado protege el libre, universal, igualitario y oportuno acceso a las acciones de promoción, prevención, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación de la persona. Le corresponderá, asimismo, la coordinación y control de dichas acciones, asegurando su disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y calidad, abordando sus determinantes sociales y ambientales, de conformidad a la ley.
b) Es deber preferente del Estado garantizar la ejecución de las acciones de salud, a través de instituciones estatales o privadas, en la forma y condiciones que determine la ley.”
Reemplaza las siguientes enmiendas entendiéndose por rechazadas: 103 a 107, 113
20. Para sustituir la letra c) del inciso decimosexto del artículo 17 por el siguiente y agregar a continuación un nuevo literal d)
“c) El Estado deberá crear, preservar y coordinar una red de establecimientos de salud, de acuerdo con estándares básicos y uniformes de calidad.
d) El Estado fomentará la práctica deportiva con el fin de mejorar la salud y calidad de vida de las personas.”
Reemplaza las siguientes enmiendas entendiéndose por rechazadas: 112 y 242.
17 de mayo de 2023 (sesión AM)
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto iniciar la votación de las enmiendas sobre los capítulos XIII: Protección al Medio Ambiente, Sostenibilidad y Desarrollo.
Desarrollo de la sesión
La secretaría procedió a hacer lectura de las enmiendas de unidad de propósito. Todas se aprobaron de manera unánime, salvo la número 5 en la que la comisionada Horst (UDI) solicitó votación separada y se abstuvo.
1. Reemplaza art.187: La protección del medio ambiente, la sostenibilidad y el desarrollo, están orientados al pleno ejercicio de los derechos de las personas, así como el cuidado de la naturaleza y su biodiversidad, considerando a las actuales y futuras generaciones.
2. Reemplaza art.188: Las personas, las unidades y el Estado deben proteger el medio ambiente. Este deber comprende la conservación, preservación, restauración y regeneración de las funciones y equilibrios de la naturaleza y su biodiversidad según corresponda de conformidad a la ley.
3. Reemplaza art.189: La distribución de cargas y beneficios ambientales estará regida por criterios de equidad y de participación ciudadana oportuna, de conformidad a la ley.
4. Nuevo artículo 189 bis: El Estado debe fomentar el desarrollo sostenible, armónico y solidario del territorio nacional, instando a la colaboración privada de dicha tarea.
5. Nuevo artículo 189 ter: El Estado promoverá las fuentes de energía renovable, así como también la reutilización y reciclaje de los residuos de conformidad a la ley.
6. Nuevo artículo 189 quater: El Estado implementará medidas de mitigación y adaptación de manera oportuna y justa ante los efectos del cambio climático. Asimismo, promoverá la cooperación internacional para la consecución de estos objetivos.
7. Nuevo artículo 189 quinquies: El Estado contará con instituciones administrativas y jurisdiccionales en materia ambiental, las que serán de carácter técnico. Los procedimientos de evaluación ambiental serán de carácter técnico y participativo y asegurarán una decisión razonable y oportunas.
Con la aprobación de las enmiendas de unidad de propósito, se dieron por rechazadas las enmiendas n°1, 3, 4, 5, 6, 7, 8, 11, 12, 13, 19, 22, 27. A su vez, las enmiendas no cubiertas por las de unidad de propósito que se sometieron a votación fueron todas rechazadas (enmiendas n°2, 9, 10, 14, 15, 16, 17, 18, 20, 21, 23, 24, 25, 26, 28, 29, 30, 31, 32). Con esto, se despachó al pleno de la Comisión Experta el Capítulo XIII.
Para conocer las enmiendas rechazadas, puedes revisar el comparado de votación en nuestro sitio web.
8 de mayo de 2023
Resumen ejecutivo
En la sesión se discutieron las enmiendas presentadas sobre el derecho al agua y al saneamiento, igual repartición de tributos, derecho a desarrollar cualquier actividad económica, Estado empresario y derecho de propiedad.
En el caso del derecho al agua, el oficialismo buscó incorporar características esenciales para el ejercicio del derecho. En el caso de la oposición, se mostraron de acuerdo con la norma aprobada en general y, a su vez, plantearon su preocupación por la armonía entre esta regulación y el Código de Aguas.
Sobre la igual repartición de tributos, la discusión se centra en el concepto de “cargas públicas” y su amplitud, como también sobre la conveniencia o no de este tipo de regulación en la Constitución.
En cuanto al derecho a desarrollar cualquier actividad económica y las normas relativas al Estado empresario, las principales discusiones estuvieron en la incorporación de ciertas limitaciones, por ejemplo, relacionadas con el medioambiente. También fue discutida la posibilidad de crear empresas públicas “de emergencia” propuesta por el oficialismo.
Sobre el derecho de propiedad, lo más relevante fue el anuncio de incorporar nuevamente la función ecológica de la propiedad, como el intento de incluir al Senado en la aprobación de decretos supremos que contemplen condiciones para concesiones administrativas o contratos especiales de operación con duraciones totales que superen los quince años, como por ejemplo el litio.
Desarrollo de la sesión
a) Derecho al agua y al saneamiento
Se discute sobre las enmiendas presentadas por las comisionadas/os. Al respecto, la enmienda N° 186 incorpora características esenciales para el ejercicio del derecho, que es al agua “suficiente, saludable, asequible y accesible”. En el mismo sentido, la enmienda N° 187 incorpora suficiente, saludable, aceptable, físicamente accesible y asequible para su uso doméstico, así como para la preservación ecosistémica”. *Ambas enmiendas son del oficialismo*.
La comisionada Bettina Horst (UDI) plantea que el texto aprobado en general es bueno, acotado, simple y directo, por lo que no presentó ninguna enmienda al respecto. Sobre las enmiendas, dice que esto replica una discusión que se ha dado en la subcomisión sobre la incorporación de principios. Sobre la enmienda N° 187, plantea que ya existe un nuevo Código de Aguas que incorpora este tipo de principios, por lo que es debatible su incorporación en la Constitución.
Sobre el contenido de las enmiendas, Alexis Cortés (PC) y Flavio Quezada (PS) argumentan que el contenido fue incorporado desde las normas de derechos humanos, OMS y de la discusión constitucional actual.
Teodoro Ribera (RN) consulta cómo dialoga el numeral aprobado en general con el Código de Aguas y su regulación recientemente actualizada. Esto por el doble régimen entre derechos de uso (con propiedad absoluta) y el nuevo régimen que contempla causales de caducidad. La presidenta de la subcomisión, Alejandra Krauss (DC), responde que este es un tema que será debatido en el derecho de propiedad y que será materia de disposición transitoria.
b) La igual repartición de los tributos en proporción a las rentas o en la progresión o forma que fije la ley, y la igual repartición y proporcionalidad de las demás cargas públicas legales.
Se discuten algunos problemas de redacción de la norma aprobada en general. Opinan las comisionadas/os y la secretaría.
Sobre las enmiendas, el comisionado Jaime Arancibia (RN) cree que la enmienda N° 192 podría tener efectos no queridos por la frase “La igual repartición de las cargas públicas en proporción a las rentas o en la progresión o forma que fije la ley”, ya que esto es típico de los tributos, pero el concepto de “carga pública” es muy amplio (pone como ejemplo que las sanciones administrativas son cargas públicas).
Luego, la presidenta de la subcomisión lee la enmienda N° 193, la cual dice: “En ningún caso la ley podrá establecer tributos, individual o conjuntamente considerados, que sean manifiestamente desproporcionados, confiscatorios o injustos, ni tampoco que sean retroactivos en relación con el hecho gravado”. Sobre esto, el comisionado Arancibia (RN) plantea que se trata de constitucionalizar algunos aspectos del derecho tributario.
-Complementa la comisionada Horst (UDI), que en el caso del royalty minero se incorporó, vía indicación, un techo para los sectores que pagan diversos impuestos. Por tanto, esta enmienda busca incorporar este elemento para que un sector económico específico no pague impuestos de forma desproporcionada.
Al respecto, Flavio Quezada (PS) dice que le genera inquietud esta enmienda porque no conoce otra Constitución que otorgue este nivel de protección a quienes pagan impuestos. Sobre la consulta, Teodoro Ribera (RN) cree que es una forma de evitar que los tributos se transformen en una “expropiación encubierta”.
Se discute la enmienda presentada por la oposición (N° 196) que incorpora un nuevo literal y dice lo siguiente: “El Estado deberá compensar las cargas de interés público injustificadamente desiguales, conforme al daño patrimonial efectivamente causado”.
Flavio Quezada (PS) cree que no le parece prudente incorporar este tipo de normas en la Constitución. El comisionado Alexis Cortés (PC) plantea inquietudes en la misma línea que el comisionado Quezada (PS). Jaime Arancibia (RN) cree que el problema de hoy es que la discusión doctrinaria no se encuentra resuelta por la omisión de la Constitución al respecto. Con todo, cree que el problema podría resolverse con el principio de igualdad de las cargas públicas.
c) El derecho a desarrollar cualquiera actividad económica que no sea contraria a la salud pública, al orden público, o la seguridad de la Nación, en conformidad a la ley.
Se discute una enmienda presentada por el oficialismo: “El derecho a desarrollar cualquier actividad económica que no sea contraria a la salud pública, el interés público, la protección del medioambiente y la naturaleza, al orden público, o la seguridad de la población o la integridad del territorio, en conformidad a la ley”.
La comisionada Horst (UDI) plantea su preocupación por cambiar cosas que hasta ahora funcionan bien. También aprovecha de decir que se encuentra en desacuerdo con la enmienda N° 202 que permite la creación de una empresa estatal de urgencia, ya que le parece que pueden ser un escollo para la capacidad de volver a crecer.
Teodoro Ribera (RN) cree que el numeral 24 adolece de algunos problemas conceptuales que podrían limitar el ejercicio del derecho (se refiere, por ejemplo, a “seguridad de la Nación”). Sobre las “empresas de emergencia” propuesta en la enmienda N° 202, dice que en los decretos de emergencia existe responsabilidad solidaria, lo que no está incorporado en la propuesta. A su vez, se dice que entrarán en vigencia “de inmediato”, sin aclarar si ello es antes o después de la toma de razón de Contraloría.
Alexis Cortés (PC) argumenta que es necesario dotar al Estado de mayores herramientas en casos de urgencia, para que exista capacidad de mantener entregas de servicios bajo ciertos contextos, lo que debería estar regulado en una ley respectiva.
Luego, Jaime Arancibia (RN) plantea que le preocupa que la enmienda N° 202 elimine la sujeción del Estado empresario a la legislación común aplicable a los particulares, ya que dicha sujeción permite que los mercados operen en condiciones de libre competencia, y que tampoco se condice con los criterios de la OMS en la materia.
d) La no discriminación arbitraria en el trato que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica.
En este caso, el oficialismo busca trasladar esta norma al Capítulo XIII, sobre protección del medioambiente y desarrollo sostenible. En el caso de la oposición, buscan que determinados beneficios directos o indirectos en favor de algún sector, actividad o zona geográfica, o establecer gravámenes especiales que afecten a uno u otras tengan un mayor quórum de aprobación.
e) La libertad para adquirir el dominio de toda clase de bienes, excepto aquellos que la naturaleza ha hecho comunes a todos los hombres o que deban pertenecer a la Nación toda y la ley lo declare así.
Parte del oficialismo propone suprimir este inciso, ya que creen que se encuentra comprendido en el derecho de propiedad. Sobre esta enmienda no hubo intervenciones relevantes.
f) Derecho de propiedad
Flavio Quezada (PS) plantea que no tiene problema en mantener la “anomalía constitucional” que es la sobrerregulación del derecho de propiedad en la actualidad, pero proponiendo algunos cambios menores en la redacción del mismo. Por ejemplo, se busca incorporar (en correlación con las bases institucionales) la función ecológica de la propiedad.
A su vez, explica la enmienda N° 212 en donde se propone que el Senado deberá prestar su acuerdo a aquellos decretos supremos que contemplen condiciones para concesiones administrativas o contratos especiales de operación con duraciones totales que superen los quince años, como por ejemplo el litio.
La comisionada Horst (UDI) plantea que todas las normas aprobadas en general tuvieron la firma y el voto de todos los comisionados, como tampoco es efectivo que sea un calco de la actual Constitución. Sobre la enmienda N° 212, le parece preocupante porque cree que este tipo de normas deben estar lo más alejadas posible del ciclo político, por lo que no ve con buenos ojos incorporar al Senado en el rol económico del Estado.
Alejandra Krauss (DC) plantea que en su calidad de expertos, junto con fortalecer las normas y generar adecuaciones, tienen el desafío de hacerla uniforme con la legislación vigente (particularmente se refiere a los derechos de aguas), sin poder eludir lo que la misma ley señala al respecto.
5 de mayo de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto tratar derechos laborales y el derecho a la protección de la salud. Los comisionados expresaron opiniones diversas sobre cómo regular la negociación colectiva y la importancia de establecer ciertos contornos y mantener la uniformidad en la regulación de los derechos. También discuten la propuesta de incorporar la acepción "trabajo decente" en la Constitución, con opiniones diversas sobre su alcance y significado.
Sobre el derecho a la protección de la salud, se discute la redacción de enmiendas relacionadas con la libertad de elección y la provisión mixta en el sistema de salud de Chile en el marco de la redacción de una nueva Constitución. Los comisionados de diferentes partidos políticos expresan sus puntos de vista sobre la necesidad de proteger la libertad de elección y evitar la discriminación por razones económicas o sanitarias en el sistema privado de salud. También se discute la redacción de la enmienda N° 113 presentada por la oposición, que podría solucionar el desacuerdo. Además, se aborda el concepto de "salud integral" y su inclusión en la Constitución como una dimensión social determinante.
Desarrollo de la sesión
a) Negociación colectiva
Bettina Horst (UDI) explica que la enmienda N° 156 busca darle contornos a la negociación colectiva, como también dar la posibilidad de que exista un arbitraje para desarrollar de la mejor manera posible el proceso entre empleadores y trabajadores, los cuales serían llevados a cabo por expertos en derecho laboral.
Flavio Quezada (PS) plantea que, en virtud de los acelerados cambios en el mundo del trabajo, lo más adecuado en esta materia sería no regular con demasiada especificidad y hacer un reenvío a la ley. Al respecto, Teodoro Ribera (RN) cree que es importante contemplar alguna especie de mención a la negociación colectiva.
Jaime Arancibia (RN) plantea que no tiene problemas con lo planteado por el comisionado Quezada (PS), pero lo importante es establecer ciertos contornos y mantener la uniformidad en el tipo de regulación de los derechos.
Alexis Cortés (PC) menciona que la enmienda es una reiteración del texto actual, por lo que insistir en ello no responde al espíritu del proceso constitucional actual. Por lo que si bien no se cierra a consensuar una redacción sobre negociación colectiva, cree que es importante explorar redacciones nuevas. Al respecto, Bettina Horst (UDI) llama a no querer cambiarlo todo y volver al espíritu refundacional de la Convención Constitucional.
Flavio Quezada (PS) plantea que si bien está de acuerdo con la comisionada Horst, cree que el proceso constitucional en el que estamos es en parte porque el actual texto constitucional rompió con nuestra tradición constitucional. En el ámbito laboral, hasta la Constitución de 1925 se garantizaban derechos laborales sin las limitaciones de la actual, por lo que remover dichas restricciones es retomar nuestra tradición republicana y democrática.
Teodoro Ribera (RN) plantea que no se debe idealizar nuestra evolución constitucional, ya que si bien es cierto fue democrático, ya que existía una distancia considerable entre el texto constitucional y la realidad, con altos niveles de pobreza y bajo acceso a derechos sociales. Por tanto, cree que no se debe volver al pasado en este proceso, sino volverse hacia al futuro.
Alejandra Krauss (DC) menciona que el texto rechazado en la anterior Convención nos dejó claro que no todas las normas de la actual Constitución deben modificarse. Sin embargo, el desafío de la Comisión Experta es ser ilustrada por los especialistas, como también el derecho comparado. Al respecto, el comisionado Cortés (PC) suma como fuentes inspiradoras las normas internacionales de derechos humanos.
b) Derecho al trabajo decente
Alexis Cortés (PC) plantea que las propuestas del oficialismo al respecto no son ninguna innovación, sino que siguen criterios que están presentes en la normativa internacional desde 1948. Sobre la disminución progresiva de la jornada laboral, se debe tomar en consideración la capacidad económica del Estado, pero debe ser un horizonte en virtud de los cambios en el mercado laboral y la introducción de nuevas tecnologías.
Alejandra Krauss (DC) menciona que la enmienda N° 142 incorpora la salud y seguridad en el trabajo, lo que cree que son elementos esenciales del derecho al trabajo decente. Sobre la remuneración justa, son conceptos que se utilizan en la jurisprudencia del derecho laboral y que se relaciona con una denominación propuesta por uno de los académicos en las exposiciones recientes, a saber, trabajo decente “y digno”.
Teodoro Ribera (RN) menciona que el salario es una cuestión distinta de la remuneración justa, para tener cuidado con no incorporar un elemento que tiene un componente privado y otro público. Luego, cuando se habla de contexto laboral, cree que tiene una extensión demasiado amplia, por lo que propone hablar “con ocasión del trabajo”, al igual que la Ley de Accidentes del Trabajo.
Flavio Quezada (PS) cree que la incorporación de la acepción “trabajo decente” es más amplia y tiene desarrollo en el derecho internacional de los derechos humanos. Al respecto, a pesar de ser una innovación, los textos constitucionales deben ser una mezcla entre tradición e innovación. Por lo tanto, propone discutir la incorporación de la expresión “y digno” pero sin renunciar a que exista la acepción “decente”.
Jaime Arancibia (RN) dice que los conceptos “decente” y “digno” en sus significados en el diccionario de la RAE tienen una relación sinonímica, pero que la decencia se subsume en el concepto de dignidad. Al respecto, el comisionado Cortés (PC) menciona que la misma OIT ha definido el trabajo decente, por lo que reiteró su convencimiento de incorporar dicho concepto en el texto constitucional.
c) Derecho a la protección de la salud
Bettina Horst (UDI) menciona que el elemento más polémico de esta discusión dice relación con la libertad de elección. Al respecto, se refiere a la enmienda N° 14 que se refiere a la libertad de elección “entre prestadores”, lo que debería haber venido acompañado por una disposición transitoria, ya que en caso de ser aprobada podría dejar inconstitucional los tramos más bajos de Fonasa. Y, finalmente, cuando se habla de elegir entre prestadores, está restringida o sujeta a lo que el Estado o un asegurador privado pueda decidir.
Flavio Quezada (PS) plantea que quiere que se respete el derecho de la ciudadanía a escoger en este tema, citando las exposiciones de Paula Daza y Jaime Mañalich, dado que la provisión mixta está muy asentada en nuestro país. El problema actual es que solo ciertas personas pueden escoger, que son las que tienen mayores recursos. Por tanto, el inciso final del artículo aprobado en general mantiene una redacción que ha segregado sanitariamente a la población en virtud de su ingreso y género, lo que le parece inhumano.
Al respecto, la comisionada Horst (UDI) menciona que es necesario proteger la libertad de elección a nivel de aseguradores y de prestadores en la Constitución para evitar lo mencionado por el comisionado Quezada (PS). Esto en nada atenta al Estado para que pueda robustecer el sector público, ya que si las personas eligen el sistema privado ha sido por el mal funcionamiento de las instituciones públicas.
Alejandra Krauss (DC) menciona que es intolerable que en el sistema privado se discrimine por razones económicas o sanitarias. Pone de ejemplo la crisis de las isapres y lo que eso ha significado para familias que contrataron seguros y que fueron unilateralmente informados de su término, lo que ha generado situaciones lamentables que han sido publicitadas por los medios de comunicación. Cree que se debe consagrar un derecho que permita que el Estado genere políticas públicas que den acceso oportuno y universal a la salud.
En este debate, el comisionado Flavio Quezada (PS) pone atención en la enmienda N° 113, presentada por la oposición, ya que tiene una dirección que podría solucionar el desacuerdo, ya que consagra precisamente lo establecido en las bases, que es la provisión mixta.
Teodoro Ribera (RN) cree que no se han hecho los esfuerzos en revisar las enmiendas una por una, y se han volcado a las “grandes ideas”. A su vez, menciona que el Estado social no es una fórmula totalmente ajena en Chile, ya que no hemos tenido un Estado totalmente ausente de lo social. Lo que se defiende por parte de su sector es la libertad con condiciones mínimas de igualdad, teniendo preocupación por las visiones de comisionados que creen que el Estado social es más Estado.
La comisionada Natalia González (UDI) cree que la redacción de salud integral podría permitir que no se deba modificar constantemente el texto en virtud de los avances científicos. A su vez, sobre la libertad de elección, no entiende por qué la subcomisión innova respecto de las bases en virtud de distinguir entre prestación o régimen en la participación de privados. Cree que el tema es solucionable en la medida que se respete la redacción de las bases.
Al respecto, Flavio Quezada (PS) insiste en que la enmienda N° 113 presentada por la oposición podría tener la solución al desacuerdo expresado en la subcomisión: “Es deber preferente del Estado garantizar la ejecución de las acciones de salud, sea que se presten a través de instituciones públicas o privadas, en la forma y condiciones que determine la ley”.
Sobo esto, Natalia Gonzalez (UDI) cree que la enmienda mencionada por el comisionado Quezada también se enfoca en el prestador, por lo que mantiene el problema que mencionó en un principio. Luego, sobre el rol de las comunidades, su duda está dada por si son el sujeto del derecho o si tienen derecho a la participación.
Alexis Cortés (PC) afirma que la terminología utilizada en las enmiendas fue la que utiliza la OMS. Sobre el concepto, prefiere que se redacte “salud integral” por ser uno más dinámico y abierto a la interpretación, incorporando la dimensión social como determinante.
4 de mayo de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto iniciar la discusión sobre los derechos laborales, particularmente sobre la libertad sindical. Los diferentes representantes políticos exponen sus opiniones sobre cómo se deben abordar estos temas en la nueva Constitución. Flavio Quezada (PS) propone retomar la tradición constitucional chilena en materia de libertad sindical y separar el derecho a huelga de la negociación colectiva, respaldado por Alejandra Krauss (DC) y Alexis Cortés (PC), mientras que Bettina Horst (UDI) afirma que el derecho a la huelga debe estar circunscrito a la negociación colectiva para evitar posibles abusos, lo que fue defendido por Teodoro Ribera (RN).
Desarrollo de la sesión
a) Sindicatos
Flavio Quezada (PS) cree que en materia de libertad sindical es importante retomar la tradición constitucional chilena. En ese sentido, la libertad sindical con todos sus elementos es un componente central del Estado social y democrático de derecho, al igual que las garantías económicas y tributarias.
Si bien es cierto valora los avances alcanzados, cree que existe un problema grave sobre el derecho a huelga. Esto porque de nada se sigue (a nivel comparado e internacional) que dicho derecho debe estar restringido a la negociación colectiva, lo que además sería un retroceso a lo que actualmente contiene nuestra legislación.
Alexis Cortés (PC) se refiere a la enmienda N° 153 sobre libertad sindical. Afirma que se busca recuperar una norma que estuvo consagrada en el derecho chileno hasta la Constitución de 1925. Al respecto, Teodoro Ribera (RN) dice que cuando se habla de autonomía es porque existe una libertad circunscrita, mientras que el concepto de “libertad” es más amplio. Así, el comisionado cita el art. 4 del borrador constitucional, el que se refiere al concepto autonomía. Hace un llamado a llegar a un acuerdo sobre el concepto.
Alejandra Krauss (DC) menciona que en esta materia existen dictámenes de la Dirección del Trabajo de larga data sobre el concepto de autonomía sindical, por lo que es importante tenerlo en consideración.
Flavio Quezada (PS) dice que la autonomía sindical está recogida en las normas internacionales, por lo que sería la expresión técnicamente correcta, porque incluiría la organización libre de los trabajadores.
b) Derecho a huelga
Flavio Quezada (PS) explica la enmienda N° 159, en la cual se busca separar a la huelga de la negociación colectiva, para que quede enmarcada en lo que el legislador democrática establezca. Esto no significa que no tengan relación alguna.
Bettina Horst (UDI) afirma que el derecho a la huelga no se encuentra contemplado positivamente en la actual Constitución, y que en las negociaciones por los mínimos comunes se acordó que fuera circunscrita a la negociación colectiva, particularmente por nuestra historia y por el contexto social de los últimos años. La preocupación está dada por la posibilidad de huelgas permanentes, por lo que se debe pensar un contexto de colaboración y no de conflicto.
Alexis Cortés (PC) la jurisprudencia nacional ha tenido fallos consistentes en donde se afirma que el derecho a huelga se puede ejercer fuera del contexto de la negociación colectiva, lo que es coincidente con la regulación internacional al respecto. Por tanto, no le parece aconsejable restringir el derecho a huelga constitucionalmente.
Flavio Quezada (PS) menciona que el derecho a la huelga es sustancial para la democracia, ya que es un derecho que permite garantizar otros derechos (como el derecho a la vida, condiciones sanitarias en el lugar de trabajo, etc). Dice esto porque la redacción acordada dejaría fuera del derecho a la huelga a trabajadores con malas condiciones sanitarias y sin negociación colectiva. Por lo anterior, cree que es algo que debe ser corregido por la subcomisión.
Jaime Arancibia (RN) dice que la huelga es un derecho y, como tal, puede tener un uso abusivo. Por lo anterior, consulta a los promotores de la enmienda si se pueden incorporar algunos límites a la huelga fuera de la negociación colectiva, sin incurrir en una negociación detallada pero tampoco con una total apertura al legislador. Al respecto, Flavio Quezada (PS) menciona que es posible restringir el derecho a huelga, y que la noción fundamental para ello es el de “servicios esenciales”.
Alejandra Krauss (DC) plantea que todos los debates de cambios sustantivos en el campo laboral han tenido como contraargumento los temores planteados por la comisionada Horst (UDI). La realidad da cuenta de que las trabajadoras y trabajadores del país no quieren afectar a su empleador, por lo que llevan un diálogo que enriquece las relaciones y dinámicas de los lugares de trabajo.
Teodoro Ribera (RN) menciona que cuando se planteó este tema, ciertos comisionados dijeron que existían 3 tipos de huelgas: Políticas, por solidaridad, y en el marco de la negociación colectiva. En ese sentido, la huelga es un instrumento para lograr mejores condiciones de trabajo, siendo peligroso consagrar la posibilidad de incorporar un derecho a huelga sin marco.
Flavio Quezada (PS) menciona que Alemania no tiene consagrada la libertad sindical de forma expresa como otros textos, pero sí garantiza el derecho a asociación con fines laborales. El derecho a huelga tampoco, pero en su jurisprudencia se ha protegido consistentemente. Es importante reconocer el derecho a huelga, pero no a cualquier costo: tal y como está la huelga sería un retroceso porque no está hoy en día en el texto constitucional, tampoco en los tratados internacionales, y de la jurisprudencia no se sigue que esté restringida a la negociación colectiva.
Alexis Cortés (PC) recuerda que en las exposiciones de expertas/os hubo énfasis en la asimetría existente en la relación entre trabajadores y empleadores. En ese sentido, limitar excesivamente el derecho a huelga podría generar una deformación conceptual del derecho laboral y su razón de ser.
Jaime Arancibia (RN) propone que se pueda regular constitucionalmente la huelga fuera del marco de la negociación colectiva, pero circunscrita a problemas laborales. Al respecto, Flavio Quezada (PS) plantea que sobrerregular los intereses de los trabajadores afecta su debida autonomía, por lo que más allá de problemas de redacción, es una discordancia de fondo e importante.
Flavio Quezada (PS) explica la enmienda N° 166, en la cual se reconocen los derechos que comprende a la libertad sindical para funcionarios públicos, con excepción de autoridades electas democráticamente y de exclusiva confianza. Con todo, ante las inquietudes planteadas por el comisionado Arancibia (RN), el comisionado Quezada se abre a la posibilidad de precisar de mejor manera quiénes están excluidos.
3 de mayo de 2023 (sesión PM)
Resumen ejecutivo
En la sesión, se discutió sobre derecho a la educación, particularmente las enmiendas sobre libertad de elección de las familias y las referidas al currículum educativo. En ese sentido, los desacuerdos existieron sobre la necesidad de detallar a qué se refiere la acepción “familias” en la titularidad del derecho a elección del proyecto educativo, como a si es aconsejable darle rango de ley institucional (actuales leyes orgánicas constitucionales) al currículum nacional.
Desarrollo de la sesión
Flavio Quezada (PS) se refiere a algunas enmiendas presentadas por la oposición. Sobre la N° 122, se refiere a la alusión sobre “leyes de quórum calificado”, en donde se ha acordado que se llamarán “leyes institucionales”. Luego, cree que el contenido de la enmienda podría dejar inconstitucional la última reforma educacional de la presidenta Bachelet.
Sobre la enmienda N° 125, prefiere mantener la redacción de la norma aprobada en general, ya que se busca una extensión que no está recogida legalmente. Luego, sobre la enmienda N° 126, cree que es constitucionalizar el criterio de la sentencia de gratuidad que podría impedir el financiamiento basal de instituciones.
Alejandra Krauss (DC) plantea su preocupación por la enmienda N° 122, ya que se plantea una norma de quórum calificado para una norma que actualmente está contenida en la Ley de Aseguramiento de la Calidad, por lo que significa un retroceso. En el caso de la enmienda N° 126, le genera conflicto los potenciales choques entre la confesionalidad de los colegios y el derecho a la educación.
Teodoro Ribera (RN) cree que es importante que la misión de los establecimientos públicos quede escrita de forma más clara. Cree y comparte que la educación pública está al debe y que los liceos bicentenario son discutibles, que se requiere la formación de élites más diversas e integradas y son un símil al rol de los liceos emblemáticos en Santiago.
Sobre los estándares básicos, se refiere a cómo delimitamos aquello que queremos que los establecimientos educacionales enseñen, para que luego los proyectos eduquen en relación con su entorno. No es lo mismo educar en el altiplano que en una isla.
Alejandra Krauss (DC) plantea que en el borrador y las enmiendas no se hace ninguna referencia a la educación diferencial, lo que podría ser relevante en virtud del desarrollo que ha tenido en los últimos años.
Alexis Cortés (PC) cree que se debe tener cuidado con la prohibición del proselitismo político en los establecimientos educacionales, ya que ello no se debe traducir en evitar tratar temas polémicos con la debida objetividad. Pone de ejemplo el caso del profesor Aníbal Navarrete que fue despedido por tratar el caso Catrillanca.
Flavio Quezada (PS) afirma que la educación es un derecho humano que se compone de cuatro principios claves: disponibilidad, accesibilidad, aceptabilidad y pertinencia, lo que ha sido desarrollado por el Comité DESC.
Jaime Arancibia (RN) dice que cuando se habla de educación se suele caer en abstracciones. Por lo anterior, cree que es importante que se realice un reconocimiento de quien tiene un rol central en el proceso educativo, que es el profesor. Por tanto, es importante que se realice un gesto normativo en ese sentido, llamando a buscar una “enmienda amistosa” al respecto, la cual asegure una carga de trabajo digna, que permita perfeccionamiento, tiempo efectivo con estudiantes y de trabajo en equipo. Al respecto, el comisionado Alexis Cortés (PC) le menciona que existe una enmienda (136) que recoge lo expuesto por el comisionado Arancibia.
Flavio Quezada (PS) comenta que en el proceso constitucional de la presidenta Bachelet trabajó una nueva regulación constitucional del derecho a la educación, y que va muy en línea con la enmienda mencionada por el comisionado Cortés. A su vez, cree que existe un problema técnico ya que no se contempla una disposición transitoria (vigésimo primera actual) relativa a la obligatoriedad de la educación parvularia.
Bettina Horst (UDI) menciona que la titularidad del derecho a elección radicado en “las familias” se busca ampliar de acuerdo a las convicciones de cada familia al incorporar a los tutores legales. Sobre por qué elevar el contenido del currículum educativo como una ley institucional, es porque los cambios en este tipo de normas tienen un efecto en el mediano-largo plazo, sin tener un espíritu de rigidizar.
Sobre el punto de la titularidad del derecho a elección, Alejandra Krauss (DC) insiste en el punto, ya que cree que la redacción propuesta no amplía el concepto de “familias”. Por ejemplo, muchas veces no se han designado tutores legales, como también ocurre una constante rotación en el caso de los NNA bajo cuidado del Estado.
Teodoro Ribera (RN) dice que la norma se propuso para darle contenido al concepto “familias”, pero afirma que no les cambia la vida como sector. Por tanto, si a la subcomisión se le ocurre una mejor bajada, no hay ningún problema para cambiarlo.
Al respecto, Flavio Quezada (PS) se pronuncia para mantener la acepción “las familias” contempladas en las bases institucionales. Sobre el currículum, cree que el desacuerdo es más acotado de lo que parece, ya que la diferencia no es respecto a si su regulación debe ser por ley o no, sino sobre qué tipo de ley.
3 de mayo de 2023 (sesión AM)
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto continuar la discusión sobre las enmiendas presentadas al Capítulo II, sobre derechos y libertades fundamentales, específicamente sobre derecho a la educación. Luego, en una segunda parte, se recibieron las audiencias de académicos que expusieron sus puntos de vista sobre las normas de seguridad social.
Desarrollo de la sesión
Alexis Cortés (PC) afirma que el derecho a la educación es relevante porque es habilitante para el ejercicio de otros derechos y una base del desarrollo. En nuestra historia reciente la discusión educativa ha sido una prioridad en el debate público y la producción intelectual. La discusión central dice relación con reducir las desigualdades con las enmiendas presentadas.
Cree que es un gran avance la consagración de principios en el primer borrador. Toda discusión sobre educación implica asignar claramente el rol del Estado, siendo en este caso la supervigilancia, garantización de un sistema público, gratuito y de calidad. A su vez, si se regula una provisión mixta, se deben acordar los criterios que deben cumplir los proyectos privados para recibir financiamiento público, siendo una de las bases principales que no persigan lucro.
Finalmente, es importante relevar la dignidad de la profesión docente, como también la preparación para vivir en sociedad por medio de la educación cívica.
La comisionada Bettina Horst (UDI) consulta si declarar que el Estado es laico implica que los colegios particulares subvencionados que sean confesionales no reciban recursos públicos. Al respecto, Alexis Cortés (PC) responde que dicha caracterización se refiere solo a los colegios del Estado, por lo que no sería incompatible con dichos proyectos educativos.
Alejandra Krauss (DC) y Flavio Quezada (PS) consultan si una de las enmiendas presentadas por la oposición, que se refiere a la “educación formal”, dejaría inconstitucionales programas educativos alternativos o capacitaciones de Sence. Al respecto, la comisionada Bettina Horst (UDI) y el comisionado Jaime Arancibia (RN) responden que el término “educación formal” se refiere a aquella educación institucionalizada, planificada e intencionada que es impartida por organismos públicos y privados habilitados para aquello. Así, la diferenciación sería con la educación que se recibe de los padres o la familia.
Flavio Quezada (PS) insiste sobre el tema de la “educación formal”, ya que la Ley General de Educación hace una división tripartita: educación formal, informal y no formal, por lo que sería importante aclarar dicho punto por medio de una norma transitoria. Al respecto, el comisionado Jaime Arancibia (RN) plantea que es una buena idea que podría solucionar otros problemas conceptuales.
Flavio Quezada (PS) afirma que las enmiendas que se han presentado por el oficialismo buscan robustecer el derecho a la educación y la libertad de enseñanza. Afirma que a diferencia de otros temas, Chile siempre tuvo normas relativas a la educación en sus Constituciones, desde 1811. Así, la educación siempre se ha considerado un bastión de la república, lo que fue así hasta el texto actualmente vigente.
Por tanto, se busca poner al día nuestra regulación en los estándares internacionales en materia de Derechos Humanos. A su vez, se busca reencontrar al país con el constitucionalismo democrático, republicano y social. Esto se hace, en parte, recogiendo algunos principios que ya se encuentran consagrados legalmente, como inclusión, equidad y no discriminación.
2 de mayo de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto recibir las audiencias de los profesores y consejeros del INDH, Sebastián Donoso y Juan Carlos Cayo, quienes expusieron sus comentarios a las enmiendas del oficialismo y la oposición sobre derechos de los pueblos indígenas (N° 240 y 243, respectivamente). Luego, las comisionadas/os procedieron a realizar preguntas sobre las exposiciones.
Desarrollo de la sesión
1. Enmiendas sobre las cuales versaron las exposiciones de los profesores invitados
Enmienda N° 240: Undurraga, Fuenzalida, Rivas y Lagos; y de los comisionados señores Cortés, Lovera y Quezada.
“x. La Constitución reconoce a los pueblos indígenas sus derechos colectivos y garantiza su ejercicio. En especial, tienen derecho a su propia cultura; a preservar su lengua, identidad y cosmovisión; al reconocimiento y protección de sus tierras, territorios y recursos; al reconocimiento de sus instituciones y autoridades tradicionales; y a participar plenamente en la vida política, económica, social y cultural de la República.
Los pueblos indígenas tienen derecho a ser consultados previamente a la adopción de medidas administrativas y legislativas que sean susceptibles de afectarles. El Estado garantiza los medios para la efectiva participación de estos, a través de sus instituciones representativas, de forma previa, libre e informada, mediante procedimientos apropiados y de buena fe”.
Enmienda N° 243: Horst, Salem, Martorell y Peredo; y los comisionados señores Arancibia, Ribera, Sebastián Soto y Ossa.
“1. La Constitución asegura a los pueblos indígenas el derecho a preservar sus costumbres, lenguajes, cosmovisiones y tradiciones, así como el derecho de sus integrantes a no ser discriminados arbitrariamente en razón de la pertenencia a dichos pueblos. También se les reconoce el derecho a manifestar su cultura, a participar plenamente en los asuntos de su interés y, en general, la libertad de elegir los medios para su desarrollo social, económico y cultural. Todo lo anterior, con pleno respeto a los derechos y libertades fundamentales que esta Constitución reconoce.
2. En el ejercicio de los derechos reconocidos en el inciso precedente, los pueblos indígenas tienen el deber de contribuir a la integración armónica y de respetar las diversas culturas que conviven en la Nación.
3. Es deber del Estado respetar las creencias y símbolos de los pueblos indígenas, así como su cultura, lenguaje y demás tradiciones que les son propias”.
2. Exposición del profesor Sebastián Donoso
a) Comentarios sobre la enmienda N° 240
Los pueblos indígenas tienen derechos individuales y colectivos, lo que está recogido en las normas internacionales de Derechos Humanos. Cree que la enmienda sólo reconoce derechos colectivos, por lo que la redacción estaría incompleta. La enmienda N° 243 contempla derechos individuales, como la garantía de no discriminación.
Sobre el reconocimiento y el derecho a la protección de sus tierras, territorios y recursos, cree que la redacción tiene una amplitud y vaguedad que puede generar problemas jurídicos en su interpretación, lo que ya ha ocurrido en el caso de la aplicación del Convenio N° 169 de la OIT, que es parte de la legislación interna. A su vez, la forma en que está contemplada en la norma internacional es más precisa, lo que facilita su aplicación e interpretación. Por ejemplo, en la OIT no se contempla un derecho al territorio, sino que a las tierras de ocupación tradicional y recursos naturales existentes en ellas.
Sobre el derecho a consulta, cree que la pregunta fundamental es por qué constitucionalizar y con qué lenguaje. Sobre la primera pregunta, cree que existe un mayor desarrollo en la legislación de la ONU. A su vez, refiriéndose al lenguaje utilizado, cree que es importante hacerlo en los mismos términos que el convenio de la OIT, agregando que las medidas les deben afectar “directamente” (la enmienda solo dice “que sean susceptibles de afectarles”).
b) Comentarios sobre la enmienda N° 243
Mantiene su comentario sobre la distinción entre los derechos individuales y los derechos colectivos. A su vez, cree que existe una omisión relevante en materia de tierras, y lo incluiría expresamente (reconocimiento y derecho a la protección de sus tierras). Este derecho está expresamente reconocido en la Ley Indígena (art. 13).
Le parece importante la incorporación del derecho a la no discriminación, ya que es una realidad la existencia de la discriminación a las personas pertenecientes a pueblos indígenas.
Sobre el inciso segundo, le parece bien la idea de incorporar deberes para los pueblos indígenas, pero cree que debe revisarse su vinculación con el ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución. A su vez, otro punto complejo es la inclusión de la palabra “integración”, ya que en el mundo de los pueblos indígenas suscita diversas interpretaciones y se suele asimilar a la “asimilación”, lo que está desechado a nivel internacional. Llama a buscar una redacción distinta.
Sobre el inciso final, cree que es importante pensar si la obligación del Estado debe ser solo “respetar” y, en algunos casos, “promover y respetar”. Esto tiene que ver con el principio de interculturalidad, reconocido en la propuesta de texto constitucional, por lo que es importante hacerlo realidad y diferenciarlo de la “multiculturalidad”.
3. Exposición del profesor Juan Carlos Cayo
a) Comentarios sobre la enmienda N° 240
En el derecho internacional de los derechos humanos los pueblos indígenas y las personas indígenas son sujetos de derechos individuales y colectivos. En cuanto a los derechos individuales, los miembros de los pueblos indígenas son sujetos de esos derechos porque se aseguran a todas las personas por igual.
Sobre los derechos colectivos, hace una distinción entre las distintas enmiendas. Sobre la enmienda del oficialismo, cree que se contempla una cláusula abierta que permitiría la incorporación de más derechos colectivos, lo que tiene relación con el principio de progresividad de los derechos.
Sobre el derecho a la consulta, cree que es válido que se encuentre en la Constitución y se encuentra dentro del estándar del Convenio N° 169 de la OIT, que además ha sido reconocido en numerosas sentencias de la Corte Suprema.
b) Comentarios sobre la enmienda N° 243
Sobre la enmienda 243, es bueno que se reconozcan derechos culturales, pero es importante también reconocer derechos políticos y derechos sobre sus tierras y recursos. Ahora bien, en cuanto a la frase “la libertad para elegir los medios de su desarrollo social”, podría entrar en contradicción con el convenio de la OIT (art. 7) respecto del derecho al desarrollo.
Respecto del inciso segundo, cree que la norma contenida no es solo una norma para los pueblos indígenas, sino que para todos los habitantes del país. Este es un deber que se encuentra implícito por pertenecer a una comunidad política mayor, y en caso de aprobarse la enmienda podría colisionar con la igualdad ante la ley y la no discriminación.
Sobre el tercer inciso, existe un problema normativo al considerar como deberes del Estado a algunas afirmaciones que son derechos, lo que es algo que afecta su posterior exigibilidad.
c) Comentario general
Cree que si bien es cierto ninguna de las propuestas de enmiendas cumplen a cabalidad con los estándares internacionales en la materia, la primera enmienda se acomoda de mejor manera al desarrollo nacional e internacional.
Esto porque es más omnicomprensiva, además de algunos problemas de redacción de la enmienda N° 243 que podría generar colisiones y problemas con el principio de igualdad ante la ley y la no discriminación.
27 de abril de 2023 (sesión PM)
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto iniciar la discusión sobre las normas objeto de la competencia de la subcomisión del Capítulo II, sobre derechos y libertades fundamentales. Particularmente, se discutió sobre derecho a la vivienda adecuada, derecho a la alimentación, derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación, derecho a la cultura, derecho a la libertad creativa y derecho al deporte.
Desarrollo de la sesión
1. Análisis del derecho a la vivienda adecuada
Alexis Cortés (PC) menciona que la norma propuesta sobre derecho a la vivienda está muy contaminada por el debate electoral de la antigua convención constitucional. Las propuestas del oficialismo están basadas en los principios generales de la Política Nacional de Desarrollo Urbano (2014) y del informe de propuesta para una política de suelo e integración social urbana (2015).
Flavio Quezada (PS) plantea que se quieren incorporar dos estándares pertinentes a la realidad chilena: primero, un mandato al Estado para que realice integración socio espacial y; segundo, que el Estado participe en la plusvalía de la acción colectiva en materia urbanística y regulatoria, esto por los efectos de la especulación en el ejercicio de este derecho humano en Chile.
Bettina Horst (UDI), en virtud de los acuerdos alcanzados por los miembros de la subcomisión no quiso presentar ninguna enmienda, ya que le parecía satisfactorio el texto acordado en la etapa de mínimos comunes. Hoy la política habitacional contempla elementos como la integración socioespacial, mejores servicios por parte del Estado, etc. Hoy existe la participación de la plusvalía por parte del Estado por medio de varios instrumentos.
Flavio Quezada (PS) está de acuerdo con lo planteado anteriormente, pero plantea que el objetivo de las enmiendas es despejar discusiones constitucionales que suelen aparecer al momento de legislar al respecto. Luego, ¿qué ocurre si el Estado hace o no hace algo y esto me genera daño? Cree que es necesario hacer un matiz a la falta de servicio, por ejemplo, cuándo el Estado debe reparar a alguien cuando actúa lícitamente (por ejemplo, cuando el Estado mata animales por la presencia de una plaga)
Alexis Cortés (PC) plantea que la importancia de la integración socio-espacial se da por la segregación evidente en el país, particularmente en la Región Metropolitana. Esto genera una “no ciudad”, en la medida que no existen relaciones entre los individuos. Esto además se complementa con el crecimiento exponencial de personas viviendo en campamentos.
Bettina Horst (UDI) plantea que se deben entregar mayores facultades a las municipalidades en materia de déficits urbanos, ya que el entramado institucional hoy no funciona de forma adecuada.
Jaime Arancibia (RN) cree que el derecho a la vivienda es un derecho social relevante para la realización espiritual de las personas. Cuando se satisface no solo se atiende a la dignidad de la persona, sino también de la familia, lo que es concordante con el art. 4 aprobado en general por el pleno en donde se declara a las familias como núcleo fundamental de la sociedad. Por lo anterior, le parece positivo que se incorpore por primera vez en el texto constitucional.
2. Análisis del derecho a la alimentación adecuada para sí y su familia
Alexis Cortés (PC) cree que este derecho tiene la característica de dejar en evidencia la característica de interconexión de los derechos. A su vez, es un derecho asentado en el derecho internacional de los derechos humanos. La necesidad de incorporación de un derecho como este es porque sigue siendo un problema fundamental en nuestra sociedad, aún más con la pandemia (en donde se volvieron a ver realidades como las ollas comunes).
Katherine Martorell (RN) consulta si cuando se habla de producción e intercambio se refieren al Estado regulando los precios y la producción. Al respecto, el comisionado Cortés (PC) responde que lo que debe hacer el Estado es que nadie muera de hambre en Chile; mientras que en el aspecto productivo se refiere a condiciones decentes de trabajo y que su desarrollo no genere daños al medioambiente.
Flavio Quezada (PC) dice que este derecho, planteado en la enmienda, es una síntesis de los estándares internacionales en la materia. Así, esta enmienda busca poner al día a nuestro ordenamiento jurídico con el derecho internacional de los derechos humanos, considerado como estándares mínimos acordados por nuestras sociedades.
Bettina Horst (UDI) afirma que muchos temas están suscritos en tratados internacionales por parte de Chile, pero ello no implica que estén en la Constitución. Consulta si la malnutrición se refiere solo a desnutrición o si también se incluyen problemas como la obesidad. Sobre la alimentación adecuada, le genera ruido la expresión de “precio justo”. Sobre la malnutrición, Flavio Quezada (PS) responde que la obesidad está incluida en esa acepción.
Alejandra Krauss (DC) no suscribió esta enmienda, particularmente por la discusión planteada por la comisionada Horst sobre la necesidad de incluirla o no en el texto constitucional. Con todo, se ha convencido de aprobar su inclusión por una de las bases institucionales: porque es un derecho humano ratificado por Chile y que se encuentra vigente.
Katherine Martorell (RN) cree que la discusión no está dada en torno a si es un mínimo o no, ya que todos creen que sí. La discusión está en la necesidad de incluirlo en el texto constitucional o no, de la eficacia que tendría incorporarlo.
3. Análisis del derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación
Flavio Quezada (PS) cree que es posible explorar una redacción común, en el sentido de incorporar el concepto “sano” en la protección del medioambiente (coincide con las enmiendas de ambos sectores). Esto porque el texto actual está desactualizado en la materia.
Alejandra Krauss (DC) cree que también se debe explorar la posibilidad de incorporar esta misma acepción en el capítulo de protección del medioambiente.
4. Análisis sobre el derecho a la cultura
Flavio Quezada (PS) dice que el derecho a la cultura está incluido en la declaración universal de los derechos humanos. Este es un dato relevante, ya que el derecho a la cultura fue uno de los aportes de la delegación chilena en el proceso de redacción de la misma en 1948.
Jaime Arancibia (RN) cree que cultura es un vocablo complejo, ya sea por su origen etimológico y por todo lo que comprende. En ese sentido, el derecho a la cultura comprende realizar manifestaciones culturales, preservarlas y poder acceder al conocimiento que se construye a partir de ellas.
5. Análisis sobre el derecho a la libertad creativa
El secretario de la subcomisión dice que las enmiendas tienen un notable parecido, por lo que propone que se puedan fusionar en algún texto común (“buscar la unidad de propósito”, según el reglamento). Esto es particularmente respecto de las enmiendas N° 221 y siguientes.
Flavio Quezada (PS) cree que es posible. Luego, dice que la libertad creativa es una dimensión del derecho a la cultura, pero cree que es más preciso denominarlo “derecho de autor sobre sus obras”, lo que se refiere a la propiedad intelectual y propiedad industrial. En el mismo sentido se pronuncia el comisionado Alexis Cortés (PC), de contemplarlo como una dimensión del derecho a la cultura para fortalecerlo.
Jaime Arancibia (RN) cree que es importante consagrar la libertad creativa en el contexto actual, particularmente por la cultura de la cancelación. Esto no implica que la libertad sea ilimitada, sino que consiste en un espacio mínimo para los científicos y artistas que aportan a la humanidad, sin ser sujetos de una acción injusta o coercitiva por parte del poder estatal.
6. Análisis del derecho al deporte, actividad física y recreación
Alejandra Krauss (DC) comenta que es un derecho que no se encuentra en los mínimos comunes acordados en el primer borrador constitucional, sino que por medio de una enmienda.
Domingo Lovera (RD) argumenta que este derecho dialoga de manera adecuada con la discusión sobre la malnutrición y la obesidad, como también con la posibilidad de que todas y todos tengamos una vida digna y adecuada. Menciona que al menos 20 textos en el mundo contemplan la palabra deporte en sus textos, pero de forma diversa: como deber estatal, como derecho o como atribución de los gobiernos locales.
Las cifras en Chile son urgentes, ya que alrededor de un 60% de las personas no practica deporte habitualmente, lo que se acentúa contemplando un elemento de género. Así, este derecho no se trata de obligar a la gente a practicar deporte, sino a remover las barreras que impiden su ejercicio.
27 de abril de 2023 (sesión AM)
Resumen ejecutivo
En la sesión se continuó la discusión en particular sobre el Capítulo XIII de protección del medioambiente, desarrollo y sostenibilidad. En específico, se discutió de la forma de inclusión de los principios, buscando lograr un acuerdo entre el oficialismo y la oposición.
Desarrollo de la sesión
Flavio Quezada (PS) propone que existan dos epígrafes distintos: uno sobre protección del medioambiente y otro sobre sostenibilidad y desarrollo. Esto, se sustenta en que una de las bases es el Estado social y se requiere que los preceptos de la Constitución económica no quede regulada solamente en los derechos subjetivos del Capítulo II, sino que también se vincule a principios de protección medioambiental.
Alejandra Krauss (DC) comenta que es importante acoger más principios medioambientales en el texto constitucional, en lo cual se ha trabajado en conjunto con el profesor Jaime Arancibia y Teodoro Ribera (ambos de cupo RN).
Jaime Arancibia (RN) cree que las normas escritas no deben contemplar la expresión “principios”, ya que son una fuente diversa de la norma propiamente tal. Esto, no significa que las normas no contemplen principios, por ejemplo, que la norma contemple sus elementos definitorios. Mientras más vaga o abstracta sea una frase en una norma, más afectados se ven los valores de la seguridad jurídica y la igualdad ante la ley.
Alexis Cortés (PC) comenta que existen dos nociones relevantes: la vinculación de lo humano con la naturaleza y, por otra parte, no existe desarrollo sin cuidado y protección de la naturaleza, como tampoco existe protección de la naturaleza sin desarrollo, es decir ambos elementos son interdependientes entre sí. Está de acuerdo con que se incorporen elementos normativos con los cuales se configuran los principios, sin renunciar a su presencia en el texto constitucional.
Flavio Quezada (PS) cree que el texto debe tener consistencia en todos sus capítulos, por lo que a menos que no se haga referencia a los elementos constitutivos de cada principio en todo el texto, sería una mala señal solo hacerlo en el capítulo de protección del medioambiente. Afirma que es importante acoger lo dicho por el comisionado Cortés, respecto al desarrollo y la protección del medioambiente.
Bettina Horst (UDI) afirma que Chile ha sido uno de los países con mejor y más robusta institucionalidad ambiental en el mundo. Por tanto, muchos de los esfuerzos se han centrado en constitucionalizar elementos ya avanzados a nivel legal. Es importante que la Constitución sea un marco de acuerdo más estable y no susceptible de cambios por mayorías circunstanciales, y lo importante es que el orden público económico sea un camino a través del cual se permita flexibilidad al legislador y los gobiernos implementar sus palabras.
Teodoro Ribera (RN) cree que existe una multiplicidad de conceptos que podrían llevar a confusiones interpretativas en el futuro. Por tanto, cree que medioambiente es la concepción más omnicomprensiva para conciliar el texto constitucional con la base institucional N° 12. A su vez, cree que es importante que se consideren las enmiendas como ideas sobre las cuales acordar un texto de mayor acuerdo, con el mismo objetivo anterior: facilitar la tarea de los intérpretes futuros.
Al respecto, el comisionado Alexis Cortés (PC) no está de acuerdo con lo afirmado por el comisionado Ribera (RN), ya que cree que el concepto de naturaleza es más omnicomprensivo que el de naturaleza. También cree que es importante que los derechos no solo estén en el capítulo respectivo, sino que también pueden existir algunas garantías en otros capítulos por coherencia normativa.
El comisionado Ribera (RN) menciona que el artículo 2 de la Ley N° 19.300 contempla el concepto de naturaleza dentro del de medioambiente, por lo que sería un ejercicio de coherencia mantener ese orden. A su vez, se refiere al Capítulo I de Fundamentos del Orden Constitucional, como el que contiene los principales valores que informan al texto constitucional.
Antonia Rivas (CS) llama a no cometer el error que se cometió en el proceso constitucional anterior, en el sentido de no discutir ni decidir sobre ámbito de políticas públicas y buscar acordar un texto que habilite la discusión política y democrática en los espacios que corresponda.
La presidenta Alejandra Krauss (DC) pide abrir la palabra sobre el derecho a vivir en un medioambiente libre de contaminación. Al respecto, el comisionado Flavio Quezada (PS) cree que es una nomenclatura desactualizada tanto en nuestra legislación como en el derecho internacional, por lo que cree que es importante que se discuta la forma de actualizarlo.
El comisionado Jaime Arancibia (RN), sobre el punto de que la Constitución sea habilitante, cree que es una función incompleta: el texto debe habilitar y limitar al poder político. Este segundo componente es tan importante que si no estuviera presente, no sería necesario tener texto constitucional.
Flavio Quezada (PS) precisa que no se propone poner normas naturalmente partes del capítulo sobre derechos, sino algunos aspectos que deben considerarse en el epígrafe sobre desarrollo sostenible.
24 de abril de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto la discusión en particular sobre las enmiendas al Capítulo XIII: Protección del Medioambiente, Sostenibilidad y Desarrollo.
El comisionado Flavio Quezada expuso de forma general la propuesta de artículos del oficialismo, mientras que en la oposición fueron los comisionados Teodoro Ribera, Bettina Horst y Jaime Arancibia quienes expusieron sus propuestas y opinaron sobre algunas de las enmiendas del oficialismo, mostrando apertura para llegar a consensos en las redacciones. Luego, se procedió a una discusión general sobre las normas propuestas en las enmiendas.
Desarrollo de la sesión
La presidenta de la subcomisión, Alejandra Krauss (DC), leyó los tres artículos aprobados en general e hizo referencia también a algunas palabras en el pleno de ambos bloques en dirección a dotar de mayor contenido e importancia el capítulo sobre protección del medioambiente.
Flavio Quezada (PS) realizó una breve exposición sobre la propuesta del oficialismo en este capítulo. Se divide el capítulo en dos epígrafes: uno orientado a la protección del medioambiente y otro sobre la sostenibilidad y desarrollo. Se establece un conjunto de principios, derechos y deberes en el texto, tanto para las personas como colectivos y el Estado.
Si bien es cierto pareciera ser una innovación en la tradición constitucional chilena es una “novedad poco novedosa”. Esto a nivel global, ya que una de las tendencias en la literatura en procesos constitucionales recientes ha sido dar mayor relevancia al medioambiente (por ejemplo, la Constitución francesa tiene un capítulo relativo a este tema). A su vez, a nivel comparado se ha considerado a la protección medioambiental como un supuesto ineludible para el ejercicio de los DD. HH., particularmente en la jurisprudencia interamericana y europea.
El caso de la legislación chilena también nos hace notar que la inclusión de este tipo de normas es poco novedosa, ya que además de la creciente institucionalidad de las últimas décadas, hace poco se aprobó por unanimidad la Ley Marco contra el Cambio Climático.
Alexis Cortés (PC) cree que es el capítulo que mejor genere la necesidad de considerar a la Constitución como un pacto generacional. Esto, porque un buen articulado podría permitir que las futuras generaciones vivan de mejor manera. Es importante adaptar nuestras formas de vida y producción a la protección del medioambiente. Los fenómenos climáticos ya no son una amenaza futura, sino que una realidad que se vive todos los días.
Cita al informe del PNUD del año 2022 (“Hacer las paces con la naturaleza”), donde se ha entendido esta emergencia como una crítica. El sistema económico y las sociedades están fallando en nuestro compromiso de mitigar los efectos del cambio climático, y el deterioro ambiental dificulta la vida humana. La respuesta normativa en la Constitución debe ser proporcional a los riesgos que existen para la sociedad completa, ya que se afecta la vida humana y la convivencia pacífica.
Se requiere un cambio en el rol del Estado, desempeñando un rol activo y teniendo como deber la mitigación de la crisis climática y ecológica, teniendo una transición justa hacia una economía carbono-neutral.
Teodoro Ribera (RN) cree que el capítulo XIII es demostrativo del interés de la actual Comisión Experta con la protección del medioambiente, teniendo además un marcado compromiso con un desarrollo que sirva a las futuras generaciones. El calentamiento global no es una discusión de futuro, es algo que está ocurriendo y se debe abordar con urgencia. El compromiso de incorporar normas en la Constitución viene a ser la solidificación de lo que se ha desarrollado normativamente en Chile en la materia.
Sobre la enmienda N° 1 creen que se puede incorporar como inciso segundo del actual artículo 187, y que se debe utilizar como principal nomenclatura “medioambiente” como piedra angular. Respecto a la enmienda N° 2 (sobre la incorporación de varios principios medioambientales), dice que la oposición no la comparte, ya que la enumeración de principios sin tener claros sus alcances no garantiza la seguridad.
En cuanto a la enmienda N° 3, la oposición cree que es posible consensuar un texto para que pueda ser aprobada. Sobre la enmienda N° 5, creen que el núcleo esencial de protección debe ser el medioambiente, por lo que podría existir un espacio de trabajo para llegar a mayores acuerdos. Respecto a la enmienda N° 9, la oposición comparte el contenido, pero les generan ruido los conceptos y acepciones que pueden generar problemas interpretativos.
Acerca de lo anterior, Alejandra Krauss (DC) pide que precise sobre sus críticas a la enmienda N° 2. En ese sentido, Teodoro Ribera (RN) dice que se debe precisar su contenido para facilitar el trabajo de los intérpretes.
En esa misma línea, Flavio Quezada (PS) menciona que la Ley Marco de Cambio Climático ya define legalmente dichos principios, al igual que en la discusión constitucional doctrinaria. Por lo tanto, en los cambios constitucionales es importante tener presente que muchas innovaciones son la consagración de algo que ya está, como es en este caso.
Bettina Horst (UDI) continuó diciendo que, en términos generales, las normas buscan dar mayor importancia al capítulo respectivo. Si bien se ha planteado que existen posiciones divergentes, refuerza la idea de que todos comparten el deseo de un desarrollo sostenible y el cuidado del medioambiente, y donde existen mayores diferencias es en el cómo o en los instrumentos.
Se alegra de que palabras como “decrecimiento” para proteger el medioambiente hayan quedado en el pasado junto con el texto rechazado en septiembre pasado. Esto, porque el principal foco es alcanzar mayores niveles de desarrollo económico, poniendo a la persona siempre en el centro de las preocupaciones del Estado, sabiendo que la naturaleza y el medioambiente son necesarios para una mayor prosperidad.
En cuanto a las enmiendas que presentó, cree que una pregunta relevante es cómo blindar la institucionalidad ambiental para que no dependa de la política contingente. La naturaleza no tiene color político y es un deber de todos, por lo que se propone un organismo autónomo legal, empujado desde el nuevo texto constitucional (enmienda N° 14).
Lo anterior, se suma a que la institucionalidad debe dar certezas para el desarrollo de proyectos, ya que no es positivo que pasen 10 años para saber si un proyecto de inversión se adecua o no a nuestra legislación ambiental.
Jaime Arancibia (RN) se refirió a la discusión semántica, afirmando que “medioambiente” es un concepto más comprensivo que “naturaleza”. A su vez, cree que existe una íntima conexión entre el medioambiente y la cultura de un país, dando como ejemplo el inicio de nuestro himno nacional, así como el tributo de insignes poetas. Así, preservar el medioambiente es preservar nuestra cultura y lo que nos hace chilenos.
La ecología integral es aquella que preserva la naturaleza para el hombre, quien no tiene derecho a destruirla, pero la naturaleza no puede ser una inhibición para el desarrollo del hombre. Por lo mismo, la sostenibilidad se refiere a la sostenibilidad del ser humano, alcanzando un equilibrio entre los instrumentos necesarios para proteger al medioambiente y el desarrollo humano.
La urgencia de este tema es un elemento ineludible para lograr un acuerdo constitucional. No es positivo que solo exista “política de garrote” en la protección del medioambiente, sino que también deben haber incentivos. A su vez, el principal responsable para resolver el problema ambiental es el legislador, no la Constitución. Con todo, el texto debe habilitar dicha discusión, siendo un elemento fundante para el rol del Estado en la materia.
Destaca que se mencionan algunos medios para efectos de alcanzar la protección del medioambiente, como la diversificación de fuentes de energías. Finalmente, destaca la participación ciudadana en sentido amplio, la que no se agota en participar en procesos legislativos o administrativos, sino que se debe reconocer a la ciudadanía un espacio vital para la protección del medioambiente.
Alexis Cortés (PC) cree que el concepto “naturaleza” es más amplio que el de medioambiente. A su vez, recuerda que las bases se refieren a la protección de la naturaleza y la biodiversidad. Recoge el llamado del comisionado Arancibia sobre no olvidar la vinculación inmediata entre la cultura y la naturaleza. Llama a tomar en consideración la producción internacional en la materia, así como nuestra legislación.
Magaly Fuenzalida (FRVS) dice que le cuesta entender la reticencia al término “naturaleza”. Pone acento en las enmiendas presentadas, como la defensoría de la naturaleza. Cree que no hay que encasillar esta visión como el “freno” al desarrollo, sino que se busca hacerlo en forma armónica con el cuidado de la naturaleza y la biodiversidad.
Catalina Lagos (PS) agrega que la Ley N° 19.300 realiza definiciones para distintos conceptos que se encuentran en las diferentes enmiendas, por lo que es relevante no desatender el contenido constitucional que se está desarrollando en la Comisión Experta con lo ya avanzado a nivel legislativo.
Marcela Peredo (PDG) se refirió a los principios de la enmienda N° 2. Cree que puede ser útil generar alguna especie de vínculo con la Ley N° 19.300, esto en la misma línea de lo planteado por la comisionada Lagos.
20 de abril de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto acordar un cronograma de trabajo e iniciar la discusión sobre las enmiendas presentadas el lunes 17 de abril. Sobre este último punto, la discusión fue en torno a si existió o no una vulneración del acuerdo sobre los “mínimos comunes” que derivaron en el primer esqueleto del anteproyecto constitucional.
Desarrollo de la sesión
El secretario de la subcomisión da cuenta de que todas las normas de su competencia fueron objeto de enmiendas, por lo que no se puede dar ninguna por aprobada. Por existir algunos temas en los cuales se presentaron enmiendas en más de una subcomisión (educación y pueblos indígenas), podría ser posible sesionar en forma conjunta con las comisiones respectivas.
La presidenta de la subcomisión, Alejandra Krauss (DC), propone que para la discusión en particular de las enmiendas se sesione en los horarios acordados al inicio del proceso. En ese sentido, se estiman alrededor de 11 sesiones, pero probablemente se tendrá que solicitar a la mesa sesionar en doble horario. Propone que el lunes se presente una lista de invitados para algunos de los temas que serán objeto de debate.
La comisionada Bettina Horst (UDI) solicita definir los temas en los cuales es necesario recibir expertos, pero también abrir la posibilidad de que se reciban ideas por escrito, estimando el poco tiempo disponible para entregar el anteproyecto y considerando el proceso de participación ciudadana posterior.
El comisionado Teodoro Ribera (RN) se refiere al primer acuerdo que logró tener los mínimos comunes del primer esqueleto. Habla del valor de lo pactado, ya que escapa de toda lógica jurídica que la unanimidad de las subcomisiones y el pleno no tengan ningún valor. Llama a respetar el acuerdo celebrado, lo que no significa modificar lo pactado, pero sí implica mantener su esencia.
Alexis Cortés (PC) cree que la discusión debe ser de cara a la ciudadanía y que es deber de la comisión mejorar la redacción y el contenido del texto. Además, dice que siempre fue muy claro que el acuerdo anterior era llegar a una base sobre la cual trabajar. Asimismo, cree que sería un fracaso de la Comisión Experta que el resultado sea una Constitución maximalista, que cierre debates y consagre modelos.
Flavio Quezada (PS) le recuerda a la subcomisión que el acuerdo era tener un borrador para evitar espacios en blanco para la etapa de enmiendas (ya era posible que en normas sobre el mismo tema ninguna alcanzará los 3/5 en el pleno). Además, recuerda que el texto se construyó con la unanimidad de los votos.
La comisionada Alejandra Krauss (DC) recuerda que existían algunas falencias sobre la mesa, como el capítulo de medioambiente y en materias de derechos fundamentales, lo que es debate de más de dos décadas en el país. Menciona que la cantidad de enmiendas es demostrativo de que aún no existía acuerdo en torno al contenido del texto. Además, cree que algunas enmiendas son un retroceso incluso en lo que hoy existe legalmente, poniendo de ejemplo el intento de prohibir la negociación ramal a nivel constitucional.
Bettina Horst (UDI) cree que la negociación incluía mantener lo acordado en los mínimos comunes. Cree que desde la oposición nadie firmó una enmienda que fuera en contra del primer texto. También afirma que ninguna persona de oposición se refirió de mala forma a los mínimos comunes por la prensa, y que mirando las enmiendas presentadas le genera preocupación que esto derive en espacios en blanco en el texto.
Jaime Arancibia (RN) piensa que hay que evitar entrar en una dinámica política por fuera del carácter técnico de la instancia. Pide dejar atrás la discrepancia para pasar al análisis de las enmiendas.
Bettina Horst (UDI) opina que si bien es cierto que el derecho comparado es valioso, no debe ser una pauta rígida a seguir, porque puede significar una limitación. Esto, porque, por ejemplo, podría no haberse incluido ninguna norma sobre protección medioambiental en el texto actual, ya que no era tendencia en ese momento.
14 de abril de 2023
Resumen ejecutivo
En la sesión, se recibió la exposición de la doctora Paula Daza y el doctor Jaime Mañalich, quienes hicieron sus comentarios y recomendaciones sobre el derecho a la protección de la salud propuesto por la Comisión Experta.
Desarrollo de la sesión
1. Exposición de la Dra. Paula Daza
La Organización Mundial de la Salud (OMS) afirma que una de las prioridades para los países es la cobertura universal. Esto implica que todas las personas y comunidades tengan acceso sin ninguna discriminación a servicios integrales, adecuados, oportunos y de calidad, determinados a nivel nacional de acuerdo a las necesidades, así como a los medicamentos de calidad, seguros, eficaces y asequibles.
Una encuesta de la Organización Panamericana de la Salud dice que, en promedio, un tercio de las personas no buscó atención de salud cuando lo necesitaron debido a las barreras de acceso. De ellas, un 17% atribuyó su decisión a barreras de la organización (requisitos administrativos engorrosos). Las barreras financieras fueron reportadas en un 15% de los casos, mientras que un 8% fue por barreras geográficas.
En el caso de Chile, a pesar de las políticas públicas que buscan cautelar el acceso a medicamentos, las personas no acuden a la atención primaria por algunos de los factores mencionados anteriormente, por lo que termina existiendo un gasto por dicho concepto.
Se requiere construir un sistema que esté centrado en las personas. Esto significa crear un sistema que satisfaga las necesidades médicas de la población, como también las necesidades no médicas. Esto debe considerar la integración de las personas en las distintas comisiones del proceso de toma de decisiones en salud.
En una encuesta realizada por la UDD, se destacó que la mayoría de las personas quiere elegir su sistema de salud (público o privado). Esto implica tener alternativas donde atenderse, así como espacios donde las personas sean protagonistas de su salud.
En la Constitución, se deberían contemplar dos principios que son fundamentales: acceso oportuno, de calidad, pero resguardando a las personas y su derecho a elegir, principalmente de las personas más vulnerables. Esto, porque las personas de altos ingresos siempre podrán elegir.
2. Exposición del Dr. Jaime Mañalich
Generalmente, se entiende este derecho como la capacidad de acceder a servicios de salud. Un estudio internacional ha demostrado que la salud de una población depende solo de un 25% de su capacidad y financiamiento para acceder a un centro de asistencia de salud. El 25% restante depende del azar que es la carga genética. El 50% de los determinantes de la salud son los denominados determinantes sociales.
El determinante social más importante es la educación de la madre, lo que seguramente se irá modificando con la incorporación de la educación del padre. Se deben esforzar por ver a estos determinantes en una forma específica, dado que es evidente que existe una externalidad positiva con la formulación de buenas políticas públicas en torno al agua, medioambiente, educación, etc.
Cree que de los determinantes sociales mencionados, el texto no aborda de buena manera la educación, ya que las normas se han centrado en el proceso (quién es el prestador) y no en el resultado propiamente tal, sobre todo a nivel preescolar.
Otro determinante social que no es abordado en absoluto en este proyecto es la epidemia narco. Este es un tema esencial no solo para la estabilidad político-social del país, sino también para la salud. La Constitución colombiana lo aporta desde un punto de vista de la salud, y en Chile esto será un problema fundamental para la salud de los chilenos (violencia, adicción, etc.).
Sobre el artículo relativo a la seguridad social existe un error conceptual grave, ya que se separa el derecho a la salud de la seguridad social, lo que es parte fundamental en otros Estados como el inglés y el alemán.
Sobre los sistemas de atención de salud, en Chile existen muchos sistemas de prestación y financiación (mutuales, FF. AA. y Carabineros, Fonasa, isapres), pero en el sistema privado de atención se atiende el 50% de los beneficiarios de Fonasa. Con todo, nuestro sistema es muy pobre por la falta de médicos por cantidad de habitantes, por ejemplo.
Es necesario que exista una unión virtuosa entre los sistemas de salud, y la mejor demostración de que ello es posible fue la pandemia, donde el Ministerio tomó control y actuó como red. Cree que debe separarse lo que es la sinonimia entre fuentes de financiamiento y fuentes de provisión, que son complementarios, pero no lo mismo.
El conjunto de prestadores debe entregar las garantías que se establezcan por medio de una ley. El texto constitucional no puede quedar preso de la contingencia actual, que se resolverá en los próximos meses. Por ello, la redacción debe dejar abierta la posibilidad a cualquier tipo de sistema.
En el artículo en cuestión, se hace una precisión respecto al acceso a medicamentos, lo cual será conforme a la ley. Le parece que la redacción tiene un riesgo gigantesco, ya que la influencia de la industria farmacéutica para que el Estado adquiera medicamentos que no producen impactos significativos en la salud debe ser regulado. Un ejemplo de esto es que, en parte por el lobby farmacéutico, no se ha impulsado la Ley de Fármacos 2.
La libertad de elección es algo que está asentado culturalmente. Sería un punto de discusión y rechazo de toda la Constitución en caso de ser eliminada, ya que constituye una puerta de seguridad para las personas. Cree además que es importante separar las cotizaciones del derecho a elección, ya que se podría confundir con la libertad de elección sobre dónde poner las cotizaciones.
Cree que ha existido un plazo desmedido de las alertas sanitarias, ya que existe una limitación a varias libertades fundamentales contempladas en la Constitución. Por ello, propone que en el momento de tratar los estados de excepción constitucional, se considere incorporar que en caso de que una alerta sanitaria se prolongue por más de tres meses deba ser autorizada como un estado de excepción constitucional por el Parlamento.
11 de abril de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto discutir la redacción aprobada del derecho a la salud, principalmente sobre el inciso final de la propuesta que consagra la libertad de elección del sistema de salud.
A su vez, el secretario de la subcomisión expuso un cronograma de trabajo tentativo para el proceso de enmiendas. Se contemplarían al menos 14 sesiones para discutir y votar las propuestas de enmiendas presentadas por los comisionados, pensado para que existan alrededor de nueve sesiones plenarias para el mismo efecto.
Desarrollo de la sesión
La presidenta de la subcomisión, Alejandra Krauss (DC), presenta un cuadro comparativo del derecho a la salud entre la propuesta de la Comisión Experta y el texto de la Constitución vigente.
Flavio Quezada (PS) anuncia que intentará eliminar el inciso final del artículo que consagra el derecho a la protección de la salud. Esto, porque su redacción es parecida al texto actual y constituye un riesgo de constitucionalidad para políticas de carácter socialdemócratas, dado que en nuestra cultura jurídica se ha interpretado restrictivamente.
Argumenta que el texto no tiene que atar de manos al legislador, sino que debe habilitarlo por medio de aperturas democráticas. Por ello, es importante que el texto se acerque a los compromisos adquiridos por Chile internacionalmente, teniendo en cuenta las normas de la OMS y nuestra cultura jurídica.
El punto que marca el comisionado no es si existe o no libertad de elección, sino que si se debe constitucionalizar o no un modelo. Dice que la redacción de la norma generaría que sistemas de países como Francia o España fueran inconstitucionales.
Alexis Cortés (PC) piensa que la redacción del derecho a la salud es un avance, ya que sin decirlo textualmente se contempla un concepto más integral del derecho a la salud que el considerado en el texto actual, al incorporar elementos como la salud física y mental, así como el rol de las determinantes sociales.
Jaime Arancibia (RN) cree que la redacción que contempla el derecho a elección en el sistema de salud no es peligrosa, sino que su eliminación tendría ese carácter. Esto, porque eliminarla sería acercar la regulación del derecho a la salud a la propuesta de la convención, cuando la ciudadanía ha preferido (por medio de encuestas como Cadem) la existencia de un régimen privado y público con libertad de elección. Piensa que es importante que el régimen estatal asegure condiciones mínimas, pero que conviva con un sistema de libre elección.
También cree que el establecimiento de un seguro único colectivo de salud afectaría el derecho a elección, ya que solo las personas de mayores recursos podrían contratar seguros privados complementarios de salud.
Bettina Horst (UDI) dice que una Constitución es una garantía para las personas de Estados autoritarios y para defender la libertad de elección de las personas, para que no queden cautivas de un régimen puramente estatal y que no sea capaz de entregar una buena salud.
Uno de los debates importantes del proceso anterior era el rol del Estado en la salud. En la actualidad, se ha construido un sistema estatal robusto, que nos ha permitido un acceso más universal incluso con la redacción actual. La Comisión Nacional de Productividad ha demostrado que por mala gestión el sistema público no ha tenido un mejor rendimiento, lo que quiere decir que el texto es compatible con ello.
Teodoro Ribera (RN) cree que la discusión está en la cotización, ya que el problema no está en que la gente elija, sino en quién se queda con la cotización y si se puede destinar para un fin diverso. Esta diferencia interpretativa es demostrativa de que la redacción es correcta, ya que nadie tiene “la rueda de la fortuna”.
Luego, el secretario de la subcomisión expuso un cronograma tentativo de trabajo. En principio, se cuenta con 14 sesiones para debate y votación de las enmiendas que se presenten. Esto está pensado hasta el 11 de mayo para la elaboración del informe respectivo, lo que también permitiría la celebración de, al menos, nueve plenos para despachar el texto definitivo del anteproyecto.
23 de marzo de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión celebrada por la subcomisión tuvo por objeto tener una discusión general sobre el contenido del Estado social y democrático de derecho, así como proponer ciertos derechos que deberían ser incorporados en las propuestas de normas que presenten los comisionados.
Desarrollo de la sesión
La presidenta de la subcomisión, Alejandra Krauss (DC), propone debatir acerca de lo que cada comisionado concibe como Estado social y democrático de derecho, como también sobre los derechos que debería incluir el anteproyecto constitucional. Se acuerda en forma unánime.
El comisionado Jaime Arancibia (RN) cree que un buen punto de inicio es reconocer como base los derechos sociales actualmente reconocidos en el texto constitucional vigente, sin perjuicio del contenido específico que decida la subcomisión y el pleno.
El comisionado Flavio Quezada (PS) sugiere que además de los derechos específicos, la subcomisión debe incorporar normas, principios y directrices sobre el capítulo 13, relativo a la protección de la naturaleza. Asimismo, plantea que el gran desafío es diseñar el tránsito hacia un estado social, y cree que esto se traduce en derechos sociales y laborales tangibles para la ciudadanía, mencionando como derechos la educación, salud, seguridad social, libertad de trabajo y titularidad sindical, entre otros.
También menciona que el trabajo de la subcomisión debe reconocer derechos de los pueblos indígenas, con el reconocimiento de derechos y principios específicos en la materia, lo que es una exigencia de los compromisos internacionales de Chile y de las bases constitucionales.
La comisionada Bettina Horst (UDI) cree que hay muchas cosas que dependen de la estructura general. Por ejemplo, cuando hablamos de un Estado social y democrático de derecho también necesitamos un buen Estado, con mayor eficiencia, flexible y moderno, que entienda que la preocupación última es el ciudadano y no la ideología, mejorando la condición de vida de las personas de nuestro país.
El comisionado Alexis Cortés (PC) plantea que el Estado social es un mandato de acción y un fin para que se oriente hacia la desaparición de las desigualdades mediante el aseguramiento de los supuestos sociales imprescindibles para la realización de su autonomía y libertad. Con todo, esto va de la mano con cláusulas abiertas que permitan una discusión democrática sobre la implementación de los derechos.
Finalmente, plantea como derechos a incorporar en el texto del anteproyecto constitucional el derecho a la vivienda (ligado intrínsecamente con el derecho a la ciudad) y el derecho a los cuidados.
El comisionado Teodoro Ribera (RN) piensa que la libertad de los individuos no es abstracta, sino que es libertad del temor y de vivir en la miseria, requiriéndose ciertos supuestos sociales mínimos. Por lo tanto, el Estado social es un estadio de desarrollo enfocado en fortalecer la libertad de los individuos y de la democracia. Cabe mencionar que las bases contemplan asimismo el desarrollo progresivo de los derechos sociales y con sujeción al principio de responsabilidad fiscal.
La responsabilidad fiscal no se trata de algo puramente económico, sino que es también un compromiso intergeneracional, para que su realización no conlleve una carga desmedida para las generaciones futuras. También destaca la prestación de servicios mixta, mirando la implementación del Estado social desde la perspectiva del ciudadano, sin inferir que el Estado es el que concretará mejor los derechos que los particulares.
El comisionado Jaime Arancibia (RN) plantea su preocupación con los temas propuestos, ya que siente que la subcomisión está en un ejercicio argumental circular, puesto que el mandato es preciso y contra el tiempo, por lo que queda solo una semana para tener una propuesta de articulado, lo que debe ser transparente para la ciudadanía. Por lo tanto, propone que se avance en los derechos que se reconocerán en el texto del anteproyecto.
Sobre lo anterior, el secretario de la subcomisión establece que la carga de presentar iniciativas de normas a los comisionados, en grupos de mínimo cinco y máximo diez, no es para la subcomisión, por lo que es atingente la discusión de fondo que se está dando.
El comisionado Flavio Quezada (PS) plantea la necesidad de incorporar normas generales que incorporen los principios de progresividad y no regresividad. A su vez, tomando en consideración los tratados internacionales de derechos humanos y los derechos allí reconocidos, no debería ser difícil avanzar en un articulado específico. Finalmente, es importante incorporar también una norma sobre principio de legalidad, en concordancia con el trabajo de la Comisión de Principios.
16 de marzo de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto la discusión de aspectos de funcionamiento y reglamentarios de la subcomisión. Se acuerda recibir audiencias públicas en dos sesiones extraordinarias, con un expositor por comisionado. Finalmente, existe una conversación con la Secretaría General respecto a ciertos aspectos reglamentarios para aclarar algunas dudas sobre la forma de trabajo que debe tener la subcomisión hasta el 30 de marzo.
Desarrollo de la sesión
La subcomisión acuerda realizar audiencias públicas con expertos en dos sesiones extraordinarias, con fecha por fijar. Se concuerda tener seis invitados (uno por cada comisionado). La primera sesión extraordinaria será en el bloque matinal, con el profesor Gonzalo García (propuesto por la presidenta, Alejandra Krauss).
La mesa directiva informa que durante la próxima semana se celebrarán tres sesiones plenarias: lunes y martes (15:30-18:00) y viernes (10:30-13:00). A su vez, la subcomisión sesionará el miércoles 22 en el bloque de la tarde y el jueves 23 en el bloque matinal, teniendo como objetivo manifestar opiniones sobre los derechos a incorporar e iniciar la redacción de un contenido normativo.
Comisión de Función Jurisdiccional y Órganos Autónomos
9 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto recibir a la Presidenta del Banco Central doña Rosanna Costa, para conocer su opinión sobre las enmiendas relativas al Capítulo XII, correspondiente a Banco Central. Y realizar la exposición y análisis de las enmiendas presentadas, del Capítulo X Justicia Electoral y Servicio Electoral, Capítulo XI correspondiente a Contraloría General de la República y Capítulo XII correspondiente a Banco Central.
El presidente Barchiesi (Rep) informa que se reagenda la audiencia del Tribunal Constitucional para la próxima semana, en sesión extraordinaria para dar espacio el dia de mañana a la presentación de enmiendas en general por parte de los miembros de la comisión, recogiendo la solicitud de la comisionada Martorell para invitar a Carabineros de Chile, PDI y Gendarmería para dar su opinión sobre la importancia de la instancia.
Desarrollo de la sesión
1) Exposición de la Presidenta del Banco Central, Rosanna Costa
-En la exposición de la presidenta del Banco Central se respaldó lo expuesto en el anteproyecto, y expresó críticas a algunas enmiendas. En primer lugar, a la relativa la que busca reemplazar el concepto de estabilidad de precios por estabilidad de la moneda.
-En segundo lugar, a la enmienda al inciso 4 que permite establecer instancias de coordinación con el gobierno para definir materias relacionadas, afirma que con esto la autonomía orgánica del banco para cumplir sus funciones se vería afectada.
-En tercer lugar, la enmienda que propone eliminar el segundo inciso, el que autoriza al Banco Central para que en situaciones excepcionales y transitorias pueda comprar y vender durante un periodo determinado en mercados secundarios abiertos instrumentos de deuda emitidos por el fisco.
2) Discusión en la Comisión
-Presidente Barchiesi se refiere al primer punto en cuanto al cambio de término de precio por moneda, afirma que el Banco Central funciona bien con esta terminología, y no hay acuerdo sobre si significan lo mismo. Por lo que, si no son sinónimos, no se debería dar el cambio. Cita que en otra instancia la comisionada Sanchez rebatió sobre que no significan exactamente lo mismo
-Con respecto al segundo punto, la consejera Pardo (CS) aclara que bajo ningún motivo la enmienda tiene como finalidad poner entredicho la autonomía del Banco central, sino que piensa que debería haber coordinación con otras carteras y no solo con hacienda.
-Consejero Köhler (PS) establece que en la enmienda presentada por su bancada correspondiente a la coordinación entre el Banco Central y el gobierno, que esta no es materia nueva ni extraña, y solo se busca reconocer una situación que establece diversos organismos de coordinación con el ejecutivo elevándolos a nivel constitucional
-El Comisionado Larraín (UDI) expresa que en realidad lo que buscan es abrir es una discusión de temas productivos, medio ambientes y otras materias entre el Banco Central y el ejecutivo, lo que es equívoco, y se estaría abriendo una restricción a la autonomía del Banco Central
-Consejero Köhler (PS) responde que la finalidad es establecer el principio de coordinación que ya existe y elevarlo a rango constitucional. Pon ningún motivo queremos restringir la autonomía del Banco Central
-El Comisionado Larrain (UDI) cuestiona la pertinencia de la herramienta mencionada en el tercer punto, ya que esta fue creada en el año 2020 y no ha sido utilizada. A lo que la presidenta del Banco Central expone que el sistema financiero ha ido haciéndose más complejo y se hace necesario contar con una mayor cantidad de instrumentos para aquellos casos de estrés financiero, la herramienta permite suavizar el ciclo o reducir la incertidumbre.
-El consejero Köhler (PS) expone brevemente sobre las enmiendas presentadas al capítulo referente al Tribunal Calificador de Elecciones y SERVEL. Se propone mediante la enmienda N° 410 establecer tribunales regionales y mediante la N° 186 agregar para el caso de quienes hayan desempeñado de ministro suplente quienes tendrán dedicación exclusiva en el ejercicio de sus funciones, exceptuando a los docentes y recibirán una renta equivalente a la de un ministro de corte de apelaciones. La comisionada Salem explica que en conversaciones con el Tribunal Calificador de Elecciones, se nos dijo que en la práctica es difícil lograr el objetivo.
-Consejera Paredes (Rep) presenta las enmiendas de la bancada republicana, la N°111 que busca dejar el control de constitucional al Tribunal Constitucional no permitiendo que la controlaría haga ese control, la N° 1411 en la que se busca que el contralor tenga un consejo de peso con el cual contrastar sus opiniones o criterios jurídicos y que no quede a criterio de solo una persona y la enmienda referida a que las acciones del Contralor serán siempre impugnables judicialmente a aves de las acciones constitucionales o legales
-La consejera Guerra (UDI) presenta las enmiendas expresando su preocupación ante enmiendas relacionadas a la coordinación entre Banco Central y el gobierno. Afirma que sus enmiendas con la contraloría buscan la descentralización para mejorar la acción de controlar a lo largo de las regiones sobre todo en lo referente al gasto.
-Con respecto a Contraloría, su enmienda N°1311 busca aumentar de 15 a 20 años la exigencia de abogado para obtener el puesto de contralor. Además, proponen el consejo técnico asesor con el objetivo de evitar que un contralor excesivamente autoritario ejerce su poder sin contrapesos, la integración de consejo se dará por concurso público y la elección del contralor se renovará cada dos años.
-Otras bancadas presentaron enmiendas de contraloría en las regiones, nosotros apoyamos que estas auditorías sean ex post para no irrumpir en las acciones de las municipalidades
-La Consejera Pardo (CS) expresa que existe una disonancia de cómo se puede resolver el principio de celeridad y el agregar el consejo consultivo, puesto supone el problema de que ralentiza el trabajo de la contraloría. Responde la consejera Guerra (UDI) que el consejo no es vinculante, por lo que no entorpece la celeridad que se valora de un contralor.
1 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto recibir las exposiciones del presidente del consejo del SERVEL, Juan Andrés Tagle, y Jorge Dahm en representación del TRICEL.
En la exposición del señor Tagle, destacó que es importante mantener el quórum alto de reforma para las materias de ley relacionadas con el servicio electoral (4/7), que el servicio tenga labores de supervigilancia de las elecciones internas de los partidos y no su administración (por la ambigüedad de esta última palabra) y que, en el caso del umbral del 5% en la elección de la Cámara, cree que es importante incorporar en la fórmula a los senadores, ya que se consideran dentro de la excepción que permite sobrepasar dicho umbral.
Luego, la comisión recibió la exposición del señor Dahm, quien centró su exposición en ciertas precisiones que requiere el anteproyecto. Por ejemplo, cree que es importante que se explicite cuáles son las resoluciones apelables ante el TRICEL (el anteproyecto es muy amplio), como también otorgar efecto de cosa juzgada a las sentencias del tribunal.
Desarrollo de la sesión
1) Exposición de Juan Andrés Tagle, presidente del consejo del SERVEL
-Quórum de la ley que regula el Servel. Una enmienda presentada se refiere al cambio de quórum, el que de aprobarse sería de mayoría calificada. En ese sentido, plantea que lo ideal sería mantener el quórum de 4/7.
-Regulación del Servel: derechos de los electores, candidatos y partidos políticos para reclamar ante el Servel. Existen dos enmiendas que cambian la posibilidad de reclamo desde el Tricel a la justicia electoral, lo que le parece correcto. Esto porque no ven propósito en centralizar todo en el Tricel, ya que en la actualidad son reclamaciones que se encuentran “regionalizadas” en los tribunales electorales regionales (TER).
-Elecciones internas de partidos políticos. Se refiere a la ambigüedad de la palabra “administrar” las elecciones internas de los partidos por parte del Servel, ya que no es claro qué acciones implica por parte del servicio. Le parece correcto el cambio que realizan algunas enmiendas, en relación a cambiar dicha acepción por “supervigilar” dichos procesos internos. Otras enmiendas reducen a las elecciones nacionales de los partidos aquellas que son supervigiladas por el Servel, lo que le parece correcto en virtud de su magnitud y capacidades del servicio.
-Respecto a las sanciones de los afiliados a un partido político por parte de su tribunal supremo, las cuales serían revisables ante el Tricel, creen que es crear una tercera instancia (tribunal supremo regional, tribunal supremo central y tricel), lo que de alguna manera afecta la autonomía de los partidos políticos. Sugieren que ello sea en situaciones específicas, como en el caso de expulsión de un parlamentario con los efectos que acarrea.
-Resguardo del orden público por parte de FFAA y Carabineros. La norma se encuentra duplicada, por lo que es importante eliminar alguna de las normas (la 187, manteniendo la regulación en el art.41). Menciona que el voto obligatorio obliga al servicio a establecer locales con muy pocos habitantes, en los cuales se necesita poco o nulo contingente de fuerzas de orden, por lo que se podría habilitar a funcionarios municipales. También menciona que la norma debe ser amplia, para incluir a todas las fuerzas de orden (incluyendo Gendarmería por el voto en las cárceles).
-Suspensión del derecho a sufragio de personas interdictas por demencia. Hoy existen más de 5 mil personas que se encuentran obligadas a sufragar y que se encuentran sujetas a procesos ante los JPL, o incluso con la posibilidad de ser vocales. Por lo tanto, reitera que se genere la suspensión del derecho a sufragio, con mayor razón en el contexto de voto obligatorio.
-Primarias. El Servel recomendó que se efectuaran solo en elecciones uninominales. Especialmente les preocupa la fecha, ya que podrían generarse cuatro elecciones consecutivas en caso de mantenerlas en elecciones parlamentarias.
-Doble situación de referendos y plebiscitos. Para el servicio las acepciones se refieren a lo mismo, por lo que tener que modificar leyes le parece un asunto innecesario, por lo que propone que el texto iguale y aplique las normas de los plebiscitos a los referendos.
-Umbral del 5% para elegir diputados. El servicio cree que la norma tiene 2 problemas: la excepción de 8 parlamentarios electos por el partido (lo que incorpora a los senadores, omitiendo a los que se eligen en el mismo momento). Otra preocupación es que el final de dicha norma establecía qué ocurría con los cargos del partido que no podía cumplir con el umbral, donde se dice que se reparte entre los candidatos del mismo pacto en forma proporcional. Sobre esto, el servicio cree que la norma es vaga y que podría tener problemas interpretativos a futuro, sobre todo en las personas que resulten electas.
-Fecha de elecciones regionales y municipales. El servicio tenía dos sugerencias: les preocupaba que fueran dos días, lo que se recoge en las enmiendas; mientras que adicionalmente la fecha del último domingo de abril para su realización, esto genera que las primarias, por sus plazos legales, podrían topar con feriados (8 de diciembre). Si bien es cierto no se pronuncia sobre las fechas, les pide que se fijen en posibles feriados que puedan atentar contra la participación.
2) Exposición de Jorge Dahm en representación del TRICEL
-Art.185: Definición del TRICEL. Cree que se deben hacer precisiones respecto a la palabra ciudadanía, que cree es restrictiva para efectos de la tarea del tribunal.
-Incorporación de atribuciones del TRICEL. Una enmienda propone incorporar el conocer las reclamaciones de las elecciones internas de los órganos ejecutivos de un partido político. Le parece posible y correcto, sin tener mayor comentario al respecto.
-Art.186: Tribunales electorales regionales y cuáles resoluciones son apelables al TRICEL. Cree que la norma se refiere de forma demasiado amplia a las sentencias (al decir “sentencias definitivas y demás”). Por tanto, prefiere que exista mayor precisión para que sean solo las sentencias más relevantes y no todas las resoluciones.
-Art.186: Enmienda para que el TRICEL y sus resoluciones tengan fuerza de cosa juzgada y que no se puedan alterar, lo que hoy solo cuenta para el Poder Judicial. Solicita darle la misma fuerza a las sentencias del tribunal.
-Finalmente, en el capítulo del SERVEL están establecidas las resoluciones del servicio que pueden ser apeladas ante el TRICEL. En el texto se sustituye la palabra “TRICEL” por “justicia electoral”, lo que incluiría a los tribunales regionales. En el ámbito de los partidos políticos, cree que la norma va a chocar con la que declara que dichas reclamaciones por sus elecciones internas serán competencia del TRICEL.
20 de junio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tiene por objeto recibir a representantes del Tribunal Calificador de Elecciones, para escuchar su opinión sobre las normas del Capítulo X: Justicia Electoral y Servicio Electoral, contenidas en el anteproyecto de nueva Constitución aprobado por la Comisión Experta.
Invitados:
Ministro del TRICEL, Sr. Jorge Dahm Oyarzún.
Secretaria relatora del TRICEL, Sra. Carmen Gloria Valladares.
Desarrollo de la sesión
-El Sr. Jorge Dahm sugiere que se mantenga el artículo 185 para evitar futuras dificultades en materia de plazos, padrón electoral y proclamación de autoridades electas. Así también, menciona los artículos siguientes que deberían corregirse respecto a redacción.
-Plantea el problema que constituye el artículo 154 del capítulo de Poder Judicial respecto al alcance de la jurisdicción común y aquellas jurisdicciones especiales como el Tribunal Calificador de Elecciones dada su autonomía e independencia. Señala que no queda claro si las resoluciones definitivas las dictará el Tricel o el Poder Judicial.
-Por su parte, la Sra. Carmen Gloria Valladares menciona la importancia de haber establecido en el anteproyecto la Superintendencia directiva, correccional y económica de todos los TER.
-En la misma línea, hizo hincapié en la integración del “quinto miembro”, lo cual beneficia al Tricel en la cercanía con los ciudadanos, de hecho, esto no ha constituido a una politización del órgano en el pasado.
-La comisionada Martorell explicó el curso de acción de la Superintendencia respecto a los TER. En este aspecto, se recalcó la mantención de su independencia y autonomía jurisdiccional.
17 de mayo de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto la votación en particular de los capítulos sobre Poder Judicial, Ministerio Público, Contraloría General de la República, Banco Central, Justicia y Servicio Electoral y Corte Constitucional. Cabe mencionar que en todos los capítulos hubo enmiendas de unidad de propósito.
Para revisar las enmiendas rechazadas, te invitamos a revisar los comparados respectivos de cada capítulo.
Desarrollo de la sesión
I. Capítulo VII: Poder Judicial
-El secretario de la subcomisión hizo lectura de los artículos que no fueron objeto de enmiendas, los cuales son el art.151 y las disposiciones transitorias segunda y cuarta. Por tanto, se entienden aprobados en particular.
-Luego, las enmiendas que se entienden retiradas por las enmiendas de unidad de propósito (EUP) son las siguientes: 4; 6; 12; 14; 15; 16; 17; 18; 21; 22; 23; 24; 25; 26; 27; 28; 30; 32; 39; 40; 42; 43; 44; 46; 47; 51; 52; 58; 59; 60; 64; 65; 66 y 67.
Enmiendas de unidad de propósito:
Para sustituir el inciso 2 del artículo 144 por el siguiente:
“2. Los jueces se sujetarán a la Constitución y a la ley y no podrán en caso alguno ejercer potestades de otros poderes públicos.”.
Para reemplazar el inciso 4 del artículo 144 por el siguiente:
“4. Se propenderá a la utilización del arbitraje, la mediación y otros medios alternativos de resolución de conflictos. Estos procedimientos se aplicarán en conformidad a lo que la ley regule.”.
Para sustituir en el inciso único del artículo 145 las letra a) y b) por las siguientes:
“a) Independencia. Los jueces resolverán los asuntos que conozcan sin considerar influencias o presiones internas o externas.
Ningún órgano del Estado, ninguna autoridad, ninguna persona o grupo de personas en comisión especial podrán en caso alguno conocer causas pendientes, revisar los fundamentos o contenido de las resoluciones judiciales o reabrir procesos concluidos.
b) Imparcialidad. Los jueces ejercerán sus funciones con ecuanimidad, resolviendo los asuntos que conocen sin sesgos, prejuicios ni discriminación alguna respecto de los intervinientes.”.
Para reemplazar los literales e) y f) del artículo 145 por los siguientes literales:
“e) Responsabilidad. Los jueces son personalmente responsables en sus actuaciones jurisdiccionales por los delitos de cohecho, falta de observancia en materia sustancial de las leyes que reglan el procedimiento, denegación y torcida administración de justicia y, en general, de toda prevaricación en que incurran en el desempeño de sus funciones y por los demás casos que expresamente determine la ley.
Tratándose de los miembros de la Corte Suprema, la ley determinará los casos y el modo de hacer efectiva esta responsabilidad.
f) Inviolabilidad. Los magistrados de los tribunales superiores de justicia, los fiscales judiciales y los jueces letrados, no podrán ser aprehendidos sin orden del tribunal competente, salvo el caso de crimen o simple delito flagrante y sólo para ponerlos inmediatamente a disposición del tribunal que debe conocer del asunto en conformidad a la ley.
g) Inamovilidad. Los jueces permanecerán en sus cargos durante su buen comportamiento.”.
Para sustituir el inciso segundo del artículo 146, por los siguientes incisos:
“2. Le corresponderá a la Corte Suprema velar por la uniforme interpretación y aplicación del ordenamiento jurídico, garantizar la efectiva vigencia de los derechos y garantías constitucionales en las materias de su competencia, así como las demás atribuciones que establezca esta Constitución y la ley.
3. Los tribunales superiores de justicia podrán dictar autos acordados para impartir instrucciones generales dirigidas a velar por el más expedito y eficaz funcionamiento de la administración de justicia. En ningún caso los autos acordados podrán referirse a materias propias de ley.
4. La ley establecerá la existencia de ministros suplentes para integrar las salas o el pleno de los tribunales superiores de justicia ante la ausencia de sus ministros titulares. Los ministros suplentes podrán incluir abogados extraños a la administración de justicia. Quienes asuman estas labores deberán ser funcionarios de dedicación exclusiva del Poder Judicial.”.
Para reemplazar íntegramente el artículo 147 por uno del siguiente tenor:
“Artículo 147.
1. Una ley institucional determinará la organización y atribuciones de los tribunales que fueren necesarios para la pronta y cumplida administración de justicia en todo el territorio de la República. La misma ley señalará los requisitos que respectivamente deban observar los jueces y el número de años que deban haber ejercido la profesión de abogado las personas que fueren nombradas ministros de Corte o jueces letrados.
2. La ley que regula la función jurisdiccional de los tribunales, referida en el inciso anterior, solo podrá ser modificada oyendo previamente a la Corte Suprema de conformidad a lo establecido en la ley respectiva.
3. Las leyes relativas al nombramiento, función disciplinaria, formación de jueces, así como la gestión y administración del Poder Judicial, solo podrán ser modificadas oyendo previamente al órgano autónomo respectivo, según lo establecido en el artículo 148.
4. La Corte Suprema y los respectivos órganos autónomos deberán pronunciarse dentro del plazo de treinta días contados desde la recepción del oficio en que se solicita la opinión pertinente, de conformidad a la respectiva ley institucional.
5. Sin embargo, si el Presidente de la República hubiere hecho presente una urgencia al proyecto consultado, se comunicará esta circunstancia a la Corte y a los respectivos órganos autónomos. En dicho caso, éstos deberán evacuar la consulta dentro del plazo que indique la urgencia respectiva.
6. Si la Corte Suprema y los respectivos órganos autónomos no se pronunciaren dentro de los plazos señalados en los incisos 4 y 5, se tendrá por evacuado el trámite.
7. La ley institucional relativa a la organización y atribuciones de los tribunales, así como las leyes procesales que regulen un sistema de enjuiciamiento, podrán fijar fechas diferentes para su entrada en vigencia en las diversas regiones del territorio nacional.
8. En cada comuna del país habrá tribunales con competencia para conocer de los procesos por contravenciones, faltas legales y municipales, asuntos de carácter vecinal, de mínima cuantía y los demás que determine la ley. La ley procurará la adopción de medios alternativos de solución de conflictos de acuerdo a lo establecido en el inciso 4 del artículo 144.”.
Para reemplazar íntegramente el artículo 148 por uno del siguiente tenor:
“Artículo 148.
1. Para la gobernanza del Poder Judicial existirán órganos autónomos encargados de los nombramientos de sus integrantes, el ejercicio de las facultades disciplinarias, la formación y el perfeccionamiento de jueces y funcionarios, así como la gestión y administración del Poder Judicial. Existirá un órgano por cada uno de ellos, los que funcionarán separadamente y de forma coordinada.
2. Una ley institucional regulará, en cada caso, las competencias, organización, funcionamiento y demás atribuciones de los órganos respectivos que ejercerán la gobernanza judicial.
3. Los integrantes de los cuerpos directivos de los órganos autónomos durarán cuatro años en su cargo, y podrán ser reelegidos por una vez, salvo los del órgano que esté a cargo de los nombramientos judiciales.”.
Para reemplazar íntegramente el artículo 149 por uno del siguiente tenor:
“Artículo 149.
1. Existirá un Consejo Coordinador del Poder Judicial, cuya única función será coordinar la actuación de los órganos autónomos referidos en el artículo anterior, entre sí y con la Corte Suprema, sin perjuicio de su respectivo funcionamiento separado e independiente. Dicho consejo será de carácter permanente y consultivo.
2. El Consejo Coordinador del Poder Judicial estará integrado por:
a. El Presidente de la Corte Suprema, quien la presidirá,
b. Un ministro de la Corte Suprema, designado por su pleno,
c. Un ministro de las cortes de apelaciones, designado por sus integrantes,
d. Dos miembros de cada uno de los órganos autónomos mencionados, elegidos por los respectivos órganos directivos superiores de cada uno de ellos, de entre sus miembros. Estos comisionados durarán dos años en sus cargos, y podrán ser reelegidos por una sola vez. En todo caso, a lo menos uno de los representantes de cada órgano autónomo deberá ser juez.
3. Una ley institucional regulará el funcionamiento de este consejo.”.
Para reemplazar íntegramente el artículo 150 por uno del siguiente tenor:
“Artículo 150.
1. Habrá un organismo cuya función será designar o nominar, según el caso, a los ministros y fiscales judiciales de la Corte Suprema, de las Cortes de Apelaciones, los jueces letrados, los auxiliares de la administración de justicia y las demás personas que establezca la ley. Las designaciones y nominaciones se basarán en factores objetivos, especialmente la capacidad profesional, el mérito, la probidad y experiencia.
2. Los ministros y los fiscales judiciales de la Corte Suprema serán nombrados por el Presidente de la República, eligiéndolos de una nómina de cinco personas que, en cada caso, propondrá el órgano referido en el inciso primero, y con acuerdo del Senado. Este adoptará los respectivos acuerdos por los tres quintos de sus miembros en ejercicio, en sesión especialmente convocada al efecto. Si el Senado no aprobare la proposición del Presidente de la República, el órgano establecido en el inciso primero, deberá completar la nómina proponiendo un nuevo nombre en sustitución del rechazado, repitiéndose el procedimiento hasta que se apruebe un nombramiento.
3. Cinco de los miembros de la Corte Suprema deberán ser abogados extraños a la administración de justicia, tener a lo menos quince años de título, haberse destacado en la actividad profesional o universitaria y cumplir los demás requisitos que señale la ley institucional respectiva.
4. El órgano referido en el inciso primero formará la nómina correspondiente atendidos los merecimientos de los candidatos evaluados mediante un concurso público de antecedentes, sea que el cargo corresponda a un miembro proveniente del Poder Judicial o se trate de una vacante que deba proveerse con abogados extraños a la administración de justicia.
5. Corresponderá al mismo órgano, autorizar los traslados y permutas de los jueces y funcionarios judiciales.
6. El órgano encargado de los nombramientos judiciales realizará periódicamente la calificación del desempeño judicial, en la forma que establezca la ley. Los resultados de estos procesos y las principales consideraciones para arribar a los mismos serán públicos.
7. Las designaciones y nominaciones deberán efectuarse previo concurso público y transparente, en la forma que establezca la ley institucional.
8. La Comisión de Nombramientos Judiciales estará integrada por:
a. Una persona designada por el Presidente de la República, previo concurso público,
b. Dos personas designadas por el Senado, previo concurso público, y
c. Cuatro jueces designados según lo establecido en el artículo 154 bis, quienes no podrán ejercer funciones judiciales mientras desempeñen este cargo.
9. Los integrantes del órgano encargado de los nombramientos serán de dedicación exclusiva y deberán actuar siempre con la debida diligencia, objetividad, probidad, independencia e imparcialidad. En el caso de los jueces, una vez cumplido su periodo, se reintegrarán a sus funciones en la forma que determine la ley.
10. Los nombramientos que acuerde este órgano deberán ser formalizadas por el Presidente de la República mediante decreto.”.
Para reemplazar íntegramente el artículo 152 por uno del siguiente tenor:
“Artículo 152.
1. Un órgano autónomo, con personalidad jurídica, tendrá la función de administrar y gestionar los recursos humanos, físicos, financieros y tecnológicos del Poder Judicial. Estará encabezado por un Consejo Directivo.
2. La autonomía operativa establecida en el inciso primero quedará sujeta a los principios de probidad y transparencia, y a la fiscalización en la forma que establezca la ley institucional, la que podrá determinar adicionalmente otras formas de auditorías internas y externas.
4. El Consejo Directivo estará integrado por:
a. Un ministro de la Corte Suprema, designado por esta, quien lo presidirá,
b. Un ministro de las cortes de apelaciones, elegido por sus integrantes,
c. Dos jueces designados según lo establecido en el artículo 154 bis, y
d. Tres consejeros profesionales, con experiencia en administración y gestión de recursos en el sector público o privado, elegidos por concurso público en la forma que determine la ley.
5. El Consejo Directivo designará un director ejecutivo, de una terna elaborada por concurso público en la forma que determine la ley.”.
Para reemplazar íntegramente el artículo 153 por el siguiente:
“Artículo 153.
1. Un órgano autónomo, tendrá por función velar por el correcto actuar de los jueces, de los funcionarios del Poder Judicial, de los auxiliares de la administración de justicia y de las demás personas que determine la ley.
2. Este órgano estará integrado por todos los fiscales judiciales establecidos en conformidad a la ley y tendrá un Consejo Directivo presidido por el Fiscal Judicial de la Corte Suprema, e integrado por cuatro fiscales judiciales de las Cortes de Apelaciones, elegidos por estos en votación única.
3. Los fiscales judiciales no ejercerán en ningún caso funciones jurisdiccionales.
4. Los fiscales judiciales realizarán las investigaciones por faltas disciplinarias y a la probidad de las personas señaladas en el inciso primero de este artículo y formularán acusación si fuere procedente. Le corresponderá conocer y resolver a un Tribunal de Conducta, especialmente formado por tres jueces, sorteados en cada ocasión de entre las personas que se indican en el artículo 154 bis, inciso 1, letra d). De dichas resoluciones judiciales solo se podrá recurrir de nulidad ante un nuevo Tribunal de Conducta, constituido de la misma forma por jueces distintos de aquellos que dictaron la resolución recurrida.
5. La ley institucional establecerá el procedimiento que los fiscales seguirán en sus actuaciones, así como la forma del establecimiento del Tribunal de Conducta que resolverá sus acusaciones, asegurando que las actuaciones de jueces y fiscales garanticen el acceso a la justicia y el debido proceso. En todo caso, no procederá abrir proceso disciplinario por decisiones contenidas en resoluciones judiciales dictadas en asuntos jurisdiccionales.”.
Para reemplazar el artículo 154 por uno del siguiente tenor:
“Artículo 154.
1. Un organismo autónomo, dotado de personalidad jurídica, tendrá por objeto la formación de los postulantes a cargos de jueces y ministros de Cortes de Apelaciones y el perfeccionamiento de todos los integrantes del Poder Judicial.
2. La dirección superior de este organismo estará a cargo de un Consejo Directivo, compuesto por:
a. Un ministro de la Corte Suprema, que lo presidirá,
b. Un representante del Presidente de la República,
c. Un ministro de Corte de Apelaciones, elegido por sus pares,
d. Tres jueces, designados según lo establecido en el artículo 154 bis,
e. Un presidente de una de las asociaciones gremiales de abogados del país, elegido por los presidentes de todas ellas, y
f. Dos profesores de las facultades de Derecho del país, elegidos por los decanos de las facultades acreditadas según lo exigido por la ley.”.
Para agregar un nuevo artículo 154 bis, del siguiente tenor:
“Artículo 154 bis.
1. Para designar cada cuatro años a los jueces a que se refiere el artículo 150, inciso 8, letra c, el artículo 152, inciso 4, letra c, el artículo 153 inciso 4 y el artículo 154, inciso 2, letra d, se seguirá el siguiente procedimiento:
a) En cada territorio jurisdiccional de las cortes de apelaciones del país, los jueces que forman parte de él, elegirán por votación única a dos jueces respectivamente, salvo en los territorios jurisdiccionales de las cuatro cortes de apelaciones de mayor tamaño en el país, en cuyo caso se elegirán a cuatro jueces respectivamente.
b) Los jueces elegidos en conformidad a la letra anterior, conformarán una lista, de entre las cuales serán sorteados los jueces que deberán integrar los órganos autónomos aludidos.
c) Una vez sorteados los jueces en la forma que señala la letra a) y b) de este artículo, se elegirán mediante sorteo a tres jueces de entre los demás, quienes se desempeñarán como suplentes de los designados como titulares en los respectivos órganos autónomos, distribuidos uno en cada uno de los consejos directivos mencionados en la letra a). Éstos efectuarán su labor en la forma que lo establezca la respectiva ley.
d) Los jueces que no sean sorteados para cumplir los cometidos señalados en las letras anteriores, configurarán la nómina de jueces a que se refiere el artículo 153 inciso 4.
2. La ley determinará los procedimientos, la oportunidad y las autoridades judiciales que cumplirán este cometido.”.
Para reemplazar la disposición Primera Transitoria del Capítulo VII por una del siguiente tenor:
“Primera. La ley institucional que regulará el órgano referido en el artículo 150 deberá ser dictada en el plazo de veinticuatro meses desde la publicación de la Constitución. Mientras no se dicte esta ley, estos nombramientos se realizarán conforme a la normativa vigente.”.
Para reemplazar la disposición Segunda Transitoria del Capítulo VII por una del siguiente tenor:
“Segunda. La ley institucional que regulará el órgano referido en el artículo 152 deberá ser dictada en el plazo de dieciocho meses desde la publicación de la Constitución. Mientras no se dicte esta ley, estas funciones serán ejercidas por la Corporación Administrativa del Poder Judicial, en conformidad al Título XIV de la Ley Nº 7.421, que establece el Código Orgánico de Tribunales.”.
Para reemplazar la disposición Tercera Transitoria del Capítulo VII por una del siguiente tenor:
“Tercera. La ley institucional que regulará el órgano referido en el artículo 153 deberá ser dictada en el plazo de dieciocho meses desde la publicación de la Constitución. Mientras no se dicte esta ley, estas funciones serán ejercidas conforme a la normativa vigente.”.
Para reemplazar la disposición Cuarta Transitoria del Capítulo VII por una del siguiente tenor:
“Cuarta. La ley institucional que regulará el órgano referido en el artículo 154 deberá ser dictada en el plazo de dieciocho meses desde la publicación de la Constitución. Mientras no se dicte esta ley, estas funciones serán ejercidas por la Academia Judicial, regulada en la ley Nº 19.346.”.
Para reemplazar la disposición Quinta Transitoria del Capítulo VII por una del siguiente tenor:
“Quinta. La ley que regulará la forma y oportunidad de la integración de los tribunales superiores de justicia por ministros suplentes deberá ser dictada en el plazo de dieciocho meses desde la publicación de la Constitución. Mientras no se dicte esta ley, la integración de dichos tribunales se efectuará por abogados integrantes, de conformidad a la normativa vigente.”.
Para agregar una disposición Sexta Transitoria del Capítulo VII del siguiente tenor:
“Sexta. El sistema disciplinario establecido en el artículo 153, solo operará para los procesos cuyo principio de ejecución tenga lugar con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley referida en dicha disposición.”.
Para agregar un nuevo artículo transitorio final al capítulo VII sobre Poder Judicial, del siguiente tenor:
“El Presidente de la República, dentro del plazo de cinco años desde la promulgación de esta Constitución, presentará un proyecto de ley que regule la organización y el funcionamiento de los tribunales comunales a que se refiere el artículo 147 inciso 8º, los que serán continuadores de los juzgados de policía local.”
II. Capítulo VIII: Corte Constitucional
Antes del inicio de la votación se comunicó el retiro de las siguientes enmiendas: 14, 18, 19, 23 y 25.
Enmiendas de unidad de propósito
Al artículo 158 del texto aprobado en general, para sustituir el inciso tercero por uno del siguiente tenor:
“3. Quien presida la Corte Constitucional no tendrá voto dirimente y ejercerá las atribuciones que señale la ley institucional respectiva.
Asimismo, tendrá la facultad de integrar cualquiera de las salas, a falta de alguno de sus integrantes.”.
Al artículo 159 del texto aprobado en general. Para sustituir el literal a) por uno del siguiente tenor:
“a) Resolver, por las dos terceras partes de sus integrantes en ejercicio, las cuestiones por infracciones de procedimiento o de competencia establecidas en la Constitución o en la ley institucional del Congreso Nacional y que se susciten durante la tramitación de proyectos de ley, de reforma constitucional y de los tratados internacionales sometidos a la aprobación del Congreso.
La Corte conocerá del asunto a requerimiento del Presidente de la República, de cualquiera de las Cámaras o de una tercera parte de sus miembros, siempre que sea formulado antes de la promulgación de la ley o de la remisión de la comunicación que informa la aprobación del tratado por el Congreso Nacional y, en caso alguno, después del quinto día del despacho del proyecto o de la señalada comunicación.
En caso de acogerse la cuestión, la Corte remitirá los antecedentes a la Cámara respectiva a fin de que subsane el vicio. Si el proyecto ya hubiere sido despachado, se conformará una comisión mixta que propondrá la forma y modo de subsanarlo, conforme al procedimiento del inciso primero del artículo 75.
El requerimiento no suspenderá la tramitación del proyecto, pero la parte impugnada del mismo no podrá ser promulgada hasta que el vicio sea subsanado, salvo que se trate del proyecto de Ley de Presupuestos o del proyecto relativo a la declaración de guerra propuesto por el Presidente de la República.”
Para intercalar a continuación de la letra a), un nuevo literal del siguiente tenor:
“Resolver si una determinada moción o indicación a un proyecto de ley es de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.
La cuestión podrá ser planteada por una tercera parte de los diputados o senadores en ejercicio. La Corte conocerá del asunto con el solo mérito de los antecedentes que envíe la Cámara respectiva y sin forma de juicio.
La sentencia deberá pronunciarse en el plazo de cinco días desde el envío de los antecedentes sin que, en el intertanto, se suspenda la tramitación del proyecto de ley.”.
Para intercalar a continuación de la nueva letra b), un nuevo literal del siguiente tenor:
“Informará, por la mayoría de sus integrantes, las consultas sobre las cuestiones de constitucionalidad que se susciten durante la tramitación de proyectos de ley y de los tratados internacionales sometidos a la aprobación del Congreso. La Corte conocerá del asunto a solicitud del Presidente de la República, de cualquiera de las Cámaras o de una tercera parte de sus miembros, siempre que sea formulado después de despachado el proyecto o tratado por alguna de las cámaras y, en todo caso, antes de la promulgación de la ley o de la remisión de la comunicación que informa la aprobación del tratado por el Congreso Nacional; y, en caso alguno, después del quinto día del despacho del proyecto o de la señalada comunicación. La Corte remitirá el informe a la Cámara respectiva dentro del plazo de diez días contado desde que reciba la consulta, a menos que decida prorrogarlo hasta por otros diez días por motivos graves y calificados.”.
Para sustituir el párrafo segundo de la antigua letra b) del artículo 159, por uno del siguiente tenor:
“Corresponderá a cualquiera de las salas de la Corte declarar, sin ulterior recurso, la admisibilidad de la cuestión siempre que verifique la existencia de una gestión pendiente ante el tribunal ordinario o especial, que la aplicación del precepto legal impugnado pueda resultar decisiva en la resolución del asunto, y que la impugnación esté fundada razonablemente. El requirente deberá acreditar, en las circunstancias concretas del caso, un vicio de inconstitucionalidad que sólo sea subsanable mediante la declaración de inaplicabilidad del precepto legal.
A esta misma sala le corresponderá resolver la suspensión del procedimiento en que se ha originado la acción de inaplicabilidad por inconstitucionalidad. Respecto de la suspensión, el juez de la gestión pendiente tendrá siempre la atribución de ser oído en cualquier etapa del proceso de inaplicabilidad.”.
Para sustituir la segunda oración contenida en el segundo párrafo de la antigua letra g) del artículo 159, por la siguiente:
“Asimismo, podrá requerir a la Corte toda persona que sea parte en juicio o gestión pendiente ante un tribunal ordinario o especial, o desde la primera actuación del procedimiento penal, cuando se acredite, en las circunstancias concretas del caso, una afectación en el ejercicio de sus derechos fundamentales por lo dispuesto en el respectivo auto acordado, que sólo sea subsanable mediante la declaración de inaplicabilidad de la disposición impugnada.”.
Para añadir un nuevo literal final, que disponga lo siguiente:
“Resolver sobre los vicios de constitucionalidad de los decretos supremos. La Corte podrá conocer de la materia a requerimiento de cualquiera de las Cámaras, o de una tercera parte de los miembros en ejercicio. El requerimiento deberá ser presentado dentro de los treinta días siguientes a la publicación o notificación del texto impugnado”.
III. Capítulo IX: Ministerio Público
-Al no ser objeto de enmiendas ni solicitudes de votaciones separadas, se entienden aprobadas las disposiciones transitorias segunda y tercera.
Enmiendas de unidad de propósito
Al artículo 161 del texto aprobado en general, para sustituir los incisos primero y segundo por unos del siguiente tenor:
“1. El Ministerio Público es un organismo autónomo, jerarquizado, que dirigirá en forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delito, los que determinen la participación punible, los que permitan agravar o atenuar la responsabilidad penal y los que acrediten la inocencia del imputado y, en su caso, ejercerá la acción penal pública en la forma prevista por la ley. A su vez, le corresponderá la adopción de medidas para proteger a las víctimas y a los testigos. En caso alguno podrá ejercer funciones jurisdiccionales, y en todas sus actuaciones deberá seguir apego irrestricto a las exigencias del debido proceso y las garantías fundamentales de imputados, víctimas y testigos.
2. El Ministerio Público, en representación del pueblo de Chile, ejercerá la acción penal pública en la forma prevista por la ley y actuará siempre con objetividad e independencia, libre de cualquier influencia indebida, respetando el interés público y con altos estándares de integridad.”.
Al artículo 162 del texto aprobado en general, para sustituir los incisos tercero y cuarto por unos del siguiente tenor:
“3. A su vez, existirá una Fiscalía de Alta Complejidad y una Fiscalía de Asuntos Internos dentro de la estructura orgánica del Ministerio Público.
4. Existirá un Consejo Consultivo del Ministerio Público y un Consejo General del Ministerio Público.”.
Al artículo 163 del texto aprobado en general, para sustituirlo íntegramente por uno del siguiente tenor:
“Artículo 163. Ley institucional.
1. Una ley institucional determinará la organización y atribuciones del Ministerio Público y las causales de cese y remoción de los fiscales adjuntos, en lo no contemplado en la Constitución. Las personas que sean designadas fiscales no podrán tener impedimento alguno que las inhabilite para desempeñar el cargo de juez.
2. El Fiscal Nacional, los fiscales regionales, el Fiscal de Alta Complejidad y el Fiscal de Asuntos Internos cesarán en su cargo una vez terminado su período.
3. Las personas que ejerzan alguno de los cargos del inciso anterior y los fiscales adjuntos cesarán en sus funciones al cumplir 75 años de edad, al ser condenados por crimen o simple delito o por las demás causales que establezca la ley.
4. La ley institucional que regule al Ministerio Público establecerá el grado de independencia, autonomía y la responsabilidad que tendrán los fiscales en el ejercicio de sus funciones.”.
Para intercalar añadiendo a continuación del artículo 163, un nuevo artículo 163 bis del siguiente tenor:
“Artículo 163 bis. Inhabilidades.
1. No podrán postular al cargo de Fiscal Nacional, de Alta Complejidad, de Asuntos Internos, Regional, Adjunto, los miembros activos del Poder Judicial.
2. Quienes ejerzan alguna de las funciones señaladas en el inciso anterior, no podrán postular a cargos de elección popular en los siguientes dos años después de haber finalizado su cargo.”.
Al artículo 164 del texto aprobado en general, para sustituirlo íntegramente por uno del siguiente tenor:
“Artículo 164. Fiscal Nacional.
1. El Fiscal Nacional es la autoridad superior del Ministerio Público, de quien dependerán jerárquica y directamente los fiscales regionales y los fiscales adjuntos. El Fiscal Nacional tendrá la superintendencia directiva, correccional y económica del Ministerio Público, en conformidad a la ley institucional que regule este órgano.
2. El Fiscal Nacional será designado a propuesta del Presidente de la República, con acuerdo del Senado adoptado por tres quintos de sus miembros en ejercicio, en sesión especialmente convocada al efecto. El Presidente realizará la propuesta en base a una quina elaborada por la Corte Suprema, la que será confeccionada previa audiencias públicas sobre un listado de diez candidatos determinados por un sistema de concurso público establecido en la ley institucional. Si el Senado no aprobare la proposición del Presidente de la República, la Corte Suprema, volverá a completar la quina mediante votación entre los candidatos restantes. De rechazarse nuevamente la propuesta del Presidente en el Senado, se repetirá el procedimiento sucesivamente. La quina elaborada por la Corte Suprema se formará en una misma y única votación en la cual cada integrante del pleno de la Corte Suprema tendrá derecho a votar por tres personas, resultando electas las cinco primeras mayorías. De producirse un empate, se dirimirá mediante sorteo.
3. En caso de renuncia de alguno de los postulantes incorporados en la quina, la Corte Suprema deberá proponer dentro del listado presentado por el sistema de concurso público que determine la ley, un nuevo nombre en sustitución del renunciado.
4. El proceso de elección del Fiscal Nacional deberá comenzar noventa días antes de que se encuentre vacante su cargo.
5. El Fiscal Nacional deberá tener a lo menos quince años de título de abogado, reunir los requisitos de experiencia y formación adecuados para el cargo, no contar con ninguna de las incapacidades, incompatibilidades y prohibiciones establecidas en la institucional y poseer las demás calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio. Durará ocho años en el ejercicio de sus funciones y no podrá ser designado nuevamente en el cargo.
6. El Fiscal Nacional, podrá ordenar fundadamente la destinación temporal de funcionarios del Ministerio Público a otro cargo de igual o superior jerarquía.”.
Para intercalar añadiendo a continuación del artículo en 164, un nuevo artículo 164 bis del siguiente tenor:
“Artículo 164 bis. Fiscalía de Alta Complejidad.
1. Existirá una Fiscalía de Alta Complejidad, con competencia a nivel nacional, a la cual le corresponderá el ejercicio de las funciones y atribuciones del Ministerio Público, en delitos de mayor complejidad. La organización de la Fiscalía de Alta Complejidad y los delitos que ésta persiga serán determinados por el Fiscal Nacional, de acuerdo a la ley institucional, habiendo oído previamente al Consejo Consultivo.
2. En el ejercicio de sus atribuciones, la Fiscalía de Alta Complejidad deberá actuar de manera coordinada con las Fiscalías Regionales.
3. Estará a cargo de un Fiscal de Alta Complejidad que durará ocho años en el ejercicio de sus funciones y una vez cesado en su cargo, no podrá ser designado por un nuevo período, lo que no obsta a que pueda ser nombrado en otro cargo del Ministerio Público.
4. La designación e inhabilidades del Fiscal de Alta Complejidad se regirán por las reglas establecidas para los fiscales regionales. Con todo, permanecerá en el cargo mientras cuente con la confianza del Fiscal Nacional, salvo lo expresamente exceptuado por la Constitución y la ley.”.
Al artículo 165 del texto aprobado en general, para sustituirlo íntegramente por uno del siguiente tenor:
“Artículo 165. Fiscalía de Asuntos Internos.
1. Existirá una Fiscalía de Asuntos Internos, a este órgano le corresponderá el ejercicio de las funciones y atribuciones del Ministerio Público, en los hechos constitutivos de delito en que tuvieren participación el Fiscal Nacional, los fiscales regionales, los fiscales adjuntos y los demás funcionarios del Ministerio Público, en los casos y en las condiciones establecidas en la ley institucional.
2. Estará a cargo de un Fiscal de Asuntos Internos que durará seis años en el ejercicio de sus funciones y una vez cesado en su cargo, no podrá, en caso alguno, ser nombrado, a cualquier título, como fiscal o funcionario del Ministerio Público. Esta prohibición se extenderá por un plazo de dos años, contado desde que hubiere cesado en sus funciones.
3. El Fiscal de Asuntos Internos será nombrado por la Corte Suprema, a propuesta de una terna elaborada mediante un sistema de concurso público establecido en la ley institucional. Las inhabilidades del Fiscal de Asuntos Internos se regirán por las reglas establecidas para los fiscales regionales.”.
Al artículo 166 del texto aprobado en general, para sustituirlo íntegramente por uno del siguiente tenor:
“Artículo 166. Fiscalías Regionales.
1. Existirá un Fiscal Regional en cada una de las regiones en que se divida administrativamente el país, a menos que la población o la extensión geográfica de la región hagan necesario nombrar más de uno. La ley determinará la organización, funcionamiento y detallará las competencias de éstas últimas.
2. Los fiscales regionales serán nombrados por el Fiscal Nacional, a propuesta de una terna elaborada mediante un sistema de concurso público establecido en la ley institucional.
3. Los fiscales regionales deberán tener a lo menos diez años de título de abogado, reunir los requisitos de experiencia y formación adecuados para el cargo y poseer las demás calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio; durarán ocho años en el ejercicio de sus funciones y no podrán ser designados como fiscales regionales nuevamente, lo que no obsta a que puedan ser nombrados en otro cargo del Ministerio Público.”.
Al artículo 167 del texto aprobado en general, para sustituirlo íntegramente por uno del siguiente tenor:
“Artículo 167. Fiscales adjuntos.
1. Existirán fiscales adjuntos que serán designados por el Fiscal Nacional, a propuesta de una terna elaborada por el Fiscal Regional, el Fiscal de Alta Complejidad, o el Fiscal de Asuntos Internos, según corresponda, la que deberá formarse previo concurso público, en conformidad a la ley institucional. Deberán tener el título de abogado y poseer las demás calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio.
2. Los fiscales adjuntos integrarán las fiscalías locales, por medio de las cuales las Fiscalías Regionales organizarán su trabajo.
3. Los fiscales adjuntos de la Fiscalía de Asuntos Internos durarán seis años en el ejercicio de sus funciones. Una vez que hayan cesado en su cargo, no podrán ser nombrados como fiscal o funcionario del Ministerio Público, con excepción del cargo de Fiscal Nacional o Fiscal de Asuntos Internos. Esta prohibición se extenderá por un plazo de un año, contado desde que hubiesen cesado en sus funciones.”.
Al artículo 168 del texto aprobado en general, para sustituirlo íntegramente por uno del siguiente tenor:
“Artículo 168. Consejo Consultivo del Ministerio Público.
1. Existirá un Consejo Consultivo del Ministerio Público presidido por el Fiscal Nacional, cuya función será asesorarlo y que estará integrado por:
a) el ministro a cargo de la Seguridad pública o quien éste designe,
b) el General Director de Carabineros,
c) el Director General de la Policía de Investigaciones,
d) el Director Nacional de Gendarmería,
e) dos académicos universitarios con reconocida y comprobada competencia e idoneidad profesional, escogidos mediante un sistema de concurso público establecido en la ley institucional,
f) y dos ex fiscales regionales sorteados al efecto.
2. El Fiscal Nacional deberá oír al Consejo Consultivo del Ministerio Público, al menos, previo a:
a) La aprobación del Plan Estratégico Institucional y de la política de persecución criminal de la institución;
b) Establecer modalidades de participación ciudadana;
c) La determinación del plan de metas institucionales y la evaluación externa de su desempeño, y
d) La definición de la organización y de las materias que formen parte de la competencia de la Fiscalía de Alta Complejidad.
3. La ley institucional determinará su funcionamiento, mecanismos de sorteo y demás materias sometidas a su conocimiento.”.
Al artículo 169 del texto aprobado en general, para sustituirlo íntegramente por uno del siguiente tenor:
“Artículo 169. Remoción del Fiscal Nacional, de Alta Complejidad, de Asuntos Internos y regionales.
1. El Fiscal Nacional, el Fiscal de Alta Complejidad, el Fiscal de Asuntos Internos y los fiscales regionales sólo podrán ser removidos por la Corte Suprema, a requerimiento del Presidente de la República, de la Cámara de Diputados, o de diez de sus miembros, por infringir las normas que rigen el cargo, incapacidad, mal comportamiento, negligencia manifiesta en el ejercicio de sus funciones o notable abandono de deberes. La Corte conocerá del asunto en pleno especialmente convocado al efecto y para acordar la remoción deberá reunir el voto conforme de la mayoría de sus miembros en ejercicio.
2. La remoción de los fiscales regionales, del Fiscal de Alta Complejidad y del Fiscal de Asuntos Internos podrá ser solicitada por el Fiscal Nacional.”.
Al artículo 170 del texto aprobado en general, para sustituirlo íntegramente por uno del siguiente tenor:
“Artículo 170. Fuero de los fiscales.
El Fiscal Nacional, el Fiscal de Alta Complejidad, el Fiscal de Asuntos Internos, los fiscales regionales, y los fiscales adjuntos no podrán ser aprehendidos sin orden del tribunal competente, salvo el caso de crimen o simple delito flagrante y sólo para ponerlos inmediatamente a disposición del tribunal que debe conocer del asunto en conformidad a la ley.”.
Sustituye íntegramente el artículo 171 por el siguiente:
"Artículo 171
Sin perjuicio de las facultades del Ministerio Público y de consideración de los principios de acceso a la justicia que establece esta Constitución, habrá un Servicio de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas para que las personas víctimas de delitos puedan acceder a defensa y representación jurídica especializada y asistencia en el ámbito psicológico y social. Este servicio será autónomo y una ley determinará su organización, funcionamiento y detallará sus competencias."
Para sustituir la disposición transitoria primera de este capítulo íntegramente por una del siguiente tenor:
“Primera
1. Una vez aprobada la presente Constitución Política de la República, se mandatará al Congreso Nacional para que dentro de un plazo de un año adecue la ley N° 19.640, que establece la ley orgánica constitucional del Ministerio Público, a lo que este texto establece, considerando la implementación de la Fiscalía de Alta Complejidad, Fiscalía de Asuntos Internos y el Consejo Consultivo del Ministerio Público.
2. Las normas constitucionales sobre el Ministerio Público, aquellas propias de su ley institucional respectiva y que modifiquen el Código Procesal Penal o el Código Orgánico de Tribunales, para la implementación de la Fiscalía de Alta Complejidad y de la Fiscalía de Asuntos Internos, se aplicarán exclusivamente a los hechos cuyo principio de ejecución sea posterior a la entrada en vigencia de tales disposiciones.”.
Para reemplazar íntegramente la disposición transitoria tercera por una del siguiente tenor:
“Mientras el Congreso Nacional no dicte la ley que regule el procedimiento para el sistema de concursos públicos señalado en el inciso segundo del artículo 164, el inciso tercero del artículo 165, el inciso segundo del artículo 166 y la letra g) del inciso primero del artículo 168, éste se efectuará por el Consejo de la Alta Dirección Pública conforme al procedimiento señalado en el Título VI de la ley N° 19.882.
Por su parte, el procedimiento que se deberá seguir para el sistema de concurso público que se indica en el inciso primero del artículo 167, se regirá por la normativa vigente a la entrada de esta Constitución.”.
Para añadir una nueva disposición transitoria cuarta a este capítulo, inmediatamente después de la disposición tercera, del siguiente tenor:
“Cuarta
El Estado de Chile reconoce la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, conforme al Estatuto de Roma y sus enmiendas ratificadas por Chile. Al efectuar ese reconocimiento, Chile reafirma su facultad preferente para ejercer su jurisdicción penal en relación con la jurisdicción de la Corte, por lo cual esta última será subsidiaria de la primera, en los términos previstos en el Estatuto de Roma. La jurisdicción de la Corte Penal solo se podrá ejercer respecto de los crímenes de su competencia cuyo principio de ejecución sea posterior a la entrada en vigor en Chile del Estatuto de Roma.”.
IV. Capítulo X: Servicio Electoral y Justicia Electoral.
-Todas las normas han sido objeto de enmienda o de solicitud de votación separada, por lo que no se da ninguna por aprobada.
Enmiendas de unidad de propósito
Reemplaza íntegramente el art.172 por uno del siguiente tenor:
“Artículo 172. Servicio Electoral
Un organismo autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, denominado Servicio Electoral, ejercerá la administración, supervigilancia y fiscalización de los procesos electorales y plebiscitarios; del cumplimiento de las normas sobre transparencia, límite y control del gasto electoral; de las normas sobre los partidos políticos, y las demás funciones que señale una ley institucional.
La dirección superior del Servicio Electoral corresponderá a un Consejo Directivo, el que ejercerá de forma exclusiva las atribuciones que le encomienden la Constitución y las leyes. Dicho Consejo estará integrado por cinco consejeros designados por el Presidente de la República, previo acuerdo del Senado, adoptado por los tres quintos de sus miembros en ejercicio. Los Consejeros durarán diez años en sus cargos, no podrán ser designados para un nuevo período y se renovarán por parcialidades cada dos años.
Los Consejeros solo podrán ser removidos por la Corte Suprema, a requerimiento del Presidente de la República o de un tercio de los miembros en ejercicio del Senado, por infracción grave a la Constitución o a las leyes, incapacidad, mal comportamiento o negligencia manifiesta en el ejercicio de sus funciones. La Corte conocerá del asunto en Pleno, especialmente convocado al efecto, y para acordar la remoción deberá reunir el voto conforme de la mayoría de sus miembros en ejercicio.
La organización y atribuciones del Servicio Electoral serán establecidas por una ley institucional. Dicha ley contemplará la administración y supervigilancia del registro general de afiliados a partidos políticos y las elecciones internas de ellos, el registro por parte del Servicio Electoral de la iniciativa popular y derogatoria de ley, junto con la disposición del sistema de patrocinio de estas últimas y sus respectivas remisiones al Presidente y Congreso Nacional, además del requerimiento por parte del Consejo Directivo del Servicio de cesación en el cargo de senadores y diputados por la infracción señalada en el inciso séptimo del artículo 62 y el inciso segundo del artículo 142 de esta Constitución. Su forma de desconcentración, las plantas, remuneraciones y estatuto del personal serán establecidos por la ley institucional.
Dicha ley contemplará, el sistema de registro electoral señalado en el inciso segundo del artículo 31 de esta Constitución, en las condiciones que en éste se indican. El tratamiento de los datos electorales será regulado por la ley.
Las resoluciones, dictámenes y actos administrativos definitivos del Servicio Electoral que recaigan sobre los derechos de los electores, candidatos o de los partidos políticos son reclamables ante el Tribunal Calificador de Elecciones, en conformidad a la ley.
El resguardo del orden público durante los actos electorales y plebiscitarios corresponderá a las Fuerzas Armadas, Carabineros y Gendarmería del modo que indique la ley.”.
Para sustituir el artículo 173 del texto aprobado en general, para sustituir dicho artículo íntegramente por uno del siguiente tenor:
“Artículo 173.Tribunal Calificador de Elecciones
Un tribunal especial, que se denominará Tribunal Calificador de Elecciones, tendrá como función guardar el registro fidedigno de la expresión de la voluntad ciudadana manifestada por sufragio en las elecciones que esta Constitución y las leyes establezcan. Tendrá la superintendencia directiva, correccional y económica de todos los tribunales electorales regionales, y deberá asegurar la oportunidad y celeridad de la justicia electoral.
Este Tribunal tendrá las siguientes atribuciones:
a) Conocer del escrutinio general y de la calificación de las elecciones de Presidente de la República, gobernadores regionales, diputados y senadores.
b) Resolver las reclamaciones y solicitudes de rectificación a que dieren lugar las elecciones de Presidente de la República, gobernadores regionales, diputados y senadores.
c) Proclamar al Presidente de la República, gobernadores regionales, diputados y senadores que resulten electos, comunicando al Presidente del Senado, al Presidente de la Cámara de Diputadas y Diputados, al representante del Presidente de la República en la región y provincia correspondiente, al Gobernador Regional y al Consejo Regional respectivamente.
d) Pronunciarse sobre las inhabilidades, incompatibilidades y causales de cesación en el cargo de los parlamentarios según lo establecido en el artículo 62 de esta Constitución.
e) Calificar la inhabilidad invocada por los diputados y senadores, relativa a la renuncia a sus cargos cuando les afecte una enfermedad grave que les impida desempeñarlos.
f) Conocer y resolver de la reclamación contra la sentencia definitiva dictada por el tribunal supremo de los partidos políticos, cuando ésta decida la suspensión y expulsión de un militante conforme al inciso noveno del artículo 35 de esta Constitución.
g) Conocer y resolver de la reclamación contra la resolución que determina la expulsión de un diputado o senador de un partido político.
h) Declarar la cesación del cargo de gobernador regional, alcalde, consejero regional y concejal a requerimiento del Servicio Electoral por la infracción señalada en el inciso segundo del artículo 142 de esta Constitución.
i) Conocer y calificar los plebiscitos y referendos, sin perjuicio de las atribuciones que tenga la Corte Constitucional en esta materia.
j) Ejercer las demás atribuciones que determine la ley.
3. Estará constituido por cinco miembros designados en la siguiente forma:
Cuatro ministros de la Corte Suprema, designados por ésta, mediante sorteo, en la forma y oportunidad que determine la ley institucional respectiva, y un ciudadano que hubiere ejercido el cargo de Presidente o Vicepresidente de la Cámara de Diputados o del Senado por un período no inferior a los 365 días, designado por la Corte Suprema en la forma señalada en el literal a) precedente, de entre todos aquéllos que reúnan las calidades indicadas. La ley institucional determinará la retribución que corresponda por el ejercicio de esta función.
4. Las designaciones a que se refiere el literal b) del inciso anterior, no podrán recaer en personas que sean parlamentario, candidato a cargos de elección popular, Ministro de Estado, ni dirigente de partido político.
5. Los miembros de este tribunal durarán cuatro años en sus funciones. Con todo, cesarán en su cargo al cumplir 75 años de edad y les serán aplicables las disposiciones de los artículos 60 y 61 de esta Constitución.
6. El Tribunal Calificador procederá como jurado en la apreciación de los hechos y sentenciará con arreglo a derecho.
7. Una ley institucional regulará la organización y funcionamiento del Tribunal Calificador.”.
Para sustituir el artículo 173 del texto aprobado en general, para sustituir dicho artículo íntegramente por uno del siguiente tenor:
“Artículo 174. Tribunales Electorales Regionales.
Habrá tribunales electorales regionales encargados de conocer el escrutinio general y la calificación de las elecciones que la ley les encomiende, así como de resolver las reclamaciones a que dieren lugar y de proclamar a los candidatos electos. Asimismo, les corresponderá conocer de la calificación de las elecciones de carácter gremial y de las que tengan lugar en aquellos grupos intermedios que la ley señale. Sus resoluciones serán apelables para ante el Tribunal Calificador de Elecciones cuando lo determine la ley.
Estos tribunales estarán constituidos por un ministro y por dos miembros que desempeñen o hayan desempeñado la función de ministro suplente de la Corte de Apelaciones respectiva, designados por ésta mediante sorteo, en la forma y oportunidad que determine la ley institucional.
Los miembros de este tribunal durarán seis años en sus funciones. Con todo, cesarán en su cargo al cumplir 75 años de edad y tendrán las inhabilidades e incompatibilidades que determine la ley.
Estos tribunales procederán como jurado en la apreciación de los hechos y sentenciarán con arreglo a derecho.
La ley determinará las demás atribuciones de estos tribunales y regulará su organización y funcionamiento.”.
A la disposición transitoria de este capítulo, para añadir una segunda disposición transitoria a continuación, del siguiente tenor:
“Segunda. Una vez aprobada la presente Constitución Política de la República, el Congreso Nacional deberá adecuar la ley orgánica constitucional N°18.460 que establece el Tribunal Calificador de Elecciones, dictando la ley institucional de dicho órgano. Mientras ésta no entre en vigencia, el integrante del Tribunal Calificador de Elecciones nombrado conforme a la letra b) del inciso segundo del artículo 173, recibirá una retribución equivalente a 10 unidades tributarias mensuales por sesión celebrada, con un tope de 50 unidades tributarias mensuales durante el mes.”.
V. Capítulo XI: Contraloría General de la República
-El artículo 178 no ha sido objeto de enmiendas ni de solicitudes de votación separada, por lo que se entiende aprobado.
-Antes del inicio de la sesión de votación se comunicó el retiro de las siguientes enmiendas: 5, 6, 7, 9, 10, 11, 12, 14, 16, 17, 19 y 20.
Enmiendas de unidad de propósito
Reemplaza íntegramente el artículo 175 por el siguiente:
"Art.175
1. Un organismo autónomo, denominado Contraloría General de la República, ejercerá el control de la constitucionalidad y legalidad de los actos de la Administración del Estado y de la Administración regional y local, así como de la probidad en el ejercicio de la función administrativa.
2. La Contraloría General de la República tiene por funciones:
a) Controlar la constitucionalidad y la legalidad de los actos de la Administración, pudiendo tomar razón de los decretos y resoluciones.
b) Fiscalizar y auditar la legalidad del ingreso, el gasto y la inversión de los fondos del Fisco y de los demás organismos y servicios que determinen las leyes. 243
c) Informar la gestión financiera y emitir la normativa contable de la Administración.
d) Examinar y efectuar reparos a las cuentas, de acuerdo con la ley.
3. La Contraloría General de la República ejercerá sus atribuciones en cada una de las regiones del país, de acuerdo a lo establecido en la ley. Las contralorías regionales tienen por función principal el control de la Administración regional y local del Estado.
4. Los actos de la Contraloría General de la República se regirán por los principios de probidad, de transparencia y publicidad, y el deber de rendición de cuentas, en conformidad con el artículo 12 de esta Constitución.
5. Una ley institucional regulará su organización, funcionamiento y otras competencias, de conformidad con lo dispuesto en este capítulo."
Reemplaza los incisos 3 y 4 del art.176 por los siguientes:
"3. Un Consejo Técnico Asesor será oído en sesión pública antes que el Contralor modifique o sustituya, de conformidad a la ley, la resolución que determina los actos administrativos decisorios que han de ser tomados de razón; emita, de oficio, dictámenes e informes sobre la legislación administrativa relacionada con el funcionamiento de los organismos y servicios fiscalizados, interpretando, con efecto general, obligatorio y vinculante para la Administración, las funciones y atribuciones de aquellas entidades estatales; y, fije los organismos o programas que deben ser fiscalizados.
4. El Consejo será presidido por el Contralor General y estará integrado por cuatro consejeros que deberán tener al menos diez años de licenciado o de título profesional, y contar con reconocida y comprobada competencia e idoneidad profesional o académica en el ámbito de las funciones del órgano contralor. Durarán cuatro años en el ejercicio del cargo y se renovarán en parcialidades a razón de uno cada año. El Senado designará 244 a cada consejero de una terna elaborada previo concurso público, en la forma que determine la ley institucional."
Reemplaza íntegramente el artículo 177 por el siguiente:
“Art.177
1. El Contralor General tomará razón de los decretos y resoluciones que, en conformidad a la ley y mediante una resolución dictada por el Contralor, deben tramitarse por la Contraloría General de la República o representará la ilegalidad de que puedan adolecer.
2. Deberá dar curso a los decretos y resoluciones cuando, a pesar de su representación por ilegalidad, el Presidente de la República insista con la firma de todos sus Ministros. En tal caso deberá enviar copia completa de los respectivos decretos a la Cámara de Diputadas y Diputados. En ningún caso dará curso a los decretos de gastos que excedan el límite señalado en la Constitución y remitirá copia íntegra de los antecedentes a la misma Cámara.
3. Le corresponderá, asimismo, tomar razón de los decretos con fuerza de ley, debiendo representarlos cuando ellos excedan o contravengan la respectiva ley delegatoria o sean contrarios a la Constitución.
4. Si la representación tuviere lugar con respecto a un decreto con fuerza de ley, a un decreto promulgatorio de una ley o de una reforma constitucional por apartarse del texto aprobado, o a un decreto o resolución por ser contrario a la Constitución, el Presidente de la República no tendrá la facultad de insistir. En caso de no conformarse con la representación de la Contraloría General de la República, podrá remitir los antecedentes a la Corte Constitucional dentro del plazo de diez días, a fin de que ésta resuelva la controversia.
5. El Contralor General de la República no tomará razón de ningún decreto o resolución que apruebe desembolsos o que comprometa pecuniariamente en cualquier forma la responsabilidad del Estado, si el gasto no está autorizado por la Ley de Presupuestos del Sector Público o por leyes especiales.
6. El Contralor General de la República podrá interpretar, en forma obligatoria y vinculante para la Administración, la legislación administrativa sobre asuntos que se relacionen con el funcionamiento de los organismos y servicios fiscalizados. La ley determinará las bases del procedimiento para emitir los dictámenes e informes.
7. Las actuaciones del Contralor General de la República serán impugnables judicialmente, a través de las acciones constitucionales y legales.”
Artículo 177 bis
Habrá un Tribunal de Cuentas que juzgará los reparos a las cuentas realizadas por la Contraloría General de la República. Su organización, atribuciones y procedimiento son materias de ley institucional.
Artículo 178
Las Tesorerías del Estado no podrán efectuar ningún pago sino en virtud de un decreto o resolución expedido por autoridad competente, en que se exprese la ley o la parte del presupuesto que autorice aquel gasto. Los pagos se efectuarán considerando, además, el orden cronológico establecido en ella y previa refrendación presupuestaria del documento que ordene el pago.
Disposiciones transitorias del Capítulo XI
Primera
1. Si a la fecha de entrada en vigencia de esta Constitución se encuentra en funciones un Contralor General de la República titular, este se mantendrá en su cargo hasta el término del período por el cual fue nombrado o hasta que cese en su cargo.
2. En caso de que a la entrada en vigencia de esta Constitución, el cargo de Contralor General de la República titular se encontrare vacante, se aplicarán, para su designación, las normas establecidas en el artículo 176. Dicha designación deberá hacerse dentro de los noventa días siguientes a la entrada en vigencia de esta Constitución.
Segunda
1. Dentro del año siguiente a la entrada en vigencia de esta Constitución, el Presidente de la República deberá presentar los proyectos de ley necesarios para establecer el Tribunal de Cuentas creado en el artículo 177 bis.
2. A contar de la entrada en vigencia de esta Constitución, las autoridades y funcionarios que se desempeñen en el Juzgado de Cuentas de primera instancia a que se refiere el artículo 107 de la ley N° 10.336, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto N° 2.421, de 1964, del Ministerio de Hacienda, continuarán ejerciendo su competencia, de forma exclusiva, mientras no entre en funcionamiento el Tribunal de Cuentas creado en el artículo 177 bis.
3. Los recursos de apelación que se hubieren deducido en contra de sentencias de primera instancia dictadas en juicio de cuentas, seguirán siendo conocidos y resueltos por el tribunal de cuentas de segunda instancia, sin perjuicio del régimen recursivo que pueda disponer la ley que establezca el Tribunal de Cuentas. No obstante, los recursos de apelación que, a partir de la entrada en vigor de esta Constitución, se deduzcan en contra de sentencias de primera instancia en juicios de cuentas, serán conocidos por la 246 Corte de Apelaciones de Santiago. Para todos los efectos legales y constitucionales se entenderá que la Corte de Apelaciones de Santiago será el continuador del tribunal de cuentas de segunda instancia, una vez que este haya resuelto el último recurso pendiente, momento en que el tribunal de cuentas de segunda instancia se entenderá suprimido.
Tercera
Mientras no se dicte la ley institucional que regule el concurso público que indica el inciso 4 del artículo 176, el procedimiento será llevado por el Consejo de Alta Dirección Pública de acuerdo con lo señalado en el Título VI de la ley N° 19.882. Los períodos de los consejeros que conformen la primera integración del Consejo a que se refiere el artículo 176 serán de uno, dos, tres y cuatro años, según se determine por sorteo. Aquellos consejeros que hayan ejercido por un período menor a cuatros años podrán ser reelegidos, pasando a formar parte de la terna que se confeccione para su reemplazo por derecho propio, a menos que renuncien a ello.
VI. Capítulo XII: Banco Central
-Se declararon aprobados todos aquellos artículos que no hayan sido objeto de enmiendas ni solicitudes de votación separada. Respecto al capítulo en cuestión son los siguientes: artículo 183 y artículo 184.
-Antes del inicio de la sesión de votación no se presentaron retiro de enmiendas en este capítulo.
Enmiendas de unidad de propósito
“Artículo 180. Funciones.
1. El Banco Central tendrá por objeto velar por la estabilidad de los precios y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos.
2. Para estos efectos, el Banco Central podrá regular la cantidad de dinero y de crédito en circulación, la ejecución de operaciones de crédito y cambios internacionales, y dictar normas generales en materia monetaria, crediticia, financiera y de cambios internacionales.”.
Para agregar un inciso tercero al artículo 180, del siguiente tenor:
“3. El Banco ejercerá sus funciones y atribuciones buscando resguardar el cumplimiento de los objetivos a que se refiere el inciso anterior, sin perjuicio de considerar también los efectos de la política monetaria en la actividad económica y el empleo.”.
Para agregar en el inciso segundo del artículo 185, después de la voz “ley”, la siguiente expresión:
“institucional, y siempre que dichas actuaciones hayan sido la causa principal y directa de un daño significativo a la economía del país”.
Para agregar en el inciso primero del artículo 186, después de la voz “pública”, la siguiente expresión:
“en conformidad a lo establecido en su ley institucional.”
21 de marzo de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto acordar su forma de funcionamiento para cumplir con el propósito de presentar propuestas de normas constitucionales y, a su vez, iniciar la discusión general sobre las materias propias de su competencia.
Finalmente, se acuerda invitar al director de la Biblioteca del Congreso Nacional para recibir su exposición en la próxima sesión.
Desarrollo de la sesión
1. Propuesta de funcionamiento
La presidenta de la subcomisión, Catalina Salem (RN), propone que esta se divida en duplas que estudien y trabajen sobre un conjunto de órganos, entregando insumos con mayor profundidad al resto de la subcomisión y al pleno:
Poder Judicial y Banco Central: Leslie SánchezHernán Larraín.
Ministerio Público, Justicia Electoral y Servicio Electoral: Katherine MartorellPaz Anastasiadis
Corte Constitucional y Contraloría General de la República: Catalina SalemDomingo Lovera.
La propuesta se acoge en forma unánime por la subcomisión.
2. Inicio de discusión general sobre Banco Central, Justicia Electoral, Servicio Electoral y Contraloría General de la República
Hernán Larraín (UDI) propone que el nombramiento y remoción de los miembros del consejo del Banco Central debieran mantener su mecanismo de nombramiento y remoción con un quórum reforzado de mayoría absoluta.
Respecto al Poder Judicial existen tres elementos en su estructura que son importantes: instalación de principios y bases orientadoras de la acción del Poder Judicial (como la independencia); pensar en nuevos principios que se puedan incorporar y asegurar el acceso a la justicia y el debido proceso. También es necesario pensar en un órgano autónomo que se encargue del gobierno judicial y administración.
Catalina Salem (RN) menciona que sobre el Banco Central existe un consenso en la subcomisión en torno a constitucionalizar su objetivo para darle una mayor envergadura y fisionomía a la institución.
Domingo Lovera (RD) menciona que el debido proceso queda mejor retratado en el capítulo sobre derechos, dado que establece un mandato para el legislador para desarrollar procesos racionales y justos.
Paz Anastasiadis (DC) afirma que la subcomisión debe validar los buenos funcionamientos en la institucionalidad actual, como es el caso del Banco Central. A su vez, en el caso del Poder Judicial es importante fortalecer la independencia interna de este.
Katherine Martorell (RN) coincide en que el debido proceso debe estar en el capítulo de derechos fundamentales, lo que no obsta con regular ciertos principios que lo complementen en el capítulo del Poder Judicial, particularmente porque es donde se materializa (orgánica y funcionalmente).
También menciona que una mirada del acceso a la justicia está en la posible creación de una defensoría de las víctimas, por lo que también podrían surgir otros organismos en la discusión sobre otros principios. Sobre este punto, el comisionado Lovera (RD) dice que debe cuidarse a quién van dirigidos los principios, ya que si no podría existir un activismo judicial que, incluso con objetivos loables, podría pasar a llevar el debido proceso.
En el caso de la Justicia Electoral y Servicio Electoral, existe consenso en la subcomisión sobre la regulación en el ordenamiento jurídico actual. Sobre cuestiones a agregar, la comisionada Katherine Martorell (RN) menciona como una necesidad la incorporación de la autonomía en rango constitucional e incluir al TER en la regulación constitucional. Un tema que debe conversarse en forma más profunda es la supervigilancia entre el Tricel y los Tribunales Electorales, sobre lo cual no hay posturas comunes.
La comisionada Catalina Salem (RN) expresa la necesidad de unificar los criterios de remoción y límite de edad para la integración del Tricel. Menciona al quinto miembro del tribunal, de carácter más político, en comparación a los otros cuatro miembros de carácter marcadamente jurisdiccional.
Sobre los TER, la comisionada dice que en cada región se funciona con reglas distintas o como verdaderas islas, por lo que es importante discutir la posibilidad de que el Tricel tenga labores de supervigilancia sobre estos tribunales, así como incorporar mecanismos que favorezcan criterios uniformes en funcionamiento e interpretación.
En cuanto a la regulación de Contraloría, el comisionado Domingo Lovera (RD) indica que es adecuado mantener el carácter autónomo e integración unipersonal. Un tema que sigue teniendo espacio de debate es la idea del patrimonio propio y la personalidad jurídica. Por ejemplo, podría existir una cláusula presupuestaria que establezca que el presupuesto de los órganos autónomos no podría ser menor al del último presupuesto aprobado por el Congreso Nacional.
Respecto a la duración, se está pensando en aumentar en 1 año (de 8 a 9) para desligar su nombramiento de los ciclos electorales. Además, se cree que es importante eliminar como una de sus funciones los juicios de cuentas, para que estos pasen a ser directamente conocidos por órganos jurisdiccionales.
Por último, existe un acuerdo general sobre cuál fórmula de consejo acompañe a las funciones de Contraloría.
Sobre lo anterior, el comisionado Hernán Larraín (UDI) cree que más que asegurar autonomía presupuestaria es necesario mejorar el sistema de definición del presupuesto público, dando un mayor contrapeso al gobierno en su definición, por ejemplo estableciendo una oficina de presupuestos del Congreso Nacional de carácter técnico.
La comisionada Anastasiadis (DC) dice que debe existir una discusión sobre el buen uso de los recursos públicos a nivel municipal y regional, abriéndose a discutir la existencia de un órgano contralor municipal para no exacerbar las funciones de la actual Contraloría.
La comisionada Salem (RN) cree que es importante profundizar el control de legalidad a nivel regional y local, pero evitando lo que ocurre precisamente con los Tribunales Electorales Regionales, con reglas propias y verdaderas “islas jurisdiccionales”. Sobre ello, la comisionada Anastasiadis (DC) señala que su propuesta busca proteger los pesos y contrapesos en los órganos de control, evitando concentrar excesivas atribuciones en una sola institución.
En esa misma línea, la comisionada Katherine Martorell (RN) cree que debe existir una división fuerte dentro de la Contraloría Nacional, con órganos desconcentrados a nivel local y regional. Esto es viable por lo mismo que comentó el contralor en su exposición, a saber, la firma de convenios con ciertos municipios para que exista cierto control de legalidad de sus actos.
Finalmente, en lo que respecta a la Corte Constitucional, se busca enfatizar su carácter jurisdiccional e identificar su función principal, que es garantizar la supremacía constitucional. A su vez, existe acuerdo en que la integración debiese ser impar, lo que pierde dramatismo si a nivel legal la presidencia pierde su facultad dirimente.
En relación a los requisitos, hay consenso en mantener la regla de 15 años de ejercicio de la profesión de abogado, manteniendo también la duración de 9 años en sus cargos y su renovación por parcialidades.
Sobre sus atribuciones, existen muchas que es necesario preservar (como la constitucionalidad de auto acordados y de los DFL, decretos que convocan a plebiscitos, reclamo de promulgación de textos de ley diversos al aprobado, de decretos o actos de la presidencia de la República representados por Contraloría), mientras se mantiene pendiente la función de contiendas de competencias, ya que se debe concordar una fórmula con la Subcomisión de Sistema Político.
Los temas de mayor discusión serán la acción de inaplicabilidad y respecto de la acción de inconstitucionalidad, sobre todo respecto a la fórmula precisa del quórum. Otro tema relevante sobre el cual aún no existe acuerdo es el control preventivo que actualmente ejerce el tribunal.
Al respecto, el comisionado Hernán Larraín (UDI) cree que uno de los mecanismos que puede discutirse para evitar esta visión del tribunal como “tercera Cámara” es un reenvío al Congreso Nacional, de manera que después de su pronunciamiento el Congreso pueda remendar la inconstitucionalidad prevista por el órgano. A su vez, debiese existir un quórum más alto para poder requerir el pronunciamiento de la Corte Constitucional.
El comisionado Domingo Lovera (RD) piensa que el control preventivo sustantivo está demasiado ligado al proceso político, y cree que es difícil de justificar por qué una discordancia que se resolverá por reglas de la mayoría es más legítima en el seno de una futura Corte Constitucional y no en el Congreso Nacional.
La comisionada Catalina Salem (RN) menciona que la razón de ser de la Corte Constitucional es ser un contrapeso y un límite al poder del Congreso Nacional, al igual que la Contraloría en el caso de los gobiernos. En el caso del control preventivo, lo que se tiene que tener a la vista es la protección de derechos fundamentales, partiendo desde la premisa que el legislador puede vulnerarlos. Por lo tanto, la supremacía constitucional como principio debe ser resguardado por este órgano contramayoritario.
14 de marzo de 2023
Resumen ejecutivo
La subcomisión recibió la exposición del Contralor General de la República, Jorge Bermúdez. Luego, se procedió a una ronda de preguntas y respuestas, aclarando algunos puntos de lo que debiera ser la regulación del órgano fiscalizador en el nuevo texto constitucional.
Desarrollo de la sesión
1. Exposición del contralor
Posición de su regulación en el texto. El contralor se refirió a la posición de la regulación de la CGR en la actual Constitución y en la propuesta rechazada. Menciona que es importante que el órgano tenga un capítulo propio, y que respecto a su posición sería relevante que esta apareciera luego del Capítulo de Gobierno y Administración (como en el caso del Poder Judicial y Ministerio Público). Con todo, al contralor no le parece un tema de extrema relevancia.
Autonomía. Sobre la autonomía, se refirió a la necesidad de dotar a la CGR de autonomía financiera, al igual que en el caso del Banco Central. Esto reforzaría su capacidad de actuación frente a los órganos de la administración.
Definición y misión institucional. Respecto a la misión institucional y la definición de CGR, el contralor cree que el anteproyecto debería ser una entidad fiscalizadora superior, reconociéndose como órgano técnico y profesional. Respecto a su misión, menciona que debe estar presente el control de la legalidad, de los recursos públicos y de la integridad en el ejercicio de la función pública (es decir, ser un órgano dentro del entramado anticorrupción).
Funciones. Lo más relevante para el contralor es que los juicios de cuenta pasen a ser competencia exclusiva de la sede jurisdiccional. Sobre la toma de razón, se propone que los municipios también tengan la obligación de pasar por dicho trámite en el ejercicio de sus actos administrativos, pero actualmente no existe la capacidad de hacerlo sobre todos los municipios. Lo que se ha hecho es la firma de convenios de revisión previa de legalidad con 70 municipios, lo cual se aplica en concesiones, temas de obras públicas, entre otros.
Designación. El contralor cree que una designación mixta es deseable, pero en el Congreso debe existir un quórum reforzado, particularmente para tener mayor nivel de autonomía frente a quienes van a ser fiscalizados por el órgano.
Consejo técnico y/o asesor. En el funcionamiento diario de CGR sería difícil y poco práctico que todas las decisiones y actos del órgano pasaran por un filtro de un consejo colegiado asesor. Pero respecto a decisiones más grandes y que no tienen altos grados de urgencia (plan de auditoría, ley de presupuestos y aperturas de sedes) podrían ser consultados. La idea es que no sea permanente, reuniéndose algunas veces al año.
Comisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos
24 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto continuar la discusión de las enmiendas e iniciativas populares de norma presentadas al Capítulo II del anteproyecto de propuesta de nueva Constitución.
Los temas discutidos en la sesión fueron el principio de no devolución, la migración irregular, la enmienda sobre reclusión domiciliaria a los presos de edad igual o mayor a 75 años y aquellos que padezcan enfermedades terminales, el derecho a la vida y aborto de tres causales, y enmiendas sobre el libre desarrollo de la personalidad, discapacidad, vejez y cuidados.
Desarrollo de la sesión
En primer lugar, se exponen las enmiendas sobre migración de las bancadas UDI y Republicanos. La consejera Navarrete (UDI) expone que se busca una migración ordenada tomando en cuenta la crisis migratoria actual, en donde la migración irregular será sancionada por ley. Mientras que la bancada republicana busca regular la migración mediante la expulsión o devolución de migrantes irregulares, de igual manera, establecen que en caso de ser condenados los migrantes estos deberán cumplir la pena carcelaria en su país de origen.
La comisionada Fuenzalida se muestra preocupada con respecto a estas enmiendas desde el punto de vista del diseño de políticas públicas, y que esta no debe ir contenida en la constitución, añade que la expulsión en masa de migrantes no funciona.
En segundo lugar, se presenta la enmienda del Partido Republicano N° 28/2, la que establece que las personas mayores a 75 años de edad o que padezcan enfermedades terminales puedan cumplir prisión preventiva o reclusión en su domicilio, con la limitación de solo ser aplicable en aquellos casos en la conducta sancionada no sea un peligro para la sociedad en la actualidad.
El consejero Ljubetic (CS) afirma que el grueso de las personas beneficiadas a estas iniciativas son a las personas en Punta Peuco y pregunta si esta es la voluntad de la iniciativa, también recomienda incluir aquellos criminales que han cometido delitos sexuales.
La comisionada Lagos sigue en línea por lo expuesto por el consejero Ljubetic (CS) y añade los datos de que el 55,1% de los condenados que son mayores a 75 años son violadores de derechos humanos. De las 236 personas que registran la edad de 75 años o mayor, 70 personas, es decir el 29,7% de total, son personas condenadas por delitos sexuales
Declara que entregar beneficios que otorgan impunidad es algo que atenta contra la seguridad de la sociedad y a la no repetición de los hechos en el futuro.
También, pregunta si los autores aceptarían redactar una norma más genérica que beneficie a otros grupos en situación de vulnerabilidad como mujeres embarazadas o con hijos menores a dos años, o incluso a personas pertenecientes a pueblos indígenas.
En este sentido, tanto el comisionado Frontaura como el consejero Silva (PR) aclaran que no se busca impunidad, sino que se pueda cumplir la pena en otras condiciones, y recalcan la condición establecida, afirman que en varios ejemplos que dio el oficialismo los ponen en situaciones en donde los beneficiarios son un peligro, por lo que el beneficio no los alcanzará a ellos. Con respecto a la pregunta de la comisionada Lagos afirman que están dispuestos a incluir a otros grupos vulnerables en la enmienda.
En tercer lugar, la discusión en torno al derecho a la vida se centró en si las redacciones de las enmiendas presentadas por la bancadas UDI, RN y Republicanos presentaba un peligro para la ley de aborto en tres causales al contener “se protege la vida del niño que está por nacer y la maternidad”.
La consejera Gatica (PR) comparte su experiencia respecto a la casi realización de un aborto clandestino, y declara que ofrecer como solución deshacerse de un hijo es un salvavidas de plomo, es llegar tarde y la manifestación de un estado y sociedad fallida.
La comisionada Lagos interpela a la consejera Mangelsdorff (RN) respecto a la definición que establecen en el derecho a la vida, ya que jurídicamente lo que protege es que no me maten arbitrariamente, y no a esta concepción que le están dando, porque eso significaría promover la inmortalidad
En cuarto lugar, la enmienda de Unidad para Chile para asegurar los derechos sexuales y reproductivos fueron cuestionados por la oposición por la sospecha de buscar la futura discusión de una ley de aborto libre. Ante esto, se recalcan las intervenciones de la presidenta de la comisión María de los Ángeles López, que declara “cuando se produce un aborto estamos matando arbitrariamente”.
Y la declaración del comisionado Frontaura, “Yo puedo establecer como retroceso el aborto libre, ya que en los pueblos pre cristianos de hace 2000 años se practicaba el aborto de manera amplia, había botaderos de guagua e infanticidio”.
En último lugar, la bancada Unidad para Chile presenta enmiendas N° 121, 122, 123, 125, 126 referente a los temas del libre desarrollo de la personalidad, discapacidad, vejez y cuidados. Las que aluden a explicitar el cuidado de los derechos de niños, niñas y adolescentes, conciliar las labores de cuidado, la libertad de acción, autonomía y libertad personal buscando la autorrealización, derechos de las personas en situación de discapacidad, los derechos de la vejez, y la creación de una Defensoría de Derechos Humanos.
La consejera Mangelsdorff (RN) cuestiona la incorporación de esta defensoría, debido a la existencia de la Subsecretaría de los Derechos Humanos, y sobre darle rango constitucional a las enmiendas referidas a las personas con situación de discapacidad y la vejez.
22 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto la discusión de la comisión sobre las enmiendas relativas a igualdad ante la ley, integridad personal, garantía de los derechos y deberes constitucionales.
Desarrollo de la sesión
1) Igualdad ante la ley
Se exponen enmiendas de las diferentes bancadas y se genera un debate en la forma de entender los conceptos de interseccionalidad, no discriminación, justicia e igualdad. María de los Ángeles López (PRep), al comentar las enmiendas presentadas por el oficialismo, señala que no se deberían incluir conceptos que hagan referencia a interseccionalidad o no discriminación porque sería contraproducente y generaría el efecto contrario al deseado.
Por su parte María Pardo (CS) señala que es necesario aclarar conceptos. Para ella, la interseccionalidad no habla de identidades particulares, sino que de personas históricamente excluidas a quienes la sociedad las ha mirado de cierta forma, y por ello, debería incluirse el término en el numeral. Además, señala que no comparte análisis de la convencional López, pues no considera que la justicia deba ser ciega, sino que el juez debe ser equidistante de las partes.
Ante ello, el comisionado Máximo Pavez pregunta a la bancada republicana porqué eliminar los términos “a la igual protección de la ley y a la no discriminación´ contenidas en el artículo. Luis Silva responde que en el caso de la frase ̈la igual protección de la ley ̈, se busca eliminar porque dos numerales más adelante se hace mención a ello y es redundante. En cuanto a la ¨no discriminación¨, se sostiene que, a su juicio, ello es el anverso de la igualdad ante la ley, pero que discrepan con el oficialismo en que estos suponen que toda discriminación es arbitraria. Así, se prefiere hablar de justicia, y discrepan de una redacción que incluya términos como interseccionalidad ya que se añaden criterios ajenos a la ley, confunde el razonamiento judicial y a quienes están llamados a fallar.
La comisionada Catalina Lagos sostiene que el artículo se encuentra redactado de esta forma producto de un acuerdo político en la comisión experta para incorporar dos visiones o corrientes teóricas (aquella que señala que el término discriminación entraña un desvalor en si mismo y quienes consideran que los términos arbitrariedad o diferenciación arbitraria son una tradición en nuestro ordenamiento jurídico). Junto a ello, el comisionado Pavez señala que se debe considerar que la comisión experta intento juntar los conceptos, discriminación y diferenciación arbitraria deben entenderse sinónimos.
El debate continúa con la consejera Mangelsdorff (RN) quien sostiene que debemos ser precavidos con la taxatividad en la redacción de los artículos, pues podría llevar a ser un listado sospechoso o confuso, sostiene que el problema de fondo es el ejercicio y establecimiento de esta igualdad.
2) De las Garantías de los Derechos y Libertades
Bancadas de oposición presentan sus enmiendas al artículo 23 del anteproyecto. La discusión se centra en la inclusión de la frase ¨solo la ley podrᨠen lo relativo a materias de Derechos Fundamentales. Quienes presentaron dicha enmienda sostienen que es necesario establecer este límite pues no sería posible que existan otros mecanismos de creación o inclusión de DDFF a nuestro ordenamiento. Así preocupa el ¨activismo judicial¨ y el rol que tendrá el Estado en la armonización de los derechos.
En oposición a ello, la consejera Pardo (CS) señala que es preocupante establecer una reserva legal absoluta pues no se habla solo delimitación, también debe considerarse la complementación y regulación a través de otros mecanismos (potestad reglamentaria).
El comisionado Domingo Lovera sostiene que la redacción del artículo 23 descansa en fórmulas aprobadas y probadas a nivel mundial, y que esta norma es producto de un acuerdo político transversal por lo que cualquier modificación que se haga es un error.
En relación al artículo 24 del anteproyecto, el debate se centró en la redacción del enunciado ¨remoción de obstáculos¨ contenido en la norma. El comisionado Pavez preguntó a la bancada republicana el por qué eliminar este concepto en las enmiendas que presentaron, ante ello María de los Angéles Lopez (PRep) señaló que el término podría incentivar a errores interpretativos.
Ante ello, los comisionados Catalina López y Lovera sostuvieron que existe jurisprudencia de la CIDH en donde se explicita lo que se entiende por remoción de obstáculos. Además se debe considerar que esta redacción abre la puerta para generar políticas públicas de fomento y avance en la adopción de medidas por parte del Estado.
En cuanto a las enmiendas relativas a los deberes constitucionales, Fernando Viveros (PC) señaló que es necesario incluir obligaciones relativas a materias medioambientales, corresponsabilidad amplia eliminando roles de género, reciprocidad de los hijos con sus padres. Además sostiene que es importante mandar al legislador a que restrinja la elusión y evasión de impuestos, sin que ello signifique eliminar la planificación tributaria.
En cuanto a la enmienda 328 presentada por RN y EVÓPOLI se llega a la conclusión que estuvo mal ubicada pues no dice relación con el artículo.
Por otro lado, la bancada republicana expuso que es necesario incluir como un deber de todo habitante el respeto a las tradiciones y hacer un reconocimiento de aquello que nos identifica como chilenos. A ello, la comisionada Undurraga señaló que la enmienda presentada es compleja pues incluye conceptos como ¨soberanía nacional¨, se incluyen conceptos bajo el manto de tradición que amarra a una identidad sin respetar el pluralismo de los diferentes grupos que conforman nuestro país.
21 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tiene por objeto continuar la discusión de las enmiendas e iniciativas populares de norma presentadas al Capítulo II del anteproyecto de propuesta de nueva Constitución. En la sesión se discuten las enmiendas correspondientes a las obligaciones de los órganos administrativos, el trato digno y oportuno, el derecho a honra, a la vida privada y protección de los datos personales, y los derechos de expresión, asociación y reunión.
Desarrollo de la sesión
En primer lugar, la discusión se centró en la enmienda del bloque Unidad para Chile representado por la consejera Melin (RD) que expuso la preocupación en la búsqueda de mayor transparencia en la que el privado también tenga que cumplir y rendir cuentas cuando ejerce servicio y funciones públicas. Con respecto a esto, la consejera Mangelsdorff (RN) afirmó que le hace ruido subirle los requisitos a los privados, debería ser a través de la ley y no constitución, y afirma que hoy en día la corrupción se dio a través de las fundaciones.
En segundo lugar, las enmiendas por separado de las bancadas del Partido Republicano y de la UDI refieren a la supresión de los numerales para unificarlos, sus argumentos giran en torno a que se puedan leer como un todo y no se vuelvan contradictorios. Ante esto, los comisionados Frontaura y Lagos, y el consejero Ljubetic (CS) expresan que las normas tienen una trayectoria independiente y la diferenciación tiene que ver con aspectos prácticos, les parece mantener la diferencia conceptual y la práctica establecida en el anteproyecto.
En tercer lugar, con respecto al derecho de libertad de expresión, la discusión se centró en la enmienda de la consejera Mangelsdorff (RN), que expresó que el anteproyecto solo se refiere a restricción de la libertad de expresión pero no hace alusión a privación, perturbación o amenaza. La consejera Navarrete (UDI) apoya lo expresado por la consejera Mangelsdorff,y les parece importante la frase de que no podrá instalar una verdad oficial, basándose en la experiencia pasada del proceso constitucional buscó sancionar el negacionismo, y declara que no podemos intervenir, todo dependerá de las experiencias y visiones de las personas.
La comisionada Lagos por su parte, se opone en conjunto con la comisionada Fuenzalida, y expone que existen garantías oficiales de protección de los DDHH que tienen que ver con la búsqueda de la verdad y asegurar la no repetición, da los ejemplos de los informes de la comisión rettig que podría devenir como inconstitucional. También declaró lo consagrado por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, los discursos de odio son un abuso del ejercicio de la libertad de expresión.
En último lugar, la discusión del derecho de reunión y asociación se enfocó en la enmienda de la Bancada Unidad para Chile, que luego de reunirse agregan “o manifestarse”, con la justificación de que a pesar de que el derecho a reunión incluye la manifestación prefieren que se exprese de forma literal.
La consejera Mangelsdorff (RN) se encuentra en descontento con la enmienda, ya que asegura que ni en la actual constitución ni en el anteproyecto se establece el derecho a manifestarse en conjunto al de reunión, y nadie garantiza que la manifestación sea pacífica
El consejero Ljuvetic (CS) explica que es un constructor entre la libertad de reunión y el de expresión,y se necesita reconocer lo que ocurre en la combinación de ambos derechos. Finaliza estableciendo que las aprensiones que tiene la consejera Mangelsdorff (RN) son de orden público y no tienen que ver con esta discusión.
8 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto el debate de las enmiendas del capítulo 1 del artículo 1 al 15 Se recibe la exposición Giannina Mondino, Defensora de la Niñez y de Cecilia Jara, miembro de Mujeres de la Araucanía. Durante la sesión los temas y enmiendas más discutidas son los de el rol de la familia y el estado en la protección de los derechos de los niños y adolescentes , tratados internacionales, cambio de verbo en la participación de las mujeres en política, terrorismo y estado social.
Desarrollo de la sesión
La exposición de la Defensora de la Niñez, Giannina Mondino tuvo 3 puntos centrales. En primer lugar, la importancia del reconocimiento de sujetos de derecho. En segundo lugar, respetar los principios de la Convención sobre los Derechos del Niño y el interés superior de los niños, niñas y adolescentes. En tercer lugar, el rol de la familia y el estado en la protección de los derechos de los niños y niñas.
Mondino no recomienda las enmiendas N° 29-1, ya que podría restringir, obstaculizar o impedir una norma de tratado internacional de derechos humanos, la enmienda N° 79-1 correspondiente a la determinación del interés superior del niño el que debe ser aplicado por parte de sus familias de forma exclusiva, se da un retroceso, el estado debe hacerse cargo en el momento en el que la familia se aparta. La enmienda N° 274-2 sobre restricción de nacionalidad a hijos extranjeros irregulares y transeúntes
Recomienda enmienda al artículo 16, sobre asistencia jurídica especializada, y responsabilidad penal, al incluir edad mínima en artículos relativos a responsabilidad penal de adolescentes.
La Consejera Navarrete (UDI) realizó una breve exposición acerca de las enmiendas realizadas por su partido. De estas se destacan la N° 20: se cambia de asegurara a favorecerá en la norma que promueve la participación de las mujeres en política. Quieren promover añadiendo la variable de mérito (capacidad y experiencia), que tiene por objetivo evitar que sea una paridad rígida y forzada. La enmienda N° 64 establece que el estado resguarde la seguridad de las personas y de los bienes. Las relacionadas a terrorismo, N° 84 atentan contra la seguridad interna del país, N° 85 de prohibición de indultar a condenados por delitos terroristas, N° 91 sobre crear figura que permita declarar a las organizaciones a la que pertenecen los autores de delitos terroristas como inconstitucionales que busca dejarlos fuera del artículo 16 de libertad de asociación, y la N° 93 referente a las víctimas de delitos terroristas reciban indemnización por daños recibidos.
Tratados internacionales de Derechos Humanos
Comisionado Pavez: Los tratados internacionales de derechos humanos establecen obligaciones, la enmienda busca que no sean normas supranacionales. La constitución vigente le da un rango constitucional adecuado
Consejero Viveros (PC): No está de acuerdo con darle la supremacía constitucional por sobre la ratificación de algunos tratados
Consejero Silva (PR): realiza una observación de la representante de la Defensoría de la Niñez, de reconocer la prioridad de los padres en la determinación del interés superior de los niños, que establece un retroceso en los derechos del niño. Esta afirmación le parece fuerte y explícita que el Estado muy fácilmente se desboca.
Participación de mujeres en política
Consejera Lagos(CS): interpela a consejera Navarrete con respecto a la enmienda sobre el verbo rector de asegurar en vez de favorecer, en ningún momento la norma se pensó para lograr lo dicho por Navarrete. No se establece un mecanismo específico, ni cuota en particular, solo habla de participación igualitaria. No define un porcentaje ni mecanismo para la paridad. El objetivo que proponen no se cumple.
Explicita que la enmienda N°17-1 establece una nueva fórmula de democracia paritaria, no se limita a mecanismos que inciden en el establecimiento de mecanismos de corrección de elección popular, se habla en plural de los mecanismos y no solo de uno.
Consejera Mangelsdorff (RN): con respecto a la paridad y lo dicho por Navarrete, el problema es con la paridad de salida, el Estado debe generar condiciones de acceso distinto a lo establecido a la paridad de salida. Afirma que genera antidemocracia que se estipule que la democracia debe ser paritaria
Consejera Navarrete (UDI): buscan descartar la paridad de salida, si se mantiene asegurar es una carga, y no fomentar la participación de mujeres. La comisionada Lagos afirmó que no se han establecido mecanismos, sin embargo, se dan las bases para que estos existan.
Terrorismo
Consejera Lagos(CS) se refiere a enmiendas relativas a Terrorismo, quiere consultar si han pensado también establecer obligaciones correlativas para el Estado, en específico, el terrorismo de Estado, en relación a la prohibición de indultar a violadores de DDHH y también indemnización de esas víctimas
Consejera Navarrete (UDI) sobre la ampliación de indultos, no se cierran a la discusión de incluir a los terroristas de estado
En la exposición Cecilia Jara, miembro de Mujeres de la Araucanía, le hacen sentido las enmienda donde se quiere crear una fiscalía y tribunales donde se investigar los casos terroristas, también, la enmienda que mantiene al terrorismo como contrario a los Derechos Humanos
La única manera de mejorar la crisis es hacer justicia, debemos poner mano duro, que los tribunales se motiven a encontrar a los terroristas
Estado social
Exposición Consejero Ljuvetik (CS) : realiza una contextualización sobre la crisis social y política. Cita a ex primera dama “parece que tendremos que compartir nuestros privilegios” se hizo cargo de lo que parecía el ambiente y las razones colectivas.
En las bancadas del PR se encuentra un debilitamiento de elementos para establecer un estado social de derecho. No solo en el Art, 1 sino que también en los demás.
Consejero Silva (PR): los dichos por el consejero Ljuvetic de que las enmiendas presentadas por el partido republicano mutilan, pueden aplicarse a todas las enmiendas presentadas. Recordarle que siempre existe la posibilidad de reformar la constitución.
Consejo Ljubetic (CS): responde a Silva en torno a la posibilidad de reformar, afirma que entonces no tendría sentido llegar a acuerdos aquí si todo es reformable.
7 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La comisión tuvo por objeto recibir a los invitados Felipe Bravo, Kinturay Melin, Luis Silva y Verónica Undurraga para conocer su opinión de las enmiendas presentadas al capítulo I. Dentro de la sesión los artículos y enmiendas más discutidas tuvieron relación a la definición del estado social, derecho internacional y tratados de los derechos humanos, derecho de los pueblos originarios, corrupción y seguridad.
Cuenta: Se recibió un reemplazo de la bancada del partido republicano, la consejera Ninoska Payauna reemplaza por el día de hoy a la consejera Mariela Fincheira.
Desarrollo de la sesión
La exposición del académico Felipe Bravo tuvo tres puntos principales:
a) Resaltar la esencia del estado social buscando el objeto del bien común y no sólo como derechos exigibles al estado. Lo que busca el adjetivo social es resaltar los fines materiales y deberes que componen el fin del estado
b) Marcar la diferencia entre un estado social y un estado socialista, el rol del estado social implica un rol unitario de fomento político común para un fin global de la nación
c) Compatibilidad de estado social con lo que se entiende como subsidiariedad con la provisión privada de los derechos fundamentales y el rol que le corresponde al estado en esta materia
Tratados internacionales y normas constitucionales
Comisionada Undurraga (PPD): Declara que se ha visto una actitud de resistencia frente al derecho internacional de los derechos humanos y al actuar de los órganos, ya que según algunos atentaría a la soberanía del país, con esto se refiere a enmiendas que transforman en facultativa y no obligatoria el cumplimiento de fallos internacionales como las enmiendas 29.1, 31 y 31.1 presentadas por el Partido Republicano.
Consejero Silva (PR): Pregunta a comisionada Undurraga ¿Como se resuelve el eventual conflicto entre la norma constitucional y el tratado internacional?
Comisionada Undurraga (PPD): procede a establecer tres escenarios en los que se podría ver envuelto un conflicto entre las normas constitucionales y tratados internacionales, las dos primeras se resuelven con reformas a la constitución y la última con una instancia en la que generalmente hay superposición de las normas con la misma jerarquía, sin embargo puede haber alguna diferencia como se entienden, lo que procederá es un esfuerzo de interpretación y armonización
Consejero Silva (PR): confirma su preocupación del escenario de conflicto con la constitucionalidad, en el tercer escenario no queda resuelto, no tiene pauta, esa posibilidad no es coherente con afirmar que la constitución es la norma suprema.
Derechos de los pueblos originarios
Consejera Melin (RD): Es necesario dar firmeza y asegurar el rol intercultural del estado y la preexistencia de los pueblos indígenas. Defiende el artículo 1 como “Chile se organiza como un estado social y democratico de derecho intercultural ”.
Consejera Mangelsdorff (RN): declara que se cometieron errores en el proceso anterior de los pueblos originarios, los que fue de tratar de establecer que tenían más derechos que los chilenos, afirma que en este proceso no se puede hacer distinciones de unos sobre otros.
Consejera Melin (RD): la constitución debe ser en resguardo de las minorías y de las minorías, no es otorgar un estatus diferenciado.
Corrupción
Consejera Mangelsdorff (RN): se refiere a la enmienda del artículo 10, en el que se condena la corrupción en todas sus formas y no sólo como declaración de principios. El Estado debe garantizar la transparencia mediante la muerte cívica o inviabilidad perpetua a ejercer cargos públicos
Consejero Ljubetic (CS): Si alguien de la UDI puede responder porque esta preocupación de la corrupción no se hace cargo y vuelve atrás en reestablecer que personas jurídicas financien actividad política.
Seguridad
Consejero Silva (PR): destaca las enmiendas 11 y 15, que tienen por objeto robustecer el compromiso del estado con la seguridad. Se sancionará con la muerte cívica por delitos terroristas y se explicita que se prohíbe la posibilidad que se le indulte.
Consejero Ljubetic (CS): Pregunta a Consejero Silva ¿Qué le parece la enmienda de nuestro sector del derecho a la seguridad que establece el vivir en un ambiente libre de violencia y amenaza en términos de equidad territorial? Debido a que los derechos sociales en Chile son disfrutados con desigualdad
Consejero Silva (PR) afirma estar de acuerdo con la cláusula de equidad territorial utilizando el ejemplo de la Araucanía, en caso de que esto permita que se resuelva el conflicto de manera efectiva.
25 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tiene el objeto de recibir a los siguientes invitados para conocer su opinión acerca de las materias que en cada caso se indica, relativas al anteproyecto de propuesta de nueva Constitución presentado por la Comisión Experta del Proceso Constitucional. Son invitados por la comisión: Señor Glayson Do Santos, representante de UNICEF en Chile: Reconocimiento y protección de niños, niñas y adolescentes (NNA); Señor Mauricio Muñoz Gutiérrez, presidente del Consejo Nacional de Televisión: En lo que refiere a dicho organismo [artículo 16, inciso 14, literal e), del Capítulo II de la propuesta; y Señor Gonzalo Velásquez Velásquez, presidente y representante legal del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH): Regulación del derecho a la igualdad y no discriminación.
Desarrollo de la sesión
1) Exposición de Mauricio Muñoz Gutiérrez, presidente del Consejo Nacional de Televisión: En lo que refiere a dicho organismo [artículo 16, inciso 14, literal e), del Capítulo II de la propuesta.
-Debe permanecer con rango constitucional del Consejo Nacional de Televisión como una entidad fiscalizadora. Su autonomía permite mantener independencia y neutralidad respecto del ciclo político. El expositor cita la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos de la OEA.
-El principio de pluralismo y la obligación del consejo de preservar que se escuchen todas las voces y opiniones independiente de su afinidad política. La condición de autonomía le otorga al consejo credibilidad por parte de la opinión pública, en tanto las decisiones tomadas son decisiones razonables adoptadas por un cuerpo colegiado y no por un organismo unipersonal. Un organismo autónomo busca separar de la esfera política sus decisiones. Por último, su condición de autónomo entrega protección contra represalias por parte de sus integrantes. Actualmente, el alcance de las competencias del Consejo están siendo limitadas por el proceso de transformación tecnológica (plataformas de streaming), en consecuencia, muchos contenidos no son fiscalizados. Además, esto cambia el sistema de financiamiento de la industria.
- Se propone que, en el marco de la convergencia mediática y despliegue universal de las tecnologías digitales y telecomunicación, se considere lo mencionado anteriormente. Lo que hoy es sancionable y fiscalizable a los canales de televisión, no lo es en las plataformas que transmiten los mismos contenidos. Por lo tanto, se propone ampliar el ámbito de competencias del Consejo, lo cual permite resolver el problema de asimetría regulatoria. Una ampliación de esta naturaleza permitiría mantener el impacto de la fiscalización actual en el ámbito de la protección de los derechos de las personas, promoción de diversidad cultural, fomento de la producción local y nacional, regulación de la publicidad y protección de los consumidores, y una garantía de competencia leal.
-Se sugiere modificar constitucionalmente el Consejo Nacional de Televisión hacia un Consejo Nacional de Televisión y Medios Audiovisuales, lo cual permita considerar a los nuevos medios digitales y de streaming, es decir, aquello que es parecido a la televisión.
Discusión
La discusión se enmarca en si es necesario constitucionalizar el Consejo o considerar su regulación como materia de ley. En la misma línea, se aborda el alcance de internet, las plataformas digitales de streaming y la diversidad de contenidos.
El expositor señala que el sentido de fiscalizar la programación y contenido de la televisión tiene que ver con la capacidad de la televisión de formar audiencia que los periódicos y radios no tienen. Ante ello, las instituciones de Chile han decidido que exista el Consejo. El hecho de que tenga autonomía constitucional hace que sus deliberaciones no sean impugnables, a diferencia de otras entidades fiscalizadoras.
Mauricio Muñoz indica que se busca que la emisión de contenido streaming considere los valores que hoy preserva la televisión como: horario de protección para la infancia, preservación de diversidad y pluralismo, la no exhibición de violencia excesiva, entre otros.
La consejera Hevia (REP) menciona que las plataformas de streaming no tienen una programación establecida, por lo que regular, por ejemplo: el control de horario para infancia, no cabe en tales plataformas si se considera que el contenido reproducido es de total elección de los consumidores. En este aspecto, es complicado aplicar las normas de la televisión a las plataformas digitales.
El expositor señala que la televisión por cable está sujeta a la restricción horaria, lo cual es totalmente homologable al contrato suscrito con una plataforma de streaming. Dicho eso, se indica que solo se propone una ampliación futura de las atribuciones del Consejo, en este aspecto, las especificaciones y normativas serán decididas por el legislador.
2) Exposición de Gonzalo Velásquez Velásquez, presidente y representante legal del Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH): Regulación del derecho a la igualdad y no discriminación.
-El expositor considera importante recalcar que existen distintas formas de familia sin que alguna de ellas sea más relevante que otra. Propone que el artículo 3.1 consagre a “las familias”.
-Respecto al artículo 4.2 del anteproyecto sobre el acceso igualitario de mujeres y hombres a cargos públicos, el expositor señala que se desconoce la existencia de las personas no binarias, una identidad ya reconocida por los fallos de tribunales de Chile. Además, 19 estados miembros de las Naciones Unidas reconocen la categoría no binario. En este aspecto, el anteproyecto excluye a las personas que no se identifican binariamente.
-Sobre el artículo 16.2 de no discriminación, el anteproyecto no se hace cargo de las transformaciones socioculturales y legales del país, donde uno de los avances más significativos ha sido la comprensión de que la no mención explicita de las diversas categorias protegidas de la discriminación puede prestarse para arbitrariedades o discrecionalidades por parte de los tribunales a la hora de garantizar los derechos de las personas.
- Se sugiere que la nueva Constitución asegure a todas las personas la igualdad ante la ley y la no discriminación, no exclusivamente solo para hombres y mujeres. Y que exprese que se prohibe toda forma de discriminación arbitraria fundada en motivos de raza o etnia, nacionalidad, situación socioeconómica, idioma, ideología u opinión política, religión o creencia, sexo, maternidad, orientación sexual, identidad o expresión de género, estado civil, edad, filiación, apariencia personal, enfermedad o discapacidad, o cualquier otro que menoscabe la igualdad de derechos y la dignidad humana. Se debe contribuir a la prevención y erradicación de toda forma de discriminación arbitraria.
-El artículo 16.3.a del anteproyecto establece el derecho a libertad de pensamiento, conciencia y religión. Se sugiere una nueva redacción para establecer que la libertad religiosa no debe ser usada como excusa para abrir la puerta a la discriminación arbitraria o para violentar el interés superior del NNA, en especial su derecho a la autonomía progresiva. Además, el derecho de los padres a elegir la educación religiosa y moral no debe restringir el derecho a la libertad religiosa de los NNA dada su autonomía progresiva, al margen de las creencias de sus padres o tutores.
Discusión
Ramón Gómez (Movilh) señala que muchas reformas tienen sesgos ideológicos que consideran que las personas, por su orientación sexual o identidad de género, tienen una ideología o determinada posición política, lo cual ha propiciado a legislar en base a falacias, lo cual también afecta directamente a los NNA y su autonomía.
El comisionado Pavez apunta a cuáles son los anhelos de Movilh para que estos sean considerados de forma correcta en la nueva Constitución. En la misma línea, el comisionado Lovera señala que es necesario tener en cuenta el carácter minimalista de la nueva Constitución. En este sentido, la comisionada Rivas menciona que es fundamental discutir en torno al concepto de “identitario”.
Gómez explica que la propuesta de Movilh no aborda lo que se puede considerar como identitario. El expositor señala que han sido los sectores opositores a sus derechos los que, históricamente, han querido asignar una determinada identidad, para que en función de ello se nieguen los derechos. Tales demandas siempre han sido inclusivas, no identitarias.
Finalmente, la comisionada Rivas señala que no toda generalidad es inclusiva.
3) Exposición de Glayson Do Santos, representante de UNICEF en Chile: Reconocimiento y protección de niños, niñas y adolescentes (NNA)
-Do Santos comienza su exposición nombrando los avances de Chile sobre la protección de derechos y garantías de NNA. Seguidamente, presenta datos respecto a la violencia ejercida hacia NNA, situación de pobreza y vulnerabilidad.
-Propone que la nueva Constitución reconozca a los NNA como sujetos titulares de derechos, superando la visión tutelar de protección. La Constitución debe asegurar la protección de los DDHH, lo cual implica garantizarlos independiente de la edad o etapa de desarrollo de las personas. Asimismo, es una oportunidad para que los poderes del Estado, las familias y la sociedad actúen bajo la obligación de promover, garantizar, proteger y restituir los derechos de los NNA, y que asegure normas y programas que permitan el ejercicio pleno de sus derechos.
-Luego, el expositor hace referencia a las normas de derecho internacional en materia de protección de derechos NNA: el interés superior de los NNA, sobrevivencia y desarrollo, participación en asuntos que les afectan, no discriminación y acceso a sus derechos. Se recomienda que los tratados internacionales sean adecuados a la legislación interna.
-El reconocimiento del interés superior del NNA es un derecho, principio y norma de procedimiento basado en una evaluación de todos los elementos de interés de uno o más niños en una situación concreta. El objetivo del concepto es garantizar el disfrute pleno y efectivo de los derechos reconocidos por la Convención sobre los Derechos del Niño. Se sugiere que debe considerarse el interés superior del niño dentro del catálogo de principios.
Discusión
La discusión se enmarca en el derecho a sufragio de los adolescentes desde los 16 años de edad, considerando que estos tienen responsabilidad penal y derecho a contraer matrimonio. Por otro lado, se señala que la vulneración de los derechos de los NNA se dan principalmente dentro de las familias, por lo que el Estado también tiene el deber de proteger y preservar sus derechos.
Daniela Ortega (UNICEF Chile) señala que es importante promover ambientes habilitadores de participación política, considerando la diversidad existente de este grupo en la sociedad. Es necesario establecer espacios de participación inclusivos que generen confianza y voz. Asimismo, las personas adultas deben escuchar respetuosamente lo que los NNA tienen que decir. El derecho a participar no solo implica que los puntos de vista de NNA deban ser siempre tomados en cuenta, sin embargo, se requiere que se tengan en consideración y se rinda cuenta respecto de la decisión final. Los adolescentes no pueden ser sometidos a las mismas reglas de los adultos, por lo tanto, no es equivalente la vinculación de la votación con la responsabilidad penal.
Luego, se señala que el derecho primordial del NNA es vivir en familia. Ante ello, se espera que el Estado adopte medidas específicas para apoyar a aquellas familias que tienen dificultades para criar a sus hijos. Cuando esto no ocurre, se espera que la última medida del Estado sea separar a los niños de sus familias para garantizar y proteger sus derechos.
24 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto recibir al profesor Hugo Tórtora y Sergio Micco para exponer sobre el epígrafe de deberes constitucionales. El profesor Tórtora hizo una breve conceptualización sobre los deberes constitucionales, para luego mencionar los más relevantes y los posibles problemas interpretativos que pueden generar algunas enmiendas con el resto del anteproyecto. Particularmente, se refirió al principio de interculturalidad y al deber de respetar las actividades que dan origen a ser chileno, el deber de proteger el medio ambiente y el deber de toda persona de contribuir al sostenimiento del gasto público.
Por su parte, el profesor Micco hizo una exposición sobre el constitucionalismo contemporáneo y la inclusión de listados de deberes, dando como ejemplos las constituciones boliviana y ecuatoriana. En su exposición expresó que le habría gustado tener un listado más extenso que el contemplado en el anteproyecto.
Desarrollo de la sesión
1) Exposición de Hugo Tórtora
-Es importante distinguir entre deberes constitucionales (que van orientados hacia las personas) de las competencias de los órganos públicos. A su vez, es importante que su consagración sea de carácter general, los que deben tener configuración legal. Esto quiere decir que es el legislador quien debe regularlos y establecer las consecuencias jurídicas que lleve consigo su contravención.
-En segundo lugar, los deberes constitucionales deben ser armónicos con los principios constitucionales, lo que tiene que ver con la forma en que se interpretan los textos constitucionales.
-Sobre las enmiendas constitucionales presentadas por los consejeros, existe una en la cual se incorpora como deber el respeto a las actividades que dan origen a la identidad de ser chileno, tales como su música, artesanía, juegos populares, deportes criollos y artes. Cabe mencionar que este proceso nace a partir de reconfigurar algunas formas de regulación del actual texto. Por ello, es importante mencionar que dicha enmienda podría colisionar con otros preceptos del anteproyecto, en los cuales se reconoce la interculturalidad.
-Al profesor le parece adecuada la enmienda que establece como deber de todas las personas proteger el medio ambiente y prevenir el daño ambiental, considerando las generaciones futuras. Esto va de la mano con otros preceptos del anteproyecto y permitirían una interpretación armónica.
-Sobre el deber de cumplimiento de las cargas públicas y contribuir al sostenimiento del gasto público mediante el pago de tributos, es importante vincularlo con las bases institucionales, especialmente la que declara al Estado de Chile como uno social y democrático de derecho. No es posible consagrar un Estado con dichas características si no se cuenta con los recursos necesarios para satisfacer las necesidades sociales.
-Sobre las enmiendas presentadas por los consejeros a este punto, existe una del oficialismo en la cual se incorpora que todas las personas deben contribuir al sostenimiento de gastos públicos de acuerdo con su capacidad contributiva, mientras que una de la oposición se refiere a la capacidad económica. Al profesor le parece una diferencia sutil, y cualquiera de las fórmulas podría ser parte del texto. Además, estos deberes se contemplan como principios en el actual texto constitucional, por lo que existiría continuidad (art.19 n°20).
-Finalmente, sobre el deber n°7 del art.38, le parece que la enmienda presentada por el oficialismo que constitucionaliza el principio de corresponsabilidad familiar y social debiese ser contemplada, como también aquella de la oposición que menciona a los adultos mayores. Con todo, la enmienda de la oposición centra el deber de cuidados en las familias, lo cual elimina el carácter social de los cuidados y restringiendo el posible actuar del Estado.
2) Exposición de Sergio Micco
-En general se reduce a los derechos del ciudadano que deben ser garantizados por el Estado en nombre de la libertad. Una concepción más compleja de la libertad es justamente una de carácter positivo, es decir, se deben ofrecer una serie de condiciones a los habitantes de una república para poder ejercer sus derechos (es lo mismo no tenerlo que tenerlo y no poder ejercerlo).
-Por lo anterior, sin ciudadanos virtuosos que cumplan sus deberes y respeten los derechos de las demás personas, el sistema republicano nunca será fuerte. Desde las sociedades modernas y contemporáneas, podríamos considerar como ejemplo el derecho al trabajo, el cual es también un deber.
-El académico cita las constituciones boliviana y ecuatoriana en los artículos que contienen deberes constitucionales. Dice que debería ser una nota que deben tomar quienes defienden el nuevo constitucionalismo latinoamericano.
-Finalmente y respecto a la fórmula del Estado social y democrático de derecho, es importante que los ciudadanos cumplan con sus deberes constitucionales, como que también existan normas en las cuales se incentive el cumplimiento de dichos deberes y se consagren sanciones a la contravención de los mismos. Le habría gustado que el listado de deberes hubiera sido aún más extenso.
11 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto recibir expertos para conocer su opinión acerca del Capítulo II, sobre Derechos y Libertades Fundamentales, Garantías y Deberes Constitucionales, del anteproyecto de propuesta de nueva Constitución presentado por la Comisión Experta del Proceso Constitucional.
La sesión tuvo como invitados a:
Sr. Claudio Alvarado Rojas, abogado, Director Ejecutivo del Instituto de Estudios de la Sociedad (IES).
Sra. María Ignacia Aybar Sommer, Directora Ejecutiva de Fundación Tremendas.
Sr. Nicolás Enteiche Rosales, Abogado. Profesor de la cátedra de Derecho Administrativo en la Universidad del Desarrollo y en la Pontificia Universidad Católica de Chile.
Los principales temas abordados fueron: el derecho a la vida del que está por nacer; libertad de pensamiento, conciencia y religión; libertad de enseñanza; derechos de NNA; y el artículo 16.9 sobre el ejercicio de las potestades sancionadoras administrativas.
Desarrollo de la sesión
Al inicio de la sesión, la comisión acuerda los días y horarios en los que sesionarán durante los siguientes días. Se acuerda que el jueves 13 de julio se lleve a cabo el pleno, el lunes 17 de julio no habrá sesión y, desde el martes 18 al jueves 20 de julio se sesionará en el bloque AM para iniciativas populares de norma, y el bloque PM se destinará para recibir invitados.
1) Sr. Claudio Alvarado Rojas, abogado, Director Ejecutivo del Instituto de Estudios de la Sociedad (IES).
- Alvarado valora la rigurosidad técnica y acuerdos de la Comisión Experta. Él centra su exposición en el derecho a la vida, libertad de pensamiento,y libertad de enseñanza.
- Primeramente, Alvarado aborda el derecho a la vida, por sobre el cual se adolece de la omisión del niño o niña que está por nacer. La constitución vigente consagra la protección de ello, el anteproyecto no lo hace. Alvarado hace hincapié en delegar el tema del aborto al legislador. Además, de resguardar adecuadamente la objeción de conciencia, apunta a intentar una norma constitucional equilibrada que logre articular los distintos bienes en juego considerando las diferencias y diversas perspectivas.
- Luego, sobre la libertad de pensamiento, conciencia y religión, Alvarado señala que ésta adolece de algunas omisiones que son pertinentes subsanar, como por ejemplo, la necesidad de explicitar la inmunidad de coacción es relevante. Además, es necesario explicitar la autonomía de iglesias y confesiones religiosas para sus fines espirituales y realizaciones internas. El trasfondo de esta inquietud es que aquellos sectores pertenecientes a confesiones cristianas (o que incluso, quienes no pertenecen a ella) tienen una legitima inquietud sobre estos temas, sobre todo respecto a la discusión por la objeción de conciencia en el proyecto de aborto en 3 causales.
- Tercero, sobre la libertad de enseñanza, Alvarado considera que es clave hablar del deber preferente de los padres, no de las familias. Es necesario que se reconozca el deber de los padres como primeros educadores, considerando la pluralidad social. Es importante la manera de ver la vida, que suscriben tácitamente los padres, desde la visión de educar a sus hijos.
- Finalmente, para Alvarado es fundamental tener 3 consideraciones: 1. La ciudadanía tiene que advertir el contraste del trabajo de la Comisión Experta y el Consejo Constitucional con la Convención Constituyente anterior; 2. Conectar responsablemente con la ciudadanía; 3. Mantener la transversalidad que caracterizó a la Comisión Experta.
Discusión:
- El consejero Ljubetic (CS) pregunta respecto a que se apela a propósito de la objeción de conciencia y autonomía de los cuerpos intermedios. La autonomía no está referida a las posibilidades que tiene de excluirse o eximirse de obligaciones. En ese sentido, los establecimientos de la red pública pueden enfrentarse a situaciones de objeción de conciencia, lo cual topa con el hecho de que no existe la referencia al carácter laico del Estado. Además cuestiona el punto del deber preferente de los padres a educar a sus hijos, sin embargo, parece prudente considerar a familias diversas.
- La consejera Hevia (REP) solicita información respecto a los artículos 23 y 24 que constituyen a los lineamientos y reglas a los que hay que someterse en esa materia. Sumado a ello, aborda el tema respecto a la educación estatal y como está restringe el derecho preferente de los padres a educar a sus hijos.
- El consejero Viveros (PC) considera que no puede triunfar una sola posición, ya que es un riesgo para el proceso. En este aspecto, apunta a no retroceder respecto al aborto en 3 causales. En la misma línea, pregunta sobre la repercusión jurídica que tendría la propuesta de Alvarado en materia de la defensa de la vida del que está por nacer.
- El comisionado Pávez dirige su pregunta en base al artículo 2, sobre ello, solicita la opinión de Alvarado sobre la expresión “removiendo los obstáculos que lo impida o dificulte” y cuáles son los potenciales alcances de una expresión como ésta en la ubicación del artículo.
- Alvarado señala que, respecto al aborto, el país esta muy dividido sobre esta materia. Para Alvarado, el aborto en 3 causales es una mala ley en tanto la Constitución vigente protege la vida del que está por nacer. Si se pretende que en el contexto actual, la nueva Constitución omita el derecho a la vida del que está por nacer, significa que sale del orden constitucional y significa un retroceso en materia de titularidad de derechos fundamentales. El acuerdo viable es donde se dice que se protege la vida del que está por nacer.
Luego, sobre la objeción de conciencia institucional, no existe un deber general de practicar abortos. Hay instituciones públicas que, por tener una ideario específico, como el Hospital Parroquial de San Bernardo, dejaría de ser parte de la red pública. En este aspecto, se puede encontrar un acomodo razonable que permita que las instituciones particulares participen, desde su ideario, en la red pública. Que el Estado sea Laico no significa que abrace o no abrace una determinada religión.
- Alvarado menciona que, en términos generales, el artículo 23 está bien logrado. Luego, el artículo 24 conecta lo planteado por el comisionado Pávez y, para Alvarado es importante la consideración de la sociedad civil organizada.
- Alvarado indica que, en vista a la educación particular o pública, los padres son los primeros educadores y eso es un hecho y parte de la realidad.
- La comisionada Undurraga recalca que el tema del aborto debe entregarse a la discusión legislativa.
2) Sra. María Ignacia Aybar Sommer, Directora Ejecutiva de Fundación Tremendas, abogada y magíster en Ciencia Política. Acompañada de las Sras. Antonia Polanco y Javiera Diaz, voceras de Fundación Tremendas.
- Solicitan al Consejo Constitucional que consagren en la nueva Constitución, las garantías y derechos de niños, niñas y adolescentes (NNA). Los NNA declaran haber sido víctimas de violencia por parte de un familiar según datos de la UNICEF. El Estado debe tener un rol protector y preventivo, no reactivo.
- Los NNA no son parte de la sociedad solo como agentes de protección, deben ser reconocidos más allá de la tutela de los padres o del Estado, considerando sus derechos y protagonismo en las transformaciones del país. Es deber del Estado fomentar su participación, ser escuchados y partícipes en las tomas de decisiones que afecten sus vidas y entornos.
- El Estado debe potenciar una participación pública, efectiva y vinculante de NNA en paralelo a la promoción de una educación cívica de calidad.
- La Fundación Tremendas propone la implementación del sufragio progresivo y voluntario para personas de 16 y 17 años en elecciones locales y/o regionales. Esta medida aumenta los niveles de confianza en los procesos democráticos, crea mejores hábitos ciudadanos, promueve sistemas políticos más justos, inclusivos y representativos, y demuestra que los jóvenes tienen la capacidad de tomar decisiones políticas relevantes. Además, es prioritario un sistema judicial con perspectiva de género que promueva las garantías y derechos de las niñas, adolescentes y jóvenes.
3) Dr. Nicolás Enteiche Rosales, Abogado. Profesor de la cátedra de Derecho Administrativo en la Universidad del Desarrollo y en la Pontificia Universidad Católica de Chile.
- En primer lugar, respecto al artículo 19.6 en particular, es un avance el que dentro de la numeración se reconozcan de forma explícita y reunida en un inciso. Respecto a los primeros tres párrafos, respecto al derecho a un trato digno, deferente, transparente, oportuno y objetivo por parte de los órganos de la administración. Estos párrafos constitucionalizan ciertos derechos de base administrativa, como la ley 18.575 y algunos principios de la ley 19.880. El párrafo 3 es muy positivo dado que reconoce constitucionalmente cuestiones que a los administrativistas les interesan, lo cual es favorable. Sin embargo, deberían considerarse principios de responsabilidad, coordinación, probidad, transparencia, servicialidad, juridicidad y publicidad administrativa.
- Respecto al párrafo 4 sobre el ejercicio de poderes correctivos, es algo novedoso si se contrasta con otros ordenamientos jurídicos, en tanto reconoce la potestad sancionadora con límites. Existen ciertas dudas respecto a este párrafo, la principal duda tiene que ver con lo que no se dice, por ejemplo, no se menciona la aplicación de las garantías penales mínimas, lo cual va en contra de nuestra historia constitucional. En efecto, el párrafo 5 permitiría que, en materia sancionadora administrativa, no exista debido proceso.
- El Dr. Enteiche sugiere tres alternativas para agregar un nuevo párrafo al artículo 16.9: 1. Las garantías penales mínimas y el derecho a un debido proceso se aplican al ejercicio de las potestades sancionadoras administrativas (lo cual se complementaria con alguna norma transitoria que señale que el legislador es quien debe implementar dichas garantías); 2. Las garantías penales mínimas y el derecho a un debido proceso se aplican con matices al ejercicio de las potestades sancionadoras administrativas; 3. Las garantías penales mínimas y el derecho a un debido proceso se aplican con matices al ejercicio de las potestades sancionadoras administrativas de acuerdo a lo que señala la ley.
Discusión:
- La consejera Marcela Araya (PS) se dirige a Fundación Tremendas y les pregunta su visión respecto a cómo imaginan el Chile del futuro y cuál es el legado que esperan recibir del trabajo que hacen las mujeres que integran el Consejo.
- La consejera Navarrete (UDI) les consulta a las voceras de Fundación Tremendas, su opinión en relación al artículo 4 y 16.3 en cuanto a cómo repercute en el avance de las mujeres en política y su perspectiva respecto a la paridad de salida. Luego, se dirige al Dr. Enteiche y solicita su opinión sobre cómo observa que se aplican las garantías actuales y cómo estas se recogen en el anteproyecto el debido proceso en el derecho administrativo.
- La consejera Mangelsdorff (RN) se dirige a la Fundación Tremendas y solicita su opinión respecto al concepto de la “autonomía progresiva” y que la nueva Constitución consagre la paridad de género. Luego, la consejera le indica al Dr. Enteiche que existe un problema de fondo y forma respecto a los párrafos abordados por él, en este aspecto, plantea que puede existir una mala interpretación en el proceso a personas juzgadas dos veces por la misma causa en materia penal y administrativa.
- El consejero Viveros (PC) señala que las vulneraciones de los NNA son transversales, sin embargo, son mayores en sectores populares y rurales dado que poseen un entorno vulnerable y las políticas públicas llegan con menor fuerza. En esta línea, pregunta a las voceras de Fundación Tremendas si están conformes con lo que está en el anteproyecto.
- La consejera Fincheira (REP) apunta a los deberes que tendrían los adolescentes en la participación política según el enfoque de Fundación Tremendas.
- La consejera Montoya (REP) se dirige al Dr. Enteiche sobre cuál de las tres alternativas sería la mejor para incorporar al texto.
- La consejera Hevia (REP) le plantea una pregunta al Dr. Enteiche respecto a que, actualmente, la tecnología permite la vinculación entre el Estado y las personas mediante los medios digitales, por tanto, cómo podría consagrarse esa realidad en el texto.
- Las voceras de Fundación Tremendas, señalan que no se puede dejar de lado a las mujeres y jóvenes en participación política, por lo que están de acuerdo con la paridad de género. Luego, Javiera y Antonia indican que existen temas prioritarios como la perspectiva de género y la crisis climática, lo cual apunta a la justicia intergeneracional y visiones futuras. Además, es importante que se especifique la garantía de los derechos de NNA. Las jóvenes indican que es posible mejorar el anteproyecto mediante el trabajo del Consejo Constitucional. Finalmente, sobre los deberes, recalcan que es necesaria una educación cívica de calidad y garantizar el acceso a la información.
- El Dr. Enteiche señala que las garantías del debido proceso en la administración del Estado se aplican de acuerdo a elementos estándar de acuerdo a cargos de la administración del Estado. Para el Dr., es el legislador quien debiese definir las potestades sancionadoras administrativas, además, considera que la mejor alternativa es la que se refiere a que garantías penales mínimas y el derecho a un debido proceso se aplican con matices al ejercicio de las potestades sancionadoras administrativas.
6 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto recibir las siguientes exposiciones en audiencia pública, relativas al anteproyecto de propuesta de nueva Constitución presentado por la Comisión Experta del Proceso Constitucional. Son invitadas las señoras María Jaraquemada, Andrea Ruiz, Mariela Ravanal, María Valenzuela, y Fiorella Romanini, y los señores Luis Felipe Álvarez, Daniel Johnson y Mauricio Quilpatay.
Desarrollo de la sesión
1) Sra. María Jaraquemada, Chile Transparente. Expone sobre Estándares de transparencia e integridad en la nueva constitución.
-Chile Transparente realizó propuestas a la Comisión Expertas que fueron acogidas: 1. El ejercicio de la función pública obliga a respetar el principio de probidad, transparencia y rendición de cuentas; 2. Luchar para erradicar la corrupción mediante medidas eficaces para la prevención, persecución y sanción efectiva; 3. La obligación tanto del sector público como del privado respecto a la responsabilidad penal de los involucrados.
-Jaraquemada indica que las normas del anteproyecto que incorporan lo propuesto radican en el artículo 10 y el artículo 16, numeral 15.
-Sin embargo, aún existen contenidos pendientes como por ejemplo: 1. Disponer expresamente que el derecho de acceder a la información que obre en poder de quienes ejerzan funciones públicas o que haya sido elaborada con recursos públicos; 2. Disponer expresamente como contracepción al secreto o reserva aquella circunstancia en que se trate de información que permita esclarecer y sancionar violaciones a los derechos humanos y/o actos de corrupción pública.
-Jaraquemada señala que es importante que se establezca la autonomía y especialización de un Consejo de Control Ético. Además se debería establecer la cesación del cargo para parlamentarios por infracciones graves al deber de probidad, las que serán determinadas por las leyes. Sumado a ello, se debe disponer el deber de dedicación exclusiva parlamentaria, para evitar conflictos de interés.
-Respecto a los gobiernos subnacionales, se sugiere incorporar los principios de probidad y transparencia entre los que rigen el uso de recursos públicos por gobiernos subnacionales.
-En relación a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, se recomienda establecer la probidad como principio rector de las funciones de las Fuerzas.
2) Sra. Mariela Ravanal. Expone sobre libertad de expresión.
-La libertad de expresión, de información y opinión son derechos fundamentales para todas las personas, no solamente para los medios de comunicación.
-Respecto a la información que recibe la ciudadanía, ésta debería contener enfoques, voces e identidades diversas, ya que esto constituye la base de un sistema de medios democráticos.
-En Chile, es un hecho que amplias zonas del país no cuentan con provisión de servicios tecnológicos básicos como internet.
3) Sr. Luis Felipe Álvarez. Expone sobre Corrupción, Garantías Penales Mínimas y Estado de Excepción.
-Aborda los artículos del anteproyecto que hacen referencia a la corrupción. En la misma línea, analiza los desfalcos, conflictos de interés y escándalos sobre corrupción que existen en el país.
-Sobre el Estado de Excepción, señala los derechos fundamentales suspendidos. Considera que existe una evidente desproporción entre las normas respecto a los Estados de Excepción.
4) Sr. Daniel Johnson, director ejecutivo de la Fundación Paz Ciudadana. Expone sobre seguridad ciudadana.
-Para la Fundación Paz Ciudadana es fundamental consagrar en la nueva Constitución el derecho a la seguridad individual y libertad personal y el derecho al debido proceso y garantías procesales.
-Para proteger los derechos y libertades de las personas, es necesario regular el uso de las facultades del sistema de seguridad y justicia penal, con carácter excepcional, definiendo contornos claros que circunscriban el actuar de las agencias del Estado, mandatadas a estas tareas. Los conceptos claves en este aspecto son: 1. Seguridad ciudadana; 2. Última ratio; y 3. Proceso penal.
5) Fiorella Romanini, Libertad y Desarrollo. Expone sobre los Estados de Excepción.
-Aborda los cambios respecto a los Estados de Excepción presentados en el anteproyecto. En primer lugar, existe un cambio de ubicación en el anteproyecto respecto de la Constitución vigente. Además, se incorporaron normas de control en aplicación, renovación y efectos. También, ahora es regulado por una Ley de Quorum Calificado (mayoría absoluta de los parlamentarios que se encuentren en ejercicio).
-En este aspecto, sugiere considerar la protección de infraestructura crítica como parte del Estado de Excepción. Propone agregar un nuevo Estado de Excepción de Protección de Infraestructura Crítica, sobre todo dada la situación en las zonas fronterizas.
22 de junio de 2023
Resumen ejecutivo
Recibir a los expositores invitados para conocer su opinión acerca del Capítulo I, sobre Fundamentos del Orden Constitucional, del anteproyecto de propuesta de nueva Constitución presentado por la Comisión Experta del Proceso Constitucional.
La discusión se enfocó principalmente en los derechos de niños, niñas y adolescentes (NNA) y en la aplicabilidad del Derecho Internacional de DDHH y los tratados ratificados por Chile.
Invitados:
En representación de Pacto Niñez, los señores Juan Pablo Venegas, Gerente de Incidencia de Fundación World Vision internacional, y Anuar Quesille. Pacto Niñez es una iniciativa colaborativa desde la sociedad civil que busca coordinar acciones de incidencia política para promover el bienestar de niñas, niños, adolescentes y jóvenes.
Sr. Julio Alvear Téllez, Académico de la Facultad de Derecho de la Universidad del Desarrollo; Magister en Derecho (DEA), Doctor en Filosofía y Doctor en Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, España.
Sr. Gonzalo Candia Falcón, Académico de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica De Chile. Doctor en Ciencias Jurídicas de la Universidad de Georgetown, Estados Unidos.
Sr. Rodrigo Poyanco Bugueño, Académico de la Facultad De Derecho de la Universidad Finis Terrae. Magíster en Derecho Público con Mención en Derecho Constitucional. Pontificia Universidad Católica de Chile. Doctor en Derecho de la Universidad de Santiago de Compostela, España
Desarrollo de la sesión
-Se inicia la sesión con un minuto de silencio por el fallecimiento del académico Sr. Rodrigo Pica.
-En primera instancia, el Sr. Quesille menciona algunas situaciones preocupantes en materia de garantía de derechos de NNA, por ejemplo: un aumento sostenido de denuncias por abusos sexuales contra NNA; violencia en las escuelas; discriminación por apariencia u origen social; exclusión del sistema educativo; respecto a los NNA al cuidado del Estado se evidencian malas condiciones de habitabilidad, salud mental, casos de violencia, falta de personal, entre otros; altas tasas de malnutirición y obesidad; cerca de 100 NNA han cometido suicidio en el último año; 7 de los 10 programas existentes de prevención del delito no funcionan; delitos de explotación sexual comercial de NNA; y la participación de NNA en el crimen organizado.
-Asimismo, menciona la importancia de que la nueva Constitución incorpore el principio de la no discriminación y la protección frente a toda forma de violencia para fortalecer el artículo 14. En este aspecto, es importante considerar a los NNA en situación de vulnerabilidad como los niños en condición de discapacidad, bajo el cuidado del Estado y en situación de pobreza. El mejoramiento del artículo 14 permitiría al Estado de Chile contar con un marco normativo que se sitúe a la vanguardia desde el punto de vista de la protección de NNA y justificaría la necesidad de avanzar en políticas públicas específicas para los NNA que más lo necesitan.
-Respecto a ello, el consejero Ljuvetic (CS) menciona que la redacción de la norma de anteproyecto pareciera insuficiente en comparación al actual marco legislativo (ley 21.430). Es necesario abordar de manera integral el concepto de familia y que su vinculación no sea un obstáculo para la construcción de nuevas normativas.
La consejera Fincheira (REP) cuestiona algunas normas de la Convención de los Derechos del Niño y la jerarquía legislativa que tendrían en relación a la legislación nacional.
-Ante ello, el Sr. Quesille señala que el punto de partida es la garantía de los derechos de todos los NNA sin discriminación alguna y focalizar atenciones en situaciones específicas. Asimismo, es deber del Estado establecer políticas para fortalecer el rol de las familias y un desarrollo integral. Por otro lado, cuando el Estado adopta una política pública debe considerar un análisis del impacto en las vidas de los NNA. La consagración del interés superior del niño es positivo, pero esto podría fortalecerse si se considera la iniciativa popular de norma
-Luego, en materia de Derecho Internacional de DDHH y tratados internacionales ratificados, el académico y Doctor en Derecho, Sr. Alvear advierte sobre los peligros del artículo 5, inciso 2: “Las normas de derecho interno deberán interpretarse de forma compatible con aquellos tratados, favoreciendo la protección más amplia de la persona”. Alvear señala que en el derecho las normas tienen una cobertura técnica y contexto jurídico específico, el derecho no utiliza enunciados de lenguaje vulgar. En este aspecto, el Sr. Alvear apunta a reformar tal inciso dado que no es lo mismo un tratado internacional de DDHH que el Derecho Internacional de DDHH, los tratados no son vinculantes para el Estado. Además, no existe una primacía absoluta de los tratados de DDHH y del derecho internacional de los DDHH por sobre el derecho nacional de los DDHH. Los tratados internacionales de DDHH no dejan de tener problemáticas dado que son genéricos y programáticos, mientras que el derecho nacional de DDHH es más preciso y concreto. Los tratados internacionales son complementos de los derechos y garantías constitucionales nacionales.
-En relación a lo expuesto, el consejero Rojas (REP) se dirige al Sr. Alvear y pregunta sobre cómo limitar el papel de otras fuentes de derecho internacional diferentes a los tratados en el límite de la soberanía nacional, en la misma línea apunta a evitar que la opinión de organismos internacionales se impongan por sobre las normas aprobadas por el legislador nacional.
-La consejera Fincheira (REP) solicita un consejo respecto a establecer un mecanismo para determinar qué tratados pertenecen al rango de derechos humanos y qué cambios efectuaría en el proceso de ratificación de un tratado internacional. La consejera Hevia (REP) apunta a si se considera que los tratados internacionales que se refieran a materias reguladas en la Constitución o Ley Orgánica deberían aprobarse con el mismo quórum que requiere una modificación constitucional.
-Posteriormente, se evidencia una situación de tensión y desacuerdo del bloque de izquierda (RD, CS, PC, PS) respecto a la exposición y argumentos del Sr. Alvear. El consejero Viveros (PC) menciona que Chile entiende que los tratados internacionales ratificados son vinculantes. Por ejemplo, la Convención de Viena no admite incumplimiento o pretexto de norma interna. En este aspecto cuestiona la extensión de la soberanía de la Constitución respecto a los DDHH. El consejero Ljubetic (CS) apunta a que gracias al derecho internacional de los DDHH, los organismos internacionales denunciaban las violaciones de DDHH durante la dictadura/gobierno militar. Ljubetic cuestiona al Sr. Alvear sobre si es partidario de que Chile se saliera de la Convención Americana sobre DDHH, la cual consagra el Sistema Interamericano de DDHH, o incluso una salida de Naciones Unidas. La consejera Melin (RD) expresa que el artículo 5 propuesto en el anteproyecto no va en contra de las garantías de DDHH y considera que las reformas planteadas por el Sr. Alvear son un retroceso abrupto respecto al debate desarrollado hasta entonces en materia de DDHH.
-Ante dicha situación, el Sr. Alvear señala que nunca ha afirmado el supremacismo nacional en materia de DDHH. El Derecho Internacional de DDHH tiene la labor de salvaguardar cuando los Estados no cumplen con los estándares internacionales de derechos humanos. En este aspecto, apunta a una simbiosis entre la legislación nacional y el derecho internacional de DDHH. Señala que jamás ha mencionado que no cree en los tratados internacionales de derechos humanos, solo ha recalcado que existen problemas importantes que deben considerarse por el actual papel que asume la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
-El Sr. Alvear hace hincapié en mejorar y no suprimir, en tanto la soberanía nacional permite integrar los tratados internacionales. Además, aborda el tema del margen de apreciación que los Estados soberanos poseen para implementar los tratados internacionales a nivel nacional. El Sr. Alvear no aconseja salirse del Sistema Interamericano de DDHH, sino que apunta a la correcta redacción del artículo 5, inciso 2.
19 de junio de 2023
Resumen ejecutivo
Los consejeros y consejeras efectúan sus preguntas y observaciones a los integrantes de la Subcomisión de Principios, Derechos Civiles y Políticos, en relación al anteproyecto de propuesta de nueva Constitución, específicamente relativos al primer y segundo capítulo del texto correspondientes a las materias que revisará la comisión.
Se abordaron temas de conceptualización, aplicabilidad y comprensión del anteproyecto. Sobre todo respecto al Estado social y democrático de derecho y el Estado subsidiario. Además, se explican y discuten las materias en relación a los Estados de Excepción Constitucional.
Desarrollo de la sesión
1) Discusión de Estado social democrático de derecho
-Los consejeros Sr. Riveros (PC) y la Sra. Montoya (REP) y el comisionado Sr. Lovera (RD) cuestionaron a la Comisión Experta respecto a los alcances del Estado social y democrático de derecho en relación con el Estado subsidiario. En este aspecto, el comisionado Sr. Frontaura señala que el Estado social y democratico de derecho se entiende a la luz del principio de subsidiariedad. Si no hay subsidiariedad no puede hablarse de “Estado social”.
-Incluso Alemania e Italia, construyen su Estado social mediante el reconocimiento de la subsidiariedad territorial y de las organizaciones de las personas. La redacción específica o concreta puede adoptar la mejor forma, y de hecho lo que ocurre es que Chile “se organiza”, en tanto Chile “es” una república democrática y “adopta” el gobierno más adecuado. En relación a la compatibilidad con el orden público, la Constitución reconoce diversos derechos en materia de orden público y económico que entrega certezas y seguridades. Por su parte, el comisionado Sr. Lovera explica que una Constitución no puede tener en su seno definiciones amarradas que impidan su bajada interpretativa. En primer lugar, se establece que las prestaciones sociales pueden ser brindadas tanto por prestadores públicos como privados. En segundo lugar, se modifica la comprensión de los mecanismos mediante los cuales el Estado social y democrático de derecho puede desplegarse. Para finalizar, se hace hincapié en que las Constituciones son marcos jurídicos y políticos, no son declaraciones de principios ni espirituales.
-En relación a la organización social del Estado para hacer efectivos los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales respetando el principio de responsabilidad fiscal, las consejeras Sra. Araya (PS) y Gatica (REP) apuntan hacia los mecanismos, aplicabilidad y la no judicialización de los derechos. A partir de ello, el comisionado Pávez explica que el Estado social y democratico de derecho es un concepto que se está incorporando al ordenamiento jurídico conforme a la tradición política, constitucional y social. No existen modelos de estados sociales puros, todos tienen distintos niveles de desarrollo, desde Alemania a Venezuela.
-En este aspecto, se intenta construir un Estado social y democrático de derecho en Chile mediante acuerdos políticos. La forma en que el anteproyecto recoge este concepto, se establece en el artículo 1, 23, 24 y siguientes. Los conceptos de “Estado social y democrático” y “subsidiariedad” no deben entenderse como opuestos, sino que se compatibilizan y despliegan en la sociedad. El Estado tiene el deber de realizar los derechos a través del legislador. En la misma línea, el comisionado Lovera señala que existen términos muy conocidos para la literatura nacional, asentados en la doctrina comparada y desarrollados en el derecho internacional de los derechos humanos. Los principios buscan un doble propósito, permitir que el Estado social se implemente y por otro lado, sujetar y limitar su implementación. El artículo 24 parte identificando los derechos sociales que se ubican en el núcleo del Estado social y democrático de derecho. Respecto al desarrollo progresivo, busca dar cuenta que los derechos no pueden ser implementados de la noche a la mañana, por lo tanto, es obligación del Estado que, dentro de sus capacidades y recursos disponibles en un marco de responsabilidad fiscal, deba ir progresivamente desarrollando los derechos. Respecto al aseguramiento del nivel adecuado y protección de cada derecho, el principio mandata un cierto nivel básico de provisión de esos derechos que el Estado debe satisfacer. Por otro lado, existen obligaciones inmediatas del Estado al proveer de esos derechos, por ejemplo: si el Estado cuenta con un sistema previsional mixto, el Estado no puede discriminar o diferenciar arbitrariamente entre las personas que van a solicitar tales prestaciones. El Estado no solo debe proveer, sino también regular y coordinar la colaboración público-privada.
Respecto a la judicialización, el anteproyecto impone deberes a los tribunales de justicia en relación a su obligación de no implementar ni diseñar políticas públicas. Sin embargo, una decisión judicial siempre va a impactar una política pública.
-El comisionado Pávez (UDI) agrega que el artículo 23 establece un estándar para limitar. Todo lo que signifique o pueda ser justificado en una sociedad democrática y que no afecte la esencia del derecho. El mandato general es que sea el legislador quien se despliegue en materia de estándares. En relación a la judicialización, el artículo 25 señala que los tribunales no podrán definir o diseñar políticas públicas. Luego, en el artículo 153 se establece una norma que obliga a los jueces no ejercer potestades de otros poderes públicos. Por otro lado, se distingue la aplicabilidad de un recurso de protección respecto a los 5 principales derechos sociales y el resto.
-En ese aspecto, cuando haya una ley que no se cumpla, se debiera judicializar por la vía del recurso el derecho social en cuestión. Finalmente, el comisionado Frontaura se refiere a que los derechos sociales están establecidos y las reglas señaladas en el artículo 24 permiten criterios abiertos mediante el debate político. Estas reglas tienen un orden copulativo, no son reglas que se puedan comprender de manera autónoma. Además, apuntan a una lógica de establecer una cierta finalidad. Finalmente, se establece un cierto orden y normativa del Estado social y democrático de derecho respecto a quién asegura y provee.
-El consejero Ljubetic (CS) cuestiona que el establecimiento de un Estado social y democrático de derecho en el anteproyecto es un gran cambio. Ljubetic comprende al Estado subsidiario como el cual releva al Estado de sus obligaciones en la medida que éstas puedan ser desempeñadas por privados, es algo contradictorio en relación al Estado social y democrático de derecho. Por lo tanto, independientemente de cómo se ejecute el Estado social y democrático de derecho, apunta en relación a si el anteproyecto despeja cualquier duda acerca de que esta obligación es parte del Estado y no puede ser cedida ni relevada sobre la base de la excusa de que existen actores privados que estarían en condiciones de realizarla. Además, respecto a la responsabilidad fiscal, llama la atención que esté a nivel constitucional y de manera reiterada.
-El comisionado Sr. Frontaura (REP) señala que desde la perspectiva doctrinaria y práctica, no existe un Estado social y democrático de derecho sin subsidiariedad. El concepto de subsidiariedad no se menciona porque se desprende dada la naturaleza de la autonomía de la asociación que forman las personas.
-En tal aspecto, el comisionado Pávez apunta a que se busca confluir dos grandes tradiciones, la socialdemócrata, humanista-cristiana e incluso liberal clásica. La subsidiariedad se entiende como un ámbito de libertades civiles. No solo debe entenderse como un principio de orden económico, el cual es inexacto y prejuicioso. Hay muchos ámbitos de subsidiariedad, como asociatividad política, cultural, vecinal, académica, empresarial, entre otros. Se rescata el elemento de la subsidiariedad que reconoce y promueve el respeto de las asociaciones de la sociedad civil, lo cual no se opone a la idea de organizar el Estado conforme a una manera en que deba hacerse cargo de la realización de los derechos. El principio de subsidiariedad es un principio de articulación política.
-Asimismo, la comisionada Sra. Lagos (PS) señala que la fórmula del Estado social y democrático de derecho es política y constitucionalmente amplia y transversal, y tiene como objetivo desarrollar los proyectos de vida de cada persona. Hay dos elementos relevantes: 1. el papel preponderante del Estado en el ámbito económico y social, 2. la mantención de la autonomía individual de las personas que debe estar en constante equilibrio con lo público. Hay distintas maneras de entender el principio de subsidiariedad que son compatibles con el Estado social y democrático de derecho. En el ámbito de descentralización, el principio de subsidiariedad no es un principio de distribución de competencias entre sociedad y Estado, sino que de distribución de competencias entre los distintos niveles territoriales y por lo tanto son principios distintos, no equivalentes.
2) Discusión Estados de Excepción
-La consejera Sra. Fincheira (REP) se refiere al Estado de Excepción y los elementos que se consideraron para conservar su regulación de una manera similar a la Constitución actual, sus principales cambios, evaluación del funcionamiento de las normas actuales, su eficacia y salvaguarda de los derechos de las personas, sobre todo dada la situación de la Araucanía. Asimismo, la consejera Sra. Hevia recalca la forma de medición de proporcionalidad y racionalidad de la aplicación de los Estados de Excepción Constitucional.
La comisionada Sra. Lagos (PS) expresa que los Estados de Excepción tienen una regulación adecuada y justificaciones en tanto tiempos excepcionales. Las hipótesis planteadas dialogan con el derecho constitucional comparado, los estándares internacionales y las necesidades en la práctica constitucional. De acuerdo a su eficacia, es necesario discutirlo en las siguientes sesiones. El Estado de Excepción a veces no es suficiente para abordar ciertas situaciones. La comisionada Lagos, además señala que, los principales cambios fueron: 1. Se agregó la referencia en relación a que sólo pueden restringirse y suspenderse el ejercicio de derechos y garantías expresamente señalados en la regulación de los Estados de Excepción; 2. Se agregó que las respectivas jefaturas de la defensa nacional deberán actuar en conformidad con lo establecido en la ley con las autoridades civiles; 3. Se estableció un deber genérico del Presidente de la República de rendir cuenta respecto a todos los Estados de Excepción; 4. En los decretos dictados y actos administrativos de los jefes de defensa nacional que dicten en virtud de los Estados de Excepción, se debe señalar expresamente los derechos que se restringen o suspenden; y 5. Para la declaración y renovación de los Estados de Excepción, el Presidente de la República y el Congreso Nacional deberán considerar la proporcionalidad y necesidad, y se limitaran respecto a su duración, extensión y medios empleados lo que sea necesario para el pronto restablecimiento de la normalidad constitucional.
-Luego, la forma en que ha de materializarse el análisis de proporcionalidad y racionalidad dependerá del órgano que realice el examen. Evidentemente, el Presidente de la República al momento de declarar o solicitar la renovación del Estado de Excepción, tendrá que realizar el análisis respecto a si es idóneo y necesario en el caso concreto. El Congreso Nacional está llamado a aprobar la solicitud o renovación considerando la importancia de establecer la vigencia del Estado de Excepción mediante quórums específicos. Los análisis aluden a seguir un determinado camino de reflexión y argumentación.
3) Otros temas tratados
-El consejero Rojas (REP) plantea establecer que, en atención a criterios de proporcionalidad, se eviten cargas tributarias excesivas a personas. Esto respecto a la igual repartición de tributos.
-El comisionado Sr. Frontaura (REP) responde que la idea de robustecer el concepto fundamental de libertad y responsabilidad se interpreta a la luz de cada una de las capacidades, en este caso económicas, de las personas que componen la sociedad. Por lo tanto, se intenta evitar que la carga tributaria se aplique de forma desproporcionada.
-Sobre el reconocimiento del trabajo doméstico y de cuidado se hace un llamado a discutirlo eventualmente en las sesiones de la comisión. De la misma manera, respecto a pueblos indígenas e interculturalidad y también a los derechos de niños, niñas y adolescentes.
2 de mayo de 2023
Resumen ejecutivo
Se avanza en la discusión particular de los derechos de libertad personal, seguridad individual, debido proceso y garantías procesales penales. En general hay un clima afable; cuando no hay total acuerdo, los comisionados levantan sus argumentos con el ánimo de dejar el debate iniciado, pero sin zanjar los temas.
Desarrollo de la sesión
Se continúa la discusión particular de las indicaciones del proyecto aprobado en general, comenzando por los derechos de libertad personal y seguridad individual, el debido proceso y las garantías procesales penales. Estas normas corresponden al artículo 17, numerales 4, 5 y 6 del proyecto.
a) Libertad personal y seguridad individual (Artículo 17, inciso cuarto)
El texto dice que “toda persona tiene derecho de residir y permanecer en cualquier lugar de la República, trasladarse de uno a otro, y entrar y salir de su territorio con el solo límite de lo establecido en la ley”.
Hay dos enmiendas a este artículo, de la oposición: 1) Agregar la condición de que se guarden las normas establecidas en la ley y salvo el perjuicio de terceros. 2) Agregar que la ley regulará el ingreso, permanencia y expulsión de extranjeros del territorio nacional.
Carlos Frontaura (REP) explica ambas enmiendas. Sobre la primera dice que esta propuesta nació de Mariano Egaña (redactor de la Constitución de 1833) y es un criterio utilizado desde entonces. La segunda tiene que ver con agregar algo que no se ha hecho en la práctica y se ha hecho necesario.
Verónica Undurraga (PPD) se muestra a favor. Propone decir “egreso” en lugar de expulsión, ya que ese concepto es más amplio e incorpora la expulsión. También pide añadir la garantía de que la incomunicación no detenga que la persona presa pueda ser visitada por un abogado. Hay acuerdo en ambas propuestas.
Catalina Lagos (PS) pone en duda si es necesario hacer la distinción entre habitantes con la calidad de extranjeros o de nacionales, dado que ya tenemos un cuerpo legal que regula estas materias.
Máximo Pávez (UDI) defiende esa redacción, porque ayuda a tratar el fenómeno de la migración con una referencia “sobria”.
Marcela Peredo (PDG) dice que hay que dejar establecido de manera clara que hay que avanzar en el tema de migración en el ámbito legal.
Magaly Fuenzalida (FRVS) pide agregar la garantía de que la persona detenida ingrese a un registro público, y también que los menores de edad detenidos se encuentren alejados de los adultos detenidos. Hay acuerdo.
Verónica Undurraga (PPD) pone en duda que se mantenga la seguridad de la sociedad como una causal que justifica la detención preventiva, pues puede entenderse de forma muy amplia y sin considerar la realidad de la persona detenida. Cree que ahí hay un debate más amplio para dar, puesto que en a nivel internacional no es consenso.
Se habla un poco sobre la legislación en temas de delitos terroristas. Catalina Lagos es de la postura de no dejar en el anteproyecto más sobre este tema de lo que ya está en la Constitución actual, ya que es una materia de ley en la que se quiere avanzar durante este período legislativo. No se debate sobre esto.
b) Debido proceso (Artículo 17, numeral quinto)
Verónica Undurraga (PPD) pide distinguir las garantías propias del debido proceso ante órganos jurisdiccionales de las garantías de órganos administrativos. Según la propuesta, el debido proceso es una garantía de acceso a la justicia de los órganos jurisdiccionales que tiene la característica de ser independiente e imparcial. En cambio, el órgano administrativo no es independiente y tiene objetivos que lo guían. Ambos deben tener garantías, pero son de naturaleza muy distinta, y le preocupa que se utilice “debido proceso” de forma muy amplia y poco técnica.
Carlos Frontaura (REP) dice que la Defensoría Penal Pública no tiene rango constitucional, y está en desacuerdo con la propuesta de algunos comisionados (Lovera y otros) al respecto. Agrega no estar de acuerdo con lo que plantea Undurraga. Para él (dice “para nosotros” haciendo referencia a su sector), el debido proceso también tiene que ver con los procedimientos administrativos. Argumenta que es una forma de dar herramientas de defensa frente a órganos administrativos.
Catalina Lagos (PS) defiende la propuesta de elevar la Defensoría Penal Pública a rango constitucional. Dice que hay una propuesta de la Subcomisión 2 de función jurisdiccional y órganos autónomos que recoge este tema, creando un sistema de acceso a la justicia y defensoría de las víctimas. Si se tiene eso, no se puede dejar a la Defensoría con un reconocimiento constitucional diferente. Sugiere recibir al defensor nacional para escuchar su opinión al respecto.
Máximo Pávez (UDI) propone no constitucionalizar uno y el otro no, sino que dejar una fórmula que los equilibre bien. Sobre el debido proceso, indica que es un tema “pacífico” en general, y que le parece adecuado que se aplique a órganos administrativos también, pues así opera hoy.
Se avanza al siguiente punto, pero no se da por terminado este debate.
c) Garantías penales mínimas (Artículo 17, numeral 6)
Verónica Undurraga (PPD) propone cambiar la expresión “benigna” por “favorable” por ser más correspondiente con nuestra tradición jurídica. Hay acuerdo transversal.
Se discute sobre eliminar o mantener lo que antes se llamaba el principio “pro reo”. Catalina Lagos (PS) propone que se establezca una excepción para que el legislador pueda proponer algo diferente. Carlos Frontaura (REP) se muestra contrario a esto, cree que ha operado bien en nuestra institucionalidad. Máximo Pávez invita a dejar el debate instalado sobre esto, y no zanjar ahora.
Máximo Pávez (UDI), presidente de la subcomisión, pide unanimidad para prorrogar la discusión, pero no se da. Mañana, se seguirá con las garantías penales mínimas que restan.
25 de abril de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto discutir en particular sobre las acciones constitucionales, específicamente sobre reclamación de nacionalidad, amparo económico, responsabilidad por error judicial, amparo y protección.
Desarrollo de la sesión
El presidente de la subcomisión, Máximo Pavez (UDI), propone que se discuta sobre las acciones constitucionales en general. Se acuerda por unanimidad por la subcomisión.
1. Reclamación de nacionalidad
Magaly Fuenzalida (FRVS) se refirió a la reclamación de nacionalidad. Si bien en un primer momento se planteó innovar en este recurso (pasando a las Cortes de Apelaciones), se decidió que se mantuviera igual que en la actualidad, es decir en la Corte Suprema actuando como jurado y en pleno. Así, lo único que cambiaría sería su posición en el texto.
Máximo Pavez (UDI) dice que es partidario de enmarcar todas las acciones constitucionales en un solo epígrafe. Además, sobre la acción de reclamación de nacionalidad, se muestra de acuerdo en despachar la propuesta de enmienda tal y como está.
2. Indemnización por error judicial
Catalina Lagos (PS) menciona que el oficialismo tiene una propuesta diferente a la de la oposición relativa a la indemnización de perjuicios por error judicial, la cual se basa en el diagnóstico respecto a la ineficacia de la acción constitucional contemplada en el texto vigente. Esta acción existe desde la Constitución de 1925, pero nunca fue eficaz al nunca dictarse la ley que la regulara. Luego, en la Constitución actualmente vigente, a pesar de ser contemplada, ha sido muy poco utilizada (menos de cuatro por año).
La propuesta del oficialismo busca hacer frente al error judicial y las actuaciones indebidas en el ámbito de la justicia, siguiendo de cerca al modelo español. Así, se establecen las hipótesis sobre las cuales procederían las indemnizaciones, derivando al legislador la regulación en específico. Ahora bien, se agrega una disposición transitoria que establece una regulación para el tiempo en el que no se dicte la ley institucional (actuales LOC).
Los cambios son: ampliar la indemnización no solo en caso de error judicial, sino también cuando exista falta de servicio cuando se hayan ocasionado daños; incorporación de declaración previa de la Corte Suprema (en recurso de revisión o directamente). En el caso del error judicial, se tramita como cualquier acción indemnizatoria en sede civil, sin necesidad del pronunciamiento de la Corte Suprema previo.
Máximo Pavez (UDI) consulta sobre la falta de servicio en la administración de justicia, que ocurre cuando no se cumple un estándar: no funciona, no funciona a tiempo, funciona en forma defectuosa. Sobre ello, ¿cuál es la hipótesis que debe tener a la vista el legislador?
Catalina Lagos (PS) responde que se refiere a un funcionamiento deficiente en comparación a la conducta normal que se espera de la administración de justicia. Por ejemplo, la dilación indebida de los procesos judiciales (siguiendo la jurisprudencia española). Además de ello, se debe acreditar debidamente el daño del individuo quien recurre por error judicial.
Carlos Frontaura (Republicanos) dice que el criterio español ha generado ciertos cuestionamientos e inquietudes. Cree que las fórmulas más adecuadas son los controles sobre los funcionarios que generan que administrativamente se atrasen los procesos, por lo que habría que poner allí el acento.
Además, afirma que le genera inquietud que, en el contexto de las causas penales, podría preverse un error judicial en casos en los cuales las personas sean absueltas erróneamente, y lo que ello genera para las víctimas de los delitos respectivos. Cree que hay que pensar la figura para excluir dichas situaciones.
Máximo Pavez (UDI) indica que le parece interesante que el Estado juez pueda y deba responder cuando genera un daño. Ahora, el espíritu de la norma vigente (que el Estado responde en una causal muy específica, a saber, un daño por un atentado contra la libertad) es cautelar el bien jurídico de la “libertad”. Cree que actualmente está correcto, por lo que no cambiaría los parámetros actuales por una fórmula demasiado amplia. Con todo, cree que se podría mantener la fórmula actual agregando una segunda causal.
Catalina Lagos (PS) se compromete a estudiar y exponer las discusiones planteadas por los comisionados en la jurisprudencia española. Luego, cree que es relevante que Chile cumpla sus compromisos internacionales en la materia, que se contemplan en las normas interamericanas y universales.
Marcela Peredo (PDG) menciona como caso emblemático el “caso la calchona”, donde un grupo de personas fue privada de libertad en forma errónea. Sobre la indicación propuesta por el oficialismo invita a avanzar respecto a la determinación del concepto de error judicial. También cree que es valioso revisar la idea de determinar el momento específico (sentencia condenatoria o sobreseimiento definitivo). A su vez, piensa que se debe determinar cuál es el tribunal que revisará el error judicial.
También, le parece importante evaluar cuáles serán los daños indemnizables. Otro tema es el procedimiento que se debe concretar para que exista indemnización, particularmente para que concurra la garantía del debido proceso. Por último, solicita que se aclare a qué se refiere la enmienda cuando habla de “falta de servicio”.
Máximo Pavez (UDI) cree que se puede avanzar pensando en una acción diferente a la actualmente contemplada en la Constitución. Pone el ejemplo de la nulidad por parcialidad de un juez, donde cree que existe un error de la administración de justicia.
Verónica Undurraga (PPD) propone una hipótesis en que dentro del concepto de error judicial, se incorpore la indemnización por condenas erróneas y por detenciones ilegales, en línea con las responsabilidades internacionales del país.
Máximo Pavez (UDI) sostiene que cualquier hipótesis que lesione la libertad se podría incorporar, pero teniendo en consideración que el estándar debe ser igual de exigente (que la Corte Suprema declare la ilegalidad de la actuación).
Catalina Lagos (PS) expresa que sería interesante contar con cifras actualizadas para tener un diagnóstico basado en la evidencia. Por ejemplo, cuántas de estas acciones se han acogido; en el caso de las detenciones ilegales (que en sus datos es menos de un 1%). Se toma el acuerdo para pedir una aproximación a la biblioteca del Congreso de los últimos 5 años.
3. Acción de amparo
Máximo Pavez (UDI) cree que no es necesario innovar en la regulación que contempla la Constitución actualmente vigente, y que los problemas actuales (como las demoras en los procedimientos) no se deben a un diseño jurídico constitucional.
Catalina Lagos (PS) plantea que en el texto aprobado en general solo quedó un inciso contemplado en el artículo 25. Pregunta si la oposición está satisfecha con dicho inciso o si creen que se deba complementar. A su vez, expone que a través de las enmiendas presentadas por su sector buscan agregar dos nuevos incisos: el primero, que se pueda impetrar la acción respecto a medidas cautelares; el segundo sobre medidas privativas de libertad por actos de autoridad o de particular.
Marcela Peredo (PDG) consulta sobre la propuesta del primer inciso, ya que pareciera que se busca incorporar “un nuevo amparo” en virtud de la siguiente redacción: “La misma acción podrá ser interpuesta respecto a una medida cautelar o pena privativa de libertad establecida judicialmente, cuando en la ejecución de esta, se vulneraron sus derechos constitucionales”. En ese mismo sentido, Máximo Pavez (UDI) entiende que el amparo actual se ampliaría.
En el punto anterior, Catalina Lagos (PS) menciona que esta ampliación no es aparte de los bienes jurídicos tradicionalmente protegidos por la acción de amparo, citando algunos ejemplos jurisprudenciales al respecto.
4. Acción de protección
Máximo Pavez (UDI) expone la enmienda respectiva de la oposición. Creen que es un camino propicio para la defensa de los administrados respecto a la administración. Lo primero, se propone no hacer grandes cambios en la regulación actual del recurso (mantenerlo en las cortes superiores, por ejemplo, o los conceptos generales de su regulación). El desafío es sobre qué garantías aplicar la acción, ya que lo que buscan evitar es que sea un camino para que los tribunales sustituyan al legislador democrático.
Sobre lo anterior, se propone como innovación distinguir el restablecimiento de una garantía “civil clásica” versus un derecho que requiere una prestación contemplada por el legislador. Si esto es así, debe existir la acción de protección con requisitos de admisibilidad (invocar el precepto incumplido). En los casos en que la ley no regule la prestación específica de un derecho social, debe haber un mecanismo no judicial, que sería el Consejo Económico y Social.
Marcela Peredo (PDG) cree que la exigibilidad de los derechos no es solo judicial. Esto iría desde la escrituración hasta los órganos específicos. La creación de un Consejo Económico y Social sería evitar que la acción de protección sea, en los hechos, un contencioso administrativo más. Este consejo sería colegiado, consultivo (para el legislador y el ejecutivo) para la elaboración de políticas públicas con impacto social, pudiendo emitir informes que den cuenta de las demandas actualizadas de la población. El principal modelo seguido para la propuesta es el caso italiano. Sobre esto, Máximo Pavez (UDI) afirmó que el requerimiento sería similar a los que se presentan ante el Tribunal Constitucional.
Al respecto, Verónica Undurraga (PPD) cree que el modelo propuesto es poco participativo socialmente, ya que su modelo se parece a las comisiones asesoras presidenciales que son de corte técnico. Le complica que esté tan fuera de los órganos democráticos y la fuerza que eso le pueda restar.
Catalina Lagos (PS) plantea que le inquieta la forma restrictiva en que se presenta la participación de las organizaciones de la sociedad civil, sin procesos de convocatoria amplia y permanente, siendo un punto en el que se podría conversar para darle una mejor regulación a este órgano.
Luego, Verónica Undurraga (PPD) presentó la propuesta del oficialismo al respecto. Partió diciendo que la acción de protección es valorada como una acción constitucional, y se busca reforzar regulando su procedimiento por ley y resaltando su carácter cautelar. Si bien es cierto que el ideal sería que estuvieran en sede de tribunales ordinarios, reconocen que en la actualidad es poco prudente realizar ese cambio.
Su propuesta se inspira en un trabajo del CEP, donde se propone un modelo de control judicial que funcione solo como respaldo (respecto a prestaciones vinculadas a derechos fundamentales). Se denomina control judicial “débil-fuerte”, que entra en una etapa posterior donde ha habido inercia o bloqueo en los órganos democráticos.
11 de abril de 2023
Resumen ejecutivo
En la sesión, se discutió en general sobre la iniciativa de norma presentada por la subcomisión al pleno que fue aprobada la semana pasada.
Desarrollo de la sesión
Máximo Pavez (UDI) realizó un resumen del proceso constitucional hasta ahora, mencionando algunas de las normas propuestas por la subcomisión y que fueron aprobadas por el pleno. En materia del Estado social y democrático de derecho, la subcomisión estuvo por recoger la base establecida en el artículo 154 de la Constitución vigente.
Cree que es importante que se encuentre una comprensión común sobre lo que es el Estado social y democrático de derecho, ya que según los juristas invitados a la subcomisión esta organización toma variadas formas y concreciones. También piensa que en materia de derecho a reunión, se debe explicitar que sea pacíficamente y sin armas.
Marcela Peredo (PDG) menciona como relevante la norma que consagra la inviolabilidad de la dignidad humana. También cree que es importante rescatar la consagración del Estado social y democrático de derecho, permitiendo la prestación por parte de privados y el Estado.
Señala la necesidad de armonizar las características del derecho a voto respecto a las decisiones tomadas en la Subcomisión de Sistema Político. A su vez, cree que en el artículo 8 en materia de transparencia, la redacción queda enmarcada únicamente en la denominada transparencia pasiva, dejando de lado la transparencia activa.
Verónica Undurraga (PPD) menciona que respecto a la protección de la naturaleza y el reconocimiento de los pueblos indígenas se requiere un mayor desarrollo en lenguaje de derechos, para hacer más robusta la labor del Estado en las materias. También cree que existen algunas redacciones que expresan tensiones no resueltas. Además, a pesar de la redacción inclusiva del artículo referido a la familia y de la cláusula de igualdad entre hombres y mujeres, se ven como medidas más programáticas que con efectos inmediatos. Anuncia enmiendas en ambas materias.
Catalina Lagos (PS) se refiere al tratamiento del derecho internacional de los derechos humanos y la necesidad de armonizar su trabajo con el de otras subcomisiones. Menciona que en el Capítulo de Congreso Nacional, se contempla la aprobación de dichos tratados con un quórum de reforma constitucional, mientras que en el Capítulo de Fundamentos del Orden Constitucional no se menciona el rango de los mismos.
Otro punto a profundizar es la participación política de las mujeres. Le parece que sería relevante poder discutir este punto en las sesiones sucesivas para modelar el mandato estatal al respecto, ya que la norma planteada sigue de cerca a una contemplada en la Constitución francesa, pero que tiene una intensidad y rendimientos bajos en miras a consolidar una democracia paritaria.
Magaly Fuenzalida (FRVS) menciona que las autonomías de las regiones y comunas deben ser administrativas, políticas y económicas. También cree que en los mínimos comunes quedaron muchos temas afuera, como los derechos de niños, niñas y adolescentes; derechos sexuales y reproductivos y paridad.
Carlos Frontaura (Republicanos) valora haber logrado llegar a mínimos comunes. Del contenido del texto, destaca la inviolabilidad de la vida humana, lo que tiene como marco el intento de desarrollar la justicia para todos y cada uno. El otro elemento a destacar es la paz como tarea del Estado y de la comunidad política, así como los principios respecto a la actuación del Estado contemplados en el artículo 11, elevando la categoría de los contemplados en la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado, orientando su labor modernizadora.
Piensa que es importante que el texto constitucional incorpore la protección de la vida del que está por nacer, anunciando una enmienda al respecto, así como la vida de las madres y padres en situación vulnerable. También cree que debe quedar formalmente en el texto el derecho de los padres de elegir la educación moral y religiosa de sus hijos, como también la prohibición a ser coaccionado en esta materia. Un último elemento a proponer tiene que ver con el territorio antártico chileno y la necesidad de que cuente con un estatuto especial.
13 de marzo de 2023
Resumen ejecutivo
La subcomisión de principios, derechos civiles y políticos sesionó para ordenar su funcionamiento en el inicio de la discusión del nuevo texto constitucional. Se acordó recibir propuestas de expositores por parte de los miembros de la subcomisión hasta mañana, como también de los órganos estatales que no expondrán ante el pleno de la Comisión Experta.
Finalmente, la Secretaría General mencionó las bases institucionales que corresponden a la competencia de la subcomisión, las que son: 1, 2, 3, 4, 5, 6, parcialmente la 9 y la 11.
Desarrollo de la sesión
En la comisión, se acuerda recibir exposiciones de académicos. Cada miembro de la subcomisión podrá proponer hasta dos nombres, y también se podrá invitar a organismos públicos que no expongan ante el pleno de la Comisión Experta. La secretaría recibirá dichas propuestas hasta mañana.
La Secretaría General mencionó las bases constitucionales que son competencia de la subcomisión: 1 , 2, 3, 4, 5, 6, parcialmente la 9 y la base 11. A su vez, se menciona que es competencia de la comisión todo lo relacionado con nacionalidad y ciudadanía, así como las normas transitorias sobre todos los temas mencionados.
El contenido de las bases es el siguiente:
1. Chile es una República democrática, cuya soberanía reside en el pueblo.
2. El Estado de Chile es unitario y descentralizado.
3. La soberanía tiene como límite la dignidad de la persona humana y los derechos humanos reconocidos en los tratados internacionales ratificados por el Estado de Chile y que se encuentren vigentes. La Constitución consagrará que el terrorismo, en cualquiera de sus formas, es por esencia contrario a los derechos humanos.
4. La Constitución reconoce a los pueblos indígenas como parte de la nación chilena, que es una e indivisible. El Estado respetará y promoverá sus derechos y culturas.
5. Chile es un Estado social y democrático de derecho, cuya finalidad es promover el bien común; que reconoce derechos y libertades fundamentales; que promueve el desarrollo progresivo de los derechos sociales, con sujeción al principio de responsabilidad fiscal, y a través de instituciones estatales y privadas.
6. Los emblemas nacionales de Chile son la bandera, el escudo y el himno nacional.
9. Chile protege y garantiza derechos y libertades fundamentales, como el derecho a la vida; la igualdad ante la ley; el derecho de propiedad en sus diversas manifestaciones; la libertad de conciencia y de culto; el interés superior de los niños, niñas y adolescentes; la libertad de enseñanza y el deber preferente de las familias de escoger la educación de sus hijos, entre otros.
11. La Constitución consagra, a lo menos, cuatro estados de excepción constitucional: estado de asamblea, de sitio, de catástrofe y de emergencia.
El comisionado Carlos Frontaura (Republicanos) mencionó que la base número 12, referida al cuidado de la naturaleza y biodiversidad, también debería ser parte de la competencia de la comisión. A su vez, la comisionada Catalina Lagos (PS) cree que, en virtud de que el trabajo de la subcomisión corresponde a los principios constitucionales, se deberá tener un diálogo fluido con el resto de las subcomisiones.
Comisión de Sistema Político, Reforma Constitucional y Forma de Estado
23 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto continuar la discusión en particular de las enmiendas presentadas al anteproyecto de nueva Constitución. El debate se concentró en torno al quórum de reforma constitucional. Se finaliza la discusión de los artículos y las enmiendas presentadas a la comisión, y se informa que el ministro de Relaciones Exteriores fue invitado para la sesión del próximo viernes de 9:30 a 11: 00 hrs. Queda establecido que se dará inicio a las votaciones el día lunes 28 de agosto.
Desarrollo de la sesión
El Consejero Ñanco (RD) defiende su enmienda, ya que esta se ajusta a lo que actualmente existe en materia de reforma constitucional de 4/7. Tenemos que ver si queremos generar una camisa de fuerza con quórums altos que generan crisis sin poder adecuarse a los cambios culturales, o una constitución que permita incorporarlos
El comisionado Soto afirma que en la comisión experta se discutió que la modificación a 4/7 es para constituciones de transición o de modificación regular, sin embargo, no hay que tampoco rigidizar demasiado con los ⅔. Les pareció prudente dejar las reformas en ⅗, debido a que esta fórmula ayuda a la no repetición de situaciones como las que se dieron con los retiros de los fondos de pensiones.
Consejero Ortega (PR) el mayor quorum nos hace reflexionar más sobre los cambios, la constitución fijan las reglas, y no se debería cambiar tan fácilmente dependiendo de circunstancias especiales
Consejera Hutt (Evópoli) si existe mayor flexibilidad deben haber algunos requisitos para mantener la solidez de la constitución, concuerdo con lo dicho por los consejeros respecto al problema de los retiros, no debe cambiarse la constitución como alternativa a la legislación
Consejero Suarez(Independiente - PS) hace referencia a que la enmienda del Partido Republicano de los ⅔ llama al hiperpresidencialismo, los altos quórum no aportan en nada.
Expresa a los integrantes del Partido Republico y a aquellos de Chile Vamos de que poseen la mayoría y van a ganar para escribir la constitución que quieren, declara que queda a su disposición el querer o no cerrar la constitución, y les dice que no van a generar la estabilidad que argumenten con esta enmienda, no se deben dejar tentar por el poder.
Ante esta declaración, tanto el consejero Ortega (PR) como el consejero De La Maza (PR) afirman que no poseen la mayoría para imponerse y aprobar, sino que más bien solo para vetar, y se sentirían mal si sienten que imponen algo, la representación que tenemos no es necesariamente por una ideología en particular con nuestro partido, sino que por lo que nosotros expresamos con anterioridad, que es aquellos que quiere la gente.
El Consejero Ortega (PR) entiende los cambios de la sociedad, pero esto es una herramienta para el futuro y la constitución del 80 nos dio paz y estabilidad que nos permitió crecer.
Consejero De La Maza (PR) dice que le parece injusto atribuir que la constitución es rígida por estos quórum, antes del año 2017 si se podía llegar a reformar la constitución del 80. Se ha hecho un mal diagnóstico, el problema es del sistema electoral que se cambió el año 2016. Podemos perfeccionar el sistema proporcional para que converse con los ⅔, hay que asegurar a la ciudadanía que no se cambiará a cada rato la constitución.
La Comisionada Rivas declaró que se da la impresión que hablamos de que el oficialismo quiere reformar con 3 y los demás buscan reformar con 33. Hay que tener en cuenta el número que no es menor, y no se trata de minorías, son diferencias de 3, 4 o 5 diputados o senadores. Uno siempre quiere proteger su propio texto, y 2⁄3 puede ser mucho.
22 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tiene por objeto continuar la discusión en particular de las enmiendas presentadas al anteproyecto de nueva Constitución.
El presidente de la comisión, Edmundo Eluchans (UDI) invita a los consejeros y comisionados a que fuera de sesión se haga el esfuerzo de tratar de avanzar en una unidad de propósito de los temas que se han conversado en las sesiones.
Desarrollo de la sesión
Cuenta
Se ha recibido un documento remitido por Don Pablo Valderrama, coordinador jurídico de la gerencia de estudio y políticas públicas de la Cámara Chilena de la Construcción titulado “planificación de infraestructura pública en la nueva constitución ”, estima que lo que se propone es relevante respecto a la enmienda formulada al artículo 141 que propone la inclusión de la frase “especialmente en infraestructura pública” y al nuevo artículo que le sigue 152 sobre planificación regional. Este documento queda a disposición de las y los consejeros y comisionados.
Se presenta la enmienda del Partido Republicano para añadir un nuevo artículo en donde se dispondrá de una Policía de Fronteras que dependerá del Ministerio encargado de la Defensa Nacional. Tras algunos cuestionamientos por parte de los consejeros se resolvió que se reformulara la propuesta para quitarle la dependencia del ejército, y se mantenga como organismo de apoyo a Carabineros de Chile y la Policía de Investigaciones.
Chile Vamos incorpora un nuevo capítulo Fuerzas de Orden y Seguridad Pública, similar al propuesto por el Partido Republicano que tiene como título Paz, Orden y Seguridad Pública. En ambos se especifican funciones y atribuciones de Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones de Chile y Gendarmería de Chile. La diferencia entre estos es que en la segund enmienda se introduce la figura del Consejo Interministerial de Seguridad, que tiene como objetivo el resguardo de fronteras, combate del terrorismo, el crimen organizado y la mantecion del orden publico.
Por un lado, se debate la Iniciativa Popular de Norma “Yo apoyo a Carabineros”, el que establece el criterio de racionalidad, y la eximición de responsabilidad penal. Ante esto, los consejeros se mostraron reacios y transversalmente no la apoyaron.
Por el otro, la Iniciativa Popular de Norma referida a bomberos de Chile, se acuerda de manera transversal entre los consejeros y comisionados en su apoyo a esta IPN.
Respecto al Capítulo 6, se formulan 122 enmiendas, se discute sobre la descentralización, gobiernos regionales y locales. Se le dio importancia a la discusión en torno a mantener el principio de prohibición de tutela, y recomiendan mantener el título de gobierno a las municipalidades, la consejera Hevia (PR) aclara que se puede hacer una revisión y llegar a un punto en común.
17 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tiene por objeto continuar la discusión en particular de las enmiendas presentadas al anteproyecto de nueva Constitución. Se acuerda que para la sesión del día viernes 18 de agosto se extenderá 30 minutos antes y 30 minutos después, quedando el horario de 9:00 a 14:00.
Desarrollo de la sesión
La primera enmienda en discusión es la relacionada al artículo de acusaciones constitucionales, los argumentos en contra son de la comisionada Rivas, el comisionado Osorio, el consejero Suárez (Independiente - PS) y la consejera Bengoa (CS), quienes concuerdan en que la enmienda que se propone podría desnaturalizar la acusación y convertirse en censura, lo que provocaría que se vuelva más fácil ir acusando a ministros de estado y generar una rotativa ministerial.
Las siguientes tres enmiendas en discusión son de las atribuciones exclusivas del Congreso, aquí se discute sobre el rango que deben tener los tratados internacionales de derechos humanos en la constitución, la enmienda que señala que no tendrán efecto interpretativos los instrumentos internacionales no vinculantes, y que rama debe decidir sobre los tratados autoejecutables.
Un punto álgido de la discusión se dio ante la intervención del consejero Antileo (Independiente) al declarar que este es uno de los puntos que determinara el llamado de aprobar o rechazar este proceso para los pueblos indígenas, recalcando que “para nosotros los tratados internacionales de derechos humanos son un elemento tremendamente relevante”. El presidente de la comisión llama a tener cuidado de apuntar a alguien sobre no respetar los derechos humanos.
Respecto a la enmienda del artículo 67, la consejera Hevia (PR) propone la figura de consejo técnico de políticas públicas de carácter independiente de análisis de ejecución e impacto presupuestario, esta enmienda es respaldada por la comisionada González y la consejera Hutt (Evópoli).
La consejera Jorquera (UDI) se hace cargo de la enmienda 53/4 y la 54/4, y argumenta que se quiere evitar que se politicen los gremios o sindicatos. Ante esto, el consejero Suarez (Independiente - PS) expresa su preocupación por la separación que se realiza entre lo político y la sociedad civil y afirma que Chile era un país políticamente ordenado, existía un diálogo entre partidos políticos y los gremios, y hoy en día se estaría dando una argentinización.
El consejero Ñanco (RD) y la comisionada Rivas también se muestran en desacuerdo con la enmienda, ya que se perpetúa la lógica de que la política es mala, una lógica de la Constitución del 80 de prohibir la participación política. La consejera Hevia (PR) explicita que la enmienda tiene como objetivo que quienes tengan cargos altos no deben ocuparlos como trampolín para pasar a la política nacional, es decir, no se debe instrumentalizar los cargos en los sindicatos y gremios.
Se concluye con la intervención de la consejera Hutt (Evópoli) quien expresa que se debe buscar una forma para no promover el mal uso de los cargos, y quizás enfatizar en los tiempos de inhabilidad, para aprovechar los liderazgos que se construyen en la comunidad.
10 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objetivo recibir y debatir las enmiendas realizadas a los capítulos 5 y 14 del anteproyecto. Por un lado, en el capítulo 5 se discutió sobre el uso del lenguaje inclusivo , la creación tribunales contenciosos administrativos, el aumento de edad para el cargo de presidencia y que los embajadores debían exponer sus planes de trabajo luego de ser nombrados por el presidente y antes de que comiencen sus funciones en el extranjero . Por el otro, la discusión del capítulo 14 se centró en los quórums de reforma constitucional y la enmienda del partido republicano acerca de suprimir el sistema de reemplazo de la constitución.
Desarrollo de la sesión
Capítulo 5
El Consejero De la Maza(PR): expone las enmiendas de la bancada republicana. Dentro de estas se encuentra la que suprime los sustantivas femeninos en el texto, justificándose en relación a que la necesidad de estos sustantivos corresponden a un mito del lenguaje sexista. Y la enmienda referente a la necesidad de aumentar la edad para el cargo de presidente de la república a 40 años.
Tanto de la conseja Hutt (Evópoli), como de la comisionada Rivas se encuentran en desacuerdo con esta primera enmienda, argumentado que existe un elemento de visibilización de la mujeres y no es complejo incluirlo, la comisionada Rivas da un ejemplo con su hija contando como la niña se entristeció en el dia niño pensado que no era su dia. A lo que el consejero.
El consejero Solar (PR) dice que el lenguaje inclusivo ha creado un momento de expresiones ridículas, y que le debería enseñar a su hija que ante la mención de niño se incluye también a las niñas. Lo anterior, provocó que la comisionada Rivas afirmara que es una falta de respeto que le diga cómo enseñar a su hija y que hagan burla al lenguaje inclusivo.
A pesar de la argumentación, se muestran firmes en su postura de que no son un partido machista ni sexista y declaran que “nuestro partido tiene una gran cantidad de mujeres en la directiva y de militantes, y esta enmienda fue presentada por una consejera ”. La justificación que da la consejera Spoerer (PR) es que se le complica el uso y encuentra enredado que el lenguaje inclusivo sea de repetición.
Con respecto a la segunda enmienda mencionada, los demás consejeros y comisionados se expresan de forma negativa atribuyendo a que la experiencia no es algo decisivo para optar por el cargo presidencial y se exponen diversos ejemplos de mandatarios con menos de 40 años que han sabido conducir un gobierno.
La consejera Hutt (Evópoli) presenta varias enmiendas, dentro de estas se destacan la que obligara que los embajadores, jefes de misiones diplomáticas y representantes ante organismos internacionales designados por el presidente, se deben presentar a la comisión de relaciones exteriores del senado antes de que inicien sus funciones en el extranjero. Y, la referente a la creación del capítulo de la defensa nacional y defensa pública, en el que se está a la espera del pronunciamiento de la Corte Suprema.
El consejero Suarez (Independiente- PS) presenta también las enmiendas de su bancada, de la que se destaca la de agregar un nuevo inciso al final del ar 114, una ley institucional establecerá los tribunales de lo contencioso administrativo, en virtud de poder tener jueces especializados, no solo en la primera instancia sino que también en la segunda instancia. Esto generó dudas por parte de las demás bancadas sobre que se propone, que significan y cómo podrían llevarse a cabo en la práctica.
Capítulo 14
El consejero Suarez (Independiente-PS) por la bancada Unidad para Chile proponen la enmienda que busca rebajar el quórum para aprobar una reforma constitucional, dada la necesidad de una constitución dinámica, lo que es el problema de la actual constitución es la rigidez.
El consejero Silva (PR) por su parte propone que estas reformas puedan darse por ⅔ , debido a que una característica esencial de las constituciones es su dificultad relativa a otras normas para modificarla
La razón del quórum se traduce en una paradoja. Por un lado, entre más alto es más democrática la decisión, el argumento interpela a más personas. Por el otro, se da que mayor es el poder de veto de una minoría, y muy pocas voluntades pueden oponerse a la decisión de la mayoría.
La enmienda sobre reforma no puede entenderse separada de la enmienda de reducir el número de parlamentarios y el consiguiente redistritaje, con el propósito de crear las condiciones de un congreso que ofrezca mayores garantías de estabilidad, y en donde las mayorías no parezcan una locura. Se cambiará de 150 miembros a 132 en la cámara, en donde ningún distrito puede elegir más de 6 ni menos de 3.
La tercera enmienda es relativa al sistema de reemplazo, da una razón estética de que no se ve bien que la constitución reconozca su propio fracaso, su colapso o disolución. argumenta, que le genera dudas acerca de si este mecanismo no será un adorno y que se estaría creando un expediente por el cual se podría hacer trampa a la constitución.
Evópoli y la comisionada Gonzales concuerdan con lo propuesto por el anteproyecto de la posibilidad de reformar la constitución por ⅗.
Las discusiones sobre este capítulo se centraron en las enmiendas de reforma, sobre que era más preferible, una constitución rígida que mantenga su estabilidad, o si es necesario una habilitante que permita poder modernizar conforme se dan las dinámicas y necesidades de las siguientes generaciones.
7 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La Comisión tuvo por objeto recibir la exposición de la ex Presidenta de la República Michelle Bachelet, quien se mostró favorable al contenido del anteproyecto elaborado por la Comisión Experta. A su vez, defendió la inclusión de escaños reservados para Pueblos Indígenas, paridad y algunos de los mecanismos propuestos en el marco del sistema político (como el umbral electoral del 5%). Asimismo, en la ronda de respuestas mencionó que le gustaría que los tratados internacionales de DDHH tuvieran rango constitucional o supraconstitucional, que no se deben incorporar modelos como las AFP e Isapres (defendiendo la provisión mixta) y que no cree que deba existir un capítulo de FFAA, ya que ello, en su visión, se debe reservar para los organismos autónomos, condición que en este caso no se cumple.
Hizo un llamado a llegar a acuerdos amplios, en los cuales todos los sectores “ganen y pierdan algo”, para que el texto final del proceso sea representativo y duradero, evitando las miradas parciales o partidarias.
Desarrollo de la sesión
1) Exposición de la ex Presidenta de la República, Michelle Bachelet
-La ex Presidenta valora que se den espacios de diálogo en el seno de la discusión constitucional, ya que es importante que todas las miradas sean escuchadas. Asimismo, la importancia de escuchar a los ex presidentes es aún mayor, ya que significa poner de relieve la experiencia de llevar los textos a la acción.
-Para ella existen dos nociones trascendentales: coherencia y equilibrio. Una buena Constitución es habilitante y ayuda a los desafíos del país, como también responde a los problemas del Chile de hoy. Se debe alcanzar un punto de encuentro, cuál es el “nosotros” que traerá paz y orgullo por décadas.
-Lo más relevante es dotar al país de un marco común que nos permita desenvolvernos a todas y todos. Así, la primera decisión de este Consejo será definir qué tan estrecho será ese marco en el cual nos desenvolvemos. Para decidir sobre el sistema político se deben tomar en consideración tres elementos fundamentales:
a) Cultura política del país: esto no quiere decir que cambiar de régimen provocará un cambio razonable. Mejorar la representatividad del régimen presidencial es un problema, corregir su rigidez es otro problema, fortalecer la cultura democrática es otro, como también reconstruir los lazos entre representantes y representados. La ex Presidenta menciona que con esto quiere decir que no se puede dar una solución única a distintos problemas.
b) Responsabilidad por los actos políticos: se debe tomar en consideración una adecuada rendición de cuentas, con mecanismos claros. El caso del Brexit o de la inacción ante la crisis climática nos recuerdan que despojar una decisión política de órganos ejecutores trae grandes consecuencias. Si nadie se hace cargo, ¿cómo corregimos?
c) Preparación para la transición institucional: se requiere coordinación con el gobierno y el congreso actual. Confío en que prevalecerá el interés superior de Chile. Cabe recordar algo evidente: la distribución del poder a lo largo del territorio, lo que a su gusto no es materia constitucional, sino legal.
-Organización del Congreso y Sistema Electoral. La ex Presidenta se muestra favorable al umbral del 5%, lo que permitirá mayor gobernabilidad. Sobre las normas electorales, cree que existe más espacio para innovar, pero en la práctica no existe ningún sistema perfecto. Cree que lo importante es elegir bien a la gente.
-Le parece relevante la incorporación de iniciativas populares, como también en el límite a la reelección del presidente de la república. También cree que el texto tiene avances sustantivos en materias de transparencia, lo que se debe seguir profundizando.
-Enmiendas. La ex Presidenta menciona dos en las cuales le gustaría profundizar:
a) Derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Cree que son las propias mujeres las que pueden tomar sus propias decisiones, por lo que el Estado no debe imponer nada, sino que ofrecer opciones.
b) Reconocimiento de los Pueblos Indígenas. El censo de 2017 determinó que un 12,8% de la población se identificó como indígena y, sin embargo, ningún texto constitucional ha reconocido su existencia y sus derechos.
-Para concluir, valora la labor de la Comisión Experta y del Consejo. Afirma que "(...) si el texto final del proceso fuera algo parecido al anteproyecto de la Comisión Experta, votaría a favor". Esto porque todos perdieron algo, todos cedieron y lograron llegar a acuerdos. Somos un mejor país cuando conversamos y nos ponemos de acuerdo, lo que es la principal tarea de la política.
2) Respuestas ante preguntas y reflexiones de miembros de la comisión
-En primer lugar, cree que es importante informar a las personas sobre qué es una Constitución y qué tipo de problemas resuelve. Ante eso, recuerda el proceso previo de información y autoformación del proceso constitucional de su segundo gobierno.
-Luego, menciona que es importante que el Consejo Constitucional logre un acuerdo en materia constitucional. Cree que sería un error que el texto se rechazara por la imposición de una visión por sobre otra, como también menciona que si bien es cierto las campañas de los consejeros se centraron en la seguridad, se debe ser honesto con la ciudadanía al decir que los textos constitucionales no resuelven una crisis como esa.
-Luego, refiriéndose a derechos de las mujeres, dice que no incorporar la paridad sería un enorme retroceso. Se necesita profundizar el rol de las mujeres en la toma de decisiones, en equilibrio con la soberanía popular. Lo mismo cree en el caso de los derechos sexuales y reproductivos.
-Le preocupa la distancia ciudadana con el proceso. No conocen el anteproyecto, existe falta de información y, además, menciona que aún no se ha interpretado correctamente la enorme cantidad de votos nulos y blancos.
-Sobre el rol de los tratados internacionales, menciona que no nos hacen perder soberanía, sino que fortalecen a nuestro país con nuevos y más rigurosos estándares en materia de DDHH. Por ello, cree que deberían ser considerados constitucionales o supraconstitucionales.
-Sobre la libertad de elección, la ex Presidenta cree que no se deben constitucionalizar ni las isapres ni las AFP. Menciona que constitucionalizar las isapres sería un despropósito, ya que el 80% de la población es Fonasa. Afirma que la regulación de dichas materias debe ser legal, no constitucional.
-Menciona que debería haber escaños reservados para Pueblos Indígenas, ya que los cálculos en torno a los incentivos indirectos hace que sea demasiado larga la espera (menciona el caso de las mujeres, que se calcula que en 280 años se llegaría a la paridad sin incentivos). Cree que no podemos esperar para hacernos cargo de una deuda histórica del país.
-Sobre el capítulo de FFAA, cree que los capítulos deben estar determinados para órganos autónomos, rango que no comparten las FFAA. Afirma que la no existencia de un capítulo no implica una menor valoración, sino que ello se determina en la sustancia de las normas que las regulen.
4 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objetivo escuchar la audiencia del expresidente Ricardo Lagos, quien se refiere de manera positiva al texto del anteproyecto, pero ve con preocupación la discusión de ciertas enmiendas de la comisión, como lo es la disminución de la magnitud distrital, disminución de la cantidad de parlamentarios, enmiendas identitarias que ignoran la diversidad del país, y aquellas que atentan contra el respeto a los derecho humanos.
Dentro de las intervenciones se dieron palabras de aliento al expresidente, sin embargo, desde los representantes del partido republicano se dieron cuestionamientos sobre la reforma constitucional en su gobierno en el año 2005.
Desarrollo de la sesión
-El ex Presidente Ricardo Lagos realiza una exposición de variadas temáticas donde destaca algunos puntos más preocupantes a su vista del proceso y de las enmiendas que se van a discutir en la comisión.
-En primer lugar, se declara preocupado ante la fuerza de la derecha dentro del consejo, quienes pueden rechazar y modificar sin el consenso o apoyo de otros sectores. En relación a esto, se vincula su planteamiento a la idea de jerarquía identitaria de un sector por sobre la diversidad del pueblo chileno, y afirma que los valores y los deberes constitucionales deben referirse a principios compartidos.
-En segundo lugar, expresa incomprensión ante la presentación de determinadas enmiendas que den la transformación en inconstitucional a la ley de aborto en 3 causales, las relacionadas a la liberación de los presos que cometieron crímenes de violación de los derechos humanos durante el periodo de dictadura en Punta Peuco, y las de disminuir la cantidad de parlamentarios
-En tercer lugar, celebra al anteproyecto en su contenido correspondiente a las libertades individuales y de derechos sociales y laborales. También, a lo específico a los poderes democráticamente elegidos.
-Por último, recalca la importancia de los temas económicos en contexto de crisis y con alta deuda, él expresa con urgencia el pacto fiscal como el único camino para poder disminuir el gasto estatal.
Desarrollo Intervenciones
-Comienza el consejero Alihuén Antileo (Independiente) quien da un reconocimiento al gobierno del Ex presidente Lagos por el Informe de la Comisión de la Verdad Histórica y el Nuevo Trato hacia los pueblos indígenas y expresa que se debe seguir el camino para una mayor representación.
-Comisionado Juan José Ossa (RN) expresa que en materia de sistema electoral discrepan, y les parece que hay una alternativa intermedia, la que no conlleva a la disminución de los parlamentarios y que permite tener la actual proporción del voto, mediante la disminución de los distritos
-Consejero Ortega (Rep) realiza pregunta sobre si el capítulo de las fuerzas armadas le impidió la modificación del texto constitucional en la reforma del año 2005.
Respuesta invitado
-Declara que el sector de derecha está planteando algunas medidas con un punto de vista distinto, quienes están dando planteamientos que implican rediscutir temas que se pensaron que ya estaban resueltos
-Con respecto a las fuerzas armadas, se muestra crítico y dice que con el tiempo su relación fue mejorando, sin embargo, deja claro que en caso de convocar al Consejo de Seguridad Nacional se busquen un lugar, por que el moneda no van a entrar, y cuando se haga esa reunión él pedirá la renuncia aquellos que acudieron. Es mas, planea proponer que el consejo se termine.
-Respondiendo al comisionado Ossa (RN) concuerda qué distritos más pequeños dan mayor cercanía a la gente. Pero. estos no abordan la inequidad entre los distritos
-Recalca nuevamente las instancias de crisis económicas que vive el país, causado por la insuficiencia del sistema tributario chileno. Ante esto, declara que no queda otra alternativa más que pacto fiscal que se ha planteado si no se que seguir aumentando la deuda
-En este contexto el Comisionado Hernán Larraín (UDI) le pregunta sobre cómo se daría la configuración del pacto retomando el crecimiento dadas las condiciones actuales.
-A lo que el ex Presidente Lagos responde, que es fundamental lograr la condiciones para volver a crecer e invertir en el país. En los últimos años ha sido inevitable el crecimiento de la deuda debido a la forma de la recolección de los recursos, y él explica que el pacto fiscal consiste en recaudar grandes ingresos durante un tiempo determinado
-Se finaliza la sesión con las palabras del ex Presidente ante la importancia de llegar a consensos y que el producto final de la constitución sea una que perdure para el futuro mediante la llegada a acuerdos.
31 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tiene por objeto escuchar las exposiciones de especialistas invitados por la comisión. Son invitados por la comisión los señores Bruce Ackerman, Germán Codina, Patricio Zapata y Manuel Millones, y la señora Carolina Leitao.
Se comunica que el consejero Sr. Luis Silva será reemplazado permanentemente en la comisión por la consejera Sra. Beatriz Hevia.
Desarrollo de la sesión
1) Exposición de Bruce Ackerman: Mecanismo de derogación total o parcial de ley, y Estados de Emergencia.
- En primer lugar, el Sr. Ackerman señala que el Estado de Emergencia (art. 33 del anteproyecto) debe imponer correctamente límites de poder unilateral del Presidente de la República. Tales límites constituyen una respuesta a la tendencia de los Estados de Emergencia a derivar en dictaduras militares en países de Latinoamérica. Sumado a ello, el expositor sugiere que el riesgo se reduciría enormemente si se estableciera un quórum supramayoritario en el Congreso. Este quórum le otorga al Presidente un incentivo para prevenir que los militares actúen de forma arbitraria.
- Respecto al mecanismo de derogación total o parcial de ley (art. 48), el expositor señala que lo propuesto en el anteproyecto constituye una seria amenaza a las instituciones democráticas. El expositor indica que, para llevar a cabo un referendo para derogar una ley es necesario superar varios obstáculos: 1. Se debe persuadir a una gran cantidad de ciudadanos para votar en contra de una ley; 2. El Servel debe coordinar un proceso nacional; y 3. Se debe establecer un mínimo de participación en el referendo según el último padrón. A partir de ello, solo los grupos organizados y financiados tendrán la capacidad para recolectar un gran número de apoyos dentro del tiempo requerido. Es así como, el artículo 48 del anteproyecto podría desencadenar una crisis constitucional y un golpe de Estado.
- Bruce Ackerman sugiere analizar y revisar los artículos 33 y 48 para evitar futuras tensiones y reducir los riesgos que estos conllevan. Asimismo, Ackerman ofrece su asesoría al Consejo Constitucional en lo relativo a dichas materias.
- Los casos exitosos en España, Italia y Francia han considerado restricciones y requisitos específicos para llevar a cabo referendos ciudadanos. Hay que distinguir y tener en cuenta tres dimensiones en relación a los referendos: 1. Porcentaje de votos requeridos; 2. Momento en el que se hace el referendo; 3. Referendos restringidos a reforma constitucional o abiertos a legislación general.
2) Exposición de Patricio Zapata, abogado.
- El expositor señala que no toda tradición es buena para una nación, por lo tanto, es necesario modificar ciertas tradiciones que no contribuyen al desarrollo del país. Una de estas tradiciones es la dificultad de llegar a acuerdos y consensos. A partir de ello, Zapata reconoce que existe una gran diversidad en el país y las diferencias son parte de ella.
- Luego, Patricio Zapata señala que el sistema político actual no aborda las urgencias ni problemas del pueblo, lo cual genera estancamiento y trampas. Zapata indica que la constitución no debe entregarle tanto poder al presidente y fortalecer al Congreso en pos de la gobernabilidad y el cumplimiento de los programas.
- El Sr. Zapata indica que no está de acuerdo con establecer listas cerradas y bloqueadas. Asimismo, entiende la sugerencia de reducir el número de diputados, sin embargo, esto debe ser evaluado con responsabilidad en lo relativo a redistritaje, proporcionalidad y arrastre. Sobre ello, ejemplifica la experiencia de las últimas décadas en relación a las problemáticas del sistema electoral. Finalmente, propone eliminar los subpactos.
Discusión
El comisionado Ossa señala que no existen incentivos para que el Presidente y el Congreso colaboren recíprocamente. Ossa critica la intervención de Zapata y señala que lo que buscaba la Comisión Experta no era un hiperpresidencialismo, sino que las atribuciones de la Constitución no sean letra muerta.
Sobre ello, el profesor Zapata indica que la calidad de la política y la fragmentación son evidentes. En este aspecto, explica que modificar algunos detalles relativos al poder del Presidente y el Congreso no resolverán el problema en su totalidad. Además, expresa que es muy difícil llegar a acuerdos en una democracia contemporánea. Incluso, el Sr. Zapata indica que está de acuerdo con la reelección ilimitada de los parlamentarios.
En general, los consejeros apuntan al sistema electoral, sus falencias y enmiendas presentadas. Así, intercambian opiniones y perspectivas con el profesor Zapata.
3) Exponen la Sra. Carolina Leitao, alcaldesa de la comuna de Peñalolén y presidenta de la Asociación Chilena de Municipalidades (AChM), y el Sr. Germán Codina, alcalde de la comuna de Puente Alto y presidente de la Comisión Municipios y Constitución de AChM.
- En primer lugar, en representación de AChM, la Sra. Leitao valora la voluntad de los comisionados de introducir conceptos claves como la descentralización, solidaridad territorial, coordinación entre distintos niveles de gobierno, radicación preferente de competencias, autonomía administrativa, profundización de mecanismos de transparencia y probidad, y financiamiento de nuevas competencias y atribuciones para municipios.
- Sobre las enmiendas en temáticas municipales, existen ciertos criterios que AChM considera importantes en la discusión: 1. No desfinanciar a los municipios, aumentar grados de descentralización financiera sostenida y progresivamente; 2. Aumentar la autonomía municipal; 3. Conservar la idea de que los municipios sean gobiernos locales; 4. Amplificar los mecanismos de participación ciudadana y democracia; 5. Suficiencia en el financiamiento de competencias; 6. Coordinación administrativa, solidaridad municipal y prohibición de tutela; 7. Incorporar a la Antártica Chilena como territorio especial: 8. Evitar la duplicidad de funciones y la ineficiencia estatal; y 9. Reconocer la heterogeneidad territorial para la formación de políticas públicas.
- La AChM propone nuevos incisos en los artículos 123 sobre división territorial y creación de nuevas regiones y comunas; artículo 144 sobre corrección de desigualdades y mecanismos de financiamiento; y artículo 142 sobre Ley de Presupuestos.
- Asimismo, AChM sugiere nuevos artículos relativos a la creación de empresas municipales, certificación de calidad y oportunidades de servicios municipales, y la posibilidad de que las municipalidades puedan solicitar urgencia a proyectos de ley, bajo ciertas condiciones normativas.
- Por su parte, Germán Codina señala que terminar con la asimetría de vinculación con el Estado es crucial. A partir de ello, es necesario que todos los ciudadanos, independientemente del nivel socioeconómico de su municipio, puedan acceder oportunamente a beneficios y servicios públicos de calidad.
- Germán Codina manifiesta la necesidad de que los municipios se conviertan en gobiernos locales, con el objetivo de que la democracia se vuelva más robusta y evitando los problemas derivados del centralismo.
Discusión
En general, la discusión se enmarca en la importancia de la carrera funcionaria, el sistema de contratación y las modificaciones estructurales que proponen los alcaldes y representantes de AChM, considerando las diferencias geográficas y socioeconómicas de las comunas. En este aspecto, los consejeros hacen hincapié en las enmiendas presentadas.
4) Exposición del Sr. Manuel Millones, cientista político y Consejero Regional de Valparaíso.
- El Sr. Millones menciona la necesidad de establecer una opinión vinculante entre los vecinos y los municipios. En este aspecto, apunta a considerar la estructura de las comunas en lo relativo a geografía y situación socioeconómica.
- Cuando los municipios se enfrentan a imprevistos o emergencias, la burocracia de la DIPRES constituye un obstáculo importante, es decir, la autonomía presupuestaria de los gobiernos locales se ven entrampados en la ley de presupuestos. Sobre ello, el expositor señala que los más afectados son los adultos mayores y personas en situación de vulnerabilidad. El expositor explica la importancia de la autonomía presupuestaria y sugiere presupuestos plurianuales y un presupuesto basal distinto al polinomio actual que solo beneficia a la Región Metropolitana.
- El Sr. Millones indica que el anteproyecto no contempla la inversión sectorial que se encuentra en la Constitución vigente. Esta falta podría obstaculizar la focalización y ejecución de inversiones regionales, impidiendo el desarrollo local armónico.
27 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tiene el objeto de tratar temas propios de su competencia.
Se acuerda que el secretario de la comisión, Sr. Reynaldo Núñez, sea el encargado de presentar un cronograma el día 31 de julio, el cual organice las discusiones y votaciones.
Desarrollo de la sesión
-El presidente de la comisión, Sr. Edmundo Eluchans (UDI), plantea acordar la forma de discusión y votación de los artículos y enmiendas, lo cual se llevará a cabo durante la semana subsiguiente. En la misma línea, el consejero Julio Ñanco sugiere revisar la calendarización para establecer plazos. Cabe señalar que las enmiendas consideran Iniciativas Populares de Norma (IPN) y Enmiendas de Unidad de Propósito (EUP).
-La comisión posee una apretada agenda considerando que aún existen invitados agendados para la próxima semana, sobre todo académicos destacados y ex Presidentes de la República como Ricardo Lagos y Eduardo Frei.
-Eluchans (UDI) busca la fórmula más eficiente para discutir y votar. El comisionado Francisco Soto sugiere una primera vuelta de discusión sobre temas controvertidos, para luego, votar. Propone que la votación sea al final sin discusiones. Además, valora las exposiciones de invitados en el Consejo Constitucional. Asimismo, menciona que las conversaciones informales fueron vitales en la Comisión Experta.
-Por otro lado, el consejero Luis Silva (REP) señala que es importante abordar primeramente los artículos y enmiendas en las que todos están de acuerdo y, también considerar lo que se esté discutiendo en las otras comisiones. Edmundo Eluchans (UDI) valora la intervención de Silva e indica que habrá que ceder en ciertas materias para facilitar los acuerdos. La consejera Hutt (EVO) considera el límite de tiempo y propone discutir, en primer lugar, los artículos y enmiendas de fácil despacho, al igual que Silva. Por su parte, el comisionado Sebastián Soto señala que es fundamental la coordinación con las demás comisiones, ya que por ejemplo, el tema de tratados internacionales, también le compete a la comisión 2 y 3. Por último, indica que no existen materias de fácil despacho.
-Edmundo Eluchans (UDI) propone que el secretario, Sr. Reynaldo Núñez, sea el encargado de presentar un calendario el día lunes, que considere las enmiendas y artículos de fácil despacho, la discusión de temas controversiales con el apoyo de los invitados agendados, y finalmente, la votación. La comisionada Undurraga señala que es importante reconocer los temas macro y considerar que algunas materias de “fácil despacho” no lo son en realidad cuando se empiezan a discutir.
-En general, los consejeros están de acuerdo sobre discutir por capítulo. Algunos consejeros de izquierda sugieren limitar y concluir la agenda de invitados a favor del tiempo, lo cual facilitaría la flexibilidad posterior. Por su parte, los consejeros de derecha consideran que los invitados son importantes para encauzar las discusiones particulares.
-Los consejeros acuerdan que es necesario comenzar el proceso lo antes posible y que las votaciones sean por capítulo. Edmundo Eluchans plantea que exista coordinación con las demás comisiones vía delegados. Sobre ello, Bengoa (CS) indica que es necesario entregar una propuesta única de comisión a las delegaturas. Finalmente, el secretario se compromete a hacer una relación objetiva respecto de cada capítulo para generar un cronograma y presentarlo el día lunes 31 de julio. Además, hace hincapié en que solo quedan 4 semanas de trabajo (7 de octubre).
24 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tiene por objeto recibir a S.E el ex Presidente de la República, señor Sebastián Piñera Echenique, quien ha sido invitado por la comisión.
Desarrollo de la sesión
En primer lugar, Sebastian Piñera señala que la Constitución debe ser estable y un puente entre el pasado, el presente y el futuro. La actual Constitución ha provocado constantes tensiones y confrontaciones desde su promulgación y aplicación, por lo tanto, este nuevo proceso constitucional supone una oportunidad para elaborar una Constitución en democracia, que sea reconocida, respetada y con amplio apoyo.
La Constitución no sólo debe garantizar libertades, sino también derechos sociales, igualdades básicas y principios esenciales. El ex Presidente Piñera recalca la importancia del diálogo. los consensos y democracia. En tal aspecto, recuerda los sucesos ocurridos desde el 18 de octubre de 2019; pasando por los acuerdos políticos; la Convención Constitucional de 2021, la cual consideró una mala propuesta; y el actual proceso.
Respecto al actual proceso, Piñera destaca el trabajo realizado por la Comisión Experta. Recalca la consagración del sistema presidencial, el cual considera es el mejor sistema para dirigir a un país. Además, menciona que el fortalecimiento de la Iniciativa Exclusiva del Presidente (gastos, impuestos, administración del Estado) establece un mecanismo expedito para recurrir al Tribunal Constitucional y mantener relaciones con el Congreso. Considera muy positivo fortalecer el control de admisibilidad, lo cual propone un quórum de 4/6 para que la sala revierta una decisión de la mesa.
En relación al sistema electoral, el umbral del 5% es positivo. Asimismo, valora lo propuesto por la Comisión Experta respecto a partidos políticos. Sin embargo, la simultaneidad de la segunda vuelta con la elección parlamentaria genera ciertas dificultades en desmedro de los candidatos al congreso miembros de la coalición de los candidatos presidenciales que no pasan a segunda vuelta.
Sobre acusaciones constitucionales, considera positivo lo propuesto por la Comisión Experta dado los quórums establecidos y especificaciones.
Sebastián Piñera señala que los 3 /5 establecidos por la Comisión Experta respecto a reforma de la Constitución es una buena medida. Asimismo, el mecanismo de reemplazo de la Constitución supone un gran acuerdo ciudadano y político.
Respecto a las iniciativas populares de ley, Piñera considera que es “absurdo”. Luego, señala que es necesario limitar la cantidad de designación de cargos de exclusiva confianza del Presidente de la República.
Piñera considera que los tratados internacionales deben tener rango constitucional, sin embargo, debe existir una ley que defina cuáles son los tratados internacionales de derechos humanos que tienen rango constitucional.
Por otro lado, Piñera considera que es una gran idea institucionalizar la discusión prelegislativa de ideas matrices de los proyectos de ley. En este aspecto, es positivo una comisión bicameral. Asimismo, señala que una asesoría legislativa, no política, es valorada.
También, el anteproyecto fortalece el mecanismo sobre la ley de presupuesto y extiende el plazo para presentarla de 30 a 90 días.
La libertad de elección es fundamental para que las personas decidan de acuerdo a sus intereses y evitar los monopolios. En tal aspecto, el Estado Social y Democrático de Derecho es perfectamente compatible con la libertad de las familias y el rol de la sociedad civil.
Discusión
El consejero Luis Silva (REP) pregunta sobre la opinión del ex presidente respecto a la disminución de senadores a 3 por región, con el objetivo de que cada región tenga el mismo peso en el Senado y contribuir a la descentralización. Sobre ello, Piñera está de acuerdo, sin embargo, es necesario discutirlo.
El comisionado Lovera aborda los tratados internacionales de derechos humanos y la interpretación de las cláusulas del “texto” que puede provocar ciertas dificultades a la hora de resolver una controversia que implique a la Constitución.
Piñera considera que la Constitución debe consagrar mínimos básicos fundamentales, y no ser un programa de gobierno. Asimismo, señala que la seguridad es un tema necesario de abordar, en relación a un sistema de inteligencia.
Piñera indica que todo tratado internacional es un traspaso de soberanía, no obstante, eso no significa debilitar la soberanía, sino una forma de ejercerla. En este aspecto, recalca que los tratados internacionales de derechos humanos deben tener rango constitucional.
Por otro lado, Sebastián Piñera señala que la fragmentación política dada por la cantidad de partidos y su dispersión hace imposible la gobernabilidad.
13 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tiene por objeto escuchar las exposiciones de especialistas invitados por la comisión. Son invitados los señores José Francisco Cali Tzay, Marcelo Villagrán Abarzúa, José Pérez Debelli y Eugenio Guzmán.
Desarrollo de la sesión
1) Sr. José Francisco Cali Tzay. Expone sobre reconocimiento de los derechos de pueblos indígenas y participación política.
- Bajo los derechos de los pueblos indígenas es necesario considerar su autonomía, autogobierno y derecho a la participación, derechos territoriales y derechos económicos. El anteproyecto no establece el autogobierno de los pueblos indígenas. El artículo 139 relativo a territorio especiales solo considera a Rapa Nui y Juan Fernandez, no considera a los territorios de los pueblos indígenas. Asimismo, el anteproyecto no hace referencia a sus territorios y recursos, lo cual es la base de su integridad cultural y supervivencia.
- En materia de participación política, el anteproyecto sólo promueve la participación pero no establece mecanismos que la garanticen. El anteproyecto establece que solo los partidos políticos pueden acceder a escaños, por lo que los candidatos de pueblos indígenas no podrían postular como independientes y tendrían que incorporarse a partidos políticos, los cuales no representan sus intereses.
- La Comisión Experta no contó con representación indígena ni fue democráticamente electo, y el Consejo Constitucional no consideró escaños reservados suficientes para pueblos indígenas.
Discusión:
- En primera instancia, las preguntas e intervenciones de los consejeros y comisionados presentes se dieron en torno a las tierras indígenas y su restitución, lo cual representa un desafío en Chile. El Sr. Cali hace referencia a los casos de Costa Rica y Oklahoma.
- La consejera Gloria Hutt (EVO) solicita información sobre la integración social y laboral de las personas que habitan en territorios indígenas a la sociedad, en los casos de Nueva Zelanda y Australia. Luego, el consejero De La Maza (REP) hace referencia a que la legislación chilena contempla distintos mecanismos para la compra de terrenos a pueblos originarios. Por su parte, la comisionada Antonia Rivas (CS) plantea su pregunta en relación a la participación política de los pueblos indígenas, además, indica los mecanismos internacionales sobre restitución de tierras y su aplicabilidad en Chile. El Sr. Cali apunta a estudiar caso a caso, haciendo distinción entre las tierras adquiridas por colonos legalmente y las tierras adquiridas ilegalmente. Cada Estado tiene sus mecanismos para mantener la integridad de las tierras de los pueblos indígenas, las cuales son necesarias para la reproducción cultural y de su identidad.
2) Dr. Marcelo Villagrán Abarzúa, abogado. Expone sobre gobierno y administración regional y local
- El problema del centralismo en Chile frustra las legítimas aspiraciones de la ciudadanía por mayor participación, limita la democracia, disminuye el interés de la población por los asuntos de interés común, genera ineficiencia en el uso de recursos públicos, burocratiza el actual de la administración del Estado, genera políticas públicas no representativas, no reconoce la diversidad del territorio y de su población, y provoca insatisfacción de las necesidades de la comunidad local.
- El 2017, la OCDE señaló la necesidad de profundizar reformas en la organización territorial del Estado. En este aspecto fue sugerido mejorar el sistema de gobernanza multinivel para realzar el rol de los gobiernos subnacionales. Hay evidencia internacional que indica que los países más ricos tienden a ser descentralizados y que la descentralización puede promover el crecimiento, la superación de la pobreza y el combate a la desigualdad.
- El diseño actual del sistema político de Chile, obedece a un modelo de organización política centralizada, de esta manera, las municipalidades son administraciones locales ejecutoras de las políticas públicas del gobierno central. No obstante, las autoridades locales poseen legitimación de origen al ser electas democráticamente y las municipalidades constituyen el órgano de administración del Estado más cercano a las comunas. Por su cercanía al ciudadano, resulta cómodo delegar a las municipalidades tareas facultativas relativas a políticas públicas de diversa naturaleza y nivel de complejidad. Sin embargo, existen diferencias profundas entre las comunas y municipios por las características geográficas y composición histórica de Chile, dado que existen comunas urbanas, rurales, mixtas, con distinta densidad de población y nivel de ingresos.
- El anteproyecto no considera una cláusula general que respete y proteja la autonomía municipal frente al aparataje público central. Es necesario descentralizar para acercar la toma de decisiones a los lugares más próximos a la ciudadanía, tanto a nivel regional como sobre todo, nivel local. La descentralización permite eficiencia y eficacia del Estado, dota al Estado de mayor flexibilidad para enfrentar la velocidad de los cambios en la sociedad y permite superar las inequidades territoriales y alcanzar el desarrollo. En este aspecto, se descentraliza el gobierno y la administración.
- Se propone descentralizar en el ámbito político mediante el establecimiento de parlamentos locales, órganos de definición de políticas y planes locales, y mecanismos de regulación del ámbito local. En materia administrativa, se sugiere descentralizar mediante la organización interna, aspectos técnicos, prestación de servicios públicos municipales, así como la contratación y remoción del personal. Finalmente, en el ámbito financiero, una descentralización fiscal promueve la eficiencia y eficacia de los recursos de acuerdo a las distintas necesidades.
- Se sugiere reemplazar el art. 120 el principio de “radicación preferente” por el de “subsidiariedad”, además de, modificar artículos relativos a funciones de gobierno y administración regional y local, en relación a redacción e interpretaciones confusas. En la misma línea, se sugiere aprovechar el reconocimiento constitucional de la heterogeneidad territorial (art. 122) y las diversas formas de organización que se adapten a las necesidades de las comunas y su población. Sobre el artículo 126, el expositor indica que tales disposiciones constitucionales constituyen meras declaraciones de intenciones que deben ser reformuladas. También, considera que los órganos de control (art. 128 y 132) son exagerados y entregan muchas atribuciones al legislador. De la misma manera, señala que es necesario incorporar la voluntad constituyente de profesionalizar la gestión interna municipal y separarla de la dirección política y administrativa estratégica de la comuna. Finalmente, menciona que el artículo 139 indica que la Ley de Presupuestos “deberá propender”, lo cual debería modificarse por una expresión mucho más categórica. Para concluir, el expositor indica que es fundamental evitar artículos idealistas y lejanos a la realidad y que solo consideren la descentralización como una mera aspiración.
3) Eugenio Guzmán, sociólogo, decano de la Facultad de Gobierno de la Universidad del Desarrollo. Expone sobre sistema político y sistema electoral.
- En primer lugar, aborda la simultaneidad electoral en las elecciones presidenciales y legislativas, y los tamaños distritos y cuerpo legislativo de lista abierta. Se propone que, en vez de una segunda vuelta, se emplee el sistema de segunda vuelta instantánea (instant run-off empleado en Australia), que se realiza en un solo acto, pues los actores ordenan sus preferencias (ranking). Sin embargo, podría tener algunas complejidades de implementación inicial dados los distintos distritos y número de escaños.
- El traslado de elecciones legislativas a segunda vuelta presidencial disminuye la oferta de candidatos y restringe el pluralismo político. Además, en un sistema de competencias de listas, no corregiría el tema de los candidatos con poca votación. Incluso, es posible la conflictividad y el oportunismo, lo cual puede generar deslealtades partidistas.
- Luego, indica que existe un umbral complejo respecto a las listas de candidatos y los escaños del distrito. Una solución para esto radica en la discusión del tamaño de los distritos y su reformulación. El expositor considera que deberían existir más distritos electorales, lo cual generaría una menor inflación de partidos.
- Respecto a la forma de presentación de los proyectos de ley y los referendos, señala que no se indica la obligatoriedad del voto.
Discusión:
La discusión e inquietudes de los consejeros, en general, se enmarcan en las complejidades e irregularidades que se podrían generar en relación a lo propuesto por el Sr. Guzmán.
4) Sr. José Pérez Debelli, Presidente de la Agrupación Nacional de Empleos Fiscales. Expone sobre modernización del Estado, trabajo decente y libertad sindical.
- La nueva Constitución debería garantizar los derechos de los trabajadores de la administración pública. El expositor considera que es un retroceso la presentación de iniciativas que restringen la libertad sindical. El trabajo decente y el libre ejercicio de los derechos colectivos pueden ser un eje articulador para el sector público y privado. Estos derechos constituyen un instrumento para la movilidad social del personal que trabaja en la administración pública de Chile. Cualquier proceso de reforma del Estado deberá implementarse con los plenos derechos laborales y funcionarios considerando los convenios internacionales de la OIT.
- Asimismo, indica que un nuevo sistema de contratación y reconocimiento de la carrera funcionaria es estratégico y un incentivo para desempeñar de buena manera la función pública. En este aspecto, se permitiría que las políticas públicas trasciendan los gobiernos de turno, pues los funcionarios públicos ejercen para el Estado, no para el gobierno de turno. Es importante incorporar mecanismos de protección a funcionarios cuando denuncien casos de corrupción que envuelvan a autoridades designadas, con el objetivo de garantizar la estabilidad laboral. No obstante, el expositor aboga por limitar los honorarios de funcionarios públicos, lo cual genera un abuso respecto a la subcontratación, esto con el objetivo de fortalecer la función pública.
- La ANEF considera que la Constitución debe propender a la limitación discrecional por parte del Presidente de la República respecto al enorme número de funcionarios de su exclusiva confianza que hoy designa. Se requiere una reformulación del sistema de designación, que ayude a garantizar la profesionalización, transparencia, idoneidad y la objetividad en el perfil de las altas autoridades de la administración del Estado.
Discusión:
- La consejera Jorquera (UDI) hace referencia a la exposición del ex ministro Ignacio Briones del día de ayer. Señala que los ciudadanos tienen una evaluación negativa de los funcionarios del Estado, y que es necesaria una reforma al Estatuto Administrativo. Luego, el consejero De La Maza (REP) cuestiona la garantización de la continuidad de los servicios de la administración pública con el reconocimiento del derecho a huelga de los funcionarios públicos. Por su parte, la consejera Bengoa plantea su pregunta en base a la experiencia comparada internacional respecto a lo expuesto. En la misma línea, el consejero Suarez (Ind-PS) considera la necesidad de establecer constitucionalmente lo relativo a trabajo decente, en el sector público y privado, bajo los lineamientos de la OIT.
- El Sr. Perez indica que la percepción negativa de los ciudadanos hacia los funcionarios del Estado, se debe principalmente a la incapacidad del Estado de brindar atención oportuna. Estas complejidades no recaen en el funcionario, sino en el Estado y en sus recursos. Asimismo, las condiciones contractuales (renovables anualmente) limitan el ejercicio de la ejecución de la política pública. No obstante, es necesario promover la contratación de los funcionarios públicos y disminuir los honorarios.
- Respecto al derecho a la huelga, el Sr. Perez indica que está consagrado en los países modernos. El expositor señala que, desde la perspectiva de responsabilidad pública, debe existir un equipo que se mantenga alerta en caso de cualquier emergencia que requiera del servicio público en huelga.
11 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tiene por objeto escuchar las exposiciones de especialistas invitados por la comisión: Señora María Paz Troncoso y de los señores Arturo Valenzuela, Heinrich Von Baer, José Ramón Ugarte y César Rojas.
Se abordan los siguientes temas: hiperpresidencialismo, reconocimiento constitucional de las ciudades y descentralización.
Desarrollo de la sesión
1) Dr. Arturo Valenzuela, Doctor en Ciencia Política. Expone sobre las posibles soluciones al hiperpresidencialismo.
- En primer lugar, Valenzuela apunta a que resulta deseable que se establezcan mecanismos institucionales orientados a reducir las desigualdades. La facultad práctica para asegurar el resguardo de los derechos y su implementación le corresponde al poder legislativo.
- Valenzuela aborda el problema del hiperpresidencialismo, señalando que no tiene sentido que en una democracia representativa el poder ejecutivo busque limitar o impedir el espacio deliberativo propio de la labor legislativa. Por otro lado, no fue modificado a tiempo el sistema binominal y fue suprimido el voto obligatorio, lo cual afectó negativamente a la democracia chilena.
- La segunda vuelta es una ilusión de estabilidad, para evitar el problema de presidencias de minoría, Chile y la mayoría de los países de Latinoamérica han incurrido al balotaje. Por lo general, llegan a segunda vuelta las candidaturas que representan ideologías más extremas. Valenzuela propone que Chile debería transitar a la parlamentarización de su sistema presidencial. La segunda vuelta es necesaria pero debe darse en el parlamento y reglada. Con este mecanismo se establece el estímulo, antes de las elecciones populares, para que se configuren coaliciones capaces de gobernar el país. Además, Valenzuela indica que no tiene sentido tener un sistema bicameral en un país unitario, dado que el Senado es creado según los Estados soberanos de EE.UU
Discusión:
El consejero Suárez (Ind-PS) apunta a la dificultad que enfrenta Chile a buscar soluciones efectivas respecto a un régimen presidencial que funcione correctamente. Además, existe una falta de seriedad en la política. En base a ello, Suárez pide profundizar respecto a la parlamentarización del presidencialismo que propone Valenzuela. Sumado a ello, solicita información en relación a medidas adicionales para fortalecer el parlamento.
El consejero Ortega (REP) se dirige a Valenzuela y le pide su opinión respecto a por qué han triunfado gobiernos totalitarios en Latinoamérica. Además, Ortega quiere saber qué solución propone para mejorar la relación entre EE.UU y Latinoamérica.
El comisionado Soto le explica a Valenzuela que la Comisión Experta decidió trasladar la elección parlamentaria a la segunda vuelta, respecto a ello le solicita su opinión.
El presidente de la comisión, Sr. Eluchans (UDI), señala que se consideran medidas destinadas a fortalecer el parlamento y su gobernabilidad mediante el fortalecimiento de los partidos políticos. Eluchans (UDI), al igual que Soto y Suárez, aborda la expresión de “parlamentarizar el presidencialismo”, no obstante, indica que esta medida podría ser ilegítima.
El consejero Solar (REP) señala que el sistema parlamentario tiene muchos riesgos dada la idiosincrasia de Chile.
El Dr. Valenzuela explica que la crisis de Chile no se habría dado si existiese un sistema parlamentario. Puntualiza que “parlamentarizar el presidencialismo” no es la expresión más adecuada, sino que “parlamentarizar el proceso de elección del Presidente”, lo cual puede permitir incentivar y formar una coalición de gobierno. Valenzuela valora lo hecho por la Comisión Experta en lo que respecta a reducir el hiperpresidencialismo y darle más facultades al parlamento, sobre ello indica que, para fortalecer el Congreso es necesario contar con partidos políticos fuertes y disciplinados que logren consensos.
En relación a lo expresado por Soto, Valenzuela destaca que esto no resuelve el problema de fondo y recalca la necesidad de formar gobiernos de mayoría.
2) Sr. José Ramón Ugarte, arquitecto. Expone sobre el reconocimiento de las ciudades como entidades territoriales.
- En Chile, las ciudades no existen en la legislación. En la Constitución vigente la palabra “ciudad” aparece solo una vez, para referirse al lugar donde debe residir el Presidente de la República. La falta de legislación constitucional respecto a la ciudad tiene efectos negativos en muchos ámbitos, partiendo por la distribución territorial del poder político, materia del todo propia de la Constitución.
- En Chile, existen 345 comunas y ninguna de ellas coincide con una ciudad. Existen comunas de dos tipos, las intra ciudad, que junto con otras forman una ciudad, y las llamadas comunas rurales, que abarcan varios pueblos y también ciudades. En el primer caso, la ciudad no tiene un encargado sino varias autoridades equivalentes, los alcaldes, cada uno responsable de una porción de la ciudad. En el segundo caso, las ciudades y pueblos tampoco tienen una autoridad propia sino que cuenta con un alcalde a cargo de todas. Por esto, las ciudades de Chile, no tienen alcalde. La constitución vigente se refiere solo a comunas, y el anteproyecto mantiene el mismo esquema.
Esta necesidad no es solo de las “áreas metropolitanas” sino de todas las ciudades conformadas por dos o más comunas, que actualmente son 14.
- Se propone que las ciudades sean reconocidas en la Constitución: donde hoy dice que el Estado se organiza en regiones, provincias y comunas, se propone decir “regiones, provincias, ciudades y comunas” permitiendo que las ciudades tengan su propio alcalde y concejo. Esto permitiría un avance en el concepto de equidad, en cuando lograr que entre ciudadanos, es decir, que entre los habitantes de una misma ciudad, no existan diferencias enormes en la provisión de espacios públicos y equipamiento de calidad, todos elementos que pueden resolverse a nivel de ciudad en su conjunto y no separadamente en comunas. Lo propuesto significaría cambiar algunos artículos del anteproyecto, principalmente el capítulo 6.
Discusión:
El consejero Ñanco (RD) señala que es necesario tener presente que cada región debe ser tratada desde perspectivas geográficas y territoriales. Es importante tener en cuenta los sectores rurales.
La consejera Gloria Hutt (EVO) recalca que existen dos niveles de desafíos: 1. La brecha entre distintas áreas; 2. En el anteproyecto no se hace referencia al territorio, el suelo urbano será cada vez menos, y debe asegurarse una buena convivencia de ese recurso escaso. Hutt solicita una propuesta sobre cómo abordar esta brecha lo cual se relaciona con la gobernanza del territorio.
Por su parte, la consejera Bengoa (CS) expresa que muchos territorios acuden al centralismo en lo administrativo, político y fiscal. Además, plantea su pregunta respecto a cómo distribuir mejor e incentivar la población de territorios que son geopolíticamente importantes para el país, como Tierra del Fuego.
El presidente de la comisión, Sr. Eluchans (UDI) cuestiona sobre cuán posible es establecer y llevar a la práctica un cambio tan radical, considerando el desarrollo territorial que existe actualmente.
Ugarte señala que la nueva Constitución puede permitir que el legislador determine dichos cambios. Asimismo, los ministerios de Obras Públicas y de Vivienda tienen un rol fundamental. Además, el hecho de que los habitantes elijan a la autoridades de su ciudad sería un incentivo para una mayor equidad. En los extremos del país, existen poblados que están distanciados del Estado, si estos pueblos tuvieran una autoridad, esta podrían constituir a un intermediario entre los habitantes y el Estado.
3) Sra. María Paz Troncoso, administradora pública y ex subsecretaria. Expone sobre descentralización.
-La descentralización es un proceso que debe llevarse a cabo de manera gradual, permanente y continua. La descentralización se considera un imperativo para el desarrollo y cohesión, además de una transferencia de poder y responsabilidades. Esta debe considerarse como una oportunidad para avanzar en la modernización del Estado.
- Troncoso hace una distinción entre los conceptos de desconcentración y descentralización. La desconcentración consiste en la delegación de funciones desde un órgano principal hacia órganos inferiores. No se crean agentes independientes sino que solamente se desplaza el centro de poder de decisión. Por su parte, la descentralización es un proceso de reforma del Estado compuesta por un conjunto de políticas públicas que transfieren responsabilidades, competencia y recursos para el ejercicio de la administración pública. En este aspecto, existe la descentralización política, administrativa y fiscal.
- Se valora que el anteproyecto contemple el reconocimiento a Chile como un Estado unitario descentralizado y la incorporación de principios de solidaridad y equidad territorial, pertinencia territorial, radicación preferente, coordinación y asociatividad, responsabilidad fiscal, heterogeneidad del territorio, garantía de financiamiento, la asignación de recursos basada en objetivos predefinidos, entre otros.
- Sin embargo, es necesaria la profundización de algunos aspectos, como por ejemplo: precisar los términos de gobierno y administración, evaluar la reposición de quórums especiales, funciones de los consejeros regionales (debilitamiento de la función de fiscalización), regulación de traspaso de competencias y regulación en materia de impuestos y endeudamiento (perfeccionar la regulación en materia de impuestos e indisciplina fiscal).
- Se sugiere evaluar la reposición de quórums especiales para leyes institucionales por la importancia que revisten, por lo que es necesario alcanzar amplios acuerdos, dar estabilidad al sistema y claridad a la ciudadanía.
- Además, la Sra. Troncoso sugiere revisar la eliminación de la facultad del Presidente de la República para transferir competencias y la eliminación de la transferencia de competencia de manera temporal. Sumado a ello, el texto no consagra la transferencia de competencia a uno o más gobiernos regionales, esto puede dificultar la comprensión de la ciudadanía respecto al ejercicio de las funciones públicas y profundizar diferencias.
4) Dr. Heinrich Von Baer, médico veterinario, Fundación Chile Descentralizado. Expone sobre gobierno y administración regional y local.
- El Dr. Von Baer ha entregado un documento con propuestas de enmienda al Consejo Constitucional. El tema central es la equidad social y territorial.
- Existe una baja convicción y conocimiento descentralizado tanto en el mundo político como el académico. Existe un Chile geográfico (y) diverso, y también un Chile demográfico, político y tributario. Somos el país más centralizado de América Latina y de la OCDE. Hay que considerar que existen grandes potencialidades latentes en regiones, muy subutilizadas. Además, existe un severo “drenaje de talentos”, dado que no se distribuyen equitativamente las oportunidades.
- Chile posee extrema inequidad social y territorial, el gasto municipal por habitante varía demasiado entre unas comunas y otras. El diagnóstico es aún más negativo cuando se compara la inversión regional respecto al total nacional.
- Se propone acceso a servicios básicos de calidad en todas las comunas y regiones. Sumado a ello, una Constitución que remueva los actuales obstáculos estructurales, políticos y culturales para poder construir, colaborativamente, en forma gradual pero efectiva, un Chile descentralizado y desarrollado. Un Chile “tan descentralizado como sea posible, pero tan centralizado como sea necesario”.
- Sugiere normas constitucionales a incluir o perfeccionar: 1. Completar principios constitucionales (incluir el principio de interdicción de la arbitrariedad presupuestaria); 2. Fortalecer la autoridad de Gobernador Regional (como máxima autoridad de la región); 3. Fortalecer la coordinación y colaboración multinivel; 4. Perfeccionar la descentralización fiscal; y 5. Corregir el calendario electoral (disposición transitoria vigesimoséptima).
- Además, se propone radicar la administración de las áreas metropolitanas en los gobiernos regionales en coordinación con los alcaldes de la respectiva región; incluir la participación del Presidente de la República en el Consejo de Gobernadores Regionales; incluir la participación del Gobernador Regional y de representación de la sociedad civil en el Consejo de Alcaldes; extender al gobierno central la responsabilidad de contribuir a las correcciones de las desigualdades que existan entre regiones y comunas; ampliar las restricciones de los gobiernos regionales para contratar empréstitos (límites máximos de endeudamiento, obligación de mantener una clasificación de riesgo actualizada, mecanismos que garanticen que la deuda sea íntegramente servida, y la restricción en periodos electorales).
Discusión:
El consejero Suárez (Ind-PS) afirma que existe una falta institucionalidad en materia de gobernadores regionales y su relación con el gobierno central. El consejero pregunta si es pertinente que quien presida el consejo regional sea el gobernador regional, considerando que el consejo tiene un rol fiscalizador. Además, consulta por mecanismos para integrar a la sociedad civil en el ámbito regional y local.
El consejero Antileo (Ind) consulta por la opinión de Von Baer respecto a escaños reservados para pueblos indígenas y de qué manera cree que esto puede afectar positivamente al desarrollo regional.
Bengoa (CS) aborda los mecanismos posibles para la inversión privada en zonas extremas.
La comisionada Antonia Rivas plantea su pregunta en base al concepto de autonomía a secas en materia de descentralización.
Los consejeros Republicanos: Solar, De La Maza y Ortega, consideran las particularidades de cada región y el interés común sobre la necesidad de descentralizar el país y fortalecer la regionalización. La descentralización no puede ser llevada a cabo sin atribuciones fiscales suficientes y la generación de riqueza a nivel local. Además, plantean el tema de las regiones que proveen al país por la extracción de recursos minerales, dado que estas regiones no poseen una buena calidad de vida para sus habitantes.
La consejera Gloria Hutt (EVO) plantea dudas en relación a la petición de facultades para gobernadores regionales que puede provocar desbalance entre regiones. Además de los temas operativos y trámites burocráticos que pueden requerir esfuerzos de gestión mayor.
La consejera Jorquera (UDI) solicita sugerencias respecto a una mejor distribución de recursos de los municipios. Sumado a ello, pregunta si la concepción de “áreas metropolitanas” podría afectar negativa o positivamente respecto a la descentralización.
El Dr. Von Baer recalca no confundir entre fines y medios. En ese marco, la nueva Constitución permitiría la construcción de un camino a seguir para lograr progresivamente la descentralización. Respecto al capital humano, es necesario desarrollar instrumentos que permitan atraer y mantener los talentos. Luego, sobre lo planteado por Rivas, Von Baer cree correcto establecer “autonomía” a secas. Sobre lo consultado por Hutt, Von Baer recalca la distribución preferente y la frase “tan descentralizado como sea posible, pero tan centralizado como sea necesario”. Finalmente, Von Baer manifiesta que la Fundación Chile Descentralizado aún no ha abordado ni estudiado los impactos de los escaños reservados de pueblos indígenas en relación a la descentralización. Sumado a ello, Von Baer valora lo realizado por la Comisión Experta en materia sobre qué temas abordar constitucionalmente y qué temas dejarlos para le ley.
Para finalizar, la Sra. Troncoso señala que la descentralización administrativa es la más compleja dado que supone una modificación a la estructura del aparataje estatal. Considera que es importante fortalecer las capacidades y facultades del Consejo Regional como entidad fiscalizadora. En general, Troncoso concuerda con lo planteado por el Dr. Von Baer.
10 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tiene por objeto escuchar las exposiciones de especialistas, invitados por la comisión: Sra. Raquel Yrigoyen, y los sres. José Aylwin, José Antonio Viera-Gallo y Andrés Tagle.
Desarrollo de la sesión
1) Sra. Raquel Yrigoyen, abogada. Expone sobre reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas, derecho y participación política.
- Yrigoyen aborda el contexto actual de los pueblos indígenas en Chile. Existen tres paradigmas de tratamiento de los pueblos indígenas en Chile a través de su historia: 1. Subordinación civilizatoria; 2. Silencio constitucional; 3. Constitucionalización de derechos y atribuciones. En este aspecto, se debe considerar que Chile está suscrito a tratados internacionales.
- Chile está vinculado a la Convención Americana de Derechos Humanos y a la Jurisprudencia de la Corte IDH y Doctrina de CIDH, además de las Ratificaciones del Convenio 169 de la OIT. Estos tratados contienen interpretación progresiva y se contemplan derechos de pueblos indígenas originarios (también aplicables a pueblos afrodescendientes), como por ejemplo: la libre determinación y autonomía, el autogobierno, propiedad del territorio o hábitat, cultura e idioma propio, personalidad jurídica como pueblos, participación en el Estado, entre otros.
- Yrigoyen señala que los pueblos tienen el derecho a la propiedad de los territorios que han habitado. Sin embargo, existen problemas comunes en la región que impiden el establecimiento de estos derechos: 1. Pueblos indígenas no tienen título de propiedad, sino tan solo ocupación; 2. El Estado otorga títulos a terceros; 3. Municipios disponen áreas de pueblos para obras o terceros; 4. Establecimiento de áreas protegidas que suponen pérdida de propiedad; 5. Pueblos aún con títulos que están invadidos por colonos; 6. Gran parte de los territorios están concesionados por terceros.
- La abogada indica que según el Convenio 169 de la OIT, los pueblos tienen derecho a participar en la formulación, aplicación y evaluación de políticas susceptibles de afectarles. Asimismo, tienen derecho de participar en medidas legislativas y en las instituciones del Estado.
- La abogada Yrigoyen señala que, en el caso de Colombia, el sistema de escaños reservados fue un mecanismo eficiente de pacificación. Sin embargo, menciona que la integración de pueblos indígenas a partidos políticos genera fragmentación.
2) Sr. José Aylwin, abogado. Expone sobre el reconocimiento constitucional de los pueblos originarios.
- El Sr. Aylwin aborda los artículos en materia de derechos de pueblos indígenas presentados en el anteproyecto. Sin embargo, hace una observación relativa a la jerarquía con la que se conocen estos derechos humanos contenidos en los tratados internacionales ratificados por Chile.
- Para Aylwin es importante que el anteproyecto se refiera sobre participación política de los pueblos indígenas. Sobre ello, señala que esta consagración no sólo es propia del constitucionalismo latinoamericano, sino también de países como Nueva Zelanda y la India en materia de escaños reservados.
- Al igual que Yrigoyen, Aylwin aborda los distintos tratados y convenios internacionales a los que Chile está suscrito.
Discusión:
- Los consejeros apuntan hacia la importancia de la consagración de los derechos de los pueblos indígenas y al reconocimiento que la nueva Constitución puede entregarles para que estos sean correctamente representados. La consejera Gloria Hutt pregunta por el enfoque que tiene el abogado Aylwin respecto a la situación de la macrozona sur en materia de propiedades indígenas. Aylwin señala que el anteproyecto contiene una postura minimalista en materia de derechos indígenas, lo cual puede abrir más posibilidades a un desarrollo y reconocimiento posterior en base a la jurisprudencia del derecho internacional.
3) Sr. José Antonio Viera-Gallo, abogado. Expone sobre diversas instituciones del sistema político.
- El Sr. Viera-Gallo aborda el derecho de los parlamentarios a solicitar información del Estado. El anteproyecto mantiene una “antinomia” entre la norma constitucional y los artículos 9 y 10 de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso.
- Luego, Viera-Gallo señala las problemáticas que generan las acusaciones constitucionales. Además, es necesario precisar la concepción sobre la causal de acusación a los ministros de la Corte Suprema y de Apelaciones o al Contralor General de la República por notable abandono de sus deberes.
- Además, el abogado considera que no es beneficioso para la República que los distintos gobiernos modifiquen los ministerios (nombre oficial, ubicación, entre otros)
- Sumado a ello, respecto al poder de veto del Presidente de la República, este debería considerar los quórums especiales, es decir, se necesita hacer coherente el quórum para apoyar el veto con la naturaleza del proyecto de ley que trata.
- Para el abogado, el gobernador regional no debería presidir el consejo regional, ya que ese consejo tiene facultades fiscalizadoras.
- El Sr. Viera-Gallo señala que sería conveniente mencionar a la Antártica Chilena en los territorios especiales. Y agregar a Gendarmería en lo referente a las Fuerzas de Orden y Seguridad.
- Finalmente, menciona que la forma en que está construido el referendo para dirimir el conflicto entre el Presidente y el Congreso Nacional no es adecuada, porque se inclina a favor del Congreso. Recalca que situaciones como éstas, en Chile, han desencadenado una guerra civil y un golpe militar, por lo que es necesario abordarlo y precisar.
Discusión
Los consejeros señalan que tales observaciones son acertadas y se espera que éstas puedan ser abordadas en el Consejo Constitucional.
El consejero Ortega (REP) indica que no está de acuerdo con agregar a Gendarmería a las Fuerzas de Orden y Seguridad, ya que sus facultades están circunscritas al sistema de cárceles.
4) Sr. Andrés Tagle, ingeniero comercial. Expone sobre el sistema electoral.
- El Sr. Tagle señala que el quórum de 4/7 de la ley que regula el servicio electoral (Ley 18.556), es disminuido a mayoría absoluta en el anteproyecto. Es importante señalar que, en cuanto a su quórum, todas las leyes electorales se sustentan en la relevancia de resguardar la legitimidad de los procesos electorales.
- Andrés Tagle propone que, en variados artículos relativos a la materia, se sustituya la expresión “ley institucional” por “ley electoral”.
- Luego, indica diversas observaciones al anteproyecto en materia de partidos políticos, el cual debe contener normas precisas y acotadas respecto a las elecciones internas de los partidos. Propone que este tipo de elecciones sean fiscalizadas por el servicio electoral.
- Además, expresa algunas observaciones en materia de redacción, redundancias, excepciones y procedimientos en el anteproyecto respecto a la ley electoral y el proceso electoral.
Discusión
Los consejeros (REP) valoran la intervención de Tagle y, a partir de ello, recalcan la importancia de la precisión de la normativa, la fiscalización de los procesos de los partidos políticos y el perfeccionamiento del sistema electoral.
4 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tiene por objeto recibir audiencia pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 101 del Reglamento de Funcionamiento de los Órganos del Proceso Constitucional. Son invitados los Sres. Juan Cruz (ausente), Christian Chávez, Miguel Millahueique (ausente), Carlos Méndez, José Rojas y Alejandro Sanguino.
Desarrollo de la sesión
1) Sr. Cristian Chavez. Expone sobre participación ciudadana y partidos políticos en la nueva Constitución.
- El Sr. Chávez apunta a la modernización del Estado, a un cambio en el modelo de partidos políticos y también a los organismos que cumplen roles mixtos. Sobre ello, indica que esto permitirá un aumento de la confianza y los espacios de participación ciudadana.
- Chávez recalca que es necesario aumentar la confianza en la institucionalidad desde los cimientos de la civilidad, incrementando el control y fiscalización a las malas prácticas.
2) Sr. Carlos Méndez, Cabildo ciudadano chileno de Buenos Aires. Expone sobre reconocimiento constitucional a los chilenos residentes en el extranjero como parte de la nación chilena.
- La ley de voto extranjero ha sido promovida en Argentina como consecuencia del alto porcentaje de chilenos residentes.
- Propone un derecho colectivo para la comunidad chilena en el exterior. En el anteproyecto no existe alusión a los chilenos residentes en el extranjero. Negar la existencia de un pueblo chileno residente en el extranjero es no reconocer su identidad y sus derechos lo que mantendrá latente un problema, hasta hoy, no resuelto.
- A partir de ello, menciona algunos ejemplos sobre ello: En Perú existen los consejos de consulta de las comunidades peruanas en el exterior. En España existen los consejos de residentes españoles. En Uruguay existen los consejos consultivos y asociaciones, cuyo cometido central es la vinculación con el país.
3) Sr. José Domingo Rojas, Comunidad Indígena Diaguita Emma Piñones. Expone sobre representación política y reconocimiento constitucional.
- Las representaciones y expresiones que involucran conocimiento y técnicas heredadas de las comunidades indígenas ponen en manifiesto la cultura indígena diaguita del territorio. A partir de ello, propone un reconocimiento constitucional de los pueblos indígenas como pueblos preexistentes a la nación, además de los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas como la libre determinación, a las tierras, identidad, educación, lengua, salud, entre otros.
- Sumado a ello, el Sr. Rojas solicita el reconocimiento al derecho de la participación política de los pueblos indígenas en el Congreso Nacional y otros órganos de elección popular. En este aspecto, apunta a la consagración de los escaños reservados que garantice la representación y participación de los pueblos indígenas.
Discusión:
Los consejeros republicanos cuestionan la organización del pueblo Diaguita y la cantidad de personas que lo componen. Asimismo, solicitan información respecto al fenotipo o estudio genético y apellidos asociados al pueblo.
El Sr. Rojas explica que la estructura del pueblo Diaguita no está determinada, sin embargo, existen autoridades ancestrales, consejo de ancianos y caciques. Además, se reconocen los valles habitados por comunidades y sus respectivos líderes. En relación al fenotipo y estudio genético, la Universidad de Chile llevó a cabo estos estudios, los cuales fueron solicitados por el mismo Sr. Rojas. Sumado a ello, existen estudios respecto a los apellidos en CONADI.
El consejero Julio Ñanco indica que es necesario escuchar las voces de los demás y no pedir acreditaciones. Sugiere prudencia y respeto en ese sentido.
4) Sr. Alejandro Sanguino, egresado de Derecho. Expone sobre derechos políticos en la nueva Constitución.
-Su objetivo es abordar el voto popular de ley como derecho humano y su relevancia para consagrar una democracia propia del siglo XXI. El voto popular de ley como derecho humano se entiende como la facultad que se le otorga al pueblo para votar aquellas leyes que invocan el interés público, es decir, aquellas leyes que tienen impacto directo en la comunidad. En primer lugar, propone modificar el concepto del legislador que lo entiende como el “amo y señor” de las leyes. A partir de ello, se crea la figura del “legislador popular”, es decir, el pueblo ejerciendo un rol dentro de la legislación.
-Para fundamentar su propuesta, hace referencia a diversas normativas del derecho internacional relativas a los derechos políticos.
3 de julio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tiene por objeto recibir audiencia pública, de acuerdo a lo establecido en el artículo 101 del Reglamento de Funcionamiento de los Órganos del Proceso Constitucional. Son invitados la Señora María Puelma (ausente), y los señores José Pastene, Pedro Venegas, Esteban Szmulewicz, Christian García, Alejandro Avendaño (ausente) y Marcelo Carrasco (ausente).
Desarrollo de la sesión
1) Sr. José Pastene, miembro de la Confederación Unión Nacional de Funcionarios Municipales de Chile (UFEMUCH). Expone sobre gobierno local: “carrera funcionaria de los funcionarios municipales”.
-Para UFEMUCH es esencial que, en el proyecto de nueva Constitución, quede establecida clara y explícitamente el concepto y los términos “carrera funcionaria”. Del mismo modo en el que actualmente está consagrado en el artículo 38 de la Constitución vigente.
-El Sr. Pastene, indica que la carrera funcionaria va mucho más allá de la necesaria protección y promoción del empleo público. En la actualidad existen casos que afectan la confianza en las instituciones como la corrupción, el mal manejo de los recursos públicos y los conflictos de interés. Es de conocimiento público que estas prácticas no son llevadas a cabo por funcionarios de carrera, sino por personas de confianza de las autoridades de gobierno.
-Propone un plan gradual de capacitación y profesionalización para todos los funcionarios, tanto públicos como de gobierno, para otorgar mayores niveles de estabilidad con la asesoría del sistema de Alta Dirección Pública. Para que la carrera funcionaria sea operativa implica la estabilidad en la función o empleo, la posibilidad de ascenso, la calificación en el desempeño de sus cargos, y la capacitación y el perfeccionamiento.
-El anteproyecto sólo aborda un régimen general de la función pública (art. 112). Esto hace desaparecer la carrera funcionaria como se conoce hasta el día de hoy y genera ciertas problemáticas. La modernización del Estado no debe eliminar la carrera funcionaria, sino todo lo contrario: se debe inspirar a cómo precaver situaciones irregulares, lograr eficiencia en los procesos, la búsqueda de objetivos, e implementación de políticas públicas acordes.
2) Sr. Pedro Venegas, expone sobre la parte orgánica de la Constitución: establecimiento de la organización territorial y la relación entre los diferentes niveles de gobierno.
-El objetivo del Sr. Venegas es dejar en evidencia que la estructura del poder político en Chile se ha mantenido idéntica desde el siglo XIX. A partir de ello, analiza los procesos políticos e históricos que dieron como resultado la Constitución de 1833, la Constitución de 1925 y la Constitución de 1980.
-El Sr. Venegas propone mejorar el sistema de frenos y contrapesos, y establecer un presidencialismo convencional en donde el presidente gobierne y no legisle.
3) Sr. Esteban Szmulewicz, Centro de Estudios del Desarrollo. Expone sobre el estado unitario y descentralizado.
-Si se compara a nivel internacional, Chile aparece en un nivel muy bajo en materia de autonomía regional. Se compara principalmente con países como Francia y Finlandia.
-A nivel comparado, existen aspectos positivos y aspectos a mejorar de la propuesta de la comisión de expertos: 1. Los procesos de descentralización deben ser integrales; 2. La descentralización cooperativa está relacionada con mejores indicadores de bienestar y mayor cohesión social, es decir, cooperación entre el gobierno y la sociedad civil; y 3. Equidad territorial.
-Se indica que de mantener la figura del representante presidencial regional, existen dificultades de abordar las relaciones entre Gobernadores Regionales elegidos directamente por la ciudadanía y delegados regionales nombrados por el Presidente de la República. Si el Gobernador Regional es elegido democráticamente, debe tener atribuciones de coordinación principal de los servicios públicos de la región.
-Además, en la propuesta de Nueva Constitución debieran preverse dos instituciones principales para las relaciones intergubernamentales (RIG). Asimismo, se debe integrar a la sociedad civil al circuito de la gobernanza, y, establecer una gobernanza de áreas metropolitanas. Finalmente, es necesaria la distribución de competencias (potestad reglamentaria regional).
-En cuanto a la integración de la sociedad civil, es necesaria la participación ciudadana de manera semidirecta a través de iniciativas ciudadanas, reglamentos regionales, ordenanzas locales y políticas públicas.
-El Sr. Szmulewicz sugiere que la Constitución debe contemplar a los gobiernos regionales y a la descentralización de una manera mucho más precisa y robusta. Menciona el caso de Colombia en materia de reglamentos regionales/departamentales.
4) Sr. Cristian Garcia, contador auditor, miembro del Centro de Estudios Universitarios de Descentralización Fiscal y Financiera. Expone sobre la descentralización fiscal y financiera.
-Existe un exceso de centralismo, lo cual debe ser abordado en la Constitución con el objetivo de promover el desarrollo regional y local. En este aspecto, hace una distinción entre la deslocalización, desconcentración y descentralización, esto lo ejemplifica mediante las figuras de delegado presidencial y gobernador regional.
-Sobre financiamiento de obras de desarrollo, existe una limitación respecto a la clara identificación regional local, es decir, que parte del impuesto a la renta y del IVA no pueda destinarse a los territorios porque no tiene una clara identificación regional y se sigue perpetuando el sistema en donde los impuestos a los casinos, derechos de aprovechamiento de aguas y patentes mineras sean solamente los que pueden ser destinados a los territorios. Los gobiernos locales se ven limitados en materia de recursos para lograr su autonomía.
-El Sr. Garcia indica que la potestad reglamentaria de los gobiernos regionales también aplica a entregar poder tributario para fijar y aplicar tasas, y establecer actividades gravadas. Además, señala que no existe mención en el anteproyecto respecto a la inversión sectorial de asignación regional. No obstante, el proyecto parece estar bien encaminado.
5) Sr. Jaime Mardones en representación del Sr. consejero regional Marcelo Carrasco.
-La comisión no puede atender su audiencia, dado que la presencia de los invitados está sometida al proceso previo a través de la secretaría ejecutiva de participación ciudadana.
-El Sr. Jaime Mardones consulta respecto a si es posible reagendar una reunión. El presidente de la comisión, Edmundo Eluchans, manifiesta que la comisión está sometida a un procedimiento establecido en la Constitución, el cual debe ser respetado. Se le da la oportunidad de hacer llegar un documento informativo sobre lo que se planeaba exponer.
29 de junio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto escuchar las exposiciones de los invitados por la comisión, Sres. Hernán Larraín, Raúl Bertelsen, Edmundo González, Rafael Palacios, Jorge Robles.
Desarrollo de la sesión
1) Exposición de Hernán Larraín Matte
-Existe un diagnóstico: nuestro sistema político está en crisis. En un sistema presidencial como el nuestro, las presidencias son cada vez más débiles. Por ejemplo, las aprobaciones y desaprobaciones de la ciudadanía en promedio desde el presidente Aylwin hasta la fecha, se gobierna con poca capacidad de formar mayorías, donde la denominada “luna de miel” dura cada vez menos.
-La fragmentación es un problema para la gobernabilidad y para la formación de mayorías. Cree que existe una doble fragmentación: la gran cantidad de partidos, por una parte, pero también respecto de la disciplina parlamentaria y el caudillismo en cada una de las bancadas (entre partidos e intra partidos).
-Dos elementos a considerar son la reforma electoral de 2015 y la reforma de partidos el 2017. En esa época, se buscaba mejorar la representación en el congreso y el fortalecimiento de los partidos. Así, podríamos decir que la alta fragmentación es un “efecto no deseado”.
-¿Es ineficaz el sistema? Se muestra en un gráfico que la cantidad de mensajes presidenciales en el Congreso que han sido aprobados ha bajado de forma sostenida y sistemática desde el retorno a la democracia, por lo que el “efecto de bloqueo” del sistema tiene mediciones cuantitativas. Esto ocurrió incluso con un gobierno que tuvo mayoría parlamentaria en ambas cámaras (segundo gobierno de Bachelet).
-Esto genera frustración en la ciudadanía, siendo lo más delicado el aumento de las preferencias por gobiernos de carácter autoritario y la nota más baja de la valoración de la democracia (Encuesta CEP).
-En síntesis, desde Horizontal se cree que los objetivos son: Facilitar la formación de gobiernos de mayoría, fomentar la colaboración entre ejecutivo y legislativo, disminuir la fragmentación en el Congreso Nacional, reducir el “discolaje”, perfeccionar el sistema electoral y profundizar la participación ciudadana.
-Entonces, los instrumentos son:
Segunda vuelta presidencial alineada con las elecciones parlamentarias (como en el caso francés).
Reconfiguración de urgencias y la existencia de la agenda prioritaria.
Umbral del 5% para participar de la repartición de escaños en el Congreso.
Órdenes de partido y pérdida del escaño por renuncia al partido o expulsión.
-En la ronda de preguntas, menciona que en general no le gustan las iniciativas derogatorias, pero asume que la propuesta de la Comisión Experta en el anteproyecto es equilibrada y con umbrales altos.
2) Exposición de Raúl Bertelsen
-Señala la idoneidad del capítulo para regular el presidencialismo. Sin embargo, la ubicación del capítulo (a continuación del capítulo de Congreso Nacional) le parece impropia, ya que en virtud de que el Presidente de la República es jefe de Estado, corresponde partir la parte orgánica del texto con el capítulo de Gobierno.
-Sobre el ministro coordinador, es una figura que fue clave en el régimen portaliano y su eliminación no lo convence. Cree que sería interesante que el texto deje abierta la posibilidad de nombrar a una persona en dicho cargo. Esto implicaría precisar las funciones del Presidente con el citado ministro.
-El acortamiento del periodo presidencial el año 2005 no le ha convencido. También cree que sería importante explorar algún umbral de votos válidamente emitidos en su elección.
-En el caso de los nombramientos militares, propone dar rango constitucional a que los nombramientos, retiros y ascensos de los oficiales se efectúen por decreto supremo a proposición del comandante en jefe. Esto evitaría que el Presidente de la República deje “descabezadas” las FFAA.
-Sobre la potestad reglamentaria, considera que el anteproyecto al hablar de su aplicación en la “implementación de las leyes” incurre en un concepto extremadamente difuso, por lo que sería importante revisarlo.
-Sobre las atribuciones presidenciales, el artículo 102 le otorga la conducción de la defensa nacional. Le parece que es una expresión excesiva, que debiera mantenerse solamente en el caso de la conducción de las relaciones internacionales.
-Sobre la protección de la infraestructura crítica del país, cree que la descripción de lo que el texto considera por infraestructura crítica no es adecuada para un texto constitucional, ya que está profundamente ligada con la situación actual del país. Cree que debería tener mayor amplitud.
-Sobre la potestad reglamentaria de los órganos de la administración, el proyecto no contempla un control jurídico al que deban someterse, lo que cree que debería repararse. A su vez, le parece un acierto del proyecto la mayor autonomía de órganos como las superintendencias, pero lo que considera peligroso es que se caractericen como “independientes” además de autónomos.
-FFAA y de Orden: Cree que por la naturaleza de sus funciones, deberían contar con un capítulo propio y no alojarse en el capítulo de Gobierno y Administración.
-Finalmente, propone que se reponga como institución el Consejo de Estado. Cree que es conveniente que el Presidente de la República cuente con un órgano consultivo. Podrían integrar dicho órgano los ex presidentes y un grupo reducido de personas relevantes en materias claves como defensa, defensa, etc.
3) Exposición de Edmundo González, Liga Marítima de Chile
-La superficie de la tierra tiene un 75% de agua, siendo la mayor fuente de purificación del CO2. Respecto a la economía, el mar es una fuente de alimentos, energía, riquezas y agua. También es el medio principal y más seguro para el intercambio de bienes (un 85% de las cargas del mundo se mueven por mar). A su vez, el 95% de la información de internet fluye por cables submarinos de fibra óptica. Así, la conservación de su biodiversidad es vital para las futuras generaciones.
-Chile es un país marítimo. La dependencia del transporte marítimo asciende a un 90%, haciendo a Chile un país insular. A su vez, somos el 4to usuario del Canal de Panamá en cuanto a tránsito de carga.
-Les preocupan los intereses marítimos, que son los beneficios que obtiene la nación de los recursos del mar y de las actividades relacionadas con el uso y explotación de los mares. Los intereses marítimos (medidos por 14 factores) se han incrementado de manera sistemática.
-La zona económica exclusiva de Chile es la N°11 a nivel mundial, siendo 5 veces el territorio de Chile. El borde costero (incluyendo la Antártica) es de 6.400 km, mientras el perímetro de su costa es de 83.000 km.
4) Exposición de Rafael Palacios, abogado y antropólogo, Fundación Pivotes
-La exposición de don Rafael Palacios se centró en la modernización del Estado, empleo público, gobierno y administración del estado. A partir de ello, presenta a la Fundación Pivotes, la cual es un laboratorio de políticas públicas que se propone promover y conectar con la ciudadanía, los líderes de opinión y la política. Explica que existen tres pilares del proyecto país emergente: 1. fortalecida base común de derechos sociales; 2. renovado ciclo de progreso que genere oportunidades; 3. nuevo impulso a la modernización del Estado y sistema político.
-Respecto al tercer pilar, Rafael Palacios señala que la agenda de modernización del estado se ha visto postergada a pesar de iniciativas, indica que no existe voluntad política para implementar reformas y cambios. Manifiesta que el Centro de Estudios Horizontal, Fundación Pivotes y Fundación Idea País han presentado en conjunto una enmienda de unidad de propósito para que este tipo de propuestas sean consideradas y discutidas en el consejo.
-Indica que el empleo público presenta falencias que deben ser abordadas como los criterios de cercanía pública, la imposibilidad de desvincular funcionarios por aplicación del principio de “confianza legítima”; la llegada -con los nuevos gobernantes -de “funcionarios de confianza” a sus gabinetes comunicaciones y organismos públicos; y más de una docena de estatutos que regulan modalidades de empleo público, mientras que en el sector probado todos los trabajadores se rigen por un solo código. Sobre ello, es necesario delimitar quienes son los funcionarios de gobierno y quienes son funcionarios públicos, cuya administración debe responder a criterios distintos en comparación a los funcionarios de gobierno.
-Sin embargo, no es el único problema al que se enfrenta el Estado. Sobre los organismos públicos técnicos, el Estado carece de un estándar transversal de gobernanza que asegure su autonomía y excelencia técnica. Además, se carece de una institucionalidad técnica independiente que evalúe ex ante y es post políticas y programas públicos. Finalmente, existe la necesidad de continuar el proceso de digitalización e interoperabilidad de los servicios que presta el Estado.
-El anteproyecto de la comisión experta representa un avance, pero es importante considerar propuestas que completen y precisen de manera que representen un mandato que logre movilizar al legislador.
-La Fundación Pivotes propone algunos temas que incorporar al capítulo V (Gobierno y Administración del Estado) en su sección de bases generales: 1. Separar al gobierno de la administración del Estado a fin de atribuirle al primero su conducción política y la definición de políticas públicas y programas; 2. Establecer un régimen único de designación, contratación, promoción y cese de funciones para los funcionarios de la administración del estado, y que contenga una regulación especial para los funcionarios de confianza de gobiernos de turno; 3. Dotar a los servicios públicos de carácter técnico con competencias para dictar normas de carácter general y fiscalizar actividades económicas esenciales; 4. Mandatar que los servicios públicos incorporen progresivamente plataformas digitales; 5. Crear una Agencia de Calidad de Políticas, Servicios y Programas Públicos; 6. Dar autonomía al consejo de la Alta Dirección Pública para que los procesos de selección no estén en el área de influencia del Presidente de la República.
-Luego, el expositor presenta una propuesta que complementa algunos numerales de los artículos 110, 111, 112, 113, 114 nuevo
Discusión
-Los consejeros manifiestan que la presentación de Palacios fue bastante interesante y un gran aporte a la discusión del Consejo Constitucional.
-Los consejeros republicanos centran sus preguntas en el Código del Trabajo, Estatuto Administrativo e imposibilidad de desvincular a algunos funcionarios. El Sr. Rafael Palacios indica que es idóneo aplicar el Código del Trabajo a los funcionarios públicos, sin embargo existen particularidades de la gestión pública que no recoge por lo que podría ser inapropiado aplicarlo actualmente. Además, recalca que no es excluyente tener un Estatuto Administrativo y un Código del Trabajo. Además, propone limitar el número de funcionarios de exclusiva confianza. Sobre la dificultad de desvincular a funcionarios que no ejercen correctamente su trabajo, Palacios apunta a considerar la propuesta de Fundación Pivotes para poder discutir y legislar respecto a dicha problemática.
-El comisionado Jaime Arancibia hace una distinción entre Código del Trabajo y Estatuto Administrativo. Respecto al primero, existe flexibilidad con debida compensación por el fin de relación laboral, lo cual no se produce en una relación estatutaria que posee rigidez sin los derechos de compensación final. En el fondo, cualquier avance respecto a flexibilidad dentro de la administración del Estado debe asimilarse con el Código del Trabajo y las compensaciones de los trabajadores finiquitados. Por lo tanto, debe establecerse un equilibrio respecto a los distintos regímenes laborales.
-En general, los consejeros y comisionados preguntan respecto a los numerales y cambios de los artículos mencionados anteriormente y expuestos por Palacios. El Sr. Palacios señala que la legislación actual no está actualizada y que, mediante el Consejo Constitucional, es posible replantear las problemáticas y discutir soluciones.
5) Exposición de Jorge Robles, miembro de la Fuerza Aérea y ANEPE
-La exposición del Sr. Robles se enfoca en las Fuerzas Armadas en la Constitución. El esquema de presentación de Robles se basa en: 1. comentarios de forma; 2. propuestas al proyecto; y 3. otros temas no considerados en el proyecto.
-En primer lugar, comenta algunas incongruencias que existen en los artículos 41, 102 y 187. Asimismo, propone discutir respecto al artículo 4, numeral 1; artículo 13; artículo 16, numeral 17 y numeral 31; artículo 34; artículo 69, numeral 1, letra i); artículo 76, literal o) y literal p); artículo 81; artículo 102, literal ñ), literal o); artículo 115, numeral 1, numeral 2, numeral 3, numeral 5; artículo 116; artículo 122; artículo 139; y artículo 187, numeral 7. . No obstante sólo explica y hace hincapié en los artículos 34, 81, artículo 115 numeral 2 y numeral 5, artículo 122; y artículo 187.
-Señala que es necesario considerar que próximamente existirá el Ministerio de Seguridad Pública, y que se debe especificar respecto a qué autoridad civil se relacionará con las FF.AA en Estados de Excepción.
-Además, indica que los quórums calificados de la propuesta de la comisión de expertos no consideran mayorías absolutas en materia de FF.AA
-Luego, recalca que no le corresponden a las FF.AA funciones de orden público.
-Adicionalmente, señala que es necesario agregar la expresión “el Territorio Antártico Chileno y el Espacio Aéreo” en el artículo 139.
-Finalmente, aborda temas no considerados en el proyecto como un capítulo específico para las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública. Sumado a integrar a la propuesta una instancia de asesoría colegiada de nivel superior al Presidente de la República en materias de Seguridad de la Nación y Defensa, lo cual trae consigo la necesidad de crear un Consejo de Seguridad de la Nación, para poder asesorar de mejor forma a las autoridades.
28 de junio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto escuchar las exposiciones de especialistas invitadas por la comisión: Valentina Verbal, Julieta Suárez y Carmen Le Foulon. Las exposiciones se enfocaron en temas como paridad de género, representación política y feminismo.
Desarrollo de la sesión
-En primer lugar, Valentina Verbal señala que existe una confusión respecto a la paridad de género, la cual tiende a reducirse a paridad de resultados o de salida. Así, aborda el concepto de paridad de género y cuotas de género. Sustancialmente, la modalidad es un sistema de escaños reservados, sin embargo, las mujeres participan en la elección general, no en un registro especial de mujeres como en el caso de los escaños de pueblos indígenas.
-Verbal apunta a modificar la ley de cuotas con el fin de llegar a la paridad de género sin necesidad de llegar a la paridad de resultados. Para ella, la paridad de resultados es contraria a la democracia liberal, ya que sienta el precedente negativo que introduce una concepción corporativa sustantiva de la representación.
-Por su parte, Julieta Suárez apunta a la brecha que existe entre que las mujeres obtienen el derecho a voto y cuando se obtiene en la práctica el derecho a ser elegidas. Señala que en promedio, las mujeres del mundo deben esperar más de 50 años para obtener el derecho a presentarse a una elección. Por el contrario, los hombres obtuvieron ambos derechos simultáneamente.
-Respecto al porqué sigue existiendo una tendencia a votar por hombres, Suárez señala que se debe principalmente a cuestiones estructurales como por ejemplo: la socialización que genera sesgos cognitivos, poca incorporación de mujeres en partidos políticos, y el sistema que tiende a favorecer a personas más conocidas. En la misma línea, menciona que la paridad no es cuota, porque las cuotas son medidas provisorias.
-La consejera Gloria Hutt (Evópoli) se dirige a Julieta Suárez y le solicita una sugerencia respecto al rol del Estado en temas de paridad de género y la aplicación de alguna modalidad que logre una paridad natural y no forzada. Suárez explica que no existen ejemplos de la transitividad de las cuotas, ya que ningún país que haya aplicado cuotas, ha dejado de tenerlas. No obstante, plantea medidas que equiparen las tareas cotidianas como por ejemplo la remuneración en los trabajos de cuidado y del hogar. Además, aboga por la implementación de listas cerradas y un aumento en el número de representantes
-Finalmente, expuso Carmen Le Foulon, quien se refiere a los aspectos de sistema y mecanismos. Ella cuestiona la relevancia de la sobrerrepresentación desde un punto de vista normativa, la cual presenta tres razones que podrían explicar la sobrerrepresentación de hombres en las legislaturas en la política: 1. Mérito; 2. Preferencias; 3. Barreras estructurales.
27 de junio de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto escuchar las exposiciones de los invitados por la comisión. Fueron invitados: Marta Lagos, Arturo Fontaine, Jorge Ramírez y Alejandro Olivares.
El secretario de la comisión, Reynaldo Núñez, señala que se ha recibido el listado de 51 personas que deben ser recibidas por la comisión entre los días 3 y 7 de julio de 2023 en audiencia pública. El presidente de la comisión, Edmundo Eluchans, comenta que la cantidad de audiencias impone una agenda muy exigente y se debería tomar la decisión respecto a cómo se trabajará la próxima semana para dichos efectos. En relación a ello, el señor secretario menciona que se hace necesario que la comisión sesione en la jornada de la mañana y de la tarde. Las audiencias han sido agrupadas por materia: 1. Organización territorial, gobierno local y regional (14 audiencias); 2. Gobierno central (10); 3. Reforma constitucional (1), 4. Sistema político (11); 5. Representación política (11), 6. Paridad (4).
La discusión se dio en torno al sistema de partidos, las desventajas actuales y los beneficios e innovaciones que se presentan en el anteproyecto.
Desarrollo de la sesión
-El Dr. Alejandro Olivares, cientista político, menciona la discusión que se instaló en la comisión experta respecto a la continuidad del sistema presidencial en Chile. Su exposición se enfoca en la comparación entre el sistema parlamentario, semipresidencial y presidencial. En este aspecto, señala que el anteproyecto genera un efectivo contrapeso entre los poderes del Estado.
-Sin embargo, en la misma línea apunta hacia la crisis de partidos y a una desafección con las modificaciones que se han presentado. En este aspecto, es fundamental los incentivos institucionales como el voto obligatorio, los plebiscitos e iniciativas populares de ley, referendos, disciplina partidaria, bicameralismo asimétrico y sistemas electorales acordes con la cultura política nacional como por ejemplo la proporcionalidad. Finalmente, menciona las innovaciones que pueden poner en peligro el funcionamiento institucional como las listas de independientes y no enfrentar la crisis de partidos.
-Luego, el Sr Arturo Fontaine apunta al desafío sobre combinar gobernabilidad y control del poder. Aborda dos mecanismos para perfeccionar la gobernabilidad que se presentan en el anteproyecto: 1. La simultaneidad de las elecciones parlamentarias con la segunda vuelta presidencial; 2. El sistema propuesto tiende a que se presenten a la presidencia candidatos que interpretan a grandes mayorías, lo cual fuerza a los partidos a formar coaliciones.
-En general, cuestiona la cantidad de partidos existentes en Chile y las facilidades para constituir un partido político, lo cual provoca inestabilidad democrática. El Sr. Fontaine aboga por disminuir el número de partidos y aumentar los requisitos para conformar uno, “si no existen pocos y fuertes partidos, no habrá gobernabilidad”.
-Los consejeros demuestran preocupación en relación al correcto funcionamiento del sistema político y su credibilidad. Por lo tanto, se llega al consenso de que el sistema de partidos es una materia fundamental que abordar.
-El comisionado Gabriel Osorio (PS) señala que la disminución de representantes por distrito como forma de evitar la fragmentación de partidos provoca la sobrerrepresentación de las zonas rurales y la subrrepresentación de las zonas urbanas. El Dr. Olivares plantea que una solución poco convencional a aquello sería no tener un número fijo de parlamentarios, sino que indexar el número de parlamentarios a la cantidad de personas que viven en las unidades territoriales a representar.
-La Sra. Marta Lagos señala que la pluralidad no consiste en la representación de todas las minorías, sino de que las minorías sean capaces de expresarse en un sentido nacional. En este aspecto, hace hincapié en definir lo que es una minoría y la pluralidad en una democracia. Enseguida, hace un diagnóstico sobre el fracaso de la primera convención constitucional. Respecto a ello, señala que en tal proceso no existía representación de los partidos en comparación a la proporción que existía en el Congreso.
-Luego, menciona que Chile y Uruguay son los únicos países en América Latina en los cuales los mandatos de los presidentes no han sido interrumpidos. Ante ello, recalca que existe una tendencia a que los políticos no cumplan las reglas. Dicho esto, cuestiona la facilidad que existe en Chile para convertirse en político. Concluye que las soluciones no se dan por políticas públicas, sino por las reglas del sistema político.
-Finalmente, sugiere que el Consejo Constitucional discuta respecto a un mecanismo razonable en caso de que un presidente no llegue al final de su mandato. Asimismo, cuestiona la discrecionalidad del Estado respecto a los actos de corrupción, lo cual también debe ser abordado. Considera que el anteproyecto es una propuesta tímida: “que no se atreve a quebrar lo que hay que quebrar” en temas de género, medio ambiente y sistema político.
-Para finalizar la sesión, el Sr. Jorge Ramirez plantea críticas e ideas sobre el sistema electoral, sistema de candidatos de lista abierta y cerrada, pactos electorales, pérdida del escaño en el caso de renuncia a la militancia de un partido, iniciativa popular derogatoria de norma y a la paridad de género.
Sobre el sistema electoral señala que debiera ser simple y de fácil comprensión ciudadana, dado que esto provoca que los ciudadanos tomen distancia. Asimismo, debiera incentivar el vínculo entre representante y representados.
-Presenta un gráfico del que concluye que el aumento de partidos políticos y la fragmentación se debe al cambio del sistema binominal al sistema proporcional. A partir de ello, propone un sistema electoral que introduzca incentivos mayoritarios, incorporando un factor de representación uninominal, es decir, un sistema de naturaleza mixta.
-Respecto al sistema de candidatos de lista abierta o cerrada, apunta a que la lista abierta es la más conveniente en términos de que contiene un mecanismo de rendición de cuentas efectiva entre el elector y el representante.Sobre los pactos electorales, señala que el presidencialismo de coalición en Chile aglutina visiones programáticas y moderando idearios. Entonces, los pactos electorales son los más idóneos para habilitar la estructuración de coaliciones.
-Luego, expresa que la paridad de género para la integración de órganos de representación política no constituye un estándar de las democracias más consolidadas del mundo. Por el contrario, la mayoría de los países que poseen escaños reservados para mujeres en sus parlamentos son democracias defectuosas o regímenes abiertamente autocráticos. El Sr. Ramirez señala que la paridad de género provoca una fisura en relación a la igualdad del voto.
-Por último, aborda el tema de la pérdida de escaño por renuncia al partido político y la iniciativa popular derogatoria de norma lo cual le parecen ser malas ideas. La pérdida de escaño es propia a un sistema de listas cerradas, por lo cual es incompatible. Hace hincapié en que esta norma no tiene sentido ya que, por ejemplo: si un partido político es cooptado por el crimen organizado y sus parlamentarios deciden renunciar a él, también renunciarían a su escaño. Finalmente, la iniciativa popular derogatoria de norma tiende a ser usada como arma de revancha política y también es un instrumento que desalienta la certeza jurídica.
-La comisionada Antonia Rivas (CS) cuestionó lo expresado por el Sr. Ramírez respecto a la paridad de género. Ella señala que la corrección por paridad no es un mecanismo que “mete la mano en la urna”, ni antidemocrático, sino que es un mecanismo de corrección. Se da una extensa discusión respecto a ello.
-En general, los presentes coinciden en los diagnósticos pero existen diversas opiniones en relación a las soluciones.
19 de junio de 2023
Resumen ejecutivo
La comisión se reunió con el objeto de decidir su cronograma para recibir las exposiciones de los académicos propuestos por los consejeros.
Desarrollo de la sesión
-El presidente de la comisión, Edmundo Eluchans (UDI) comenta que existe un listado de casi 98 expertas/os para ser recibidos en la instancia. Comenta que sumado a las audiencias públicas (que serán aproximadamente 50), no alcanza el tiempo para recibirlos. Por tanto, desde la mesa y la secretaría se propone que cada consejero proponga un máximo de 3 expositores.
-La secretaría propone que mañana se realice una sesión con exposiciones de profesores extranjeros, lo que se podría repetir el próximo jueves. Una segunda fase, que considera la presencia de académicos que residen en el país, va a depender de la propuesta que realicen los consejeros por temas, para así poder agruparlos durante la próxima semana.
10 de mayo de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto continuar con el debate sobre las enmiendas formuladas en el capítulo IV sobre el Congreso Nacional. La dinámica consistió en que el secretario de la subcomisión hizo lectura de las enmiendas y las comisionadas/os intervinieron circunstancialmente para explicar algunas de sus enmiendas, sin generar debate al respecto. La sesión se centró en las diversas iniciativas del proceso de formación de la ley.
Desarrollo de la sesión
a) Formación de la ley
Se discute la enmienda presentada por el oficialismo, basada en el modelo irlandés, la cual establece lo siguiente:
“El ministro a cargo de un anteproyecto de ley podrá someter a consideración y estudio de las comisiones correspondientes de ambas Cámaras las ideas matrices de la propuesta. Para estos efectos, las comisiones funcionarán de manera conjunta como una sola comisión bicameral, podrá contemplar audiencias públicas y deberá realizar recomendaciones dentro del plazo de treinta días contados desde la recepción del oficio en que se solicita la opinión pertinente”.
Al respecto, el comisionado Francisco Soto (PPD) plantea que es importante incorporar mecanismos de colaboración entre el poder ejecutivo y legislativo, sobre todo en el marco de un sistema presidencial. Al respecto, Sebastián Soto (Evópoli). Por su parte, Juan José Ossa (RN) cree que es importante aumentar el costo de los proyectos de ley, algo en lo que aporta la bicameralidad.
La comisionada Natalia González (UDI) plantea dudas con algunas enmiendas del oficialismo, particularmente sobre la que elimina las leyes interpretativas de la Constitución y la cláusula que mantiene la vigencia de la ley de presupuestos del año anterior en caso de no aprobarse en un determinado plazo, ya que esto tiene implicancias en cosas como por ejemplo, el precio del dólar y la situación económica del país.
-Complementando lo anterior, Sebastián Soto (Evópoli) dice que no está a favor de las leyes interpretativas, ya que la manera de modificar constituciones es hacerlo directamente, y no por medio de leyes interpretativas. Su duda está en virtud de la tradición constitucional.
Leslie Sánchez (PPD-PL) plantea que la subcomisión considere la propuesta (que no se encuentra en ninguna enmienda formalmente presentada) de eliminar la votación en general de los proyectos de ley en segundo trámite constitucional. Esto debería ser discutido y votado como una enmienda amistosa.
Juan José Ossa (RN) plantea como inquietud -sobre la regla por default de la Ley de Presupuesto- que los gobiernos ya se inician con un presupuesto distinto, por lo que ya se perderían 2 años de iniciativa exclusiva.
9 de mayo de 2023
Resumen ejecutivo
La subcomisión inició el debate sobre el Capítulo IV sobre el Congreso Nacional. Al respecto, se acordó que la secretaría hiciera lectura de las enmiendas por artículos y se abrieran palabras en caso de tener comentarios. Se destacan las propuestas sobre el sistema electoral del oficialismo, que buscan incorporar paridad “de salida” y escaños reservados para pueblos indígenas, como por parte de la oposición se busca hacer un redistritaje con territorios más pequeños y la misma cantidad de parlamentarios.
Desarrollo de la sesión
El secretario de la subcomisión hizo lectura de las enmiendas sobre los distintos artículos del Capítulo IV del Congreso Nacional. Se detienen en las enmiendas que buscan incorporar paridad de salida y escaños reservados para pueblos indígenas.
Antonia Rivas (CS) hace un llamado a lograr una norma de propósito común para lograr la representación de los pueblos indígenas en el Congreso Nacional. Le preocupa especialmente que dicha representación sólo ocurra respecto del pueblo mapuche y el pueblo Rapa Nui. A su vez, también cree que es importante garantizar la paridad en ambas cámaras del Congreso Nacional.
a) Sistema electoral
Juan José Ossa (RN) cree que es importante que en el diseño de los distritos electorales, particularmente de la Cámara de Diputados, es importante favorecer la cercanía entre los representantes y el electorado. Por lo mismo, su propuesta consiste en que existan más distritos electorales manteniendo el techo de 155 diputados.
Al respecto, la comisionada Rivas (CS) pregunta por qué solo se plantea el redistritaje en la Cámara de Diputados. El comisionado Ossa (RN) responde que la fragmentación está más presente en la cámara y, además, que el Senado tiene una lógica de representación regional.
Sobre el umbral nacional de partidos políticos para acceder a escaños en el Congreso, proponen como alternativa que puedan acceder de igual forma aquellos partidos que sumen 8 parlamentarios (entre los electos y los que se mantienen, que ocurriría siempre en el Senado que se renueva por parcialidades).
Natalia González (UDI) se refiere a la necesidad de prohibir las listas de independientes, sin impedir que puedan formar parte de listas de partidos o presentar candidaturas.
Gabriel Osorio (PS) plantea que el sistema electoral debe responder a una pregunta: ¿Cuál es su objeto? Puede ser representar mayorías, como también la diversidad. En este caso, el oficialismo propone un sistema electoral proporcional y listas cerradas, para fortalecer a los partidos políticos. A su vez, la lista cerrada y bloqueada permite llegar a un resultado que se acerque a la paridad sin necesidad de incorporar mecanismos de corrección. Sobre esto, Francisco Soto (PPD) agrega que la propuesta oficialista es sistémica, en el sentido de incentivar e incorporar la disciplina partidaria de los militantes de partidos políticos.
La comisionada Paz Anastasiadis (DC) se refiere a la propuesta de federaciones de partidos. Menciona que la regla del umbral electoral nacional tiene su símil en Perú, por lo que por sí solo no tiene garantías de funcionamiento. Por ello, cree que es importante que exista una válvula de escape para que la ciudadanía no pierda representación.
b) Atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputadas y Diputados
Sebastián Soto (Evópoli) explica que se busca refundir la interpelación con el examen de gestión, lo que busca generar un camino institucional para los cuestionamientos que hoy se están canalizando incorrectamente por medio de la acusación constitucional.
c) Atribuciones del Congreso Nacional
Sobre la incorporación de los tratados internacionales al ordenamiento jurídico, Sebastián Soto (Evópoli) plantea que pueden tener distintas jerarquías, sin mencionar los de derechos humanos que se tratan en otro capítulo, pero determinando el del resto. Sobre la vigencia o ejecutabilidad de los tratados, en la enmienda propuesta por la oposición determina que el Congreso defina cuáles normas son autoejecutables, sin dejarlo a la ambigüedad de la decisión de los jueces.
A su vez, plantea que debe existir un control de convencionalidad concentrado, como en el caso europeo. Debe existir una cierta disciplina, defendiendo la principal fuente del derecho (la ley). Así, esto sería por la vía de la inaplicabilidad. Finalmente, cree que es importante descartar la eficacia interpretativa de los instrumentos internacionales no vinculantes.
Al respecto, la comisionada Antonia Rubias (CS) plantea que está en contra del último punto, ya que el principal objetivo de dichos instrumentos es que tengan eficacia interpretativa, lo que no implica que los operadores jurídicos (principalmente jueces) no puedan utilizar otras fuentes interpretativas.
8 de mayo de 2023
Resumen ejecutivo
En la sesión se discutieron las enmiendas presentadas relativas a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y sobre Gobierno y Administración Regional y Local.
En general, la discusión tuvo intervenciones relativas al orden y ubicación de las normas. Respecto del reconocimiento constitucional sobre Gendarmería existe desacuerdo entre los comisionados de Chile Vamos que apuntan a su inclusión y representantes del oficialismo que consideran relevante el fortalecimiento de la institución más que su inclusión en el texto constitucional.
Específicamente, se discutieron las indicaciones formuladas en torno a las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública y sus artículos 108, 110, 111, y 112. Referente a materias sobre Gobierno y Administración Regional y Local, se analizaron los artículos 113, 116, 117, 118, 119, 121, 122, 123, 124, 125 y 127.
Desarrollo de la sesión
El presidente señaló que en la última sesión se analizaron enmiendas relativas a las Fuerzas Armadas y que lo siguiente es analizar las relativas a Carabineros. Sin embargo, con ánimo de agilizar la discusión, solicitó a los expertos reproducir los mismos argumentos y consideraciones anteriormente acordadas. Se acuerda.
a) Fuerzas de Orden y Seguridad Pública
Artículo 108 (enmiendas 66, 67, 68 y 69).
Artículo 110 (enmienda 70): Los comisionados Larraín y Martorell, señalaron que es importante el reconocimiento constitucional de Gendarmería en su aporte en la función de reinserción social con el objeto de reducir la reincidencia delictiva. Adicionalmente, señalan que la estructura institucional de Gendarmería es similar a otras fuerzas de orden y seguridad pública.
Osorio y Rivas señalaron que, aunque es relevante la reinserción social, es importante no constitucionalizar la labor de Gendarmería aunque sí fortalecer la institución.
b) Gobierno y Administración Regional y Local
Artículo 116 (enmiendas 16, 17, y 18): Natalia González señaló que, al parecer, las enmiendas 17 y 18 apuntan a un objetivo similar. Es curioso que la ley contemple “criterios objetivos para respetar los derechos de los pueblos indígenas”. Lo que el artículo debe indicar es que la ley debe contemplar mecanismos para promover los derechos de los pueblos indígenas en los términos en que se reconozcan en la Constitución.
Antonia Rivas señaló que la palabra “promoción” es demasiado laxa y podría reemplazarse por “garantía” que señale un mandato más intenso.
c) Gobierno Regional
Artículo 122 (enmiendas 34, 35, 36, 37, 38, 39, y 40): respecto de la enmienda 38, el comisionado Sebastián Soto (Evópoli) señaló que lo que se hace es extender las normas jurídicas comunes aplicables a los particulares a estas corporaciones, pero para evitar cualquier mal uso de los recursos públicos, se agrega que se sujetarán a las leyes de probidad y transparencia. Esa fórmula es para incorporar la ley de transparencia y la ley de compras públicas. Ahora bien, quizás una mejor manera de expresarlo sería “las entidades que al efecto se constituyen se regularán por las normas aplicables a los particulares y por las leyes que velan por la probidad, transparencia y buen uso de los recursos públicos”.
Artículo 125 (enmiendas 43 y 44) y artículo 126 (enmiendas 45, 46, 47, 48 y 49):
La comisionada Natalia González (UDI) indicó que las enmiendas 43 y 45 tienen por objeto armonizar y reordenar las funciones para que no existan reiteraciones innecesarias. En la indicación 47 se habla de municipios pero considera más adecuado hablar de gobiernos locales o municipalidades.
Por otra parte, la indicación 47 tiene como objetivo plasmar y reconocer las municipalidades cumplen funciones de prevención y colaboran en el ámbito de la seguridad ciudadana en el marco de sus atribuciones y competencias.
2 de mayo de 2023 (sesión PM)
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto discutir las indicaciones formuladas los artículos 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42 y disposiciones transitorias, referente a los mecanismos de participación. Con ello, terminó de discutir en particular el Capítulo III “Sobre Participación y Representación Política”.
El clima de la sesión fue conciliador. Los comisionados se mostraron dispuestos a dialogar sus diferencias en cuanto a las enmiendas que detallan los mecanismos de participación ciudadana.
Desarrollo de la sesión
a) Artículo 36
El artículo 36, aprobado en general, establece lo siguiente:
“La ley establecerá mecanismos que permitan incorporar la opinión de las personas en el proceso de formación de la ley, incluyendo el uso de medios digitales o tecnológicos. El Congreso Nacional deberá establecer un repositorio que reúna todos los procesos de participación ciudadana para orientar el debate parlamentario”.
Discusión de las enmiendas formuladas al artículo 36
Antonia Rivas (CS) explica que la enmienda de su autoría, presentada en conjunto con Fuenzalida, Cortés, Lovera y Quezada (que agrega después de “mecanismos” la frase “de participación incidentes o vinculantes”), tiene por objetivo reforzar la participación, asegurando de que estos mecanismos sirvan para incidir en los debates. Que no sean mecanismos solo de recolección de opinión, sino que también tengan incidencia en materia legislativa.
b) Artículo 37
El artículo 37, aprobado en general, establece lo siguiente:
“Un grupo de personas habilitadas para sufragar equivalente al 2% del último padrón electoral podrá presentar a cualquiera de las ramas del Congreso Nacional una iniciativa popular de ley para su tramitación legislativa.
“Las iniciativas deben expresarse por escrito, contener las ideas matrices o fundamentales que las motivan y el articulado que al respecto se proponga. Si la iniciativa se trata de aquellas de iniciativa exclusiva del Presidente de la República, una vez reunidas los patrocinios exigidos, el Servicio Electoral remitirá el proyecto al Presidente, quién resolverá si patrocinar o no la iniciativa en el plazo de treinta días.
“Las iniciativas populares de ley deberán registrarse ante el Servicio Electoral, el que dispondrá de un sistema expedito y electrónico, a partir del cual habrá un plazo de ciento ochenta días para que la propuesta sea conocida por la ciudadanía y pueda reunir los patrocinios exigidos en el inciso primero. En caso de reunir el apoyo requerido, el Servicio Electoral remitirá la propuesta popular de ley al Congreso Nacional, para que éste dé inicio al proceso de formación de ley. El Congreso dará cuenta a la ciudadanía cada seis meses sobre el avance de la tramitación de estas iniciativas”.
Discusión de las enmiendas formuladas al artículo 37
Natalia González (UDI) explica que el objetivo general de las indicaciones propuestas por Horst, Peredo, Salem, Arancibia, Frontaura y Pavez, tienen que ver contribuir a legitimar un mecanismo que ha despertado algunas inquietudes en la ciudadanía. Una de las indicaciones modifica el guarismo dos por cuatro, estableciendo un nuevo “piso” y la siguiente enmienda establece “un techo” equivalente al 6% de dicho padrón.
De esta manera, buscan que un grupo de personas habilitadas para sufragar, equivalente al 4% del último padrón electoral, y no superior al 6% de dicho padrón, pueda presentar a cualquiera de las ramas del Congreso Nacional una iniciativa popular de ley para su tramitación legislativa.
Explica que este “techo” del 6% tiene que ver con emular lo que ocurre en el proceso legislativo a través de la cantidad de firmas que son admisibles para las mociones o las acusaciones constitucionales. También indica que están conscientes de que esta iniciativa puede generar algunos riesgos en la ciudadanía, por ejemplo adquirir ciertos caracteres populistas. Por esto busca ponerle un “tope” de apoyos adquiridos, para que no existan presiones indebidas.
Añade que es necesario reemplazar la frase “los patrocinios exigidos” por “el apoyo exigido”, para no confundir el patrocinio del presidente con los apoyos o firmas requeridas.
Otra de las indicaciones que Natalia González defiende, es incorporar en al final del inciso segundo, la frase “En caso que el Presidente resuelva patrocinarla, y para efectos de su tramitación, se requerirán los mismos antecedentes señalados en el artículo 70”. Esta indicación busca que los antecedentes se entreguen en tiempo y forma.
También propone eliminar la palabra “y electrónico” del tercer párrafo, que establece que las iniciativas populares de ley deberán registrarse ante el Servicio Electoral, el que dispondrá de un sistema “expedito y electrónico”. Indica que la enmienda busca ser más fieles al lenguaje constitucional y no casarse con una tecnología en particular, como podría ser lo digital en general.
Francisco Soto (PPD) valora el compromiso de varios comisionados, de sectores en los cuales estos mecanismos de participación no son bien recibidos, de que apoyen y busquen formas de que estas iniciativas de participación se lleven a cabo. En esa línea, señala que ellos quieren ser deferentes y aprobar varias de las iniciativas comentadas anteriormente, que precisan el artículo.
Explica que la frase “expedito y electrónico” tiene que ver con la experiencia comparada, en particular el caso de Brasil, donde para hacer patrocinios se exige llevar la iniciativa a un Notario y eso lo hace inoperante. Por lo anterior, la redacción buscó hacerlo de manera electrónica para no exigir formalidades. En esa línea, plantea que espera que cualquier precisión que se realice en este ámbito, contemple de que no sea un mecanismo impracticable, sino que lo haga operativo.
Antonia Rivas (CS) reafirma la postura de Soto. Reafirma la idea de que los cambios que se realicen al artículo, vayan en la línea de garantizar la participación, sin establecer barreras. Por ello, seguirán conversando para llegar a una fórmula que permita eso.
Sebastián Soto (Evópoli), en la misma línea de González, puntualiza que el cambio de guarismos refuerza la relevancia de la institución de la iniciativa popular de norma. Plantea que las indicaciones van en la línea de hacer consistente esta institución con las reglas del proceso legislativo.
También se refiere a la indicación presentada por Krauss, Lagos, Rivas y Sánchez, Lovera, Osorio y Soto, para establecer que será aplicable a la tramitación de las iniciativas populares de ley en el Congreso Nacional el sistema de urgencias. Considera que es una buena idea y que lo asemeja con el proceso legislativo.
En la misma línea, se manifiesta a favor de la enmienda propuesta por los mismos comisionados señalados con anterioridad, que dispone que en caso de que el Presidente de la República no resuelva dentro del plazo establecido (30 días), la iniciativa se tendrá por no patrocinada. Por último manifiesta su preocupación por la frase “expedito y electrónico” para que no envejezca mal en la norma. Pide a la Secretaría apoyo para proponer ideas para consagrar este concepto.
c) Artículo 38
El artículo 38, aprobado en general, establece lo siguiente:
“Un grupo de personas habilitadas para sufragar, equivalente al 3% del último padrón electoral, podrá, dentro de los cuatro meses siguientes de haberse publicado una ley, presentar una iniciativa de derogación total o parcial de esa ley, para que sea votada mediante referendo. Las firmas deberán ser presentadas ante el Servicio Electoral, el que dispondrá un procedimiento electoral expedito y electrónico.
“Previo a que el referendo pueda ser convocado, la Corte Constitucional deberá realizar un examen de admisibilidad y pronunciarse respecto a si la iniciativa de referendo es susceptible de producir un efecto que contraviene la Constitución o los derechos adquiridos conforme al ordenamiento jurídico vigente; si cumple con el requisito de ser planteada de manera clara y fundada; y que no se refiera o afecte a los tributos e impuestos vigentes ni a la administración financiera del Estado. El referendo sólo podrá ser convocado tras haber sido declarado admisible por la Corte Constitucional.
“La derogación de la norma sólo será efectiva si la participación en el referendo supera el 30% de los ciudadanos que votaron en la última elección de diputados y el referendo es aprobado por mayoría de los votos válidamente emitidos.
“En caso de aprobarse el referendo, la ley se entenderá derogada, lo que será comunicado al Congreso Nacional, para examinar los efectos de dicha derogación y adoptar las medidas correspondientes, en la forma que determine la ley institucional respectiva.
“La ley determinará el procedimiento para la realización del referendo”.
Discusión de las enmiendas formuladas al artículo 38
Natalia González (UDI) plantea que las indicaciones tienen como fin especificar el mecanismo, acotar de mejor manera las materias de las cuales estas iniciativas pueden presentarse. Una de las indicaciones establece que la derogación sea total, para que el Congreso vuelva a discutir la materia. También porque la derogación parcial a veces puede cambiar el sentido total de una norma. También señala que quieren ser lo más fieles al sistema jurídico actual. En esta línea, plantea que las leyes se hacen en el Parlamento y se derogan en el Parlamento. Por ende, considera que la derogación ocurre en el congreso, por la vía jurídica.
-Gabriel Osorio (PS) y Antonia Rivas (CS) plantean la necesidad de aclarar el sentido de la indicación N° 42, que reemplaza la frase “la ley se entenderá derogada, lo que será comunicado al Congreso Nacional, para examinar los efectos de dicha derogación y adoptar las medidas correspondientes, en la forma que determine la ley institucional respectiva.”, por la frase “el Tribunal Calificador de Elecciones comunicará el resultado al Presidente de la República y al Congreso Nacional, quienes adoptarán, según corresponda, las medidas para proceder con la derogación conforme a la voluntad expresada en el referendo, debiendo en todo caso, examinar los efectos que esta produce y proceder a legislar y en su caso a enmendar los cuerpos legales que correspondan por efecto de la derogación de ley”.
d) Artículo 42
El artículo 42, aprobado en general, establece lo siguiente:
“El consejo regional o concejo municipal, previo requerimiento del gobernador regional o del alcalde, según corresponda, o de los dos tercios de los consejeros regionales o concejales en ejercicio, podrá consultar a los ciudadanos de su región o comuna sobre sus prioridades presupuestarias. Esta consulta no será vinculante.
“La ley determinará las oportunidades y forma de la convocatoria de dichas consultas, así como la manera en que lo consultado será considerado por las autoridades locales a la hora de elaborar el presupuesto regional o municipal. Esta consulta deberá realizarse al menos una vez por cada mandato regional o municipal”.
Discusión de las enmiendas formuladas al artículo 42
La enmienda más relevante es la que crea nuevos artículos 42-A y 42-B, que norman “La Defensoría de la Ciudadanía” (Krauss, Rivas, y Sánchez, Osorio y Soto).
Francisco Soto (PPD) explica que la defensoría de la ciudadanía busca hacer un monitoreo a los órganos responsables de implementar los mecanismos de participación, y poder establecer en un informe anual qué medidas se implementan. Promueve y vela por los derechos de participación.
e) Artículo 82
El artículo 82, aprobado en general, establece lo siguiente:
“El gobierno y la administración del Estado corresponden al Presidente o Presidenta de la República, quien es el Jefe del Estado y el Jefe del Gobierno.
“Su autoridad se extiende a todo cuanto tiene por objeto la conservación del orden público en el interior y la seguridad externa de la República, y al buen funcionamiento político, administrativo y económico de la Nación, de acuerdo con la Constitución y las leyes.
“El 1 de junio de cada año, el Presidente de la República dará cuenta al país del estado administrativo y político de la Nación ante el Congreso Pleno. En el mismo acto, informará al país sobre los proyectos de ley que formarán parte de la agenda prioritaria que el gobierno propondrá al Congreso en dicha legislatura y a que se refiere el artículo 80 del Capítulo IV”.
Discusión de las enmiendas formuladas al artículo 82
El primer inciso no fue objeto de indicaciones.
Sebastián Soto (Evópoli) explica que la enmienda presentada por el y otros comisionados, busca abordar una de las discusiones más relevantes que tuvo el pleno, que dice relación con la interpretación de la frase del inciso segundo “y al buen funcionamiento político, administrativo y económico de la Nación, de acuerdo con la Constitución y las leyes”, porque varios comisionados cuestionaron que podría ser una atribución implícita de competencia. Por ello, las enmiendas presentadas, modifican el texto en ese ámbito para que no queden dudas al respecto. En la misma línea Natalia Gonzalez (UDI).
Natalia Gonzalez (UDI) pidió que se explique la indicación presentada por Cortés, Lovera, Osorio, Quezada y Fco Soto, que sustituye en el inciso segundo la frase “orden público“ por “gobierno interior”, ya que no ve la virtud de modificar dicha frase y expone que no conversa bien con las normas de los demás capítulos. Gabriel Osorio (PS) señala que le hace sentido lo planteado por Gonzalez, por ello, en nombre de los comisionados, retira la indicación.
____
*III. Artículo 84.*
El artículo 84 no fue objeto de enmiendas, sin embargo el secretario propuso modificar la redacción de un párrafo que señala “Si a la elección de Presidente o la Presidenta de la República”, porque considera que suena mal. Los comisionados solicitan a la secretaría proponer una redacción.
2 de mayo de 2023 (sesión AM)
Resumen ejecutivo
En esta sesión, se discuten diversas indicaciones al Capítulo III sobre participación y representación política. Existe acuerdo sobre permitir que los independientes presenten candidatura a elecciones y disposición a buscar una redacción común en temas como la constitucionalización de la cédula única, cámara secreta, rol de Carabineros y Fuerzas Armadas en la custodia del orden público durante elecciones, las condiciones para declarar la inconstitucionalidad de los partidos y el artículo 35 sobre la forma y la disolución de los partidos políticos.
Hay posturas divididas sobre el uso de la expresión “bien común” en las finalidades de los partidos, así como en rebajar el límite de edad a 16 años para participar en plebiscitos, referéndums y otras instancias locales.
Desarrollo de la sesión
Se discute la necesidad de revisar el uso de los términos plebiscito y referendo para ser coherentes en todo el texto. Al existir acuerdo en la Comisión, se comienza con la lectura de indicaciones.
a) Constitucionalización de cédula única y cámara secreta en votaciones
Francisco Soto (PPD) explica que esto impediría la introducción de fórmulas alternativas de votación como el voto electrónico, pero está abierto a precisiones.
Sebastián Soto (Evópoli) no está seguro sobre la necesidad de constitucionalizar la cédula única ni la cámara, aunque cree que está bien que se las valore como mecanismos de seguridad en la elección. La razón de sus dudas es que tal disposición podría hacer muy rígida la incorporación de nuevas tecnologías en caso de ser necesario. Natalia González (UDI) y Juan José Ossa (RN) están de acuerdo. Se buscará una redacción de unidad de propósito.
b) Participación progresiva de NNA en asuntos de interés público
Francisco Soto (PPD) argumenta que permitir la votación de mayores de 16 y menores de 18 años nos acerca a la regulación de unidades subnacionales internacionales que buscan habituar a los jóvenes a votar al otorgarles un derecho iniciativo anticipatorio en plebiscitos, referéndums e instancias locales.
Natalia González (UDI) no suscribe esta indicación, pues escinde la ciudadanía sin dar razones de fondo de por qué establecer diferencias en los derechos. Tampoco es claro si la indicación implica ciertos deberes asociados.
Juan José Ossa (RN) cree que es una señal equívoca transitar a un régimen de voto obligatorio en adultos, pero permitir el voluntario a menores. Está de acuerdo con incentivar la participación de los jóvenes, pero sugiere explorar otros mecanismos.
En una línea similar, Sebastián Soto (Evópoli) sostiene que hay muchos antecedentes de regulación penal que consideran los 18 años como una edad que genera una serie de obligaciones. De aprobarse la indicación, habría que juzgar en un conjunto cómo los derechos adquiridos encajarían en este esquema. A su vez, pide la palabra para llamar la atención sobre la ambigüedad del término “ley” en la regulación del sistema electoral público. En su lugar, propone referir de forma explícita a una “ley electoral” con un quórum de 4/7 que no deje espacio a la interpretación. Esta sugerencia es aceptada por la subcomisión.
c) Participación de independientes
La subcomisión se detiene al examinar una indicación que elimina la referencia expresa a que sean las Fuerzas Armadas, Carabineros y demás quienes resguarden el orden público durante los actos electorales y los referendos.
Natalia González (UDI) y Juan José Osa (RN) entienden que la razón de esta indicación es evitar redundancia del texto, pues en otros capítulos se contemplan normas del mismo espíritu. Sin embargo, González (UDI) sugiere eliminar la referencia expresa de tales artículos y mantener las que aparecen en el capítulo de participación y representación. Francisco Soto (PPD) suscribe el comentario.
d) Partidos políticos
La subcomisión comienza a discutir las definiciones sobre los partidos políticos. En especial, una indicación que propone reemplazar de sus finalidades de bien común e interés público la referencia al “bien común” por el “interés general”. Esta indicación sustitutiva genera debate.
Juan José Ossa (RN) sugiere que sus promotores expongan en la subcomisión cuál es el alcance de la norma.
Sebastián Soto (Evópoli) y Natalia González (UDI) llaman la atención en cuanto a que aunque “interés general” e “interés público” tengan un espíritu similar, no sucede lo mismo con “interés general” y “bien común”. El interés general tiene un sustrato mayoritario, pero el bien común considera la mediación entre el bien de todos y el bien de cada uno.
La subcomisión se detiene a discutir el inciso segundo del artículo 34. En él, se establece que los partidos, movimientos u otras formas de organización que no respeten los principios del régimen democrático o procuren el establecimiento de un sistema totalitario, hagan uso de la violencia, la propugnan o inciten a ella sean declarados inconstitucionales.
En su lugar, se propone establecer que los partidos y otras formas de organización deban respetar los principios básicos del régimen democrático, propender a la irrestricta defensa de los derechos y la diversidad humana.
Esta indicación es comentada por Juan José Ossa (RN), quien señala que esta redacción fue fruto de un amplio consenso y el trabajo de todos. Cree que la defensa de los derechos humanos puede ser una indicación aditiva y no sustitutiva.
Natalia González (UDI) señala que ya hay otras instancias donde se menciona el deber que los partidos tienen para promover y respetar la democracia y los derechos humanos, por lo que no está de acuerdo con la sustitución.
Sebastián Soto (Evópoli) indica que la formulación original es valiosa para la democracia porque le brinda herramientas para responder a situaciones de crisis donde la situación se polariza de tal forma que se hace necesario contar con límites normativos. Deja claro que en la actualidad, ningún partido cumple con los criterios necesarios para declararlo inconstitucional.
Juan José Ossa (RN) declara que no puede dar fe de que todos los partidos actuales cumplan con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 34 y que, de promulgarse la Constitución, no puede asegurar que ningún partido deba revisar sus estatutos.
Gabriel Osorio (PS) explica que esta indicación fue introducida porque la formulación original de la comisión rememoraba el antiguo artículo 8 de la Constitución de 1980. Sin embargo, tiene claro que en la actualidad ningún partido cumple con los criterios en cuestión y se muestra dispuesto a buscar una redacción de unidad de propósito.
Sobre el artículo 35, Francisco Soto (PPD) da cuenta de variados problemas de redacción en él. Estos problemas son más de forma que de fondo, por lo que propone rechazar en conjunto para volver a escribirlo. En cambio, Juan José Ossa (RN) sugiere buscar alguna redacción de artículo único para las distintas indicaciones, en especial aquellas referidas a compatibilizar los umbrales del 5% con los requisitos para seguir existiendo como partido político.
26 de abril de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto continuar la discusión sobre el capítulo IV del Congreso Nacional e iniciarla sobre el capítulo V de Gobierno y Administración del Estado. La oposición y el oficialismo tuvieron sus principales diferencias en las normas constitucionales sobre el sistema electoral, mecanismo de paridad y escaños reservados para pueblos indígenas.
Desarrollo de la sesión
1. Continuación de la discusión del capítulo de Congreso Nacional
El comisionado Francisco Soto (PPD) lamenta que no se haya logrado acuerdo en las normas del sistema electoral que deben ser incluidas en la Constitución. Menciona que la opción de listas cerradas permitiría cerrar algunos temas, como el fortalecimiento de los partidos (como partidos programáticos). Otro tema es la regulación de la paridad y presencia de pueblos originarios, ya que la lista cerrada permitiría cumplir con dichos objetivos por sobre los incentivos que contemple el texto constitucional.
Natalia González (UDI) discrepa con lo afirmado sobre el sistema electoral. Particularmente sobre cómo lograr que las personas de pueblos indígenas participen plenamente en la vida nacional, ya que la fórmula del oficialismo incorpora un mecanismo permanente de escaños reservados. El Congreso debe mantener su esfera de democracia representativa, por sobre asegurar lugares para compartir la pertenencia a un grupo. Esto último los homogeniza.
Respecto a la paridad, cree que no debe reducirse a un número, siendo un horizonte de expectativas. Lo importante es ser un par y no tener escaños en particular. Cita una columna de María de los Ángeles Fernández en El Mercurio, en cuanto a que países con baja brecha de género son autocracias o democracias en declive.
Sobre los pactos electorales, cree que es importante mantenerlos en el marco de un sistema presidencial, ya que la formación posterior de coaliciones es propia de países con sistemas parlamentarios.
Gabriel Osorio (PS) cree que es muy positivo que exista una preocupación porque existan normas sobre el sistema electoral en la Constitución. Luego, sobre la reducción de los distritos electorales, indica que es poco prudente si se mira a la luz de los principios propuestos en otras enmiendas de la oposición: igualdad del voto (sin distinguir entre Cámara y Senado), por ejemplo, o el respeto a la división político-administrativa del país.
Sobre el umbral del 5%, cree que debe aplicarse en ambas cámaras y no solo en la Cámara de Diputadas y Diputados. En el caso de las listas, hoy tenemos un sistema proporcional con listas cerradas, pero no bloqueadas, lo que ha fomentado el caudillaje en el sistema político. Por lo mismo, piensa que es importante explicar por qué la oposición busca la mantención de las listas sin bloqueo.
Respecto a los pactos electorales, cree que los pactos electorales no son la única forma para lograr un “presidencialismo de coalición”, por lo que es importante evaluar alternativas para tomar una buena decisión.
Antonia Rivas (CS) menciona que es importante entender las raíces del feminismo y la paridad, que no son lo mismo. El mecanismo ha sido apoyado por personas de todas las tendencias políticas, y se condice con la bajísima participación de las mujeres en espacios públicos y privados de poder. En ese sentido, las cuotas han tenido un resultado mucho más bajo de lo esperado (cita cifras), por lo que es relevante avanzar en reglas que innoven en el sistema político.
A su vez, cita estudios que demuestran que cuando son los hombres los que representan, los derechos de las mujeres no suelen garantizarse. Pide a la oposición que presente propuestas alternativas.
Sobre los escaños reservados, le preocupa que una de las discrepancias es que sea un mecanismo permanente, ya que se trata de un problema de representación política. El reconocimiento de la preexistencia es distinto al de colectivos en torno al género, ya que existían desde antes de la colonización.
Al respecto, Natalia González (UDI) cree que las iniciativas en materia electoral que son propuestas por la oposición en las enmiendas son posibles en el caso de que la Cámara de Diputadas y Diputados sea más pequeña. A su vez, sobre la paridad y escaños reservados, hablar del 30% de participación de mujeres en el Congreso es una cifra considerable, sobre todo por el espacio de tiempo que lleva la reforma (7 años).
Juan José Ossa (RN) menciona que es importante el acuerdo sobre los vetos presidenciales alcanzado en la subcomisión. También cree que se están mejorando las comisiones investigadoras, para que tengan resultados adecuados y se use de mejor manera el tiempo de trabajo legislativo. Suma a estas medidas la seriedad con la que se están acompañando las herramientas de fiscalización, como la acusación constitucional.
Respecto a la rendición de cuentas de los ministerios, se busca eliminar que sea precisamente ello e insistir en la interpelación, fortaleciéndose como institución (por ejemplo, que el Presidente dé su opinión por oficio de la exposición de su ministro).
En cuanto a la paridad, afirma que hay que ser cuidadoso con los resultados de la elección del 7 de mayo, ya que por la corrección podrían quedar fuera mujeres y hombres con miles de votos. Cree que hay muchas políticas públicas que deben asegurar más allá de un número, por ejemplo que las mujeres puedan dejar a sus hijos en un lugar para poder desempeñar sus labores (mencionando la Ley de Sala Cuna Universal).
Sobre el sistema electoral, si bien existen algunas diferencias profundas, indica que existe un falso dilema: no se trata de volver al binominal o mantener este sistema, sino que se requiere un sistema que tenga un mayor grado de acuerdo que el actual (recuerda que se ganó solo por un voto en el Senado).
Sobre las federaciones de partidos, se muestra en desacuerdo, porque rompen con la idea de que los partidos sean programáticos, ya que es posterior a la elección. Serán alianzas meramente instrumentales.
Sebastián Soto (Evópoli) cree que las listas abiertas protegen de mejor manera la representatividad, ya que las listas cerradas y bloqueadas le dan ese poder a los partidos. Sobre las reglas de paridad, pregunta cuál es el verbo a utilizar, ya que el oficialismo busca asegurar y la oposición promover. Otra pregunta es si se busca consagrar un principio o una regla y, en cualquier caso, cuál será el grado de flexibilidad. El mayor temor con el mecanismo es que pierda legitimidad porque se rompa el principio “quien saca más votos gana”.
En relación al umbral, cree que las enmiendas de la oposición lo fortalece, en virtud de la defensa del mismo principio anterior. Esto, porque los partidos con alta electividad, pero que no alcancen el umbral, son partidos con musculatura. Además, cree que el Senado debe tener un umbral ad hoc.
2. Discusión sobre gobierno y administración del Estado
Sebastián Soto (Evópoli) cree que se tomaron decisiones acertadas en las elecciones. Por ejemplo, la simultaneidad entre los comicios parlamentarios y presidenciales, esto para evitar que los presidentes a mitad de período cambien la composición política de sus gobiernos.
Otra buena decisión fue no incorporar la reelección inmediata, ya que en la región no existen buenas experiencias al respecto. Esto, se suma a que no se permite una eterna reelección, privilegiando la renovación de liderazgos. Sobre las enmiendas presentadas, tiene dudas sobre algunas que constitucionalizan algunas potestades legales (no da ejemplos), como también sobre la potestad de ejecución del Presidente de la República.
Francisco Soto (PPD) piensa que los dos temas de acuerdo más importantes son la mantención del presidencialismo (ante la tentación de virar hacia el semipresidencialismo o parlamentarismo), ya que una modificación sustancial podría haber afectado la confianza de la ciudadanía. El otro tema es la inclusión de las FF. AA. en el capítulo de Gobierno, superando nuestra antigua crisis y dando una señal de subordinación, por lo que no es necesario explicitar.
Sobre las enmiendas, la idea de que el ministro coordinador sea facultativo es que se vincule a la agenda legislativa prioritaria, mientras que Segpres se vincule a la agenda general del gobierno.
Gabriel Osorio (PS) plantea dudas respecto a los órganos autónomos de la administración, ya que pareciera ser una señal de desconfianza hacia el legislador. Tampoco cree que la norma sobre indemnización de perjuicio por responsabilidad del Estado elimine la imputación por falta de servicio, ya que la amplía peligrosamente.
También llama a reflexión que se considere seriamente la creación de tribunales contencioso administrativos, ya que ha escuchado “en los pasillos” que no se está pensando aprobar. Por tanto, cree que la dispersión de procedimientos es poco razonable y no otorga seguridad jurídica.
28 de marzo de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto recibir las audiencias de académicos sobre paridad, gobiernos regionales y locales y sistemas de gobierno.
Desarrollo de la sesión
1. Exposición de Valentina Verbal
Paridad. En Chile existe una suerte de confusión semántica. A nivel comparado, la paridad no significa necesariamente la garantía de 50% de los asientos para mujeres. La paridad que existe en el mundo es de entrada, es decir, de candidaturas a cargos públicos.
A nivel filosófico no es solo un concepto electoral, sino que de fondo: una igualdad de trato. Existe un ensayo de Nancy Fraser donde afirma que se debe avanzar armónicamente entre reconocimiento y redistribución, estando en contra de la paridad francesa (de entrada), ya que no es una cuestión de números, sino cualitativa. Así, la paridad es una especie de cortina de humo respecto a la realidad mucho más compleja que viven las mujeres (como la doble jornada por los cuidados).
Estos mecanismos son “acelerantes”, es decir que luego de varios procesos utilizándose se llega a la paridad y se asienta culturalmente la idea. Esto, se debe sumar a otro tipo de iniciativas como la igualdad en condiciones de comunicar, competir, etc. Así, en este caso la paridad no se impone, sino que se trabaja paulatinamente.
Existen otras razones para oponerse a la paridad de fondo, particularmente en sus tensiones con la democracia liberal. Lo que caracteriza a esto último es la superación de la sociedad estamental o un régimen de representación corporativa. Sin embargo, esto no quiere decir que la democracia liberal haya sido una conquista fácil, pero generalmente en momentos de crisis han surgido las tentaciones y tendencias corporativistas.
Sistema político. Es un mito que Chile ha sido un régimen híper presidencial, como también es un mito que en las constituciones anteriores lo era. Esto, porque el Parlamento fue un fuerte contrapeso al poder del Poder Ejecutivo.
2. Exposición de Ignacio Irarrázabal
Gobiernos regionales. Chile en el gasto público subnacional es bastante centralizado. Las regiones en Chile en una diversidad de factores han convergido, pero en el ranking de pobreza las de menor pobreza y mayor pobreza se han mantenido.
Según un estudio realizado en 2021 (“Un país que se piensa y proyecta”, Centro de Políticas Públicas UC), se determinó que la mayoría de la ciudadanía quiere cambios, pero también reducir sus incertidumbres. Para las personas, la descentralización pasa por cuestiones prácticas, como mejorar la eficiencia del Estado en materias claves (como por ejemplo, que no sea necesario viajar a Santiago para tener un oncólogo).
Lo que se propone son los gobiernos regionales y municipios a cargo del gobierno y la administración local y regional, con priorización territorial o subsidiariedad vertical. Debieran incorporarse elementos en el capítulo I, de los fundamentos del orden constitucional, como también en el capítulo VI. Un elemento relevante es que la ley norme con los criterios más objetivos posibles la creación de regiones, ya que mientras más regiones se crean más se fortalece la Región Metropolitana.
Es importante elevar a nivel constitucional el fondo de compensación interterritorial. También es relevante la no discrecionalidad en la distribución de recursos, como también el financiamiento de competencias.
Puede haber un espacio para la tributación de actividades o bienes de identificación local, entregando mayor libertad a los gobiernos regionales o locales. En el caso del endeudamiento, debe considerarse como un mecanismo excepcional, sobre todo mirando la experiencia argentina.
Considera pertinente mantener a los delegados presidenciales, acotando sus funciones. Podrían ser personas de alta dirección pública que den presencia a los gobiernos centrales en los diferentes territorios. Así, es importante que el gobierno regional pase a los gobernadores, para que termine la actual dualidad con los delegados.
Sobre los conflictos de competencia, es importante que tenga conocimiento y capacidad de dirimir la futura Corte Constitucional. En el caso de distintos tipos de conflictos, como los que pueden suscitar entre dos órganos de la administración por contratos interadministrativos, debiese tener una sede judicial.
Un último concepto relevante es el de disponibilidad presupuestaria y flexibilidad. Es decir, tiene que existir una certeza sobre la disponibilidad, sin depender del flujo de caja de la Dipres, y siempre sujeto al control de la Contraloría y el buen uso de recursos.
3. Exposición de María Cristina Escudero
¿Cuáles son los problemas del sistema político? Problemas de gobernabilidad, con capacidad de resolver problemas planteados por la ciudadanía, como también la falta de cooperación entre los distintos poderes del Estado con altos costos de transacción. Lo anterior ha repercutido en una grave crisis de confianza, legitimidad y falta de obediencia.
Las causas de la anterior son varias, pero las principales son la fragmentación de los partidos, como también algunas características de nuestro presidencialismo que traban las discusiones y las agendas políticas. Si bien no parece haber demasiada receptividad para hacer un viraje al sistema parlamentario, se debe abrir una reflexión para convencer a los distintos agentes políticos.
Como propuestas de solución es necesario tener una mirada sistémica con todos los elementos sobre la mesa: Forma de Gobierno (relación entre Poder Ejecutivo y Legislativo), Sistema de Partidos (volver a un multipartidismo moderado), Sistema Electoral (incentivo a los partidos) y mecanismos de participación como complementos a la representación.
En el caso de la cooperación entre los poderes Ejecutivo y Legislativo, no existirá mayor cooperación porque la base del sistema presidencialista es la de pesos y contrapesos, no de cooperación. Por lo mismo, el sistema debe seguir siendo bicameral.
Sobre la representación de nuestro Congreso, actualmente tiene pocos parlamentarios por número de habitantes (0,8 por cada 100 mil habitantes), cuando la tendencia comparada es de cuatro en promedio. Es importante subir el número, pero entendiendo el contexto político actual, lo importante es no bajarlo en este proceso.
Una fórmula para la cooperación es la realización de la elección parlamentaria en la segunda vuelta. Con todo, mientras más incentivos establecemos para la cooperación en el marco del presidencialismo, existen más riesgos de derivas autoritarias.
Otros ajustes en el Congreso deben ser la normalización de los quórums (mayoría simple como regla general y mayorías calificadas en forma excepcional); la mantención de un veto fuerte; repensar las iniciativas exclusivas, particularmente las ideas que contengan gastos directos; la modificación del sistema de urgencias (tomando como base las propuestas de Eduardo Alemán); modificaciones al sistema de nombramiento (como por ejemplo la posibilidad de que parlamentarios sean ministros, fortaleciendo a los partidos); y finalmente los elementos de fiscalización, como por ejemplo la censura.
Sobre los partidos políticos, la gran pregunta es cómo revertir la fragmentación. Aquí cobran fuerza propuestas como la fijación de un umbral electoral (el óptimo sería un 5%), evitar los pactos electorales, reducir el número de escaños por circunscripción/distrito (sin reducir a representantes) y dificultar la participación de independientes y de formación de partidos.
Sobre sistema electoral, tiene la virtud de ser uno de los pocos mecanismos que produce efectos inmediatos en el sistema político. Debiese tender a un equilibrio entre representación y gobernabilidad, teniendo como elemento fundamental las listas cerradas sin primarias. También es importante la representación paritaria, como también los escaños reservados para pueblos indígenas.
4. Exposición de Yanira Zúñiga
La paridad es entendida como un principio de organización del poder que insta a una distribución equitativa entre hombres y mujeres. Por lo tanto, su instalación ha sido acelerada, variada y dinámica. Las discusiones se producen por las tensiones de la paridad con ciertos principios constitucionales, como la igualdad y la libertad.
Si se observa la instalación de leyes de cuota en América Latina, se ven trayectorias inestables. Existe un ingreso explosivo, pero también retrocesos relevantes (lo que se ha visto, por ejemplo, en el Poder Judicial en otros países).
Alta presencia de mujeres no implica necesariamente una mayor instalación de la agenda de las mujeres, pero sí aumenta la plausibilidad de su instalación.
De constitucionalizar el principio de paridad, aparecen algunas preguntas relevantes a resolver.
23 de marzo de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto escuchar las exposiciones de Eduardo Alemán, Genaro Arriagada, Josep María Castellá, Arturo Fontaine Talavera e Ignacio Walker Prieto.
Desarrollo de la sesión
1. Exposición de Eduardo Alemán
En las constituciones del mundo, específicamente en los países presidencialistas, el veto está dividido en dos tipos: el negativo, que es considerado el “clásico”, siendo una herramienta por la cual el Presidente busca que el Congreso no sobrepase los límites de sus funciones; y el veto constructivo, que existe en Chile desde 1833. Este último es una herramienta para enmendar una propuesta final del Congreso, existiendo poderosos motivos para su existencia.
El actual artículo 73 de la Constitución no fue cambiado en la propuesta constitucional de la Presidenta Bachelet, sino que se mantuvo. Una de las primeras observaciones que se puede hacer es que el texto no distingue entre rechazo total y observaciones parciales, pero sí aparece en la LOC y en el art. 128 sobre veto a reformas constitucionales.
Tampoco especifica lo que se denomina promulgación parcial, pero se encuentra en forma ambigua en la LOC mencionada con anterioridad.
En el proyecto rechazado en 2022 ingresó dos modificaciones relevantes. El inciso 3 establece que las observaciones parciales podrían ser aprobadas por mayoría e insistir con el mismo quórum con el artículo original, mientras que en el caso del veto total se requerían 3/5 para aprobarse y para su insistencia.
Lo anterior debilitaba excesivamente el veto presidencial, reduciendo los incentivos del Presidente para utilizar el veto parcial y para que se utilice el veto total. Esto es utilizado en El Salvador, donde el veto total es usado muy frecuentemente, mientras que en Chile ha ocurrido muy pocas veces desde el retorno de la democracia. Así, esta propuesta debilitaba de igual manera al Presidente y al Congreso.
Sobre las urgencias, es una institución que ha sido muy criticada por los parlamentarios, ya sea por sobrecargar la agenda legislativa o por relegar la agenda parlamentaria. Por ejemplo, de 16 proyectos de seguridad, un 56% (9) tenía suma urgencia, es decir un plazo de 15 días para despacharlos.
Esto, se ha tratado de solucionar extendiendo los plazos de las urgencias, pero no ha cambiado el fondo del asunto. Dejar al Congreso que modifique la LOC es poco productivo, ya que no existen incentivos positivos para las oposiciones y para el oficialismo.
Una posible solución es la planteada por el modelo uruguayo, en el que se limita el número de urgencias que se pueden establecer simultáneamente, se establecen consecuencias concretas en el caso del incumplimiento de las urgencias (por ejemplo, la aprobación automática del proyecto de ley). Con todo, los plazos de las urgencias son más amplios, pero con este tipo de soluciones se refuerza la autoridad presidencial y se favorece al funcionamiento del Congreso.
2. Exposición de Genaro Arriagada
Hay dos maneras de enfrentar el problema de cuál es el sistema político, que fue una de las grandes falencias de la Convención Constitucional. Una manera de acercarse es a partir de la teoría, es decir qué es lo que tenemos como sistemas políticos alternativos, pero la tarea es 100% política.
El debate debe partir de cuáles son las necesidades del país, nuestra historia constitucional, el agotamiento de nuestras instituciones y salvar a las que han funcionado bien. Una vez identificado esto, se debe volver a la teoría para conseguir modelos alternativos.
Lo que el país necesita es un gobierno fuerte, porque sus desafíos son enormes (narcotráfico, migración, delincuencia, etc.). Por ello, la existencia de un orden público eficaz, con pleno respeto a los DD. HH., es una necesidad de primer orden. Entonces, la planificación sobre el sistema político debe tener en mira dicho objetivo.
En ese sentido, los gobiernos de asamblea han sido un desastre en nuestra historia constitucional, como también los gobiernos con minoría parlamentaria, lo que configura un gobierno extremadamente débil. Lo último está plenamente ejemplificado desde la década del 30 hasta 1973, con pequeñas excepciones de mayor estabilidad en sus gabinetes.
Por lo anterior, los gobiernos fuertes son los líderes de la democracia parlamentaria, quienes reúnen el control del país, de su partido y el Parlamento. Así, es un gobierno que combina fuerza y revocación, con un carácter marcadamente democrático.
Se debe atenuar el conflicto entre el Poder Ejecutivo y el Parlamento, porque se desgastan dos poderes esenciales. También, se deben controlar los excesos de los parlamentarios; en rigor, en los sistemas parlamentarios, tienen menos poder, mientras que en el presidencialismo el Ejecutivo se encuentra desarmado.
Otro punto es que se debe buscar una manera de poner fin a un mal gobierno. En un sistema parlamentario, existen las revocaciones de la misma forma que cuando se nombró. Ahora bien, el sistema presidencial funciona en países como EE. UU., con situaciones particulares como el bipartidismo.
En el caso de Latinoamérica, la realidad es el multipartidismo, lo que desarrolla una constante fragmentación por el conflicto constante entre los distintos poderes del Estado. Por ejemplo, la incorporación de las segundas vueltas ha generado una proliferación de candidatos y, con ello, la baja del umbral porcentual para pasar al balotaje.
El gran problema del presidencialismo es que existe un consenso respecto a sus fallas, pero las soluciones que se trabajan son totalmente incompatibles: presidencialismo atenuado y un presidencialismo exacerbado. Mientras la atenuación tiene el riesgo de la debilidad, el exacerbado tiene el riesgo de la dictadura presidencial.
3. Exposición de Josep María Castellá
La forma de Estado regula la relación entre pueblo, poder y territorio. En principio, no todo Estado con regiones es un Estado Regional; y, en segundo lugar, no todo Estado con comunidades o naciones es un Estado Plurinacional.
El Estado Regional se encuentra en crisis, ya que existe una asimilación a los Estados Federales. Al mismo tiempo, existe una potestad o reconocimiento de poderes y competencias legislativas y, por lo tanto, de un Parlamento a dos niveles: escala nacional y regional.
Diferente del Estado Regional es la descentralización administrativa, como por ejemplo el Estado francés. En dicho caso, no se habla de algo estático, ya que desde 2003 en adelante existe una mayor descentralización administrativa. Una segunda acotación es el caso español, particularmente con las autonomías administrativas y no políticas.
La primera cuestión que debe plantearse es el número de regiones y con cuánto poder. Esto es importante, ya que a mayor fragmentación, menos contrapoder serán. Esto es algo que las constituciones no siempre abordan, por lo que las experiencias difieren.
La segunda cuestión, relativa a sus poderes y competencias, es que se debe decidir qué norma las va a prever. ¿Será la Constitución? ¿Será la ley? ¿Una ley normal o una ley cualificada? Esto podría diferenciar la flexibilidad de los cambios que requiera la estructura.
Sobre las instituciones específicas, la discusión clave está en si la asamblea es legislativa o no. Con todo, puede existir iniciativa legislativa, solicitud de delegación al Parlamento, etc. Esto, se complementa con la participación, lo que se liga a una segunda cámara (nuestro actual Senado) y la decisión respecto a qué temas serán de su competencia (solo los regionales o más temas, como las acusaciones constitucionales).
Sobre plurinacionalidad, vale la pena mencionar la experiencia canadiense. Existe un reconocimiento de los pueblos indígenas, con un rol simbólico e interpretativo, una definición de los pueblos, una cláusula de igualdad y la participación en las conferencias constitucionales, es decir en reformas constitucionales que les afecten.
4. Exposición de Ignacio Walker
De lo que se trata esta discusión es de distinguir entre un jefe de Estado y un jefe de Gobierno. En segundo lugar, en todo caso se debe enfrentar el sistema electoral. Constitucionalmente, debería establecerse un umbral para poder evitar la híper fragmentación, la posibilidad de tener dos votos (en distritos uninominales por un candidato y otro por un partido) para corregir por proporcionalidad y, finalmente, el fin de los pactos electorales, para construir alianzas expost y no antes de la elección.
No es que el presidencialismo o el parlamentarismo sean inferiores o superiores el uno respecto del otro. En el contexto chileno, con el asentamiento de los partidos políticos, un sistema parlamentario es posible de implementar.
Una constante en Chile desde la década del 50 ha sido el multipartidismo, es una constante histórica. La experiencia comparada demuestra que el multipartidismo conversa mejor con el parlamentarismo que con el presidencialismo.
Otra evidencia robusta a nivel comparado, la región más estable a nivel mundial es Europa, con una mayoría avasallante de sistemas parlamentarios. Por el contrario, la región más inestable ha sido la de América Latina, todos los países con presidencialismo.
¿Cuándo se mide un sistema político en su eficacia? Cuando existen crisis políticas, y en ninguno de los momentos de crisis de nuestra historia el presidencialismo sobrevivió (guerra civil y dictadura, respectivamente). En ese sentido, el sistema parlamentario es más flexible para poder enfrentar las crisis políticas.
5. Exposición de Arturo Fontaine
Bajo el parlamentarismo no hay bloqueos legislativos, pero existen bloqueos previos: el Congreso elige al primer ministro, y esas demoras pueden ser muy amplias y con gobiernos interinos. Otras distorsiones se expresan en estos procesos, como el excesivo poder de partidos bisagras, o que los partidos más votados quedan fuera de la conformación de gobiernos.
En muchos países parlamentaristas, la regla general ha sido la conformación de gobiernos de minoría. Por ejemplo, más del 60% de los gobiernos en Noruega lo han sido. Por lo tanto, el Primer Ministro tiene que negociar las leyes de la misma manera que un Presidente con minoría en el Congreso, por lo que no es un tema solucionado por dicho sistema de gobierno.
La disolución del Parlamento tampoco ha sido una solución democrática que fortalezca a los sistemas políticos, y un gran ejemplo es el caso de la República de Weimar, que derivó en una extrema polarización y en la elección de Hitler como canciller.
Otro problema es el de la legitimidad democrática, la cual se vincula con la historia democrática de Chile. En un semipresidencialismo, en algún momento el pueblo se dará cuenta de que su voto popular no escoge realmente al Presidente de la República, sino el Congreso. En ese sentido, existe un problema de legitimidad que parece insalvable y que podría profundizar una crisis de confianza y legitimidad.
Uno de los problemas actuales es la extrema proliferación de partidos políticos (más de 20 en el Parlamento). ¿Qué normas que obstaculicen la fragmentación deberían estar en la Constitución? No existe una respuesta correcta, pero por ejemplo: prohibir los pactos electorales, disminuir el número máximo de representantes por distritos y finalmente simultaneidad de la elección de parlamentarios con la segunda vuelta.
17 de marzo de 2023
Resumen ejecutivo
La sesión tuvo por objeto recibir en audiencia a distintos académicos que expusieron sobre los sistemas de gobierno presidencial, semipresidencial y parlamentario.
Desarrollo de la sesión
Objeto: acuerdos relativos a las personas que se invitarán a la comisión.
J.J. Ossa: se acuerda: Genaro Arriagada, Ignacio Walker, Klaus Schmidt-Hebbel, Guillermo Larraín, Eduardo Alemán, Arturo Fontaine, Ignacio Irarrázaval, Christopher Martínez, Agusti Bosch Gardella, Josep María Castellà, Sergio Toro, Valeria Palanza, Heinrich von Baer, Esteban Szmulewicz, María Cristina Escudero, Yanira Zúñiga, Valentina Verbal y Rodrigo Delaveau.
No es el orden en que expondrán, se debe coordinar la fecha de las exposiciones y determinar el tiempo de cada invitado.
14 de marzo de 2023
Resumen ejecutivo
En la sesión de la subcomisión, el presidente dio la posibilidad a cada comisionado que diera su diagnóstico sobre la crisis institucional actual, centrada particularmente en el sistema político. Así, se tendrán dos sesiones más, donde se llevará a cabo la misma discusión sobre forma de Estado y reforma constitucional.
A su vez, se acordó que se hicieran llegar nombres a la secretaría hasta mañana, a las 00:00 horas, para invitar personas a exponer a la subcomisión. Como criterio, se acuerda que sean personas que tengan conocimiento de los temas que son competencia de la subcomisión.
Desarrollo de la sesión
Juan José Ossa (RN): vivimos en una crisis de gobernabilidad y polarización política. Algunas de esas razones las podemos encontrar en la fragmentación del Congreso Nacional, con demasiados partidos inestables institucionalmente con representación parlamentaria. Esto ha ocurrido por la crisis de los partidos tradicionales.
En la elección parlamentaria de 2011, se presentaron 27 partidos; 21 no superaron el 5% a nivel nacional, mientras que 13 no pasaron del 3%. Veintiuno de dichos partidos lograron representación parlamentaria. Esto quiere decir que el “buen lejos” que tiene la idea de tener más partidos políticos no asegura necesariamente la representatividad.
La tarea de esta subcomisión es que los programas de gobierno sean viables, como también generar incentivos para que los gobiernos conformen mayorías parlamentarias, evitando las negociaciones personales y privilegiando las negociaciones entre bloques o partidos.
Antonia Rivas (CS): nos encontramos en medio de una crisis de legitimidad y eficacia institucional. El estallido de 2019 nos demostró que las instituciones no saben canalizar las necesidades de la ciudadanía, lo que tampoco se pudo hacer en el proceso constitucional anterior.
Necesitamos un diseño que habilite la política, que independientemente de quién gobierne pueda llevar adelante su programa de gobierno. Tenemos un sistema político fragmentado y un texto rígido, ilegítimo en su origen, lo que se suma a una crisis de confianza desde la ciudadanía. Para superar la crisis debemos pensar en la política en su conjunto, en cómo abrir la puerta a franjas sociales excluidas.
A pesar del hiperpresidencialismo, hemos visto que en los últimos años los presidentes de la República no han podido llevar adelante sus programas, haciendo que la ciudadanía se sienta insegura y que no vea respuestas. Esto, se suma a un sistema que no entrega incentivos al Congreso ni a la Presidencia para llegar a acuerdos.
Al problema anterior debemos incorporar la debilidad de nuestro sistema de partidos, lo que privilegia un debate político excluyente para la ciudadanía, sin capacidad de lograr acuerdos. Se debe potenciar la democracia directa, confiar en la ciudadanía y fortalecer nuestras instancias representativas. Eso, no se puede lograr con una Constitución que desde su origen autoritario desconfía de la política.
Francisco Soto (PPD): nuestro sistema político ha sido impugnado desde el retorno a la democracia, ya que el presidencialismo y el multipartidismo no funcionan. Con todo, no debemos olvidar que tenemos una crisis global de las democracias y la falta de legitimidad de las instituciones en Latinoamérica (Chile tiene la peor evaluación de su Congreso en el continente).
Nuestro sistema de partidos los atomiza, los aleja de la ciudadanía y de su vida cotidiana. La Constitución actual pensaba que la emergencia de los partidos iba a potenciar la participación social, lo cual no ocurrió. En el mundo, la tendencia de los cambios constitucionales ha sido la de enfrentar estas crisis de legitimidad, pero sin realizar cambios abruptos (ya que ello profundiza la desconfianza).
Lo que debemos hacer es fortalecer al presidencialismo, transfiriendo competencias a las regiones, incorporando mecanismos que fomenten la colaboración entre instituciones, modernizando nuestro sistema de formación de la ley (que es el mismo prácticamente desde el siglo XIX).
Sobre la democracia directa y sus mecanismos, en la mayoría de las experiencias comparadas no han funcionado (salvo por la revocación de mandatos, con consecuencias nefastas). En Europa, estos mecanismos son necesarios y activados por los mismos partidos, porque son prácticas vitales para su existencia. En Latinoamérica, la única excepción es Uruguay, que precisamente no sigue la tendencia del continente en la materia.
Natalia González (UDI): el sistema de gobierno está compuesto por elementos esenciales, como el régimen de gobierno, sistema electoral y sistema de partidos. Durante muchos años, buena cantidad de los problemas de nuestro sistema fueron achacados al régimen de gobierno (presidencialismo), y creo que ese diagnóstico es errado, por la misma visión de sistema que debemos tener en este debate.
Si miramos hacia atrás, antes del cambio del sistema electoral, el presidencialismo convivía con nueve partidos con representación parlamentaria, logrando hacer avanzar agendas. Actualmente, tenemos 21 partidos con representación parlamentaria, lo que hace más difícil la estabilidad y la gobernabilidad. Así, el nuevo sistema electoral mejoró la representación, pero descuidó la gobernabilidad que pueden dar las grandes mayorías.
Por lo anterior, el eje de esta comisión debería ser mejorar el sistema de partidos y el sistema electoral. También debemos poner el acento en acercar a la ciudadanía, pero no a costa de la democracia representativa. Por lo tanto, debemos buscar mecanismos de participación que sean funcionales, que no puedan ser capturados por grupos específicos.
Otro tema relevante es la modernización del Estado. Si no le damos mayor flexibilidad y eficacia a la actuación gubernamental, si no revisamos ciertas materias que no permiten que el Estado le dé soluciones a la ciudadanía, el trabajo previo tiene poco sentido.
Sebastián Soto (Evópoli): lo que dice la comisionada González es importante, ya que hoy contamos con un sistema de partidos fragmentado y atomizado. También concuerda en que es igual de importante que la subcomisión trate con igual intensidad los temas relacionados a la modernización del Estado, su flexibilidad y eficacia.
La desconfianza de la Constitución actual hacia los partidos es una visión de una derecha anterior. Por tanto, debemos tener una mirada que siga el criterio que propuso el contralor ayer; sobre la distancia entre la literalidad de la norma y la emancipación de las prácticas. Tal vez, en algunos años más, vamos a darnos cuenta de que en las últimas dos décadas hemos estado transitando hacia otro sistema político, y debemos definir si acogemos ese cambio o si lo detendremos.
Gabriel Osorio (PS): ¿por qué queremos modificar nuestro sistema político? Porque el actual no da respuestas a las políticas públicas que la ciudadanía reclama. Esto trae consigo la crisis de legitimidad y el riesgo de populismos de lado y lado.
Mirando la historia de Chile, un período con elementos similares al actual es el del parlamentarismo, lo que llevó a la imposibilidad de los gobiernos de llevar a cabo sus programas y destruyó el sistema de partidos. De esa crisis emergió una nueva Constitución, que instruyó un sistema presidencial que duró hasta 1973.
Con lo anterior quiero recalcar que en Chile siempre ha existido el multipartidismo, y no debemos confundirlo con la extrema fragmentación del sistema político, lo cual ocurre cuando los partidos dejan de responder a programas y pasan a responder y engrandecer a caudillos.
Muchas veces se ha intentado eliminar el multipartidismo y crear un bipartidismo, lo que no ha podido asentarse por la misma cultura política de Chile. Por lo anterior, debemos pensar un sistema político que tome en cuenta el multipartidismo y que evite la generación de caudillismos.
Sumado a lo anterior, debemos hacer una revisión de ciertas instituciones que forman parte de nuestro sistema político, como la iniciativa exclusiva del Presidente de la República (que lleva al descrédito del Parlamento con una escueta iniciativa de ley). Esto es solo un ejemplo, pero debemos darle salidas a las trabas del actual presidencialismo. A lo anterior, sumaría a la disciplina parlamentaria.
7 de agosto de 2023
Resumen ejecutivo
La Comisión tuvo por objeto recibir la exposición de la ex Presidenta de la República Michelle Bachelet, quien se mostró favorable al contenido del anteproyecto elaborado por la Comisión Experta. A su vez, defendió la inclusión de escaños reservados para Pueblos Indígenas, paridad y algunos de los mecanismos propuestos en el marco del sistema político (como el umbral electoral del 5%). Asimismo, en la ronda de respuestas mencionó que le gustaría que los tratados internacionales de DDHH tuvieran rango constitucional o supraconstitucional, que no se deben incorporar modelos como las AFP e Isapres (defendiendo la provisión mixta) y que no cree que deba existir un capítulo de FFAA, ya que ello, en su visión, se debe reservar para los organismos autónomos, condición que en este caso no se cumple.
Hizo un llamado a llegar a acuerdos amplios, en los cuales todos los sectores “ganen y pierdan algo”, para que el texto final del proceso sea representativo y duradero, evitando las miradas parciales o partidarias.
Desarrollo de la sesión
1) Exposición de la ex Presidenta de la República, Michelle Bachelet
-La ex Presidenta valora que se den espacios de diálogo en el seno de la discusión constitucional, ya que es importante que todas las miradas sean escuchadas. Asimismo, la importancia de escuchar a los ex presidentes es aún mayor, ya que significa poner de relieve la experiencia de llevar los textos a la acción.
-Para ella existen dos nociones trascendentales: coherencia y equilibrio. Una buena Constitución es habilitante y ayuda a los desafíos del país, como también responde a los problemas del Chile de hoy. Se debe alcanzar un punto de encuentro, cuál es el “nosotros” que traerá paz y orgullo por décadas.
-Lo más relevante es dotar al país de un marco común que nos permita desenvolvernos a todas y todos. Así, la primera decisión de este Consejo será definir qué tan estrecho será ese marco en el cual nos desenvolvemos. Para decidir sobre el sistema político se deben tomar en consideración tres elementos fundamentales:
a) Cultura política del país: esto no quiere decir que cambiar de régimen provocará un cambio razonable. Mejorar la representatividad del régimen presidencial es un problema, corregir su rigidez es otro problema, fortalecer la cultura democrática es otro, como también reconstruir los lazos entre representantes y representados. La ex Presidenta menciona que con esto quiere decir que no se puede dar una solución única a distintos problemas.
b) Responsabilidad por los actos políticos: se debe tomar en consideración una adecuada rendición de cuentas, con mecanismos claros. El caso del Brexit o de la inacción ante la crisis climática nos recuerdan que despojar una decisión política de órganos ejecutores trae grandes consecuencias. Si nadie se hace cargo, ¿cómo corregimos?
c) Preparación para la transición institucional: se requiere coordinación con el gobierno y el congreso actual. Confío en que prevalecerá el interés superior de Chile. Cabe recordar algo evidente: la distribución del poder a lo largo del territorio, lo que a su gusto no es materia constitucional, sino legal.
-Organización del Congreso y Sistema Electoral. La ex Presidenta se muestra favorable al umbral del 5%, lo que permitirá mayor gobernabilidad. Sobre las normas electorales, cree que existe más espacio para innovar, pero en la práctica no existe ningún sistema perfecto. Cree que lo importante es elegir bien a la gente.
-Le parece relevante la incorporación de iniciativas populares, como también en el límite a la reelección del presidente de la república. También cree que el texto tiene avances sustantivos en materias de transparencia, lo que se debe seguir profundizando.
-Enmiendas. La ex Presidenta menciona dos en las cuales le gustaría profundizar:
a) Derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. Cree que son las propias mujeres las que pueden tomar sus propias decisiones, por lo que el Estado no debe imponer nada, sino que ofrecer opciones.
b) Reconocimiento de los Pueblos Indígenas. El censo de 2017 determinó que un 12,8% de la población se identificó como indígena y, sin embargo, ningún texto constitucional ha reconocido su existencia y sus derechos.
-Para concluir, valora la labor de la Comisión Experta y del Consejo. Afirma que "(...) si el texto final del proceso fuera algo parecido al anteproyecto de la Comisión Experta, votaría a favor". Esto porque todos perdieron algo, todos cedieron y lograron llegar a acuerdos. Somos un mejor país cuando conversamos y nos ponemos de acuerdo, lo que es la principal tarea de la política.
2) Respuestas ante preguntas y reflexiones de miembros de la comisión
-En primer lugar, cree que es importante informar a las personas sobre qué es una Constitución y qué tipo de problemas resuelve. Ante eso, recuerda el proceso previo de información y autoformación del proceso constitucional de su segundo gobierno.
-Luego, menciona que es importante que el Consejo Constitucional logre un acuerdo en materia constitucional. Cree que sería un error que el texto se rechazara por la imposición de una visión por sobre otra, como también menciona que si bien es cierto las campañas de los consejeros se centraron en la seguridad, se debe ser honesto con la ciudadanía al decir que los textos constitucionales no resuelven una crisis como esa.
-Luego, refiriéndose a derechos de las mujeres, dice que no incorporar la paridad sería un enorme retroceso. Se necesita profundizar el rol de las mujeres en la toma de decisiones, en equilibrio con la soberanía popular. Lo mismo cree en el caso de los derechos sexuales y reproductivos.
-Le preocupa la distancia ciudadana con el proceso. No conocen el anteproyecto, existe falta de información y, además, menciona que aún no se ha interpretado correctamente la enorme cantidad de votos nulos y blancos.
-Sobre el rol de los tratados internacionales, menciona que no nos hacen perder soberanía, sino que fortalecen a nuestro país con nuevos y más rigurosos estándares en materia de DDHH. Por ello, cree que deberían ser considerados constitucionales o supraconstitucionales.
-Sobre la libertad de elección, la ex Presidenta cree que no se deben constitucionalizar ni las isapres ni las AFP. Menciona que constitucionalizar las isapres sería un despropósito, ya que el 80% de la población es Fonasa. Afirma que la regulación de dichas materias debe ser legal, no constitucional.
-Menciona que debería haber escaños reservados para Pueblos Indígenas, ya que los cálculos en torno a los incentivos indirectos hace que sea demasiado larga la espera (menciona el caso de las mujeres, que se calcula que en 280 años se llegaría a la paridad sin incentivos). Cree que no podemos esperar para hacernos cargo de una deuda histórica del país.
-Sobre el capítulo de FFAA, cree que los capítulos deben estar determinados para órganos autónomos, rango que no comparten las FFAA. Afirma que la no existencia de un capítulo no implica una menor valoración, sino que ello se determina en la sustancia de las normas que las regulen.