¿Qué contiene la propuesta de nueva Constitución?
Breve recuento de sus principales disposiciones
Introducción
El proceso de redacción de una nueva propuesta de Constitución ha finalizado. Su aprobación o rechazo, se decidirá en el plebiscito del 17 de diciembre de este año. Aquí entregamos un breve resumen de algunos de los aspectos más destacados del texto, poniendo el foco en aquello en que se innova respecto a la Carta Fundamental vigente.
Si las innovaciones constituyen un avance o un retroceso, o algo positivo o negativo, depende de las preferencias políticas de cada cual. Aquí, no realizamos juicios sobre el contenido, sino que solo lo hemos catastrado. Este recuento, tampoco pretende ser completamente exhaustivo y podrán agregarse otros elementos a un resumen más completo. Hemos querido dejar algunos de los elementos que consideramos más relevantes para formarse una idea del contenido global de la propuesta de Constitución.
La propuesta consta de 216 artículos permanentes y 62 disposiciones transitorias.
Principales contenidos de la propuesta constitucional
Bases de la institucionalidad
Estado social y democrático de derecho en las bases de las institucionalidad.
Reconocimiento a los pueblos originarios y sus derechos individuales y colectivos en las bases de las institucionalidad. Se reconoce la interculturalidad.
La ley asegura acceso equilibrado de mujeres y hombres a las candidaturas a cargos de elección popular.
Deber de los chilenos de honrar a la patria, respetando actividades como la música, artesanía, juegos populares y deportes criollos que dan origen a la identidad de ser chileno.
Deber de promover la participación activa y la igualdad de oportunidades de personas con discapacidad.
Condenados por terrorismo dejan de ser objeto de indultos generales (hoy están prohibidos solo los particulares).
Derechos fundamentales, otros derechos y deberes
Derecho a la vida y la ley protege la vida de “quien” está por nacer (no “del que” está por nacer).
En derecho a la libertad personal y seguridad individual, se establece la expulsión en el menor tiempo posible de inmigrantes ilegales.
Mayor protección del medioambiente y la biodiversidad, y reconocimiento del cambio climático (en capítulo especial sobre la materia).
Obligación de remover obstáculos para realizar derechos a la salud, vivienda, agua, seguridad social y educación.
Derecho a la justicia, información y participación en materias ambientales.
Se introducen los siguientes derechos fundamentales nuevos:
Trato digno y servicial por parte del Estado.
A la admisión a todas las funciones y empleos públicos.
A vivir en un entorno seguro.
A la vivienda adecuada (y se eximen de contribuciones las viviendas principales).
A la cultura.
Al trabajo decente (con desconexión digital).
Derecho como consumidor garantiza el acceso a bienes y servicios en forma libre, informada y segura.
Se introduce la objeción de conciencia (que puede ser personal o institucional).
En la libertad de expresión, se prohíbe al Estado establecer ideas u opiniones como únicas y oficiales, ni sancionar la expresión de ideas contrarias a las manifestadas por el Estado.
El derecho a reunión se regula por ley (hoy es por disposiciones generales de policía).
Derecho a la salud integral, donde se mantiene que “cada persona tendrá el derecho a elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea este estatal o privado” (tal como dice la Constitución actual). Se agrega la obligación del Estado de crear un plan universal de salud, sin discriminación por edad, sexo o preexistencia.
En el derecho a la educación, se constitucionaliza el sistema de financiamiento vía vouchers.
En la libertad de enseñanza, se incluye que no más de la mitad de las horas lectivas podrán dedicarse a los contenidos ministeriales mínimos.
En seguridad social, se garantiza propiedad sobre la cotizaciones previsionales para la vejez y los ahorros generados, y a decidir libremente si lo administran entidades públicas o privadas. Se prohíbe la posibilidad de expropiación o apropiación por parte del Estado.
Los gastos necesarios para la vida quedan exentos de impuestos.
El estatuto general del derecho de propiedad se mantiene textual, excepto por el agua, sobre la cual ya no existe derecho de propiedad directo. Las aguas pasan a ser bienes nacionales de uso público.
Se establece un subcapítulo de deberes constitucionales.
Deber de protección de los animales.
Orden público económico
Incorporación del crecimiento y del empleo en los factores que el Banco Central debe considerar para definir la política monetaria.
Nuevas instituciones
Consejo de evaluación de las leyes y políticas públicas.
Creación de los foros de deliberación ciudadana (a la James Fishkin).
Agencia Nacional contra la Corrupción (que coordina a Contraloría).
Órgano encargado de la libertad y acceso a la información (ya existe Consejo para la Transparencia, pero hoy no está en la Constitución).
Servicio Nacional de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas.
Consejo de Coordinación Institucional y Consejo General del Ministerio Público.
Sistema político
Umbral del 5% para lograr escaños en el Congreso u ocho parlamentarios electos o vigentes (aunque solo a partir de 2029).
Iniciativa popular de ley.
Estatuto de los partidos políticos, incluyendo obligación de respetar, garantizar y promover los derechos humanos.
Prohibición constitucional del financiamiento de empresas a partidos políticos.
Posibilidad de presentar proyectos de ley en conjunto con el Ejecutivo y parlamentarios.
Posibilidad del Presidente de someter a evaluación del Congreso las ideas matrices de un proyecto de ley antes de ingresarlo.
Voto obligatorio con inscripción automática.
Congreso
Se mantiene bicameral simétrico y mismas funciones y atribuciones actuales.
Elecciones parlamentarias se mantienen en la primera vuelta presidencial.
Integrantes de la Cámara bajan de 155 a 138 para elección de 2029.
Pérdida del escaño por renunciar al partido.
Poder del Congreso de restringir la cantidad de urgencias legislativas.
Magnitud de distritos electorales de la Cámara será de dos a seis escaños.
Ministros y gobernadores que quieran ser parlamentarios deberán renunciar seis meses, y no un año, antes de la elección.
Proyectos de ley inadmisibles podrán seguir trámite solo con 4/7.
Leyes solo tienen quórum simple o calificado, salvo normas electorales por 4/7.
Se crea Oficina Parlamentaria de Finanzas Públicas e Impacto Regulatorio.
Presidente
Se mantiene el régimen actual.
Dentro de los primeros seis meses podrá modificar el número y denominación de los ministerios y dependencias de los servicios públicos.
Puede fijar agenda legislativa prioritaria de hasta tres proyectos de ley con plazo máximo de 1 año para salir del Congreso.
Fuerzas Armadas
Habilitación legal para eximirse de responsabilidad penal por uso racional de la fuerza.
Poder Judicial
Nueva gobernanza del Poder Judicial; la Corte Suprema ya no nombra jueces ni está a cargo de la administración.
No puede definir políticas públicas.
Tribunal Constitucional
Eliminación del control preventivo obligatorio de las leyes.
Eliminación de la facultad de eliminar textos de las leyes sin deferencia hacia el Congreso.
Control preventivo sustantivo se resuelve por 3/5, mientras que el formal (incluyendo iniciativa exclusiva) por mayoría absoluta (Congreso tiene 60 días para enmendar el primero, sin plazo el segundo).
La inaplicabilidad por inconstitucionalidad se resuelve por mayoría absoluta en juicios pendientes.
Inconstitucionalidad por inaplicabilidad se resuelve por 3/4 (Congreso tendrá 90 días para enmendar la ley).
Reforma a la Constitución
Quórum de 3/5 superior a los 4/7 actuales.
Insistencia del Congreso baja de 2/3 a 3/5 frente a vetos totales del Presidente.
Insistencia del Congreso se mantiene en 2/3 frente a vetos parciales del Presidente.
Reformas vetadas parcialmente que no hubiesen alcanzado el quórum para la insistencia podrán ser insistidas por el siguiente Congreso por 3/5.
Otras materias relevantes
Obligación de consultas públicas ante normas de carácter general de la Administración.
Eliminación de todas las leyes orgánicas constitucionales.
Agenda legislativa de implementación
Proyectos de ley que el Presidente debe enviar al Congreso de acuerdo a la nueva Constitución (y sus plazos respectivos):
6 meses
1- Ley de exención de contribuciones.
18 meses
2- Adecuaciones a ley estados de excepción.
3- Ley de nuevos distritos electorales según diseño del Servel.
4 - Ley de transferencia de competencias a regiones.
5 - Ley que crea órgano de nombramientos del Poder Judicial.
1 año
6 - Agencia contra la Corrupción.
7 - Adecuaciones a la ley de conductas terroristas.
8 - Ley de compensación a municipios por contribuciones.
9 - Ley de Oficina de Finanzas Públicas e Impacto Regulatorio del Congreso.
10 - Ley de paridad de salida transitoria (límite de 60% para cualquier sexo).
11 - Ley que crea órgano administrativo autónomo del Poder Judicial.
12 - Tribunal de Conducta de Fiscales.
13 - Ley de nueva Academia Judicial.
14 - Ley que regule ministros suplentes de tribunales.
15 - Ley de procedimientos contenciosos administrativos.
16 - Servicio de Acceso a la Justicia y Defensoría de las Víctimas (reforma a Defensoría Penal Pública).
17 - Creación de Fiscalía Supraterritorial y Consejo de Coordinación Interinstitucional.
18 - Ley de ajuste de destinación territorial de fiscales.
19 - Adecuación toma de razón gastos municipales y regionales.
20 - Adecuaciones a reglamentos de la Cámara y el Senado.
2 años
21 - Ley adecuatoria de responsabilidad patrimonial del Estado.
22 - Ley adecuatoria de acción de protección y de amparo.
23 - Nueva ley de empleo público.
24 - Nuevo estatuto de Rapa Nui y Juan Fernández.
25 - Adecuaciones a la Ley de Medio Ambiente.
3 años
26 - Ley de aplicación de sentencias de tribunales internacionales.
27 - Ley que crea el plan universal de salud.
5 años
28 - Ley del derecho a reunión.
29 - Ley que regula la revocación de la nacionalidad por gracia.
30 - Ley de Policía Fronteriza.